OBJECIONES Cláusulas de Ejemplo

OBJECIONES. Sin perjuicio de realizar el pago respectivo dentro del plazo establecido en la Sección 5.04(c), si el Remitente no está de acuerdo con la factura presentada por Cenit, así se lo comunicará a éste por escrito. Las Partes actuarán pronta y conjuntamente para determinar el motivo de la diferencia dentro de un plazo de quince
OBJECIONES. El BANCO deberá atender las notificaciones de objeción que el CLIENTE le presente por cargos no reconocidos derivados de la Instrucción de Cargo, los cuales podrán presentarse dentro de un plazo no mayor de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx correspondiente donde aparezca el cargo de la objeción. Para efectos de lo anterior, el CLIENTE podrá presentar al BANCO una solicitud de objeción por cargos no reconocidos derivados de la Instrucción de Cargo celebrado al efecto. La solicitud de aclaración podrá presentarse ante la sucursal en la que radica el Crédito Asociado a la Nómina mediante escrito o en la UNE mediante correo electrónico. El BANCO en ningún caso podrá requerir al CLIENTE que realice trámite adicional a la presentación de la objeción a que se refiere este párrafo. Si el CLIENTE presenta durante los primeros 60 (sesenta) días del plazo de los 90 (noventa) días para la presentación de la objeción de cargos derivado de la Instrucción de Cargo, el BANCO deberá abonar el monto reclamado a más tardar al Día Hábil Bancario siguiente a la recepción de la notificación de objeción. En caso que la objeción de cargos se presenta entre el día 61 (sesenta y uno) y el día 90 (noventa), el BANCO deberá resolver en un plazo no mayor a 20 (veinte) días y en caso de que sea procedente, deberá abonar el monto a más tardar el Día Hábil Bancario siguiente a la fecha de la resolución. En caso que la objeción de cargos por la Instrucción de Cargo resultare improcedente, el BANCO pondrá a disposición del CLIENTE, ya sea en la sucursal donde se encuentre aperturada la Cuenta Ordenante o bien a través de los medios que hayan pactado, a elección del CLIENTE, dentro de un plazo de 10 (diez) Días Hábiles Bancarios contados a partir de la fecha de resolución de la procedencia de la objeción: (i) original impreso de la resolución en donde constará la evidencia de los elementos de autenticación utilizados por el BANCO para realizar el trámite de las solicitud de cargos realizados de la cuenta, incluyendo la información otorgada por el proveedor y una explicación de los elementos utilizados para realizar los procedimientos aplicables a dichos factores de autenticación; (ii) fecha en que se realizaron los cargos y (iii) Nombre del banco del Proveedor que solicitó los cargos motivo de la reclamación y pondrá posteriormente a disposición del CLIENTE en la sucursal o en la UNE por correo electrónico, (en caso que se haya presentado a través de la Pági...
OBJECIONES. 7.2.1. Las objeciones debidamente justificadas por parte de los proponentes deberán ser remitidas a ASFI dentro del plazo establecido en la Convocatoria.
OBJECIONES. El comprador puede objetar por escrito a defectos, excepciones o gravámenes del título: divulgado en el levantamiento, fuera de los artículos 6A(1) hasta (7) lo antedicho; divulgado en el Compromiso fuera de los artículos 6A(1) a (8) antedichos; o que prohíban los siguientes usos o actividades: . El Comprador debe hacer objeciones a partir de lo que ocurra primero entre (i) la Fecha de Cierre o (ii) días después de que el Comprador reciba el Compromiso, los Documentos de Excepción, y el levantamiento. Si el Comprador no objeta dentro del plazo concedido, esto constituirá una renuncia al derecho del Comprador a objetar; con la excepción de que el Comprador no renuncia a los requisitos del Documento C del Compromiso. Siempre y cuando el Vendedor no esté obligado a incurrir en ningún gasto, el Vendedor subsanará las objeciones puntuales del Comprador o de cualquier prestamista tercera parte en un plazo de 15 días después de que el Vendedor reciba las objeciones y la Fecha de Cierre será prorrogada según sea necesario. Si las objeciones no se subsanan dentro de dicho período de 15 días, este contrato terminará y el depósito de garantía será reintegrado al Comprador a menos que el Comprador renuncie a las objeciones.
OBJECIONES. El plazo para que la Aseguradora presente la objeción o respuesta a las reconsideraciones no podrá ser superior a siete (7) días hábiles a partir de la fecha del recibo por parte de la Aseguradora de la documentación que sustente el siniestro y en caso de no cumplir los plazos fijados la Aseguradora pagará a favor del Banco y/o beneficiario la tasa máxima de interés moratorio vigente en el momento que se efectué el pago. No estamos de acuerdo teniendo en cuenta que la Ley otorga 30 días calendario para el pago de las indemnizaciones. Adicionalmente, lo que se propone es generar un acuerdo de nivel de servicio para el programa con la definición de los tiempos acorde con las necesidades de las partes.
OBJECIONES. Las partes podrán objetar las actuaciones contrarias al debido proceso o lealtad procesal, así como cualquier prueba impertinente, inútil o inconducente. Serán objetables los actos intimidatorios o irrespetuosos contra las partes, testigo, peritos o cualquiera de los presentes.
OBJECIONES. Sin perjuicio de realizar el pago respectivo dentro del plazo establecido en la Sección 5.04(a), si el Remitente no está de acuerdo con la factura presentada por Xxxxx, así se lo comunicará a éste por escrito. Las Partes actuarán pronta y conjuntamente para determinar el motivo de la diferencia dentro de un plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la comunicación del Remitente, la cual deberá ser allegada con todos los comprobantes o soportes que fundamenten la objeción.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.