Common use of OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir la siguiente inversión, que acometerá al inicio del contrato (justificando el desembolso económico de la inversión) y que al término de la concesión pasará a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques y puntos de luz y cortinas de duchas. 2- Además de las obligaciones previstas en el artículo 288 de LCSP, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el inicio de la actividad. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:

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Samples: Contrato De Estudio De Viabilidad

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir Son obligaciones a cargo del concesionario entre otras las siguientes: a) Financiar el proyecto vial ……incluidos los costos de : diseños definitivos, estudios finales y obras para el manejo de los impactos ambientales negativos, interventoria del INSTITUTO (…), En la siguiente inversiónCLÁUSULA SÉPTIMA del Contrato de Concesión No. 0113 de 1997 , que acometerá al inicio VIGILANCIA , se establece que: “La vigilancia, supervisión y control de la ejecución y cumplimiento del contrato (justificando será ejercida por el desembolso económico INSTITUTO a través de la inversión) y que interventoria ...” ❖ Descripción Técnica del Proyecto de Concesión El Gobierno Nacional contempla en su Plan de Desarrollo promover la interconexión de carreteras para integrarlas al término ámbito regional, Nacional e Internacional, además de fortalecer el proceso de participación privada en la ejecución de proyectos de infraestructura. El proyecto vial Autopistas del Café , hace parte de la primera generación de Concesiones que tiene una importante influencia en el sector del llamado eje cafetero, generando condiciones óptimas de empleo y xx xxx, desarrollándose dentro del área de influencia . Es así como el Instituto Nacional de Vías - INVIAS, suscribió el contrato de Concesión No 113 de 1997, con la firma concesionaria Autopistas del café S.A. con el objeto de que el Concesionario, por su cuenta y riesgo, realizará por el sistema de concesión pasará a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUslos Estudios, WLQDV apliques Diseños definitivos, las Obras de Rehabilitación, la Operación y puntos el Mantenimiento de luz y cortinas la carreta Armenia – Pereira – Manizales, de duchas. 2- Además de las obligaciones previstas conformidad con lo previsto en el artículo 288 de LCSP32, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el inicio numeral 4, de la actividadLey 80 de 1993 y en la Ley 105 del mismo año. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:

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Samples: Contratación De La Interventoría Integral

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir Además de las inherentes a la siguiente inversiónejecución del contrato, que acometerá al inicio del contrato (justificando las contenidas en el desembolso económico pliego de prescripciones técnica y las siguientes: .- Registrar en el Ayuntamiento su derecho funerario. .- Abonar las tasas municipales correspondientes establecidas en la respectiva Ordenanza Fiscal. .- Abonar el canon de la inversión) parcela adjudicado en la concesión del derecho funerario, en el plazo de los treinta días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación. .- Mantener en buen estado la porción de dominio público utilizado dentro del cementerio, y que al término del conjunto arquitectónico de las obras ejecutadas sobre la parcela adjudicada, bien sea a cargo del titular, o bien por persona delegada. .- Solicitar licencia municipal para la construcción en el panteón adjudicado. .-Respetar el objeto de la concesión pasará y los límites establecidos en la misma .-Mantener en buen estado la porción del dominio público ocupado, así como perfectamente limpia el área que rodee la ocupación. Las instalaciones deberán mantenerse en perfecto estado de conservación, a propiedad cargo del Ayuntamientoconcesionario. .-No podrá instalar ningún tipo de publicidad ni elemento perturbador del Cementerio. .-Queda prohibido exponer u ocupar terreno fuera del perímetro concedido. .- Subsanar los errores advertidos tanto en el título como en el registro del mismo, como puedan ser nombre, apellidos, o cualquier otro dato incorrecto, previa justificación y comprobación pertinente. .- Presentar el título de adjudicación para cualquier inhumación, exhumación y traslado de restos que desee realizarse en la sepultura, etc. .- El concesionario deberá pedir en la Dirección de Salud del Área xx Xxxxxx: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques a) la solicitud de construcción con proyecto y puntos presupuesto b) la solicitud de luz y cortinas de duchas. 2- Además de las obligaciones previstas en el artículo 288 de LCSP, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el inicio de la actividad. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:su utilización

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Samples: Concesión Del Derecho Funerario

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir la siguiente inversión, que acometerá al inicio Serán obligaciones del contrato (justificando el desembolso económico concesionario las establecidas en los presentes pliegos y en los de la inversión) prescripciones técnicas y que al término de la concesión pasará a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques y puntos de luz y cortinas de duchas. 2- Además de las obligaciones previstas en el artículo 288 229 de LCSPla LCSP referidas al objeto del contrato y singularmente a título enunciativo y no limitativo las siguientes: 1. El cumplimiento fiel y exacto de los términos de la concesión. 2. Poner en conocimiento de esta Administración la cesión de la concesión, total o parcial, a cualquier otra empresa o sociedad, directamente o vinculada a una transmisión de acciones de la sociedad concesionaria, siendo necesaria, en todo caso, la autorización previa del Ayuntamiento. El futuro concesionario deberá reunir los requisitos necesarios para ser titular de la concesión. 3. Facilitar al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx toda la información que éste le requiera y permitir la inspección de todas sus instalaciones a personal autorizado por el concesionario está Ayuntamiento, facilitando el acceso a oficinas, instalaciones y obras y de observarse alguna deficiencia estará obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civilrepararla en el plazo que se le ordene. B. Plan 4. Cumplir las normas impuestas por la Ley de emergenciaPrevención Ambiental (11/2003 de 8 xx xxxxx) y en concreto a las que se refieren a la solicitud de Licencia ambiental y comunicación de inicio de actividad del establecimiento. C. Obtener la autorización sanitaria 5. Al objeto de funcionamiento. D. Disponer poder dar de toda la documentación necesaria para alta en el inicio de la actividad. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio Inventario Municipal , en el Catastro y en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en la Propiedad las obras ejecutadas a la finalización de las mismas el exterior concesionario deberá presentar: “El libro del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio ”( art. 7 de la actividadLey de Ordenación de la edificación ) integrado por: - el proyecto, expuesto en lugar público y visible, en que, facilitado al promotor por el director de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, obra. - la relación identificativa de 9 los agentes que han intervenido durante el proceso de octubre, se recojan los siguientes aspectos:edificación: que son

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Samples: Concesión De Obra Pública

