OTORGAMIENTO DE LICENCIA Cláusulas de Ejemplo

OTORGAMIENTO DE LICENCIA. Este Contrato de Licencia le concede los siguientes derechos, siempre que usted cumpla todos los términos y condiciones contenidos en este
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. El presente CLUF otorga una licencia (“Licencia”) que le permite utilizar el Software, a condición de que el Software combinado con un dispositivo de hardware se combine con un único dispositivo de hardware en todo momento. La presente es una Licencia no exclusiva e intransferible. La presente Licencia no otorga ningún derecho para la obtención de futuras versiones, actualizaciones o complementos del Software. No obstante, si se obtuvieran actualizaciones, nuevas versiones o complementos del Software, el uso de dichas nuevas versiones o actualizaciones se regirá por el presente CLUF y cualquier modificación al mismo, a menos que existan otras condiciones para las nuevas versiones, actualizaciones o complementos, en cuyo caso se aplicarán dichas condiciones.
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. 1.1 UBISOFT (o sus licenciadores) le otorga una licencia personal, no comercial, no exclusiva, intransferible y que no podrá ceder en régimen de sublicencia para instalar y/o utilizar el Producto (total o parcialmente) y cualquier otro Producto (la “Licencia”), hasta el momento en que Usted o UBISOFT den por resuelto este CLUF. Bajo ninguna circunstancia podrá utilizar, ni permitir que otros utilicen, el Producto o esta Licencia para fines comerciales sin antes obtener una autorización para hacerlo de UBISOFT. Es posible que sean necesarias mejoras, actualizaciones, soluciones provisionales y modificaciones para poder seguir utilizando el Producto en determinado hardware. ESTE PRODUCTO SE LE CEDE BAJO LICENCIA, NO SE LE VENDE. Según proceda, ciertas partes del Producto pueden estar utilizando funciones de terceros, algunas de las cuales están gestionadas por proveedores externos y a las que pueden ser de aplicación términos, condiciones y/o costes adicionales. Dichos términos y condiciones adicionales son de obligatorio cumplimiento. Por ejemplo, si el Producto incorpora una aplicación VoIP, deberá cumplir el Contrato de servicio de datos inalámbricos asociado cuando utilice el Producto. Sírvase examinar detenidamente dichos términos, condiciones y costes adicionales.
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. Entco otorga al Cliente una licencia de uso no exclusiva de la versión del producto de software de la marca Entco especificado en el Pedido. El uso permitido es para fines internos del Cliente (y no para su posterior comercialización), y está sujeto a las condiciones específicas de la licencia que se adjuntan al producto o en el Material de Apoyo. Para productos de software que no sean de la marca Entco, se aplicarán los términos de la licencia estipulados por el tercero proveedor de dicho software.
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. Siempre que el Cliente cumpla con todos los términos y condiciones del Contrato, HYBRID concede al Cliente, y el Cliente acepta de HYBRID, una licencia limitada, no exclusiva, intransferible y no sublicenciable para usar el Software únicamente para fines comerciales internos y de acuerdo con la Documentación aplicable. La duración de dicha licencia se determinará en la Confirmación del Pedido y la licencia se concederá como Licencia Perpetua o como Licencia de Suscripción/Alquiler, tal y como se define con más detalle en la cláusula 10 (en adelante, Vigencia y Rescisión). - En caso de que el derecho a utilizar el Software se conceda como parte de una Licencia de Producto Perpetua, la licencia se concede para toda la duración de los Derechos de Propiedad Intelectual con respecto a los Productos, siempre que se abone el pago de la tasa de licencia única aplicable y sin perjuicio de los derechos de rescisión de HYBRID previstos en lo sucesivo y en las Condiciones de Venta. - En caso de que el derecho de uso del Software se conceda como parte de una Licencia de Suscripción/Alquiler de Productos, la licencia se concede por la duración limitada definida en la Oferta de HYBRID (por ejemplo, periodos anuales) y siempre que se abone el pago periódico de los derechos de licencia acordados. Al finalizar la duración del plazo inicial de la licencia, o el plazo de licencia vigente en ese momento, la Licencia de Suscripción/Alquiler de Productos se renovará automáticamente por plazos sucesivos iguales al plazo inicial de la licencia según la versión vigente de estas Condiciones de Venta y del Contrato de Licencia de Software aplicable, a menos que, con un mínimo de cuarenta y cinco (45) días antes de la fecha de dicha renovación, cualquiera de las partes haya notificado por escrito a la otra su intención de no renovar la Licencia de Suscripción/Alquiler de Productos correspondiente. En circunstancias en las que el Software, en vista de ciertas funcionalidades, pueda utilizar los servicios de un centro de datos de terceros, la licencia que incluye el derecho del Cliente a utilizar dichos servicios es aplicable únicamente para tales fines y requiere el cumplimiento por parte del Cliente de cualquier Política de Uso Aceptable pertinente o cualquier otra condición adicional relativa a los servicios del centro de datos de terceros.
