Permisos sin retribución Cláusulas de Ejemplo

Permisos sin retribución. Los trabajadores podrán disfrutar de permiso sin recibo de retribución en la forma y condiciones que seguidamente se detallan: Este permiso será como máximo de tres días por año natural. El trabajador que desee disfrutar del referido permiso, deberá comunicarlo a la dirección de la Empresa, con una antelación de al menos tres días. La no concesión del referido permiso podrá ser: en caso de daño a la producción por ser un momento punta o acumulación de trabajo en el puesto del solicitante, o caer como anterior o posterior a festivo. Independientemente, por acuerdo en caso concreto entre la Empresa y el trabajador, podrán disfrutarse permisos sin retribución por tiempo inferior a una jornada y sin necesidad de guardar en estos casos el plazo de preaviso antes señalado.
Permisos sin retribución. 1.- Los trabajadores podrán disfrutar de permiso sin percibo de retribución en la forma y condicio- nes que seguidamente se detallan: a) Será como máximo de cuatro días por año natural. b) Xxxxx desee disfrutarlo, deberá comunicarlo a la dirección de la empresa con una antelación de al menos tres días.
Permisos sin retribución. Los trabajadores podrán disfrutar de permiso sin percibo de retribución en la forma y condiciones que seguidamente se detallan:
Permisos sin retribución. La empresa, con audiencia de los trabajadores, concederá previa justificación y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, hasta 15 días como máxi- mo de permiso no retribuido al año. En ningún caso podrán coincidir en el tiempo más de dos trabajadores en esta situación. Dichos permisos no se concederán en el período de vacaciones. Los citados permisos deberán ser solicitados con una antelación mínima de 10 días, salvo urgente necesidad.
Permisos sin retribución. Los trabajadores tendrán derecho a disfrutar de un permiso sin sueldo por un máximo de un mes al año, fraccionable en dos períodos de quince días naturales, por los siguientes motivos: a) Adopción en el extranjero.
Permisos sin retribución. La Empresa concederá previa justificación y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, hasta 30 días como máximo de permiso no retribuido al año, a quien lo solicite con antelación suficiente. La Empresa contestará al trabajador que lo solicite por escrito en un plazo máximo de cinco días a contar desde la fecha de entrega de solicitud. En los casos de urgente necesidad, la Empresa deberá resolver en el plazo más breve po- sible. El tiempo que permanezca el trabajador en la situación de excedencia o permiso especial no retribuido establecido en el presente artículo, la Empresa estará igualmente eximida de man- tener de alta y cotizar por el trabajador. Cada trabajador podrá hacer uso de este permiso un máximo de dos veces cada año, con el límite anual de días establecido en el primer párrafo, debiendo disfrutarse los días ininterrumpidamente cada vez, de solicitarse más de un día.
Permisos sin retribución. La empresa concederá al personal que lo solicite con anticipación, previa justificación y en caso de inexcusable necesidad, permiso sin retribución. En estos permisos se incluirán como motivos, la boda de hijos o hermanos, si se justificara la necesidad por desplazamientos de más de un día concedido como retribuido en el artículo 35 y hermanos políticos.
Permisos sin retribución. Cuando concurran circunstancias familiares y personales no contempladas en la Ley y en el presente Convenio, la Dirección podrá conceder permisos sin sueldo ni otra percepción económica de 3 a 6 meses de duración con suspensión del contrato de trabajo y reserva del puesto. En caso de nacimiento de hijos prematuros que deban permanecer hospitalizados, el trabajador podrá acogerse a una reducción de una hora de jornada diaria con reducción proporcional xxx xxxxxxx a partir de la 3.ª hora.
Permisos sin retribución. La empresa concederá al personal que lo solicite con una anticipación de 48 horas y previa justificación, diez días de permiso no retribuidos dos veces al año. La primera vez de disfrute podrá fraccionarse dicho período en dos períodos de cinco días. El segundo período de disfrute xx xxxx días no podrá fraccionarse. El personal que disfrute estos permisos no sobrepasará en ningún momento el dos por ciento de cada sección.
Permisos sin retribución. La Empresa concederá previa justificación y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, hasta 30 días como máximo de permiso no retribuido al año, a quien lo solicite con antelación suficiente. La Empresa contestará al trabajador que lo solicite en un plazo máximo de cinco días a contar desde la fecha de solicitud. En los casos de urgente necesidad, la Empresa deberá resolver en el plazo más breve posible.