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir Entre otras obligaciones el concesionario cumplirá con las siguientes: 2.1. Atender adecuadamente el servicio de soda y comedor en el edificio del Tribunal Supremo de Elecciones, para los funcionarios, colaboradores y público en general. 2.2. El servicio deberá prestarse en forma regular y no suspenderlo salvo fuerza mayor o justa causa debidamente comprobada. 2.3. El contratista no podrá subcontratar parcial ni totalmente la siguiente inversiónrealización de los servicios encomendados, ni ceder total o parcialmente el contrato, a menos que acometerá al inicio cuente con la autorización del contrato (justificando Tribunal, previo informe estimatorio del órgano fiscalizador. 2.4. Prestar el desembolso económico servicio necesario y la cooperación que le solicite el T.S.E. cuando éste ofreciere alguna recepción, sin perjuicio de que se disponga subcontratar para ese fin a otras personas físicas o jurídicas. 2.5. Suscribir y mantener actualizada una póliza de seguro que cubra posibles daños a los bienes y lesiones a las personas con ocasión de la inversión) y prestación de los servicios de soda. Asimismo deberá mantener vigente, durante el período de contrato, una póliza de riesgos del trabajo que al término de la concesión pasará protega a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques y puntos de luz y cortinas de duchassus empleados. 2- Además de 2.6. Pagar el monto correspondiente a las obligaciones previstas en el artículo 288 de LCSPpatentes o permisos respectivos (municipales, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de salubridad, etc) que correrán por su parte para su debido funcionamiento. D. Disponer 2.7. Asumir las compras y el pago de toda los productos para elaboración de los alimentos, también el pago del gas propano utilizado. 2.8. Suministrará el menaje de cocina que se requiera para la documentación necesaria prestación del servicio, mismo que deberá ser porcelanizada en lo que se refiere a tazas y platos, los xxxxx xx xxxxxx y los cubiertos de material inoxidable. 2.9. Mantener actualizada la nómina de sus empleados con indicación de sus calidades, atestados y experiencia, la cual podrá ser requerida en cualquier momento por el Tribunal. El concesionario, en caso de sustitución de su personal, de previo a reemplazarlo deberá demostrar al Órgano Fiscalizador que el sustituto cuenta como mínimo con similares atestados y perfil del que propuso a la hora de resultar adjudicatario. 2.10. Velar porque cada trabajador, en estricto ajuste a las regulaciones que exige el Ministerio de Salud para el inicio funcionamiento de establecimientos de esta índole, vista apropiadamente, porte el carné o gafete de identificación correspondiente y se conduzca de modo afable y respetuoso. De igual manera, que la persona encargada de la actividadcaja no tenga -por motivos de higiene- función alguna relacionada con la manipulación de alimentos. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto 2.11. Deberá hacerle frente a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como las responsabilidades provenientes de las actividades complementarias relaciones de trabajo obrero-patronal, de las relaciones civiles y exponerlos al público en lugar perfectamente visible penales y de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centrocualquier índole, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio susciten y originen entre el concesionario y sus trabajadores, entre el primero, con terceros o cualquier otra persona física o jurídica, con motivo de la actividadejecución contractual del concurso público, expuesto eximiendo de ello en lugar público su totalidad al Tribunal Supremo de Elecciones. 2.12. El concesionario debe aportar a la Unidad de Recursos Humanos en forma mensual y visiblepor lo que dure el contrato, copia de la planilla de su personal presentada ante la C.C.S.S. debidamente sellada como recibida, así como el recibo debidamente cancelado, donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio en queel Tribunal como producto de la presente contratación, se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha planilla. 2.13. El concesionario está en la obligación de aumentar la cantidad del personal, cuando de esto dependa garantizar la calidad, eficiencia y prontitud requerida para la prestación del servicio. 2.14. El contratista deberá contar con los servicios de un profesional en nutrición que realice al menos dos visitas a la semana medio tiempo cada día (al menos dos visitas de 4 horas cada una por semana y durante los tiempos de preparación de los alimentos), el cual se deberá encargar de que los ciclos de menús sean estandarizados en los pesos y que se estén cambiando regularmente. Estos menús serán balanceados con las cantidades correspondientes de fibra, proteínas, vitaminas y minerales, procurando beneficiar la salud de todos los consumidores. Por otra parte, el nutricionista estará encargado de realizar la inspección de calidad de todos los alimentos y supervisará la preparación de los mismos, de acuerdo tal forma que se cumplan con todas las normas de nutrición, higiene y protección de alimentos. El nutricionista deberá preparar un informe mensual con todos los pormenores acerca de las evaluaciones, sus resultados y recomendaciones, así como estadísticas que se generen producto de las inspecciones que efectúe. El concesionario deberá remitir mensualmente este informe a la Unidad de Recursos Humanos, junto con sus observaciones, comentarios o descripción de las acciones que se han realizado o se tiene planeado ejecutar. 2.15. En el caso de que el concesionario disponga brindar vacaciones a sus empleados, deberá garantizar que el servicio no se verá afectado, reponiendo al artículo 59 del personal que se encuentre de vacaciones en caso necesario. 2.16. El concesionario deberá presentar lo siguiente: • Un Plan de manejo de los desechos. • Un Plan de orden y limpieza. • Un plan de control de roedores o fumigación. 2.17. El adjudicatario quedará obligado a utilizar los implementos especiales que demuestren al usuario que se le está sirviendo la porción de alimento idónea. 2.18. El concesionario se compromete a cumplir con todas las disposiciones consignadas en el Decreto 117/2003, Ejecutivo N. 19479-S “Reglamento de 9 los Servicios de octubre, se recojan los siguientes aspectos:Alimentación al Público” y sus reformas.

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Samples: Concesión De Instalaciones Públicas Para Servicio De Soda

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir Además de las establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y de las establecidas por la siguiente inversión, que acometerá al inicio ley, a) Presentación en el plazo de UN MES a contar desde la formalización del contrato (justificando de un proyecto de obra, conexiones eléctricas y reposición del pavimento en toda la zona afectada, evitando dejar huella en las zonas afectadas, no pudiéndose iniciar las obras hasta que no se apruebe este proyecto por este Ayuntamiento. b) Ejecutar las obras e instalaciones previstas e el desembolso económico proyecto antes del 31 xx xxxxxx de 2014. Transcurrido dicho plazo sin que se hallan efectuado las obras e instalaciones podrá entenderse caducado el derecho del concesionario y perdida de la inversióngarantía definitiva. c) y que al término Respetar el objeto de la concesión pasará y los limites establecidos en la misma, debiéndose presentar a propiedad la finalización de la instalación planos acotados, que reflejen el estado real y definitivo de el mobiliario instalado acompañándose documentos fotográficos de las mismas. d) Conservar el espacio ocupado y las instalaciones en buen estado de seguridad, salubridad y ornato público, sin perjuicio de los poderes de policía que sean competencia del Ayuntamiento:, debiendo poner en conocimiento del Ayuntamiento cualquier anomalía que se produzca.. A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques e) El concesionario será responsable de la calidad técnica y puntos de luz y cortinas de duchas. 2- Además del mantenimiento técnico de las obligaciones previstas instalaciones, así como de las consecuencias o daños que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de sus actos, omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en el artículo 288 la ejecución de LCSPla concesión. A los efectos anteriores, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el concesionario, antes del inicio de la actividadprestación del servicio, deberá hacer entrega en la Sección de contratación del Ayuntamiento copia de la siguiente póliza - con las coberturas que se señalan - y de los recibos justificantes del abono de la respectiva prima: f) Respetar el principio de no discriminación, en los términos del artº. 161.d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de Administraciones Públicas. E. Plan g) Serán a cargo del concesionario todos los gastos que se originen con motivo de control biológico sanitariola concesión. F. Inscripción de oficio en h) Renovar o reponer el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto material afecto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visibleconcesión, en queatención a su estado, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:evolución tecnológica o cualquier otra circunstancia concurrente.

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Samples: Concession Agreement

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir El concesionario deberá: 27.1 Localizar las construcciones y expansiones para la siguiente inversiónprestación del servicio concesionado en los lugares determinados por el Municipio, y de acuerdo con la propuesta ofertada, el contrato de la concesión, y a todo lo establecido en el presente Pliego. 27.2 Instalar cestos de residuos con tapa, los que se colocarán en todos los espacios propios de la Unidad. 27.3 Garantizar el correcto mantenimiento y limpieza diaria de la totalidad de los espacios de la Unidad (construidos y no construidos, superficie de arena pública, paseos y terrazas). 27.4 Abonar el canon ofrecido en la fecha de pago establecida en los artículos 5º y 6º - Cláusulas Generales y conforme las Cláusulas Particulares. Se incluirá en el cálculo del canon ofrecido los montos referidos a Alumbrado Público, Limpieza y Recolección de Residuos, de los que se hará cargo el Municipio recuperándolos con el cobro del canon anual. 27.5 Abonar tarifas y conexiones por servicios públicos que afecten a la explotación (Gas, OSSE, EDEA) conforme a la modalidad instrumentada por cada prestador. 27.6 Asegurar la prestación del servicio xx xxxxx públicos y gratuitos durante todo el año. Si por caso fortuito o fuerza mayor, el concesionario se viera impedido de ofrecer el servicio xx xxxxx públicos, estará obligado a contratar la instalación xx xxxxx químicos portátiles hasta la recuperación de las instalaciones sanitarias fijas. Las instalaciones deberán contar con las condiciones mínimas de seguridad e higiene para su habilitación. 27.7 Elevar para su evaluación y autorización el detalle de los rubros -gastronómicos y no gastronómicos- a desarrollar durante el período de la licitación. 27.8 Controlar el ingreso y tránsito del personal a su cargo, debiendo impedir la presencia de personas, tanto en local como en los módulos o vendedores ambulantes, que acometerá al inicio no cuenten con la debida acreditación, identificación y autorización. 27.9 Controlar el desarrollo de las actividades propuestas garantizando la correcta prestación del contrato (justificando servicio y el desembolso económico cumplimiento de las disposiciones sobre salubridad, seguridad e higiene. 27.10 Controlar en todos los espacios propios de la inversión) Unidad el desarrollo de actividades que puedan perjudicar u ocasionar molestias al público, cumpliendo y que haciendo cumplir disposiciones sobre: prohibición de ingreso y permanencia de animales; de ingreso de bicicletas; juego de pelota en áreas no autorizadas fuera del horario permitido. En tal sentido deberá informar al término público por medio de carteles y las señales correspondientes lo referido a esta disposición. 27.11 Asegurar la franqueabilidad y accesibilidad a la totalidad de las instalaciones de uso público de la concesión pasará Unidad, para lo cual deberá dar cumplimiento estricto a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques las disposiciones que se enuncian en el presente Pliego y puntos la normativa de luz aplicación en vigencia (Ordenanza N° 13.007 y cortinas de duchas. 2- Además concordantes). El incumplimiento de las citadas obligaciones hará pasible al concesionario de las sanciones previstas en el artículo 288 de LCSP, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civilcapítulo correspondiente del presente Xxxxxx. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el inicio de la actividad. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:

