PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).
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Samples: Contract for Services, Contratación De Servicios De Supervisión, Bases Del Proceso De Selección
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido El contrato será firmado por el oferente directamente si se trata de persona natural o administrativamente firme por el otorgamiento Representante Legal del oferente seleccionado o su apoderado, cuando se trate de la Buena Propersonas jurídicas, dentro de los diez cinco (105) días hábiles siguienteshábiles, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar siguientes a la Entidad Pública fecha en que se ha notificado la documentación para la suscripción adjudicación al oferente. Si el oferente favorecido, injustificadamente no firmare el contrato dentro del contrato prevista en las Bases. Asimismo, plazo fijado o no lo legaliza dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente siguientes al perfeccionamiento del mismo, la Dirección General del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares hará efectiva la garantía de seriedad de la notificación propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la Entidadcitada garantía. Al día siguiente En este evento, el Círculo de subsanadas Suboficiales de las observacionesFuerzas Militares, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente mediante comunicado motivado podrá adjudicar la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela ejecución del contrato al Postor oferente que quedó se encuentre en segundo lugar; siempre que resulte favorable a los intereses del Círculo de Suboficiales de las XX.XX, y así sucesivamentecaso en el cual le notificará la adjudicación dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del plazo para la suscripción del contrato, si el segundo oferente no cumpliere con los requisitos de suscripción del contrato, el Círculo de Suboficiales de las XX.XX, procederá a realizar la adjudicación directamente a quien considere a su juicio, sea la persona idónea para la realización del contrato. El contrato será se entiende perfeccionado una vez ha sido suscrito por la Entidad Públicalas partes, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, ante testigos hábiles y por una vez aprobado el ganador plazo de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)pólizas.
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Samples: Remodelación Y Optimización De Áreas De Operación, Pliego De Condiciones, Construction Contract
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento El Contrato quedará perfeccionado con su firma, previa constitución de la Buena Progarantía de cumplimiento contractual, en los términos y las condiciones establecidas en el presente PCE. Si el Adjudicatario no concurriere a firmar el Contrato dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco CINCO (5) días hábiles contados desde el día siguiente de haber sido convocado para su suscripción, la adjudicación podrá ser dejada sin efecto con pérdida de la notificación garantía de mantenimiento de oferta. El Licitante podrá, si lo estima pertinente, adjudicar la obra a la segunda Propuesta más conveniente o declarar fracasada la licitación. En los casos en los que resulte adjudicataria una UT o Consorcio de Cooperación, previo a la firma del Contrato deberá acreditarse la inscripción ante la Inspección General de Justicia o Dirección Provincial de Personas Jurídicas que corresponda. El incumplimiento de esta obligación facultará al Licitante a dejar sin efecto la adjudicación, perdiéndose la garantía de mantenimiento de oferta. Si el Comitente no se encontrare en condiciones de firmar el Contrato dentro de los VEINTE (20) días de notificada la adjudicación, el Adjudicatario podrá solicitar que ésta se deje sin efecto, con devolución de la Entidadgarantía de oferta, pero sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna. Al día siguiente Serán por cuenta del Adjudicatario los impuestos, tasas u otros gastos que exigieren las autoridades municipales, provinciales y/o nacionales en concepto de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través sellado del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)Contrato.
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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia informativa de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).
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Samples: Contract for the Hiring of a Private Supervising Entity, Contract for the Hiring of a Private Supervising Entity
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido El contrato será firmado por el oferente directamente si se trata de persona natural o administrativamente firme por el otorgamiento Representante Legal del oferente seleccionado o su apoderado, cuando se trate de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según correspondapersonas jurídicas, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder mayor de cinco (5) días hábiles, siguientes a la fecha en que se ha notificado la adjudicación al oferente. Si el oferente favorecido, injustificadamente no firmare el contrato dentro del plazo fijado o no lo legaliza dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente siguientes al perfeccionamiento del mismo, la Dirección General del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares hará efectiva la garantía de seriedad de la notificación propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la Entidadcitada garantía. Al día siguiente En este evento, el Círculo de subsanadas Suboficiales de las observacionesFuerzas Militares, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente mediante comunicado motivado podrá adjudicar la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela ejecución del contrato al Postor oferente que quedó se encuentre en segundo lugar; siempre que resulte favorable a los intereses del Círculo de Suboficiales de las XX.XX, y así sucesivamentecaso en el cual le notificará la adjudicación dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del plazo para la suscripción del contrato, si el segundo oferente no cumpliere con los requisitos de suscripción del contrato, el Círculo de Suboficiales de las XX.XX, procederá a realizar la adjudicación directamente a quien considere a su juicio, sea la persona idónea para la realización del contrato. El contrato será se entiende perfeccionado una vez ha sido suscrito por la Entidad Públicalas partes, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)ante testigos hábiles.
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PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco xx xxxx (510) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el conveniocontrato, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).
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Samples: Contract for Supervision Services
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, ,el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia informativa de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).
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Samples: Contract for the Selection of a Private Supervisory Entity
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido El contrato será firmado por el oferente directamente si se trata de persona natural o administrativamente firme por el otorgamiento Representante Legal del oferente seleccionado o su apoderado, cuando se trate de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según correspondapersonas jurídicas, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder mayor de cinco (5) días hábiles, siguientes a la fecha en que se ha notificado la adjudicación al oferente. Si el oferente favorecido, injustificadamente no firmare el contrato dentro del plazo fijado o no lo legaliza dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente siguientes al perfeccionamiento del mismo, la Dirección General del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares hará efectiva la garantía de seriedad de la notificación propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la Entidadcitada garantía. Al día siguiente En este evento, el Círculo de subsanadas Suboficiales de las observacionesFuerzas Militares, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente mediante comunicado motivado podrá adjudicar la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela ejecución del contrato al Postor oferente que quedó se encuentre en segundo lugar; siempre que resulte favorable a los intereses del Círculo de Suboficiales de las XX.XX, y así sucesivamentecaso en el cual le notificará la adjudicación dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del plazo para la suscripción del contrato, si el segundo oferente no cumpliere con los requisitos de suscripción del contrato, el Círculo de Suboficiales de las XX.XX, procederá a realizar la adjudicación directamente a quien considere a su juicio, sea la persona idónea para la realización del contrato. El contrato será se entiende perfeccionado una vez ha sido suscrito por la Entidad Públicalas partes, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, ante testigos hábiles y por una vez aprobado el ganador plazo de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)pólizas.
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Samples: Construction Contract
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación El Adjudicatario será citado por escrito para la suscripción firma del Contrato. Si el mismo no concurriere en la fecha indicada, no estuviere en condiciones de suscribirlo, no aceptare suscribirlo o no adjuntara previamente la garantía de cumplimiento de contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra el resto de la documentación indicada en este Pliego, se dejará sin efecto la Adjudicación, con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta y comunicación al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas (conforme Artículo 20 de la Ley N° 13.064). Sin perjuicio de ello, el Comitente podrá adjudicar a suscribir la siguiente Oferta en el contratoorden de mérito y proceder a la firma del Contrato respectivo. Serán por cuenta del Adjudicatario, según corresponday será responsabilidad de éste abonar la totalidad de los impuestos, tasas, gravámenes y gastos que exigieren las autoridades municipales, provinciales y/o nacionales en concepto de sellado del Contrato. Sin perjuicio de ello, el Adjudicatario deberá solicitar los beneficios fiscales que pudieran tener lugar en dicho concepto los que, en los plazos caso de concederse, serán descontados del Precio del Contrato en su respectivo impacto. En caso de corresponder, antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación firma del respectivo Contrato el Adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación con las correcciones y actualizaciones que hubieren tenido lugar en función del procedimiento de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugarContratación aquí previsto, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además función de los documentos previstos cuales se haya efectuado la Adjudicación: - Plan de Trabajos actualizado - Plan de Certificación actualizado - Curva de Inversión actualizada - Análisis de precios definitivos - Organigrama de Obra definitivo El Contrato se firmará en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)términos del modelo que se adjunta como Anexo 6 del presente PBC.
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PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco xx xxxx (510) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el conveniocontrato, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentarpresentar adicionalmente, además de los documentos previstos en las Bases, los siguienteslo siguiente: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).
