PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES Cláusulas de Ejemplo

PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES. Para cualquier reclamación en relación con los Seguros de accidentes de viaje y secuestro, el Asegurado podrá acudir al Departa mento de Atención al Cliente de las compañías del grupo Chubb mediante escrito enviado al Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 000, Xxxxxx 0 00000 Xxxxxx o por correo electrónico a la dirección xxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx, o mediante fax al número 00 000 00 00. Si el reclamante no está de acuerdo con el contenido de la resolución dictada por el Departamento de Atención al Cliente, puede reclamar en defensa de sus derechos ante el Defensor del Asegurado de las entidades del grupo Chubb, que es la Oficina del Defensor del Asegurado (Convenio Independiente ), de LEGSE Abogados, en su número de fax 00 000 00 00. También podrán dirigirse a la dirección de correo electrónico xxxxx@xxxxx.xxx. Para reclamaciones en relación con el Seguro de Imprevistos en viaje llame al (+00) 00 000 00 00. Si el reclamante no está de acuer do con el contenido de la resolución también podrá dirigirse a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxXxxxxxxxx@xxxxx.xxx Para reclamaciones en relación con los Seguros de asistencia y gastos médicos, el Asegurado podrá acudir al Departamento xx Xxxx ción de lnter Partner Assistance mediante escrito enviado a lnter Partner Assistance, Xxxxxxxx xx xxxxxxx 00000, 00000 Xxxxxxxxx, o número (+00) 00 0000000. También podrán usar correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx. Alternativamente el Asegurado podrá acudir al Servicio de Atención al Cliente de American Express Europe, S.A. Xxxxxxx Xxxxxxxx 00-00- 00000 Xxxxxx, o a través del correo: xxxxxxxx.xxxxxxx.xxxx@xxxx.xxx, quien le pondrá en contacto con el Departamento de Atención al Cliente de las compañías del Seguros. Si el Departamento de Atención al Cliente pertinente o, cuando corresponda, el Defensor del Cliente, rechaza la queja o reclamación, o si no se ha obtenido respuesta en el plazo de dos meses, el Asegurado puede presentar dicha queja o reclamación en el Departa mento de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones, que se encuentra en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx x.x 00, 00000 Xxxxxx. Para ello deberá acreditar haber formulado la queja o reclamación previamente por escrito ante del Defensor del Cliente Asegurado o Servicios de Atención al Cliente.
PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES. El Operador no será responsable en lo que se refiere a ninguna reclamación hecha conforme al Reglamento 392/2009 o, si corresponde, al Protocolo de Atenas de 2002 o la Convención de Atenas, excepto que la notificación escrita de la reclamación se le presente al Operador en un plazo de seis meses desde la fecha en que surja tal reclamación y a menos que se presente una acción o demanda en el plazo de un año desde esa fecha (excepto las reclamaciones presentadas en virtud del Reglamento 392/2009, el Protocolo de Atenas de 2002 o la Convención de Atenas, que se presentarán en un plazo de dos años, como se especifica en el Artículo 16 de la Convención de Atenas). Al caducar ese período, toda reclamación o acción será prescrita.
PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES. El Transportista no será responsable de ninguna reclamación realizada con arreglo al Reglamento (UE) 392/2009 o, si corresponde al Protocolo de Atenas de 2002 o al Convenio de Atenas, salvo que se presente al Transportista aviso por escrito de la reclamación dentro de un plazo de seis meses a partir de la fecha en la que se realizó dicha reclamación y salvo que se interponga una demanda o se inicien acciones legales dentro del plazo de un año a partir de la fecha (con la excepción de reclamaciones presentadas con arreglo al Reglamento 392/2009, al Protocolo de Atenas de 2002 o al Convenio de Atenas, las cuales deben presentarse dentro de un plazo de dos años tal y como establece el artículo 16 de dicho convenio). Una vez que dicho período haya expirado, cualquier demanda o acción legal habrá prescrito.
PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES. Usted debe presentar todas las Reclamaciones dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha en que se prestaron los servicios, a menos que no sea posible hacerlo dentro de ese período. En ninguna circunstancia una Reclamación se presentará más tarde de quince (15) meses a partir de la fecha en que se prestaron los servicios. El Administrador de Reclamaciones y los Proveedores Participantes han llegado a acuerdos que eliminan la necesidad de que el Miembro presente personalmente una Reclamación de Beneficios. Los Proveedores Participantes serán quienes presenten las Reclamaciones en nombre de los Miembros, ya sea por correo o por vía electrónica. En algunas situaciones, el Proveedor puede solicitar que sea el Miembro quien presente la Reclamación. Si el Proveedor solicita que sea Usted quien haga la presentación de la Reclamación directamente a la Compañía, la siguiente información le será de utilidad para que Usted complete correctamente el formulario de Reclamación. Nosotros, al recibir un aviso de reclamación, le proporcionaremos los formularios que usualmente proveemos para presentar pruebas de pérdida Si dichos formularios no se presentan dentro de los quince (15) días después de la notificación, se considerará que Usted ha cumplido con los requisitos de este Contrato como prueba de perdida una vez presentados, dentro del plazo fijado en este Contrato para presentar una prueba de perdida, cualquier prueba escrita afirmativa que cubra la ocurrencia, el carácter y la extensión de la pérdida para la cual se hace la reclamación. Si tiene alguna pregunta sobre la información de esta sección, puede llamar a Su agente de seguros o a nuestro Departamento de Atención al Cliente al número telefónico que figura en su tarjeta de identificación. Su tarjeta de identificación de Blue Cross and Blue Shield of Louisiana muestra la manera en que Su nombre aparece en los registros de la Compañía. (Si Usted tiene cobertura para Dependientes, el/los nombre/s se registran como Usted los escribió en Su solicitud de inscripción). La tarjeta de identificación también incluye Su número de Contrato (N. º de ID). Dicho número es la identificación para acceder a Sus registros de Membresía, y debemos recibirlo cada vez que se presente una Reclamación. Para que podamos tramitar rápidamente Sus Reclamaciones, debe asegurarse de que: se utilice un formulario de Reclamación adecuado; el número de Contrato (N.º de ID) del formulario sea idéntico al número que figura en la tarjeta...
PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES. El Asegurado facilitará al Comisario de averías todas las facturas y documentos relacionados para su revisión y colaborará con el Comisario de averías en la ejecución de su función dentro de la organización del Asegurado. El Administrador de reclamaciones, en coordinación con el Asegurado, redactará la Presentación de reclamación a remitir a la Compañía Aseguradora. La Presentación de reclamación se remitirá a la Compañía Aseguradora dentro de un plazo de sesenta (60) días a partir de que el Administrador de reclamaciones reciba el informe final del Comisario de xxxxxxx.
PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES. 18.1. Las posibles reclamaciones que pueda plantear el CONTRATISTA a ACUAMED deberán presentarse necesariamente dentro de los treinta Días siguientes a la fecha en que se produzca el hecho que da lugar a la reclamación. A su vez, ACUAMED está obligado a fijar su posición dentro de los treinta Días siguientes, de tal manera que si transcurrido dicho plazo no se hubiera producido una decisión ACUAMED, deberá entenderse como rechazada la reclamación, debiendo el CONTRATISTA; dentro de un plazo de treinta (30) Días, cursar la petición de iniciación del arbitraje, ya que, en caso contrario, se entenderá que se renuncia a la reclamación. 18.2. Las Partes acuerdan que los abonos correspondientes a las reclamaciones que puedan producirse según la cláusula 18.1, no devengarán intereses por demora durante el período comprendido entre la ejecución de los Trabajos objeto de reclamación y el pago de los mismos.

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  • Reclamaciones Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección.