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Samples: Licitación Pública

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir 4.1 Proveer personal en cantidad y calidad necesarias para la siguiente inversiónprestación de los servicios indicados en estas Especificaciones Técnicas, que acometerá como mínimo deberá contar con las funciones de Jefe de cocina, Ayudante de cocina, Maitre, Mozo y Encargado de limpieza. 4.2 Presentar al inicio CONCEDENTE para su aprobación, la lista del personal a ser afectado al servicio, acompañado de los antecedentes laborales con documentos comprobatorios, esto se deberá cumplir también para cualquier cambio de personal, quienes serán contratados por cuenta y orden del concesionario, conforme a la ley laboral. 4.3 Los mozos afectados al servicio deberán tener buen conocimiento del idioma español, con edad mínima de 18 años, educación primaria concluida y buena presencia. 4.4 Proveer de uniforme al personal afectado al servicio, cuyos modelos serán aprobados por el CONCEDENTE. El personal del CONCESIONARIO se deberá presentar y mantener durante las horas de servicios perfectamente uniformados, limpios y con buena apariencia. 4.5 El uniforme de los mozos será, en color negro: pantalón o pollera, cinto, medias, moño y zapatos con suela antideslizante y en color blanco: camisa manga larga o corta. 4.6 El uniforme para el personal de cocina tanto masculino como femenino será de guardapolvo, pantalón, delantal, toca o gorro para cabello, todos de color blanco, zapato con suelas antideslizantes y guantes. 4.7 El personal de limpieza en el servicio deberá usar, uniforme adecuado para este tipo de trabajo asi como botas de goma y guantes. 4.8 Proveer a su personal, Equipos de Protección Individual (EPI’s), y obligar su uso. 4.9 El personal que ejecutare limpieza de sanitarios de uso del personal no podrán efectuar servicios de limpieza de utensilios y equipos del comedor y cocina. La limpieza de los sanitarios de uso social queda bajo exclusiva responsabilidad del CONCEDENTE. 4.10 Para el ejercicio de las funciones es de fundamental importancia que sea rigurosamente observada la higiene personal del empleado. Los mismos deberán tener siempre el cabello cortado y xxxxxx, xxxxx cortada o prolija y las uñas cortadas. 4.11 Antes del contacto con la preparación del alimento, el personal se deberá higienizar las manos con una solución yodada y este procedimiento se repetirá tantas veces cuantas fueren necesarias. 4.12 El CONCESIONARIO no podrá contratar ni mantener en servicio a personas que presenten algún tipo de enfermedad infecto contagiosa, principalmente aquellos que trabajan directamente en la preparación y manipulación de las comidas. En caso de sospecha por parte de la fiscalización del CONCEDENTE, el CONCESIONARIO deberá providenciar a sus expensas, los exámenes médicos correspondientes a dichos empleados. A sus expensas el personal deberá recibir también inmunización antitetánica y antitífica. 4.13 Además, cualquier corte, quemadura y lesiones de la piel, implicará el apartamiento del servicio en forma inmediata del empleado vinculado con la manipulación de alimentos, hasta tanto el problema sea subsanado. 4.14 Retirar y reemplazar inmediatamente al empleado bajo su subordinación, que no este cumpliendo a cabalidad con la prestación de los servicios, objeto de esta contratación y descripto en estas Especificaciones Técnicas. 4.15 Proveer todos los productos, materias primas e insumos necesarios, en cantidad y calidad, para la preparación de las comidas. 4.16 Todos los géneros alimenticios, condimentos o cualesquier otros componentes utilizados en la elaboración de las comidas, serán obligatoriamente de calidad comprobada y en perfectas condiciones de conservación e higiene. 4.17 Los productos, materias primas e insumos “in natura” rechazados por la fiscalización del CONCEDENTE, serán inmediatamente retirados y eliminados, y en ningún caso podrán ser aprovechados. 4.18 Los alimentos preparados y no consumidos deberán ser retirados y eliminados y no serán reaprovechados, salvo expresa y formal autorización de la fiscalización del CONCEDENTE. 4.19 En la manipulación y preparación de todo o cualquier género alimenticio se deberá observar las mejores técnicas de la culinaria, padrones de higiene y seguridad alimenticia. 4.20 Realizar los servicios de limpieza, conservación e higiene de la cocina, restaurante, cantinas de sus instalaciones, mobiliarios, equipos y utensilios. 4.21 Diariamente se ejecutarán los siguientes servicios: 1) Lavado y esterilización después del uso de platos, bandejas, cubiertos, toallas, etc. 2) Lavado general y completo de todas las áreas concesionadas, principalmente cocinas, depósitos, y otras dependencias, manteniendo el mejor padrón de higiene, limpieza, arreglo y seguridad. 3) Lavado general y completo con desinfección de los sanitarios de uso del personal, pisos, vasos sanitarios, mingitorios, lavatorio, jaboneras, canasta de papel y otros. 4) Lavado de equipos y utensilios. 5) Mantener limpios en forma permanente los pisos del restaurante. 6) Remoción de los restos de alimentos así como de los géneros y materiales rechazados por la fiscalización del CONCEDENTE. 7) Remoción de los alimentos sin condiciones de uso de las cámaras frías. 8) Transporte de la basura para fuera del Paraná Country Club. 9) Lavado general y desinfección del área donde es colectada la basura, incluyendo paredes, pisos, puertas, picaportes, etc. 4.22 Serán ejecutados semanalmente los siguientes servicios: 1) Lavado general y completo de los pisos y azulejos, entradas de servicio, depósitos, cámaras frigoríficas y otras dependencias de las áreas en concesión. 2) Limpieza y lavado completo de ventanas y vidrios en las caras internas y externas. 3) Limpieza y lavado completo de todo el sistema de extracción de aire de la cocina. 4) Limpieza y lavado completo de los depósitos de basura. 5) Limpieza general en el área de depósito de gas. 4.23 Provisión, transporte y almacenamiento de los materiales y equipos necesarios a la ejecución de los servicios de limpieza, conservación e higiene. 4.24 El CONCESIONARIO también deberá proveer todos los materiales de higiene personal de sus empleados, tales como papel higiénico, papel toalla, jabón de tocador y solución yodada. 4.25 Los materiales deberán ser de buena calidad, pudiendo el CONCEDENTE rechazar los que juzgare inadecuados para su utilización. 4.26 Devolver al término del contrato (justificando al CONCEDENTE, todo el desembolso económico de la inversión) mobiliario, equipo, instalaciones, cubiertos y que al término de la concesión pasará a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUsutensilios en las mismas condiciones recibidas, WLQDV apliques y puntos de luz y cortinas de duchassalvo el desgaste natural por su buen uso. 2- Además 4.27 Responder por eventuales perjuicios causados a los bienes del CONCEDENTE, provocados por la ineficiencia o irregularidades cometidas por su personal. 4.28 Solicitar al CONCEDENTE autorización para el traslado de los Bienes Patrimoniales móviles y utensilios colocados a su disposición. 4.29 El CONCEDENTE será responsable por el pago mensual de los servicios telefónicos y por la energía eléctrica utilizada por éste. El CONCESIONARIO no podrá realizar modificaciones en las instalaciones, sin autorización escrita del CONCEDENTE. 4.30 Queda expresamente prohibido el uso de radios por parte del personal, dentro de las obligaciones previstas instalaciones. 4.31 El CONCESIONARIO podrá instalar por su cuenta, equipamiento para sonorización de ambiente. 4.32 El CONCESIONARIO adoptará las medidas necesarias para que sus proveedores efectúen las cargas y descargas de mercadería sin que esto interfiera en el artículo 288 de LCSP, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el inicio de la actividad. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como normal desarrollo de las actividades complementarias y exponerlos del Club; Los productos, materias primas e insumos no podrán ser introducidos al público en lugar perfectamente visible Paraná Country Club fuera del horario normal de vestíbulo o recepcióntrabajo. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro4.33 El CONCESIONARIO no podrá realizar propaganda externa o interna, escrita u oral que se presentará no haya sido autorizada por el CONCEDENTE. En los establecimientos en concesión, la propaganda en cualquiera de sus manifestaciones queda reservada al Ayuntamiento previo al inicio CONCEDENTE y no forma parte de la actividadCONCESIÓN, expuesto salvo disposición expresa en lugar público y visible, contrario e inserta en que, el contrato. 4.34 El CONCESIONARIO deberá aceptar tarjetas de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:crédito tradicionales.

