DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Cláusulas de Ejemplo

DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Forma parte del presente contrato el Registro Nacional de Proveedores, la Carta de Garantía por 3 años emitida y firmada por el Proveedor. La Empresa se compromete a hacer entrega de las aplicaciones integradas, adicionalmente se hará entrega de los reportes y el código fuente de los mismos y la Municipalidad estará impedida de comercializar de ningún modo o forma el producto recibido y solo podrá hacer uso del mismo dentro de la Entidad, manteniéndola instalada en un único servidor de aplicaciones y base de datos proporcionada por la empresa.
DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Por la presente cláusula EL CONTRATISTA declara bajo juramento que garantiza fiel cumplimiento del presente contrato, durante toda su ejecución, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado.
DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. EL SUPERVISOR, a la firma del presente Contrato, entrega a el MINISTERIO la póliza de Seguro de Caución y el Certificado de Caución Nº 6810751-00, por el monto de S/.13,473.00 nuevos soles, equivalente al 10% del monto del contrato suscrito como GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO, emitida por la Compañía de Seguros Latina , vigente hasta la aprobación de la Liquidación Final del Contrato de Supervisión.
DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Será establecida dentro de las Cláusulas del CONTRATO, suscrito por la Municipalidad Distrital de Chamaca con el Consultor prestador del servicio del presente estudio de Pre Inversión.
DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. En garantía del eventual incumplimiento en la entrega del suministro, EL CONTRATISTA entrega a la suscripción del presente contrato una CARTA FIANZA o PÓLIZA DE CAUCIÓN, de carácter incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de EL INSTITUTO emitida por una entidad Bancaria, por la cantidad equivalente al 10% del monto total contratado, cuyo plazo de vencimiento será hasta la conformidad de la recepción de la ultima entrega del combustible. Las copias certificadas forman parte del presente contrato y los originales estarán bajo custodia en la Unidad de Tesorería de EL INSTITUTO. Asimismo, EL CONTRATISTA cumple con entregar la Constancia de no estar Inhabilitado para contratar con el Estado expedida por el CONSUCODE.
DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. En garantía del resarcimiento proveniente del eventual incumplimiento en la entrega de los servicios adquiridos, EL CONTRATISTA entrega a la suscripción del presente contrato una CARTA FIANZA, de carácter incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de LA ENTIDAD, emitida por el Banco ……………………………..…, por la cantidad de S/. …………………. (………………………………………………..……. y 00/100 Nuevos Soles), cantidad equivalente al 10% del monto total contratado, cuyo plazo de vencimiento será hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Asimismo (de ser el caso), entrega una Garantía Adicional por el monto diferencial de la propuesta, de acuerdo al siguiente detalle: El texto de las garantías en copia forman parte del presente contrato y los originales estarán bajo custodia en la Unidad de Tesorería de LA ENTIDAD. Asimismo, cumple con entregar la Constancia de no estar Inhabilitado para contratar con el Estado expedida por el CONSUCODE. CLÁUSULA SÉTIMA.-DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE EL CONTRATISTA Por el presente EL CONTRATISTA declara bajo juramento, que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento. EL CONTRATISTA tiene la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del presente contrato, de acuerdo a las condiciones que le dieron origen, no pudiendo ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones que son materia de la misma. Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud: Las características cualitativas y cuantitativas, descritas en el presente contrato y/o la que LA ENTIDAD requiera, de conformidad con el artículo 49° de la Ley de Contrataciones del Estado. Las condiciones del presente contrato, comprometiéndose expresamente a no alterarlas, modificarlas ni sustituirlas durante la vigencia y ejecución del presente documento, sin autorización escrita de LA ENTIDAD. EL CONTRATISTA es responsable por la calidad del combustible dotado, de ser el caso, por vicios ocultos detectados en la fecha o en forma posterior a la dotación del combustible. LA ENTIDAD verificará la pureza mediante pruebas de rigor, las mismas que serán por cuenta, costo y riesgo de EL CONTRATISTA, en un número no mayor a dos (02). Cualquier anomalía y/o adulteración de los mismos será causal de resolución de contrato. EL CONTRATISTA se obliga a dotar combustible para...
DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. El Usuario Intermedio se obliga a presentar a la Administración xx XXXXXX S.A. Yurimaguas, a la suscripción del presente contrato, como garantía de fiel cumplimiento de Contrato, un depósito en efectivo por la suma equivalente a tres (3) veces el monto que percibirá mensualmente Corpac SA, por el cobro del cargo de acceso, teniendo en cuenta las operaciones previstas, el cual comprende el Cargo de acceso por el uso de áreas comunes para la prestación del servicio esencial, y el pago de alquiler del área requerida para el estacionamiento de sus equipos en Rampa, lo que hace un total como Garantía de fiel cumplimiento el importe de USA $. 318.60 (Trecientos Dieciocho con 60/100 Dollares Americanos La garantía de fiel cumplimiento también puede presentarse mediante Carta Fianza Bancaria o Póliza de Caución, emitida por una empresa del ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo tener una vigencia igual a la del Contrato más treinta (30) días calendarios adicionales; y contar con las características de incondicional, solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión y de ejecución automática al sólo requerimiento xx Xxxxxx S.A. La garantía de fiel cumplimiento garantizará el buen estado de conservación de las instalaciones aeroportuarias, así como el cumplimiento de las obligaciones del Usuario Intermedio contenidas en este Contrato, como el pago íntegro, exacto y oportuno de las contraprestaciones, los importes facturados por Corpac SA, por concepto de cargo de acceso, arbitrios, intereses y/o penalidades, así como los costos o gastos que hubiese asumido Corpac SA y que el presente Contrato hubiera autorizado a ser materia de reembolso por parte del Usuario Intermedio. La garantía de fiel cumplimiento será devuelta al Usuario Intermedio por Corpac SA, dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendarios posteriores a la conclusión del presente Contrato, sin la aplicación de interés alguno para el caso de depósito en efectivo, luego que Corpac SA, verifique que el área asignada se encuentra en las mismas condiciones en la que fue entregada, salvo el deterioro normal por el uso ordinario, y que el Usuario Intermedio no adeuda suma alguna y se encuentra al día en el pago de la contraprestación por la utilización de la facilidad esencial que le fue otorgada. La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento puede ser total o parcial, y se producirá cuando exista un saldo deudor vencido, debidamente informado y acreditado al Usuario In...
DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Asimismo (de ser el caso), entrega una Garantía Adicional por el monto diferencial de la propuesta, de acuerdo al siguiente detalle: El texto de las garantías en copia forman parte del presente contrato y los originales estarán bajo custodia en la Unidad de Tesorería de EL SENCICO. Asimismo, cumple con entregar la Constancia de no estar Inhabilitado para contratar con el Estado expedida por el CONSUCODE. CLÁUSULA SÉTIMA.-DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE EL CONTRATISTA Por el presente EL CONTRATISTA declara bajo juramento, que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Como garantía del fiel cumplimiento del presente contrato y de acuerdo con el Articulo 215º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850 aprobado mediante Decreto Supremo N°084-2004-PCM, LA CONTRATISTA presenta a LA MUNICIPALIDAD a la firma del contrato la Carta Fianza N°0011-0105-9800005327-46 emitida por el BANCO CONTINENTAL por un importe de S/. 15,209.46 (quince mil doscientos nueve y 46/100 nuevos soles), equivalente al 10% del monto total del contratado, con carácter solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a nombre de LA MUNICIPALIDAD, con un plazo de vencimiento hasta la conformidad de la entrega de los bienes. La Carta Fianza estará bajo custodia en la Subgerencia de Tesorería de LA MUNICIPALIDAD.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 2/2008, de 9 de Diciembre por el que se aprueba el Programa de Transición al Empleo de la Junta de Andalucía (PROTEJA). - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. Asimismo, y en caso de discordancia entre los documentos del proyecto aprobado por la Administración, la Dirección facultativa determinará el documento que en cada caso deba prevalecer. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.