Programa de tratamientos fitosanitarios Cláusulas de Ejemplo

Programa de tratamientos fitosanitarios. El uso de productos fitosanitarios puede ejercer efectos nocivos indeseables en organismos distintos a del xxxxx, especialmente sobre el hombre, así como sobre el medio ambiente. Por este motivo la Sección de Parques y Jardines apuesta por la reducción del uso de plaguicidas en los parques y jardines de uso público, y el fomento de otras medidas compatibles con un mantenimiento sostenible, como son: • Desarrollar los métodos preventivos necesarios para minimizar la presencia y propagación de plagas y enfermedades en las especies vegetales. Selección de especies resistentes, adecuada limpieza de herramientas, calidad del material vegetal de plantación, drenaje adecuado de sustratos de siembra y de plantación, etc. • Potenciar la lucha ecológica/biológica mediante insectos, pájaros insectívoros, bandas cromáticas, lámparas de vapor de mercurio, trampas con feromonas, etc. • Empleo de fitosanitarios con materias activas ecológicas o con materias activas de tipo hormonal y orgánico. • Uso de fitosanitarios de bajo impacto ambiental, con baja toxicidad para la fauna, específicos para el problema a resolver, a bajas dosis, en formulaciones granuladas o encapsuladas para reducir el riesgo de contaminación por vertidos accidentales o microencapsuladas y de liberación lenta para reducir el movimiento y lixiviación de los fitosanitarios en el suelo. Puesto que uno de los aspectos que más influyen en el valor ornamental de las especies vegetales es su estado fitosanitario, se deberá elaborar un programa que recoja además de los métodos preventivos, los medios de detección, valoración y seguimiento del estado fitosanitario de la vegetación, así como los productos ecológicos o no ecológicos propuestos, señalando sus materias activas, dosificación y forma de aplicación. Serán criterios mínimos exigibles a esta labor: • La aplicación de este tipo de productos se llevará a cabo por personal y empresas cualificadas (Carné de aplicador y Registro de empresas aplicadoras de fitosanitarios). • El tratamiento se llevará a cabo en las condiciones climáticas que optimicen su eficacia. • El tratamiento se realizará en los momentos óptimos del huésped y el agente patógeno a tratar acorde al estadio o fase del ciclo en el que se encuentren. • Se aplicará el tratamiento en un horario que minimice los posibles perjuicios a terceros, especialmente en horario nocturno de 24:00 h a 6:00 h. • La dosis empleada será adecuada a la superficie a tratar y al tipo de equipo a emplear (atomizad...
Programa de tratamientos fitosanitarios. El tratamiento fitosanitario preventivo y curativo consistirá en la actuación destinada a la prevención y lucha contra las plagas y enfermedades que puedan aparecer y sufrir el arbolado ,las palmeras, los arbustos, setos y el césped. Para ello, el licitador deberá disponer o estar en condiciones de disponer, en cuanto se le encomiende la labor, de cuantos medios humanos y materiales sean necesarios para actuar sobre la plaga, enfermedad y brote inicial y aplicar el tratamiento preventivo, de manera que se inicien los trabajos de lucha y prevención de forma inmediata. Los elementos o sustancias a utilizar para la actuación deberán ser productos comerciales cuya composición y toxicidad esté debidamente garantizada, de acuerdo con los controles que el Ministerio de Agricultura ejerce al respecto, y su aplicación se realizará básicamente en horas adecuadas para evitar las molestias que este tipo de trabajos ocasiona a los peatones y vehículos. La labor combativa se podrá combinar con labores de abonado foliar, de acuerdo con las instrucciones que al respecto reciba de la Inspección Municipal. Las unidades de este trabajo consistirán en la actuación puntual sobre el árbol, el seto, el arbusto, el árbol o el césped, considerándose incluido el producto químico a utilizar. La Empresa adjudicataria se obliga en esta materia a fomentar entre otras medidas compatibles con un mantenimiento sostenible, las siguientes: - Desarrollar los métodos preventivos necesarios para minimizar la presencia y propagación de plagas y enfermedades en las especies vegetales. Selección de especies resistentes, adecuada limpieza de herramientas, calidad del material vegetal de plantación, drenaje adecuado de sustratos de siembra y de plantación, etc. - Potenciar la lucha ecológica/biológica mediante insectos, pájaros insectívoros, bandas cromáticas, lámparas de vapor de mercurio, trampas con feromonas, etc. - Empleo de fitosanitarios con materias activas ecológicas o con materias activas de tipo hormonal y orgánico, y en los casos que sea posible se utilizará lucha integrada y biológica. - Uso de fitosanitarios de bajo impacto ambiental, con baja toxicidad para la fauna, específicos para el problema a resolver, a bajas dosis, en formulaciones granuladas o encapsuladas para reducir el riesgo de contaminación por vertidos accidentales o microencapsuladas y de liberación lenta para reducir el movimiento y lixiviación de los fitosanitarios en el suelo. -Se hará un uso sostenible de los produ...
