PLANTEL DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

PLANTEL DEL CONTRATISTA. Los trabajos que el Contratista requiera para el cumplimiento de las prestaciones a su cargo se efectuarán con personal sometido a su relación de dependencia y/o por subcontratistas, quedando a su exclusivo cargo el cumplimiento de las leyes laborales y demás normas sociales y previsionales y, responderá por todos los actos o hechos de sus dependientes o de sus subcontratistas que puedan dañar a terceros en su persona o patrimonio, al igual que al Contratante. El empleador respectivo tendrá a su cargo el pago íntegro de las remuneraciones y el cumplimiento de todas sus obligaciones como tal. El Contratista se obliga a mantener indemne al Contratante de toda acción que se le inicie con motivo de una relación laboral que tuviera como causa la ejecución del presente Contrato. El personal del Contratista deberá estar provisto de identificación adecuada de la empresa Contratista y de los elementos de seguridad establecidos por los organismos que reglamentan la actividad. Queda bajo exclusiva responsabilidad del Contratista todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como así mismo del cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes laborales, sin excepción, impuestos, etc. El Contratista deberá acreditar su adhesión a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) de reconocida solvencia y, previo al inicio de las relaciones laborales, suministrar el listado del personal involucrado en el cumplimiento del Contrato. Asimismo, deberá entregar el Programa de Seguridad ingresado a la misma ART con cinco (5) días de anticipación, de manera de poder contar con la aprobación correspondiente a la fecha de inicio de las tareas a su cargo. En los casos que lo considere procedente, el Contratante podrá -durante el plazo que dure la contratación- requerir los comprobantes de pago en término de la ART. La facultad de auditoría y control del Contratante en materia de cumplimiento de normas laborales, incluirá la revisión de los aportes y contribuciones que deban efectuarse a la seguridad social. El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo, siendo el responsable exclusivo ante las autoridades y frente a terceros del cumplimiento de la normativa vigente. El Contratante tendrá la facultad de ordenar al Contratista la separación de los integrantes del plantel de personal afectado cuando, a su juicio, pudiere comprometer el normal desarr...
PLANTEL DEL CONTRATISTA. El Grupo beneficiario proveerá al Contratista de las facilidades de locales requeridas para sus oficinas, almacenes de herramientas., etc. Sin embargo el Contratista deberá proveer del albergue necesario para su personal asignado a la obra. El Grupo beneficiario proveerá todas las instalaciones necesarias para el almacenamiento de herramientas, equipos y suministros. Sin embargo el Contratista será responsable del registro, inventario y control de los suministros utilizados en la obra. El Contratista debe considerar que el PDABR recibirá como producto final un número final de hectáreas bajo riego en funcionamiento o al 100% de su capacidad operativa instalada y construida, para cada uno de los subproyectos solicitados.
PLANTEL DEL CONTRATISTA. El contratista proveerá por cuenta propia las facilidades de locales requeridas para sus oficinas, patios, almacenes etc. las que estarán ubicadas en áreas estratégicas para evitar molestias al público.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.