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Samples: Concesión Del Servicio De Restaurante, Pizzería Y Cantinas

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir Son obligaciones del concesionario las siguientes:  El cumplimiento del Texto Refundido de la siguiente inversiónLey de Contratos del Sector Público 3/2011 de 14 de noviembre, en aquellos artículos que acometerá al inicio sean vinculables.  La dirección, gestión y explotación de las instalaciones de la “Área de Turismo Activo y Pantalán deportivo de Valdemurio”, Xxxxxx.  Disponer de personal suficiente para atender en condiciones óptimas los servicios que comprende la concesión que se contrata. Debiendo abonar todos los emolumentos y retribuciones que devengue el personal a su cargo, así como el pago y cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social correspondientes y el de las indemnizaciones que por terminación del contrato (justificando pudieran corresponderles. A estos efectos el desembolso económico concesionario deberá presentar, cuando sea requerido por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, copia de los contratos de trabajo del personal a su cargo debidamente registrados, y documentos TC1 y TC2 de cotización que acrediten el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.  Abonar y liquidar por su cuenta el I.V.A. que corresponda por la explotación del negocio, durante el periodo de vigencia de la inversión) concesión. Así como hacer frente a cuantas obligaciones tributarias y con la Hacienda del Principado xx Xxxxxxxx y el Ayuntamiento xx Xxxxxx le fueran exigibles.  Expedir y entregar facturas o documentos equivalentes de acuerdo a la normativa sectorial vigente a lo largo del periodo de la concesión.  Realizar a su xxxxx las obras de mantenimiento y conservación, incluidas las reparaciones precisas para el perfecto estado de funcionamiento, limpieza, seguridad e higiene de las instalaciones y cuidado-limpieza de zonas verdes y urbanizadas aledañas a las instalaciones, incluida la zona de aparcamiento, salvo alumbrado público y redes de suministro que serán de la administración o entidad correspondiente.  Poner en conocimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxx, cualquier circunstancia nueva que afecte al término funcionamiento de la instalación, sin perjuicio de la adopción por su parte de las medidas necesarias para el mantenimiento en perfecto estado de los bienes objeto de la concesión.  Mantener las instalaciones, aparatos, maquinaria, mobiliario, y en general todos los bienes objeto de la concesión pasará a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUsen perfecto estado de uso y limpieza, WLQDV apliques siendo de su cuenta las reparaciones y puntos reposiciones necesarias. A tal fin al contrato se adjuntará un inventario de luz los bienes que se entregan debidamente valorados y cortinas cuantificados, el cual deberá estar firmado en conformidad en todas sus hojas por ambas partes.  Abonar el canon MENSUAL correspondiente en la forma, plazos y condiciones que se indican en el presente Xxxxxx, u otra modalidad acordada en el contrato.  Obtener y abonar, en su caso, toda clase de duchas. 2- Además licencias, permisos, autorizaciones, etc. que sean necesarios para la explotación de las obligaciones previstas actividades que comprende la presente concesión y durante el periodo de vigencia de la misma. Y en particular de acuerdo a lo contemplado por el Decreto 92/2002, de 11 de julio, de Turismo Activo, al Decreto 32/2003, de 30 xx xxxxx, de ordenación de la actividad de restauración de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo; y a lo dispuesto en la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 7/2001, de 22 xx xxxxx, de Turismo, y sus posteriores modificaciones.  Vincularse a cualquier programa de promoción, formación, de calidad y cualesquiera otros que tanto el Ayuntamiento xx Xxxxxx, como el Principado xx Xxxxxxxx establezcan con carácter general para las instalaciones turísticas y que sean de aplicación en base a conseguir una mejora de calidad y competitividad de la oferta.  El concesionario quedará obligado a atender aquellas actividades organizadas por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, tales como cursos, reuniones, atenciones protocolarias, etc. y con precios previamente convenidos entre ambas partes, siempre que sea solicitado oficialmente por el Ayuntamiento.  Tener expuesta al público, de acuerdo a la normativa vigente, las listas de precios de los diversos productos y servicios que se oferten en las instalaciones que deberá estar sellada según establezca la normativa sectorial por el organismo titular correspondiente.  El listado de precios de los distintos servicios en todas sus modalidades deberá ser aprobado anualmente por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, si hubiera modificaciones de los inicialmente presentados y aprobados, previa presentación por el concesionario, tomándose como referencia a efectos de modificaciones los presentados en la memoria.  El concesionario vendrá obligado a suscribir una póliza de seguros multirriesgo de todas las instalaciones, con cobertura suficiente para hacer frente a las contingencias de robos, incendios, explosión, inundación, etc. que ampare el contenido y el continente del objeto de la explotación, así como la responsabilidad civil que pudiera derivarse tanto del uso de las instalaciones como de los servicios que comprende la concesión de la contrata o actividades que se desarrollen al amparo de estas. Esta póliza o pólizas deberán presentarse anualmente, durante el periodo de vigencia de la concesión, en la Secretaría del Ayuntamiento xx Xxxxxx, así como cualquier modificación que se pudieran dar en las mismas. El concesionario deberá presentar previamente al Ayuntamiento xx Xxxxxx, para su aprobación, el peritaje, a costas del concesionario, del valor asegurado del continente y contenidos de las instalaciones objeto de la póliza o pólizas.  Cumplir escrupulosamente las normas que regulan el funcionamiento de los servicios que comprende la concesión que se contrata de acuerdo al apartado 1 del presente pliego (servicio de bar, actividades turístico deportivas y punto de información turística), vigilando que se cumplan especialmente las vigentes en materia de seguridad y salud tanto de los usuarios como del personal; velando por la pulcritud, uniformidad y trato al cliente del personal responsable de la atención de las instalaciones.  Utilizar en todos sus escritos, publicidad, facturación y restantes documentos relacionados con la actividad, la marca o distintivo de identidad turística, en los términos y condiciones que el Ayuntamiento xx Xxxxxx determine.  Deberá mantener las instalaciones abiertas al público durante los periodos fijados anualmente por el Ayuntamiento xx Xxxxxx; mínimo desde el 15 xx xxxxx al 15 de septiembre diariamente con descanso de un día a la semana a convenir, semana santa, fines de semana y fiestas de carácter local, autonómica y nacional, a excepción, si fuera de su interés, de las festividades del periodo xx Xxxxxxx, así como del 15 de diciembre al 31 de enero en la que las instalaciones podrán permanecer cerradas si así lo deseara y previa comunicación al Ayuntamiento.  