POSICION DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

POSICION DEL CONTRATISTA. Manifiesta el Contratista que, con Carta N° 030-20l 2/CI, recibida el 04.10.12, remitieron a la Entidad Contratante la Valorización N° 03, por el monto ascendente a la suma de SI. 68,336.79 (Sesenta y ocho mil tres cientos treinta y seis con 79/100 Nuevos Soles), la misma que no fue reconocida ni pagada por la Entidad. Que, con Carta N° 047-2012/CI, de fecha 31/10/12 recibida el mismo día, presentaron a la Entidad Contratante a través del Supervisor la Valorización N° 04, adjuntando su comprobante de pago por el monto ascendente a la suma de SI. 136,343.47 (Ciento Treinta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Tres con 47/100 Nuevos Soles), la misma que fue reconocida y pagada parcialmente por la Entidad Contratante. - Que, con comprobante de pago válido N° 008978, emitido por la Entidad Contratante con autorización y control de todas las instancias administrativas y cheque N° 59566733, ambos de fecha 21/11/12, su representada cobra por la valorización N° 04, ~Solamente la suma de SI. .Contratante. 56,100.92, que es la suma que reconoció y pagó la Entidad Expresa la Entidad que las pretensiones señaladas por el Contratista, fueron conciliadas mediante Acta de Conciliación con Acuerdo Parcial N° 61-2012 de fecha 28/11/12, en la que participó tanto la Entidad como el Consorcio Illakan, arribándose a los siguientes acuerdos: "Que la invitada tramitará a la parte Solicitante la Valorización N° 03 del Mes de Setiembre conjuntamente con la Valorización N° 4 correspondiente al Mes de Octubre de la Obra "Construcción de Pavimentación de la Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, desde la calle Xxxx X. Xxxxxxxxxx hasta la calle las Industrias Cutervo" en mérito a las valorizaciones presentadas por la parte solicitante, espor ello que la Parte invitada autoriza la Cancelación." - Que, el Consorcio Illakan estuvo de acuerdo en que la valorización N° 3 fuera cancelada conjuntamente con la valorización 4, siendo que su representada cumplió con los acuerdos establecidos en el Acta de Conciliación, antes mencionada. - Que, es importante destacar que las partes decidieron solucionar sus controversias mediante la Conciliación, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Décimo Novena del Contrato de "Construcción de Pavimentación de la Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx desde la calle Xxxx X. Xxxxxxxxxx hasta la calle las industrias Cutervo", por tanto puede afirmar que dicho procedimiento es valedero, por cuanto estaba establecido en el Contrato y ha sido suscrito por ambas partes. - Que, los efecto...
POSICION DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA refiere que, luego de haber suscrito el contrato -25 xx xxxxx 2013- el 02 xx xxxxxx 2013 recibe la Orden de Compra N° 0117~2013, mediante la cual se les requiere la entrega de materiales de construcción; y con fecha 10, 11, Y 12 de septiembre facturaron. las primeras entregas, por lo que la entidad, debió pagar las entregas a los quince días posteriores de la Valorización. Que, con la seguridad que la entidad cumpliría los pagos, para poder solventar el abastecimiento de los materiales desde el inicio de la ejecución de obra, gestionaron ante el Banco de Crédito Perú un préstamo "Crédi to de Campañaff, por lo que la entidad financiera mencionada les dese&bOlS la suma de SI. 63,200.00 (conforme al Contrato N° BNX05157606) CENTRO DEL CONCILIACION y ARBITRAJE Expediente N° 01,-2015 Dicho crédito ha sido destinado integramente para el cumplimiento del abastecimiento de los materiales requeridos por la demanda, además de ello, para efecto de abastecer los materiales, se requirió alquilar de un Vehiculo Volquete de 5 m3 de capacidad. Que durante la vigencia de alquiler de dicho volquete su representada deberia hacerse cargo de todos los gastos que éste generaba, como: cambio de aceite, filtros, llantas, reparaciones y mantenimiento en general, estos gastos se sustentan según contrato de alquiler de volquete, siendo el costo diario de alquiler por dicha unidad, al valor de SI. 300.00 nuevos soles diarios. Que el alquiler fue por el tiempo de cuarenta dias, por lo que pagaron en total SI. 12,090.00 nuevos soles acreditado mediante el Recibo de Egreso de Caja N° 000126 de fecha 25 xx xxxxxx 2013, documento que es corroborado con el Cheque del BCP N0 00000300 4 de fecha 25 xx xxxxxx de 2013, .por el mismo importe de SI. 12,090.00 nuevos soles. Así mismo, según clausula novena del Contrato de Alquiler del Vehículo Volquete, se hizo los gastos de mantenimiento sustentados en los documentos siguientes: 0468843 05AG02013 100.00 0694186 08AG02013 50.00 000128 09AG02013 100.00 038637 10AG02013 346.00 0025967 llAG02013 100.00 0015600 llAG02013 95.00 00000 00XX00000 18.00 0031379 15AG02013 100.00 00000 00XX00000 1,032.75 0072433 20AG02013 150.00 0470864 21AG02013 50.00 0696385 00XX00000 10 O Grifo El Porvenir Grifo Rentik S.A. Grifo COGECO Lubricantes Continental Petrogas Representaciones ACUARIO Vidrieria Chimbote Eurollantas Grifo La Unión S.A.C. Grifo El Porvenir Grifo CENTRO DEL CONCILIACION y ARBITRAJE Laudo Arbitral de Derecho Arbitraje seguido por Xxxx...
POSICION DEL CONTRATISTA. - Refiere el Contratista que la Entidad debe cancelar los mayores trabajos realizados /1 ~esarios para el objeto del contrato, por cuanto fueron autorizados por el Supervisor " ~ de Obra y en la fecha constituyen un beneficio para la Entidad. - Que, el pago reclamado tiene su fundamento en lo dispuesto en el artículo 1954° del Código Civil, con la finalidad que no se constituya un enriquecimiento sin causa en favor de la Entidad.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.