PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares contendrán los requisitos esenciales de la contratación y serán elaborados por el área de Compras sobre la base de este reglamento y de los criterios técnicos, económicos y jurídicos que se consideren aplicables, teniendo en cuenta las opiniones y especifica- ciones técnicas que proporcionen las distintas áreas que integran la HCDN, conforme sus respectivas competencias, a cuyo fin se autoriza a solicitar las consultas necesarias y convenientes, que además integrarán las actuaciones.
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Los pliegos de bases y condiciones particulares serán elaborados para cada procedimiento de selección, por las respectivas unidades operativas de contrataciones de las jurisdicciones y entidades contratantes, sobre la base de los pedidos efectuados por las unidades requirentes, y deberán ser aprobados por la autoridad que fuera competente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9° del presente reglamento. Deberán contener las especificaciones técnicas, las cláusulas particulares y los requisitos mínimos que indicará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. No obstante lo expuesto, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES podrá elaborar modelos de pliegos de bases y condiciones particulares para determinados objetos contractuales específicos, los que serán de utilización obligatoria para las jurisdicciones y entidades contratantes que el Órgano Rector determine. Asimismo, podrá incluir en dichos modelos cláusulas con determinados criterios de sustentabilidad específicos, o exigir que en los pliegos de bases y condiciones particulares que los organismos contratantes aprueben, se incluyan cláusulas con determinados criterios de sustentabilidad específicos.
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Los pliegos de bases y condiciones particulares establecerán en las Especificaciones Técnicas, las variables relevantes relativas a la calidad, prestaciones, rendimiento, materiales, certificaciones, garantías, respaldo, costo de insumos y características técnicas de los bienes o servicios que serán objeto de los Convenios Marco. Los pliegos deben establecer tanto los plazos mínimos de mantenimiento de la oferta de bienes y servicios, como el monto de la garantía de mantenimiento de la oferta.
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Cuando se utilice la modalidad de orden de compra abierta los pliegos de bases y condiciones particulares indicarán:
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Los pliegos de bases y condiciones particulares establecerán en forma concreta el objeto del requerimiento, tendrán el contenido mínimo fijado en la Parte I numeral 2.5.1. del presente, en cuanto sea compatible con la subasta inversa a realizar, con excepción del punto 8vo. Los PBCP fijaran el lugar, fecha y forma de entrega de los bienes y la oportunidad y forma de prestación de los servicios requeridos y demás condiciones de contratación y contendrán las especificaciones técnicas de los bienes y/o servicios, las que se ajustaran a lo requerido en la Parte I numeral 2.6. del presente. Para la descripción de los bienes y/o servicios comunes, las fichas técnicas podrán hacer referencia a marcas, tipo o modelo del producto o servicio determinado. El contenido de la ficha técnica de un bien o servicio común será determinado en base a los siguientes conceptos:
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares deberán prever que los oferentes acompañen información acerca del financiamiento del proyecto, se hagan cargo de la provisión de repuestos, ofrezcan garantías de calidad y vigencia apropiadas, detallen los trabajos de mantenimiento a realizar y todo otro requisito que resulte conducente al buen resultado de la contratación.
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. La Unidad de Compras y Contrataciones elaborará el proyecto de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas sobre la base de los pedidos efectuados por la Unidad Requirente, considerando también el procedimiento de selección, la clase y modalidad que se utilizará, y deberán ser aprobados por la autoridad que fuera competente de acuerdo a lo dispuesto en la Planilla del artículo 23 del presente Reglamento. El proyecto xx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas deberá contener las cláusulas particulares, las especificaciones técnicas y los requisitos mínimos que indique el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Xxxx, sin perjuicio de que, cuando resulte dificultosa la determinación de ciertas características del bien requerido, éstas podrán remitirse a las de una muestra patrón. IF-2023-13617098-APN-DA#ACUMAR Podrá requerirse en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas la presentación de muestras por parte del oferente indicándose el plazo para acompañar las mismas, que no deberá exceder del momento límite fijado en el llamado para la presentación de las ofertas. El proyecto xx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas deberá estar comprendido por renglones afines, motivo por el cual la Unidad de Compras y Contrataciones podrá agrupar diferentes requerimientos para unificar en una única gestión, siempre que los mismos pertenezcan a un mismo grupo de bienes o servicios. Cada renglón del proyecto xx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas deberá estar conformado por un único ítem. Cuando resulte inconveniente la provisión o prestación por distintos cocontratantes de diferentes ítems, se deberá estipular que la adjudicación se efectuará por grupo de renglones o bien deberá utilizarse la modalidad llave en mano. Cuando una misma convocatoria abarque un número importante de unidades pertenecientes al mismo ítem podrá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones.
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Los pliegos de bases y
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Los pliegos de bases y condiciones particulares serán elaborados por la Coordinación de Compras y Contrataciones para cada procedimiento de selección, sobre la base de los pedidos efectuados por las Direcciones o Coordinaciones requirentes, y deberán ser aprobados por la autoridad que fuera competente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26° del presente reglamento. Deberán contener las especificaciones técnicas, las cláusulas particulares y los requisitos mínimos que indicará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. En ningún caso el INPROTUR cobrará dinero para acceder o descargar los pliegos.
PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. ARTÍCULO 65º. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS