Depósito de garantía Cláusulas de Ejemplo

Depósito de garantía. En garantía del cumplimento de las obligaciones asumidas por el arrendatario en el presente contrato, las partes podrán acordar la prestación de un depósito o aval. En caso que así se acuerde, el depósito o aval se calculará en función del valor del material alquilado y de todos los gastos que la operación comporte al mismo, sin excepción (montaje y desmontaje, en su caso, seguro, riesgos, responsabilidades y demás, extensivo al propio alquiler no satisfecho), así como los derivados de un cálculo de las repercusiones que pudiera producir el impago del arrendamiento, los intereses y riesgos de todo orden. Dicho depósito se devolverá cuado se haya pagado la totalidad de los alquileres, así como cualesquiera otros conceptos establecidos en el contrato, o bien se liquidará con el finiquito de la deuda establecida, y siempre y cuando el arrendador confirme que el arrendatario ha devuelto la máquina y sus accesorios en el estado convenido y no existan obligaciones pendientes de cumplimiento. El arrendatario abona al arrendador, la cantidad que figura en las condiciones particulares, como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas. El depósito no podrá aplicarse al pago de cualquiera de las rentas, ni constituirá dispensa alguna para el arrendatario del íntegro cumplimiento de sus obligaciones.
Depósito de garantía a. El propietario puede cobrarle al inquilino un depósito de garantía. (Sin embargo, la PHA puede prohibir al propietario que cobre un depósito de garantía en exceso del habitual en el mercado privado o de la suma cobrada por el mismo a los inquilinos que no reciben asistencia. Esa restricción impuesta por la PHA debe especificarse en el contrato de HAP.)
Depósito de garantía. Orange podrá exigir a su cliente la constitución de un depósito de garantía, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del contrato, en los siguientes supuestos, por las siguientes cuantías y durante el periodo indicado atendiendo a la naturaleza del servicio prestado:
Depósito de garantía. El Arrendatario debe pagar al Arrendador un depósito de garantía en efectivo ascendente a US$_______ (__________) (el “Depósito de Garantía”) 10 (diez) días después de la ejecución de la Carta de Intención; la misma que se pagará en las siguientes partes o cuotas ______________. El Depósito de Garantía puede fusionarse con los fondos generales del Arrendador y cualquier interés devengado sobre ese Depósito redundará en beneficio del Arrendador. El Depósito de Garantía servirá como garantía del cumplimiento de las obligaciones del Arrendatario bajo este Arrendamiento y el Arrendador puede usarlo para cubrir cualquier Incumplimiento o Caso de Incumplimiento de conformidad con el presente. Si el Depósito de Garantía se redujera por debajo de un monto necesario para destinarlo a cubrir algún incumplimiento del Arrendatario bajo este Contrato de Arrendatario, éste cubrirá el faltante hasta alcanzar el monto total del Depósito de Garantía disponiéndose en el presente que pague al Arrendador un monto en efectivo igual al monto aplicado o utilizado. En caso de que no se produjera un Caso de Incumplimiento y el Arrendatario no se encontrara en incumplimiento bajo cualquier otro contrato con el Arrendador, el Depósito de Garantía será devuelto al Arrendatario sin intereses a más tardar 3 (tres) días después de la devolución de la Aeronave al Arrendador al final de la Vigencia de conformidad con el Anexo 3 y la Cláusula 17.
Depósito de garantía. 4.5 Pagos ............................................................................................... Obligación de Pago Incondicional del Monto de Arrendamiento .............................................................................
Depósito de garantía a. Si usted era anteriormente inquilino de una vivienda pública de NYCHA convirtiéndose a Sección 8 basada en proyecto en la conversión inicial del Complejo, el saldo de cualquier depósito de garantía actualmente mantenido por la Autoridad de Vivienda de la Ciudad de Nueva York de parte de usted se transferirá al Propietario y no se requiere que usted pague ninguna garantía adicional para el Inmueble Arrendado bajo este Contrato de Arrendamiento. Si usted es un nuevo Inquilino, cualquier depósito de garantía tendrá un límite de un mes de la parte de la renta del Inquilino en la cantidad de $ .
Depósito de garantía. METROCOM podrá hacer un análisis crediticio y podrá solicitarle al Cliente, en el caso concreto, el pago de un depósito de garantía por la prestación de los Servicios, cuyo monto dependerá de los Servicios contratados y será establecido en la Carátula de este Contrato. La devolución de depósitos o saldos a favor del Cliente se realizará siempre que el Cliente no tenga saldos pendientes con METROCOM o equipos pendientes de devolver a METROCOM; caso contrario el depósito de garantía le será aplicado a los saldos pendientes y se le devolverá el remanente. Dicha devolución será realizada en un período máximo de tres (3) días hábiles después de la finalización de la relación contractual. El depósito podrá ser ajustado en los siguientes casos: a) cuando se da un cambio en los Servicios contratados b) cuando se realice un traspaso de derecho c) cuando se presente un tráfico telefónico excesivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del RPUF (cuando se supere el cincuenta por ciento (50%) de consumo trimestral promedio).
