PENALIDADES / MULTAS Cláusulas de Ejemplo

PENALIDADES / MULTAS. 14.1 En cuanto al monto de la multa por cada día de atraso en la ejecución de la obra será el que establece el Decreto contentivo de las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos e Egresos de la Republica correspondiente al año 2017, que determina el CERO PUNTO DIECIOCHO POR CIENTO (0.18%) del monto total del contrato por cada día de retraso, más el Costo Diario de la Supervisión del Proyecto.
PENALIDADES / MULTAS. Si el contratista no diere cumplimiento a la entrega del Servicio en los plazos estipulados en el presente contrato y sus eventuales prórrogas o los suspendiere, salvo casos fortuitos o de fuerza mayor, será pasible de una multa equivalente al uno por ciento (1%) del valor del Servicio en demora, por cada semana o fracción mayor de tres (3) días de atraso. El monto total de la multa está limitado hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) sobre el valor total del Contrato.
PENALIDADES / MULTAS. 14.1 En caso de fallo de parte del Contratista de terminar el trabajo dentro del plazo fijado en el Contrato, con cualquier extensión que se haga, El Contratista pagará a la Municipalidad de San Xxxxx Xxxx por concepto de daños liquidados el valor indicado en las CEC por cada día calendario de retraso de conformidad al Artículo 72 del Decreto 171-2016 relativas a las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República que establece el CERO PUNTO DIECIOCHO POR CIENTO (0.18%) del monto total del contrato por cada día de retraso hasta que el trabajo sea terminado y aceptado.
PENALIDADES / MULTAS. Si EL CONSULTOR Si LA CONSULTORA no diere cumplimiento a los plazos previstos en el Calendario de Actividades y en el Plan de Trabajo y sus eventuales prórrogas salvo casos fortuitos o de fuerza mayor, será pasible de una multa equivalente al cero coma trescientos treinta y tres por ciento (0,333 %) del valor total de la factura correspondiente, por cada día de retraso y/o incumplimiento contractual. El monto máximo de la multa será hasta alcanzar el monto de la Garantía de Responsabilidad Profesional. Una vez que se llegue a dicho monto, la ANNP podrá poner término al Contrato. En caso de no rescindir el contrato, la ANNP seguirá aplicando las multas conforme a lo establecido precedentemente. La ANNP queda autorizada, a deducir estas multas, en forma automática y sin interpelación judicial, de la factura del servicio correspondiente. por intermedio de su representante debidamente autorizado, firman el presente Contrato, constituido por ( ) páginas progresivamente numeradas, en dos ejemplares de igual tenor, recibiendo cada una, las copias con todos los documentos señalados en la cláusula segunda de este contrato. ................................................ . …................................................
PENALIDADES / MULTAS. Las faltas cometidas por la Contratista o sus agentes, serán pasibles de multas que se aplicarán ante la sola comprobación del personal de AGUAS SANTAFESINAS S.A., debiéndosele cursar por escrito comunicación al respecto al Contratista. Las penalidades previstas serán también de aplicación por cualquier acto u omisión que implique negligencia y/o incumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas para la prestación del servicio y por causas imputables a la Contratista. Sin perjuicio de las indemnizaciones por desperfectos, daños, sustracciones, desapariciones o extravíos, etc., que fueran responsabilidad del personal del Contratista, éste se hará responsable de multas y/o descuentos cuando no cumpliera en tiempo y forma con los servicios contratados, o cualquiera de las instrucciones que se cursaren por escrito.
PENALIDADES / MULTAS. Si el contratista no diere cumplimiento a la entrega del Bien y/o Servicio en los plazos estipulados en el Plan de Entregas y sus eventuales prórrogas salvo casos fortuitos o de fuerza mayor, será pasible de una multa equivalente al uno punto cinco por ciento (1.5%) del valor del Bien y/o Servicios en demora, por cada semana de atraso. El monto máximo de la multa será hasta alcanzar el monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Una vez que supere el monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, el Contratante podrá poner término al Contrato. Si las multas exceden este porcentaje el Instituto podrá rescindir el contrato y ejecutara la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.- Fecha: Proceso de Contratación: Modalidad: Contratación Directa Descripción del llamado: “Remodelación del Área Quirúrgica del Hospital Regional xx Xxxxxxxxxxx.” ID (Portal): 246737 A la Convocante: Yo/Xxxxxxxx, quien suscribe/n, declaro/amos Bajo Fe de Juramento que, no me/nos encuentro/encontramos comprendido/s en ninguna de las inhabilidades previstas por el Artículo 40 de la Ley Nº 2.051/03 para presentar propuestas y/o contratar con el Estado Paraguayo en general, y con esta Convocante en particular y al proceso de contratación arriba individualizado.- Asimismo, declaro/amos Bajo Fe de Juramento, que me/nos abstengo/abstenemos de adoptar conductas orientadas a que los funcionarios o empleados de la Convocante en el presente llamado, induzcan o alteren las exigencias del llamado, las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, la ejecución contractual u otros aspectos que pudiera/n otorgarme/nos condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, como por ejemplo, y de manera enunciativa y no limitativa, el soborno y la colusión.- Xxxxx/imos el compromiso de comunicar por medios fehacientes a la Entidad Convocante, de manera inmediata a su surgimiento, cualquier alteración en la situación jurídica respecto de las citadas inhabilidades, dejando expresa constancia que independiente a esta situación, automáticamente resta eficacia y validez a la presente.- La presente declaración jurada, la hago/hacemos, en los términos y condiciones del Artículo 47 del Decreto Reglamentario Nº 21.909/03 y el artículo 20, inciso “W”, de la Ley 2051/03, de “Contrataciones Públicas”. Así mismo, declaro conocer y aceptar el contenido y las disposiciones de la Resolución N° 330/07 de la Dirección General de Contrataciones Públicas.- Firma El/los ...
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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.