Limitaciones de las Operaciones Cláusulas de Ejemplo

Limitaciones de las Operaciones. El monto total insoluto de los préstamos y garantías efectuados por el Banco en sus operaciones no deberá exceder en ningún momento el monto total del capital suscrito por el Banco, libre de gravamen, más las reservas no afectadas y utilidades no distribuidas incluidas en los recursos de capital del Banco, como se define en el Artículo II, Sección 4, de este Capítulo, y excluyendo otro ingreso de los recursos de capital destinado por decisión del Consejo Directivo a reservas no disponibles para préstamos o garantías.
Limitaciones de las Operaciones. El contratista no deberá dar inicio a las obras, o trabajar en los elementos determinados de la obra si este trabajo perjudica a otro ya empezado; en este caso, el Contratista deberá concluir el iniciado. No se permitirá que equipo pesado trabaje próximo a estructuras en donde pueda ocasionar daños. El Supervisor podrá restringir los pesos de carga sobre cualquier carretera, calle camino o estructura situada en los alrededores de la obra. Del mismo modo, se tendrá autoridad para limitar las operaciones de acarreo del Contratista, en calles y caminos locales, si el mantenimiento de éstas es deficiente para llenar las necesidades del público. Los trabajos se deberá realizar durante las horas hábiles diurnas. No podrá efectuarse trabajo nocturno debido al área de reserva de la biosfera Maya donde se realizaran los trabajos a menos que el supervisor lo autorice. Los trabajadores empleados en la obra deberán tener la experiencia necesaria y ser calificados para el trabajo asignado. Todo el personal al servicio del Contratista o del Subcontratista, que en opinión del Supervisor manifieste mala calidad en la ejecución de su trabajo, sea irrespetuoso y desordenado podrá ser retirado del trabajo a solicitud escrita del Supervisor y no podrá ser empleado, en ninguna otra parte de la obra, a menos que lo autorice el Supervisor por escrito. Si el Contratista no procediera el retiro de la persona, el Supervisor podrá retener el pago próximo o suspender el trabajo. El renglón de trabajo se cuantificará en la unidad de medida que se señale en el peligro de oferta y su pago se efectuará con base al precio unitario; salvo que se diga lo contrario en las especificaciones del proyecto. En todo renglón de trabajo se medirán las cantidades reales que se encuentren ejecutadas a entera satisfacción del Ingeniero Supervisor. Se pagará la cifra medida, pero si el total del renglón sobrepasa lo establecido en el pliego de oferta previo a su ejecución deberá de ser aprobado el mismo con la orden de trabajo respectiva de no ser así el contratista se arriesga a que el mismo no sea cancelado, si la cantidad de trabajo medida es menor que el indicado en el contrato, deberá procederse el decremento por medio de la orden de decremento respectiva. Los pagos por metro cuadrado y las medidas longitudinales se tomarán sobre la superficie del suelo aunque fuere inclinado. Para todas las medidas transversales de áreas de tratamiento y construcción de sub-rasantes, capas de base y capas superfic...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.