Common use of Pago Clause in Contracts

Pago. De manera general, el pago se realizará por parte del Cliente mediante domiciliación bancaria en entidad de crédito con sucursal abierta en el territorio del Estado Español, en cualquier cuenta bancaria que a tal efecto se designe por el mismo, comprometiéndose a mantener el saldo suficiente para atender el pago de las cantidades debidas a R. La fecha efectiva de pago será aquella en la que la entidad de crédito indicada reciba la notificación de R con el importe de las cantidades adeudadas por el Cliente. R podrá concertar con el Cliente otras modalidades de pago entre los comúnmente utilizados en el tráfico comercial. R, con cargo a los saldos favorables del Cliente derivados de cualquier relación comercial existente entre las partes, podrá compensar los importes de los créditos de los que sea titular frente a aquel.

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