El horario de apertura será el normal de este tipo de instalaciones y durante la prestación del servicio. El horario mínimo de apertura del bar será desde 11 de la mañana a 7 de la tarde en los meses xx xxxxxx de julio y agosto, y de al menos 6 horas el resto de los días del año fijados como período mínimo. Las actividades de canoas y bicicletas deberán ser ofertadas como mínimo dentro de ese horario, salvo que circunstancias climatológicas y/o de seguridad aconsejaran no hacerlo, o cualquier otra circunstancia sobrevenida que imposibilitara la apertura de las instalaciones, incluido el servicio de bar. Debiendo comunicarlo al ayuntamiento en el artículo 288 primer día hábil siguiente al que se hubiera producido tal circunstancia. Cualquier modificación al respecto de LCSPhorarios deberá ser solicitada y autorizada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx. Este apartado se desarrollará de forma pormenorizada en el futuro contrato.  El concesionario solo podrá expedir artículos de bar dentro de las instalaciones y antojanas, quedando prohibida la venta fuera xxx xxxxxxx del mismo. No podrá instalar señalización alguna, ni pancartas, sin autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxx. Cualquier mobiliario exterior deberá ser autorizado por el Ayuntamiento. Como norma general el ayuntamiento podrá no se autorizar aquel que de forma ostentosa presente un marcado carácter publicitario (mesas, sillas, sombrillas, etc.).  El concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro deberá utilizar material homologado para la realización de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de las actividades y cumplir toda la documentación necesaria normativa vigente estipulada para la concesión de Actividades de Turismo Activo, Decreto 92/2002, de 11 de julio, de Turismo Activo, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo del Principado xx Xxxxxxxx.  Devolver al finalizar la concesión en perfecto estado de conservación, las instalaciones, materiales, mobiliario, útiles y enseres que reciba al iniciar la explotación o a lo largo de la concesión, a cuyo efecto suscribirá con la secretaría municipal un acta de inventario en el que se recojan con detalle el estado y valoración del mismo al inicio y al final de la explotación.  Serán a cargo del concesionario los gastos que se originen por la prestación de los servicios que comprende la concesión, a saber: o Suministro de agua, saneamiento y recogida domiciliaria de basura. o Suministro eléctrico y alumbrado exterior del propio edificio. o Telefonía e Internet. o Calefacción y agua caliente. o Revisión de extintores. o Cualquier canon que sea preciso para el inicio desarrollo de la actividad. E. Plan . o Seguros (Multirriesgo, de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio acuerdo a lo reflejado anteriormente, en cuanto a instalaciones y responsabilidad civil, y seguros obligatorios para el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como desarrollo de las actividades complementarias de Turismo Activo y exponerlos hostelería) o Cualquier otro que sea preciso para la puesta en funcionamiento y desarrollo de las actividades objeto de la concesión.  Será a cargo del concesionario, el mantenimiento y limpieza tanto interior como exterior de las instalaciones. El exterior de las instalaciones comprende además del entorno del edificio y pantalán, desde el enlace con la Senda del Oso hasta la zona de aparcamiento incluida, delimitado todo ello por el embalse y la carretera AS-229. El mantenimiento y limpieza exterior incluye: o Limpieza de basuras en zonas verdes, peatonales, zona de aparcamiento y margen del embalse con las zonas verdes y pantalán. o En las papeleras se colocarán en su interior bolsas para la recogida de basuras. o Mantenimiento de las zonas verdes (Siega, desbroce, recogida y eliminación de restos vegetales y leñosos) y zonas urbanizadas. o Velar por la conservación del mobiliario exterior (Papeleras, mesas/bancos), señalización, balizas, cierres y pantalán; efectuando pequeños trabajos de conservación. o Comunicar al público Ayuntamiento aquellos daños o desperfectos que exijan trabajos de mayor envergadura tendentes a la conservación, reparación o reposición precisos de las instalaciones. o Velar por las condiciones de seguridad del pantalán, comunicando cualquier daño o desperfecto que pueda afectar a la seguridad de los usuarios; y disponer de elementos de seguridad precisos en lugar perfectamente visible condiciones optimas de vestíbulo utilización. El mantenimiento y limpieza interior incluye, entre otros: o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno Limpieza periódica de la instalación en general, prestando especial atención a las zonas xx xxxxx, vestuarios y duchas, cocina-bar, tomando las medidas de limpieza y desinfección precisas. o Mantenimiento de alumbrado y reposición de lámparas, apliques, antenas. o Mantenimiento y conservación del Centromobiliario, electrodomésticos y menaje. o Limpieza de fachadas y zonas acristaladas. o Mantenimiento de cerraduras y herrajes, reposición xx xxxxxxxxx, revisión de extintores, caldera y grifería en general. o Trabajos de conservación de paramentos interiores y exteriores (pintado). o Velar por el buen uso de inodoros, fregaderos, etc. que impidan el mal funcionamiento del sistema de evacuación de aguas residuales. o Depositar las basuras en el punto de recogida aledaño a la zona de aparcamiento, utilizando si procede el punto de recogida selectiva de basuras sito en Las Agüeras. Estas instalaciones son la puerta de entrada al concejo de los visitantes y turistas en general por lo que todas las medidas de mantenimiento y limpieza, interior y exterior, habrán de efectuarse con la regularidad precisa para dar en todo momento una adecuada imagen de cuidado y conservación.  El concesionario deberá permitir el paso al representante de la administración delegado en labores de inspección y vigilancia. Cubriéndose acta de inspección de las instalaciones de acuerdo a modelo elaborado por el Ayuntamiento xx Xxxxxx.  El concesionario no tendrá derecho alguno sobre el edificio y sus instalaciones excepto el derivado de su utilización durante la vigencia del contrato. No podrá enajenar bienes afectos a la concesión que hubieren de revertir al Ayuntamiento xx Xxxxxx concedente, ni gravarlos, salvo autorización expresa, comprometiéndose a dejarlos libres a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxx, dentro del plazo establecido y de reconocer la potestad de ésta para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento, en su caso.  Ejercer por sí la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin la anuencia del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio solo podrá autorizarla en las circunstancias que señala la legislación vigente en materia de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:contratación administrativa.

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Samples: Contratación Directa De Explotación De Instalaciones

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir Son obligaciones del adjudicatario: 18.1.- El Contratista adjudicatario dispondrá de locales suficientes, adecuados para el personal, instalaciones, vehículos y materiales necesarios para la siguiente inversióncorrecta prestación del objeto del contrato. Dichos locales estarán ubicados en Salobreña.. 18.2.- Serán de cargo del adjudicatario, que acometerá al inicio del contrato (justificando el desembolso económico por tanto, los gastos de conservación de los referidos edificios, locales, instalaciones, vehículos y material. 18.3.- Cumplir con sus trabajadores las disposiciones de la inversión) legislación laboral y que al término de Seguridad Social. 18.4.- Ejercer por si el contrato y no cederlo o traspasarlo a terceros sin la autorización de la concesión pasará a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques y puntos de luz y cortinas de duchasCorporación Municipal. 2- Además 18.5.- Indemnizar a terceros y al Ayuntamiento de las obligaciones previstas en los daños que les ocasionara el artículo 288 de LCSP, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro funcionamiento del Servicio para lo cual deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia18.6.- Organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características, periodicidad, continuidad establecidas en el PPT. C. Obtener 18.7.- El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen en los elementos de la autorización sanitaria urbanización, las zonas verdes, árboles, mobiliario urbano y demás elementos de funcionamientopropiedad municipal por culpa, negligencia o incumplimiento de las obligaciones contractuales. D. Disponer de 18.8.- El concesionario no podrá transmitir el contrato a un tercero sin la previa autorización del Ayuntamiento. 18.9.- No enajenar ni sustituir bienes adscritos al servicio sin consentimiento expreso del Ayuntamiento. 18.10.- Mantener durante toda la documentación necesaria para el inicio vigencia del contrato los compromisos derivados de la actividadeste Pliego y los asumidos en su oferta en relación con cualquier aspecto del contrato. E. Plan 18.11.- A llevar un libro de control biológico sanitarioreclamaciones, el cual deberá estar numerado y sellado por el Ayuntamiento. F. Inscripción de oficio 18.12.- A prestar el servicio con los medios técnicos, humanos y materiales propuestos. 18.13.- A prestar el servicio objeto del contrato durante los días fijados en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticasPPT. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:

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Samples: Contract for Mixed Services

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- El concesionario deberá: 1. Habilitar la actividad comercial y el predio destinado a la misma, conforme a las disposiciones municipales en vigencia. 2. Vigilar y proveer seguridad a los usuarios y conservar el Predio e Instalaciones en perfecto estado de uso y mantenimiento, para la adecuada prestación del servicio. 3. Respetar la arquitectura existente en el Edificio y el entorno, a los fines de la puesta en condiciones del lugar adjudicado. 4. Asumir la siguiente inversiónresponsabilidad de todo el personal destinado a la Playa, ya sea administrativos, serenos y/o todos los que acometerá al inicio correspondiere, a su cargo y en consecuencia abonar sueldos, cargas sociales y el equipamiento y vestimenta del contrato (justificando personal que trabaje en la concesión. Bajo ningún concepto el desembolso económico personal destinado por la concesión a la Playa de Camiones poseerá relación de dependencia alguna con el Municipio. 5. Garantizar el servicio de atención de la inversión) y que al término playa, con el establecimiento de guardias activas y/o pasivas, con disponibilidad las 24 hs los 365 días del año. A tal fin, se deberá presentar detalle del personal encargado de la concesión pasará a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques y puntos atención de luz y cortinas de duchasla Playa. 2- Además 6. Dispensar a los usuarios del servicio un tratamiento amable en concordancia con las normas por los usos y las buenas costumbres. 7. Registrar debidamente todos los vehículos estacionados en la Playa. A tal fin deberá confeccionar y completar un registro de ingreso y egreso de unidades al predio, cuya copia será entregada mensualmente al Municipio. 8. Contratar Seguro de Responsabilidad civil, Robo parcial, seguro contra todo riesgo por los vehículos, camiones y acoplados estacionados en general y debidamente registrados. 9. Realizar mantenimiento básico del predio, oficinas, sanitarios, ducha y playa en general (limpieza en general, mantenimiento de las obligaciones previstas en el artículo 288 instalaciones, etc). Instalar cestos de LCSP, el concesionario está obligado residuos con tapa cuyo vaciamiento quedará a disponer de: A. Seguro cargo de responsabilidad civilla Municipalidad. B. Plan de emergencia10. Deberá realizar los pagos correspondientes a impuestos, tasas y contribuciones, Nacionales, Provinciales o Municipales según el servicio adjudicado. C. Obtener 11. El adjudicatario no podrá tercerizar ningún servicio interno siendo responsable de lo ya establecido, salvo expresa autorización municipal. Cualquier instalación o servicio complementario (gomería, kiosco, taller, provisión de combustible, etc), deberá ser acordado previamente con la Municipalidad. La colocación de cualquier publicidad e identificación del servicio y/o actividad será con previa autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el inicio de la actividad. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades municipal y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto conforme a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepciónnormativa vigente. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:

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Samples: Concession Agreement

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir la siguiente inversión, que acometerá al inicio Serán obligaciones del contrato (justificando contratista-concesionario las siguientes: a) Prestar el desembolso económico servicio durante el plazo de duración de la inversiónconcesión, conforme al Proyecto presentado, siendo de su cuenta los gastos que origine en general el funcionamiento del mismo. b) Conservar las construcciones e instalaciones vinculadas al servicio y que al término mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión de la concesión pasará concesión, deban entregarse, con todas las instalaciones que sean inherentes y necesarias al mismo para su adecuada prestación. El concesionario suscribirá a propiedad favor de la Corporación concedente una póliza de seguro a todo riesgo al menos de 300.506,05 Euros. El seguro deberá cubrir, al menos la cobertura y riesgos que se establecen en la Ley 7/2006 de 2 de octubre de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. c) Responder a terceros en los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del Ayuntamientoservicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de ordenes impuestas por la Corporación concedente. d) No enajenar, ni gravar sin autorización bienes o instalaciones que deban revertir a la Corporación concedente. Además se establecen como obligaciones específicas las siguientes: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUsA) Organizar y llevar a efecto durante las Fiestas tradicionales de Ntra. Xxx. xxx Xxxxxx, WLQDV apliques y puntos los Programa de luz y cortinas de duchas. 2- Además de las obligaciones previstas en Festejos Taurinos que va a dar por ésta emporada que abarca el artículo 288 de LCSP, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el inicio de la actividad. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en quecontrato, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, con el anexo que se recojan los siguientes aspectos:indica en este Pliego.