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Samples: Contract for the Hiring of a Private Supervisory Entity
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Buena ProResolución de Adjudicación, dentro previa intervención del TCR. La notificación del acto de los diez (10adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) días hábiles siguientesCon la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, sin mediar citación algunala cual podrá ser enviada en forma válida por fax.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras. En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el postor ganador adjudicatario deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismoconcurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes contados a partir de la presentación fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de dicha documentaciónla anulación de la adjudicación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto aplicar las sanciones que el postor ganador no presente la documentación correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o no concurra a suscribir el contratodaños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado. En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Entidad. Al día siguiente Intendencia de subsanadas Montevideo podrá aplicar las observacionessanciones que correspondan, así como iniciar las partes suscriben acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato. De no cumplir con perfeccionar contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador orden de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)prelación.
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Samples: Servicio De Mantenimiento
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido El contrato serÆ firmado por el oferente directamente si se trata de persona natural o administrativamente firme por el otorgamiento Representante Legal del oferente seleccionado o su apoderado, cuando se trate de la Buena Pro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según correspondapersonas jur dicas, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder mayor de cinco (5) días hábiles contados desde d as hÆbiles, siguientes a la fecha en que se ha notificado la adjudicaci n al oferente. Si el día siguiente oferente favorecido, injustificadamente no firmare el contrato dentro del plazo fijado o no lo legaliza dentro de los cinco (5) d as hÆbiles siguientes al perfeccionamiento del mismo, la Direcci n General del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares harÆ efectiva la garant a de seriedad de la notificación propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la Entidad. Al día siguiente citada garant a. En este evento, el C rculo de subsanadas Suboficiales de las observacionesFuerzas Militares, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente mediante comunicado motivado podrÆ adjudicar la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela ejecuci n del contrato al Postor oferente que quedó seencuentre en segundo lugar; siempre que resulte favorable a los intereses del C rculo de Suboficiales de las XX.XX, y así sucesivamentecaso en el cual le notificarÆ la adjudicaci n dentro de los quince (15) d as siguientes al vencimiento del plazo para la suscripci n del contrato, si el segundo oferente no cumpliere con los requisitos de suscripci n del contrato, el C rculo de Suboficiales de las XX.XX, procederÆ a realizar la adjudicaci n directamente a quien considere a su juicio, sea la persona id nea para la realizaci n del contrato. El contrato será se entiende perfeccionado una vez ha sido suscrito por la Entidad Públicalas partes, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, ante testigos hÆbiles y por una vez aprobado el ganador plazo de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)p lizas.
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PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido El contrato será firmado por el oferente directamente si se trata de persona natural o administrativamente firme por el otorgamiento Representante Legal del oferente seleccionado o su apoderado, cuando se trate de la Buena Propersonas jurídicas, dentro de los diez cinco (105) días hábiles siguienteshábiles, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar siguientes a la Entidad Pública fecha en que se ha notificado la documentación para la suscripción adjudicación al oferente. Si el oferente favorecido, injustificadamente no firmare el contrato dentro del contrato prevista en las Bases. Asimismo, plazo fijado o no lo legaliza dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente siguientes al perfeccionamiento de este, la Dirección General del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares hará efectiva la garantía de seriedad de la notificación propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la Entidadcitada garantía. Al día siguiente En este evento, el Círculo de subsanadas Suboficiales de las observacionesFuerzas Militares, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente mediante comunicado motivado podrá adjudicar la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela ejecución del contrato al Postor oferente que quedó se encuentre en segundo lugar; siempre que resulte favorable a los intereses del Círculo de Suboficiales de las XX.XX, y así sucesivamentecaso en el cual le notificará la adjudicación dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del plazo para la suscripción del contrato, si el segundo oferente no cumpliere con los requisitos de suscripción del contrato, el Círculo de Suboficiales de las XX.XX, procederá a realizar la adjudicación directamente a quien considere a su juicio, sea la persona idónea para la realización del contrato. El contrato será se entiende perfeccionado una vez ha sido suscrito por la Entidad Públicalas partes, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, ante testigos hábiles y por una vez aprobado el ganador plazo de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)pólizas.