  • JUNTA DE ACLARACIONES Las solicitudes de aclaración (Apartado C) deberán presentarse por escrito en hoja membretada y en dispositivo electrónico formato .DOC de lunes a viernes, en un horario de 09:00 a 15:00 horas, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora establecida para llevarse a cabo la Junta de Aclaraciones, debiendo presentar los siguientes documentos: 1. Original de la carta de interés en participar en la Licitación (Apartado B); y 2. Persona moral: Copia simple del poder notarial y de la identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar o pasaporte) del representante o apoderado legal que suscriba las preguntas, debiendo señalar con precisión (con marcatexto, nota adherible, o similar) el texto o párrafo del instrumento legal que les otorguen las facultades correspondientes. Persona física: Copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar o pasaporte), que suscriba la solicitud. Deberán presentarlas en el Departamento de Licitaciones, de la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría, sita en el domicilio de la Convocante, asimismo podrán ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxxxxx.xxx@xxxxxx.xxx.xx , lo que permitirá que éste acto se efectúe con la agilidad necesaria. Las dudas o aclaraciones deberán plantearse de forma respetuosa y realizarse de manera precisa, concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la presentes Bases, indicando el numeral o punto específico con el cual se relacionan. No serán consideradas las aclaraciones solicitadas por los proveedores participantes que sean recibidas fuera del plazo o que no cumplan con los requisitos establecidos, por lo que serán desechadas por la Convocante. Derivado de las medidas establecidas en el “Plan de Contingencia Gubernamental” emitido por la Secretaría de Salud frente a la pandemia derivada del COVID-19 (SARS-Cov-2), se hace mención que el acto de Junta de Aclaraciones no será presencial, sin embargo, se tomarán en cuenta las solicitudes de aclaraciones conforme al Artículo 35 del Reglamento, así como lo previsto en el presente numeral. Dicho acto será presidido por la Convocante o el servidor público que ésta designe, quien será asistido por el Área Técnica, con la presencia de un Representante de la Contraloría, en el cual se dará lectura a las aclaraciones solicitadas y a las repuestas emitidas por la Convocante, el área requirente o técnica, con el propósito de resolver en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los participantes en relación con los aspectos contenidos en las presentes Bases. En caso de que los proveedores solicitantes no asistan a la Junta de Aclaraciones, deberán presentar la carta de interés en participar en la Licitación (Apartado B) en el sobre que corresponda a su propuesta técnica, de lo contrario, no se admitirá su participación. Las presentes Bases podrán ser modificadas por la Convocante en virtud de las preguntas y respuestas que se formulen por los proveedores participantes, por adiciones o precisiones que el Área Técnica o Convocante realice a las mismas, las cuales quedarán asentadas en el acta que se levante con motivo de la Junta de Aclaraciones, la cual formará parte integrante de las Bases. Dichas modificaciones deberán ser consideradas por los Licitantes para la elaboración de sus Proposiciones y no deberán limitar la participación de Proveedores. La Convocante publicará el contenido del acta referida en el Sistema de Adquisiciones Estatal.

  • Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Hay que entender que también quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, sobre cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad Laboral competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Xxxxxxxx con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • Negociaciones De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ninguna de las condiciones contenidas en esta Convocatoria , así como en las proposiciones presentadas por los licitantes o el contrato o pedido derivado de esta licitación en ningún momento durante su vigencia podrán ser negociadas . La CONVOCANTE desconocerá cualquier situación de esta índole que haya sido realizada con el área requirente de los bienes y/o servicios objeto de esta licitación con el responsable de la administración del contrato o el personal de supervisión o de campo de COMIMSA.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • REPARACIONES Cuando las obras no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en éste contrato o conforme a las instrucciones de “EL AYUNTAMIENTO”, este ordenará su reparación o reposición inmediata con las obras adicionales que resulten necesarias, las cuales hará por su cuenta “EL CONTRATISTA” sin que tenga derecho de retribución alguna; en este caso “EL AYUNTAMIENTO” si lo estima necesario, podrá ordenar la suspensión parcial o total de la obra contratada en tanto no se lleven a cabo dichos trabajos, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para la terminación de la obra.