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Samples: Concesión Del Servicio Público

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir la siguiente inversión, que acometerá al inicio EL CONCESIONARIO se obliga a: 1. Cumplir a cabalidad el objeto del contrato (justificando contrato. 2. Pagar el desembolso económico de la inversión) y que al término valor de la concesión pasará a propiedad del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques en la cuantía y puntos de luz y cortinas de duchasforma pactada. 2- Además 3. Prestar, en forma idónea, todos los servicios ofrecidos. 4. Capacitar el personal a su cargo en prestación de servicio al usuario. 5. Cumplir las normas administrativas de LA CONCEDENTE que tengan relación o incidan en el servicio ofrecido, y en todo caso, las normas por medio de las obligaciones previstas cuales las autoridades nacionales o locales lo regulen. 6. Pagar, de forma oportuna, los salarios y prestaciones sociales de los empleados que utilice en el artículo 288 local; los pagos de LCSPproveedores o contratistas independientes y los aportes correspondientes a seguridades sociales integrales y parafiscales, cuando sea el caso. 7. Cuidar el local y demás bienes u objetos dados en concesión y en general se obliga a hacer las reparaciones locativas. En caso de daños o deterioros imputables al mal uso del local o a su propia culpa, deberá efectuar oportunamente y por su cuenta las reparaciones o sustituciones necesarias, previo visto bueno de la División de Infraestructura Física. 8. No cambiar la destinación del inmueble, a menos que medie autorización expresa y escrita de 9. Mantener la continuidad y calidad en la prestación del servicio para el cual se le otorgó la concesión. 10.Devolver el local al vencimiento o terminación del contrato en el mismo estado en que lo ha recibido. 11.Tomar las medidas de seguridad para la conservación y buen uso del local. LA UNIVERSIDAD, no se hace responsable por la pérdida o deterioros que sufra EL CONCESIONARIO, pues los mismos corren por su cuenta. 12.Permitir en cualquier momento que la persona designada por LA CONCEDENTE visite el local para verificar su estado de conservación, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro servicio como tal y otras circunstancias de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria interés para aquél, en especial para constatar el inicio cumplimiento de la actividadResolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud. E. Plan de control biológico sanitario. F. Inscripción de oficio en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticas. a. Exhibir en el exterior del edificio, junto a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:

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Samples: Concession Agreement

OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. 1- Asumir la siguiente inversión8.1.- Son obligaciones del concesionario: 1. Adecentar por su cuenta el quiosco y en general las instalaciones donde se va a prestar el servicio, que acometerá al inicio del contrato y conservarlos, así como el dominio público ocupado y su entorno inmediato en perfecto estado de limpieza, higiene y mantenimiento. 2. La adquisición a su xxxxx de mobiliario (justificando el desembolso económico de la inversiónmesas, sillas, bancos, taburetes etc) y utensilios (maquinaria industrial, menaje, vajillas etc) necesarios para explotar la actividad. Cualquier daño ocasionado en el ejercicio de esta, independientemente de su origen, será de cuenta del adjudicatario, no asumiendo el Ayuntamiento responsabilidad alguna, dado que al término la explotación se llevará a cabo a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. 3. Durante el periodo de vigencia de la concesión pasará correrán a propiedad cargo del adjudicatario todos los gastos derivados de la instalación reparaciones o modificaciones que sean necesarias efectuar en el restaurante, bar y terraza, cualquiera que sea su alcance. También serán de cuenta del adjudicatario los gastos por entretenimiento del material e instalaciones, el suministro de agua y energía eléctrica, recogida de basuras, residuos industriales y aguas residuales, y en general cualquiera que sea necesario, con independencia de su naturaleza, para la explotación del servicio. 4. Contratar un seguro por un capital equivalente al de la construcción, instalaciones y aparatos aportados a la concesión para responder de los riesgos del edificio y de tales instalaciones y aparatos de cualquier naturaleza afectados al servicio, y con un capital mínimo, en todo caso, de 182.784,00 €, así como otro de responsabilidad civil por un capital mínimo de 6.000 € para responder por los daños personales o materiales que se puedan causar como consecuencia del ejercicio de la actividad. Las pólizas, serán de igual duración que el plazo de la concesión. 5. Ejercer por sí mismo la concesión y no cederla o traspasarla sin autorización previa y expresa del Ayuntamiento: A. ¼ HQ OD DGTXLVLFLyQ GH HTXLSDPLH x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKRQHV x ¼ SDUD DGTXLULU DOPRKDGDV L x ¼ SDUD DGTXLULU FROFKDV R P x ¼ HQ OD UHSpoRr VesLtorFesLigynQífu goGs,Hex tinFtoRreUs, WLQDV apliques y puntos de luz y cortinas de duchas. 2- Además de 6. Obtener a su xxxxx las obligaciones previstas en el artículo 288 de LCSP, el concesionario está obligado a disponer de: A. Seguro de responsabilidad civil. B. Plan de emergencia. C. Obtener autorizaciones y licencias administrativas que pudieran ser necesarias para la autorización sanitaria de funcionamiento. D. Disponer de toda la documentación necesaria para el inicio instalación y funcionamiento de la actividad. E. Plan 7. Cumplir fielmente todo lo dispuesto por la Ley 2/2010, de control biológico sanitario13 xx xxxx, de Comercio de Castilla La Mancha, Real Decreto 2816/1982, de 27 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas;Orden de la Consejería de administraciones públicas de Castilla La Mancha de 4 de enero de 1996, por la que se regula el horario general de espectáculos públicos y actividades recreativas, y en general cuantas normas resulten de aplicación. F. Inscripción 8. Ingresar el canon en la Caja de oficio la Corporación en el Registro de Empresas, actividades y profesiones turísticaslos plazos establecidos. a. Exhibir 9. Hacerse cargo a su xxxxx de los aseos públicos del parque, debiendo limpiarlos diariamente y mantenerlos con la frecuencia que sea necesaria para un uso adecuado por parte del público. 8.2.- El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones u otras previstas en el exterior del edificio, junto este pliego podrá dar lugar a la entrada principal, una placa identificativa normalizada b. Declarar y dar publicidad a los precios tanto del alojamiento como de las actividades complementarias y exponerlos al público en lugar perfectamente visible de vestíbulo o recepción. c. Deberá existir un reglamento interno del Centro, que se presentará al Ayuntamiento previo al inicio extinción de la actividad, expuesto en lugar público y visible, en que, de acuerdo al artículo 59 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, se recojan los siguientes aspectos:concesión.

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