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. Licencia. Mediante el presente Contrato, la Universidad de Chile otorga al Usuario Final una licencia revocable, personal, no exclusiva, intransferible, y para el territorio del Estado de Chile, para el uso de Software, cuya titularidad corresponde a la Universidad de Chile, solamente para el propósito y sujeto a las restricciones aquí establecidas (en adelante la “Licencia”). No se otorga, cede o transfiere al Usuario Final ningún otro derecho, incluido derechos de propiedad intelectual, sea explícita o implícitamente, salgo según se establece en el presente documento, y todos aquellos derechos de la Universidad de Chile se reservan para ésta.
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. (a) En este acto, Compuware le otorga al Licenciatario una licencia de uso no exclusiva, no transferible y perpetua, a menos que se indique lo contrario, para instalar y usar el Software establecido en la Cédula de Productos aplicable, de conformidad con la Documentación, únicamente para las operaciones de negocios internas del Licenciatario y de conformidad con el alcance y con el tipo de uso establecido en dicha Cédula de Productos. Los derechos de uso del Software por parte del Licenciatario incluirán cualquier subsidiaria del Licenciatario que le pertenezca en más del cincuenta (50%) al Licenciatario, siempre y cuando dicha subsidiaria convenga en cumplir con los términos y condiciones de este Contrato.
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. 3.1 Otorgamiento de licencia. Sujeto a los términos y condiciones del presente Contrato, EXFO otorga al Cliente una licencia personal, no sublicenciable, intransferible y no exclusiva para que los Usuarios instalen y utilicen el Software de acuerdo con la Documentación y únicamente dentro de las operaciones de negocios o propias del Cliente, según el caso. El otorgamiento de la licencia de EXFO está condicionada al cumplimiento continuo del Cliente de todas las limitaciones y restricciones de la licencia descritas en el presente y en la Documentación; si el Cliente infringe alguna de esas limitaciones y restricciones, u otros términos del presente Contrato, el otorgamiento de la licencia se dará por finalizado automáticamente sin aviso alguno por parte de EXFO. El uso del Software fuera de alguno de los alcances siguientes constituye una infracción a los derechos de propiedad intelectual y/o de propiedad de EXFO y/o sus licenciantes externos, así como cualquier incumplimiento sustancial del presente Contrato.
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. Por virtud del presente contrato EL PROVEEDOR otorga a favor del CLIENTE una licencia de uso, no exclusiva e intransferible del PROGRAMA, la cual puede incluir documentación para su uso, ya sea en forma impreso o en forma electrónica, como parte del mismo PROGRAMA. La presente licencia es limitada y queda circunscrita exclusivamente para uso personal del CLIENTE, por lo que el programa solo podrá instalarse y utilizarse en una sola unidad de procesamiento de datos (computadora personal o dispositivo móvil) en su carácter de CLIENTE final, salvo que la versión del PROGRAMA sea para red, en cuyo caso, se especificará de esta manera en la COTIZACION AUTORIZADA, indicándose el número de terminales de trabajo, en las que podrá éste ser instalado y utilizado, extendiéndose el contenido obligacional del presente contrato a todo el USUARIO del PROGRAMA.
OTORGAMIENTO DE LICENCIA. De acuerdo al cumplimiento permanente del presente Contrato por parte del Licenciatario y al pago de las tarifas correspondientes, Hypertherm otorga al Licenciatario una licencia no exclusiva, no sublicenciable, intransferible y limitada para Instalar y Acceder a los Materiales con Licencia, en cada caso exclusivamente (a) en el Territorio, (b) dentro del ámbito del Tipo de Licencia y Número Permitido especificados en la correspondiente Identificación de Licencia y (c) de conformidad con los demás términos y condiciones del presente Contrato. En el Anexo B se describen los distintos Tipos de Licencia. En cualquier caso, cuando la Identificación de Licencia no especifique ningún Tipo de Licencia o Número Permitido, o no exista ninguna Identificación de Licencia, el Tipo de Licencia será, por defecto, la Licencia de Evaluación y el Número Permitido será, por defecto, uno (1).