Depósito de garantía. Todos los contratos de arrendamiento conllevan un depósito de garantía que se cobrará en cuanto PARISIAN HOME lo reciba. Con un plazo máximo de 15 días antes de la fecha de ocupación del piso, el CLIENTE entregará a PARISIAN HOME el depósito de garantía junto con la cantidad correspondiente para el alquiler. Este depósito de garantía cubre los daños (deterioro, rotura, desgastes materiales…) que puedan ser ocasionados a los muebles o a otros bienes que se encuentren en los lugares amueblados. El depósito de garantía no generará interés y no podrá sustituir en ningún caso al alquiler. Cualquier avería ocasionada en el mobiliario, equipamiento, pintura mural o suelo deberá ser reparada o rembolsada a PARISIAN HOME con valor de reposición. La restitución del depósito de garantía se realizará en el mes en que el INQUILINO abandone el piso y como máximo a los dos meses siguientes después de su partida. El depósito de garantía (o su rebaja) se rembolsará según la elección del CLIENTE (por cheque, transferencia o PayPal). Si este modo de rembolso conlleva algún otro coste con respecto a un correo postal o a una transferencia, el CLIENTE asumirá dicho gasto y éste se deducirá del depósito de garantía. PARISIAN HOME no es responsable de la variación del tipo de cambio entre la fecha de pago del depósito de garantía y la fecha de rembolso. A pesar de los deterioros ocasionales constatados en los lugares, se retendrá una cantidad para la limpieza de los locales. Dicha cantidad se definirá en función del tiempo empleado por la persona de limpieza, teniendo en cuenta la tarifa horaria en vigor. El depósito de garantía se rembolsará después de deducir las cantidades correspondientes al consumo de gas y/o electricidad, telefonía, televisión, a las prestaciones particulares facturadas y a las reparaciones ocasionadas por el CLIENTE en los lugares. Si el CLIENTE desea contratar servicios específicos (televisión por cable…), éstos se deberán reservar y pagar con antelación. La restitución de las llaves del piso al finalizar el período de arrendamiento no conlleva ninguna presunción de haber entregado en buen estado el piso.
Depósito de garantía. EPRESA podrá exigir la constitución de depósitos de garantía, en el momento de contratar los Servicios o durante la vigencia del Contrato cuando: a) el Cliente hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad, b) se hubieran contraído deudas por otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de modo reiterado en el pago de los recibos. El depósito podrá constituirse en efectivo o mediante aval bancario a elección del Cliente. Los depósitos no serán remunerados. EPRESA realizará el requerimiento de constitución por un medio que deje constancia de su recepción concediéndole un plazo no menor a quince (15) días para su constitución o abono de las cantidades pendientes. Si el depósito no se constituye, EPRESA podrá desestimar la solicitud de alta, suspender el Servicio (y dar de baja al Cliente si no constituye el depósito pasados diez (10) días desde el segundo requerimiento). La devolución de los depósitos se producirá en el caso a) tan pronto como EPRESA tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas y en el caso b) cuando quede acreditado que en un año no ha existido ningún retraso en el pago. Si el Cliente con deudas pendientes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad del suministro, EPRESA podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del Cliente. Si el Cliente hubiera pagado todos los recibos, el depósito será devuelto íntegramente. El plazo de devolución será el de quince (15) días desde el día siguiente a aquél en el que se cumplan las circunstancias recogidas anteriormente.
Depósito de garantía. En el caso de no haber acuerdo sobre las cantidades pendientes de pago, se acuerda que, mientras se dilucida por procedimiento judicial o arbitral el importe reclamado o arbitrado, el PROMOTOR depositará la cantidad que se especifique de acuerdo con lo previsto en el siguiente punto C), a la espera de la decisión arbitral o judicial en: <> Notaría <> Col·legi d’Arquitectes <> La cantidad a depositar será la que decida en un procedimiento arbitral sumario: <> El Decano del Col·legi d’Arquitectes <> El Presidente de la FECAPCE <> <> En el caso de que el árbitro escogido sea el decano del Col·legi d’Arquitectes u otro arquitecto, así como también si se trata de un miembro de la Federació Catalana de Promotors-Constructors, las partes manifiestan que lo eximen de toda incompatibilidad o causa de recusación imputable por razón de afinidad, relación profesional o pertenencia a la corporación colegial profesional. Una vez depositada la cantidad indicada, cualquiera de las partes podrá comunicar al Col·legi d’Arquitectes que no hay ningún impedimento para que se autorice el nombramiento de un nuevo arquitecto para proseguir el trabajo. Cuando se haya efectuado el depósito, se seguirá el procedimiento arbitral o judicial previsto en este contrato para la reclamación de la cantidad.