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Samples: Construction Contract
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido (Art 75 del Decreto 1030/2016 y su reglamentación). NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA O DE VENTA. La jurisdicción o administrativamente firme el otorgamiento entidad contratante, en forma previa a la notificación de la Buena Proorden de compra o a la firma del respectivo contrato, o en los casos en que se utilice la modalidad orden de compra abierta en forma previa a la notificación de cada solicitud de provisión, deberá verificar la disponibilidad de crédito y cuota y realizar el correspondiente registro del compromiso presupuestario. Para aquellas contrataciones que involucren las liquidaciones imputables a los gastos en personal, la ejecución presupuestaria se regirá por las disposiciones establecidas por la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS. La notificación de la orden de compra o de venta al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato. La orden de compra o de venta deberá contener las estipulaciones básicas del procedimiento y será autorizada por el funcionario competente que hubiere aprobado el procedimiento de selección de que se trate o por aquél en quien hubiese delegado expresamente tal facultad, debiendo notificarse dentro de los diez DIEZ (10) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación. Para el postor ganador deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción caso en que vencido el plazo del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador párrafo anterior no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de se hubiera efectivizado la notificación de la Entidad. Al día siguiente orden de subsanadas las observacionescompra o venta por causas no imputables al adjudicatario, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio éste podrá desistir de su apoderado, tratándose oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)penalidades ni sanciones.
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Samples: Licitación Privada
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento Notificación:
1.- Con la recepción de la Buena ProOrden de Compra en el domicilio del adjudicatario, dentro la cual podrá ser enviada en forma válida por fax. 2.-Con la recepción de los diez (10) días hábiles siguientesla Orden de Compra, sin mediar citación algunaen la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras. En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el postor ganador adjudicatario deberá presentar a la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismoconcurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes contados a partir de la presentación fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera la Intendencia de dicha documentaciónMontevideo podrá, deberá concurrir ante sin perjuicio de la Entidad Pública para suscribir el contrato. En el supuesto anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que el postor ganador no presente la documentación correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o no concurra a suscribir el contratodaños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado. En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la adjudicación, la Intendencia de la Entidad. Al día siguiente Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)prelación.
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Samples: Compra Directa
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Una vez que quede consentido o administrativamente firme El contrato se perfeccionará con la notificación al oferente del acto de adjudicación dictado por el otorgamiento Ordenador competente, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 211 literal B) de la Buena Pro, dentro Constitución de los diez (10) días hábiles siguientesla República, sin mediar citación perjuicio de que en los pliegos de bases y condiciones generales y particulares o en la resolución de adjudicación se establezca la forma escrita o requisitos de solemnidad a cumplir con posterioridad al dictado del mencionado acto o existan otras condiciones suspensivas que obsten a dicho perfeccionamiento. (Art. 69 del T.O.C.A.F.).
11.1.- Toda la información que sea alcanzada en atención al servicio prestado por el oferente, se mantendrá en carácter reservado por parte del personal de la empresa adjudicataria, pudiendo ser solamente suministrada la misma ante requerimientos de la Administración; por lo cual no podrá ser divulgada, teniendo ésta carácter de compromiso y si se verificara dicha situación, la Administración podrá de pleno derecho, rescindir el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación alguna.
11.2.- Celebrado el contrato o encontrándose en ejecución sólo podrá aceptarse su cesión a otra firma a solicitud fundada del adjudicatario y siempre que la Administración pública contratante lo consienta en forma escrita previa demostración de que el nuevo adjudicatario reúne o da las mismas seguridades de cumplimiento, registrándose el postor ganador deberá presentar a hecho en el Registro Único de Proveedores del Estado (Art. 75 del T.O.C.A.F.).
11.3.- La Administración podrá declarar rescindido el contrato en caso de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato de la Entidad Pública la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Basesempresa adjudicataria. Asimismo, dentro podrá rescindirse el contrato cuando exista incumplimiento en la entrega de los tres (3) días hábiles siguientes productos, servicio o cuando los mismos no se ciñan a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad Pública para suscribir las especificaciones establecidas en el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, el Comité Especial podrá, a su sola discreción, otorgar un plazo adicional para su entrega, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. De no cumplir con perfeccionar el convenio, perderá automáticamente la Buena Pro y el COMITÉ procederá a adjudicársela al Postor que quedó en segundo lugar, y así sucesivamente. El contrato será suscrito por la Entidad Pública, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en estas Bases. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado o suspendido para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI)Pliego.
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Samples: Consulting Agreement