Programa de tratamientos fitosanitarios. Puesto que uno de los aspectos que más influyen en el valor ornamental de las especies vegetales es su estado fitosanitario, se deberá elaborar un programa que recoja además de los métodos preventivos, los medios de detección, valoración y seguimiento del estado fitosanitario de la vegetación, así como los productos ecológicos o no ecológicos propuestos, señalando sus materias activas, dosificación y forma de aplicación. Es imperativo el escrupuloso cumplimiento de la Normativa legal vigente (en particular, el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para corregir un uso sostenible de los productos fitosanitarios). El adjudicatario deberá realizar, con sus propios medios, en las fechas oportunas, los tratamientos preventivos necesarios para controlar la iniciación o propagación de cualquier enfermedad o plaga que pudiera aparecer. Especial atención recibirán los tratamientos estacionarios como la Procesionaria (Thaumetopoea pityocampa) o los insectos chupadores fitófagos Homópteros: Afidos (Pulgones), Aleirodidos (Moscas blancas) y Psílidos (Psila). En la aplicación de estos tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos eficaces y no tóxicos ni molestos para las personas; debiendo comunicar previamente y por escrito a los Servicios Técnicos Municipales, la fórmula, método y dosificación del producto a emplear en cada caso, el cual podrá indicar otros productos así como variar el método de empleo y dosificación. En la medida de lo posible, se utilizarán tratamientos de residuos cero en medio ambiente. Se emplearán elementos o métodos de recogida en altura para la Procesionaria evitando que llegue al suelo con el consiguiente problema de salud pública. El adjudicatario realizará un plan de tratamientos en el que hará constar: - Qué es lo que se pretende tratar. - En qué época se pretende tratar. - Con qué productos se pretende tratar, nombre del producto, principio activo como nombre comercial así como las dosis, fechas de tratamiento y clasificación toxicológica del producto. También se señalará el número de registro fitosanitario en vigor. - Tiempo de ejecución. - Medios humanos y materiales para su realización. - Medidas de seguridad a emplear. A. Criterios medioambientales a aplicar:
Programa de tratamientos fitosanitarios. Todo lo relacionado con el uso de productos fitosanitarios deberá realizarse conforme a lo dispuesto en el R.D. 1311/2012 por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios y en el resto de normativa que le sea de aplicación. Especialmente se establecerán programas de control integrado, en los que se potencien los métodos físicos y culturales preventivos y la lucha ecológica/biológica adquiriendo la lucha química un carácter complementario mediante el uso restringido de productos autorizados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el ámbito de los parques y jardines.
Programa de tratamientos fitosanitarios. El licitador desarrolla el programa que denomina programas de sanidad vegetal. El programa comprende la elaboración de tres planes paralelos: 1. Programa de tratamientos preventivos y curativos, en el que se especifican las plagas y enfermedades que pueden afectar a las especies vegetales, indicándose los tratamientos posibles que pueden ser aplicados y las características de los mismos. 2. Programa de limpieza, higiene y saneamiento para la eliminación de residuos relacionados con las actuaciones de saneamiento. 3. Plan de gestión de residuos. Se establecen las normas o requerimientos generales para realizar los tratamientos fitosanitarios. Se introduce el concepto de gestión integrada mediante la combinación racional de los medios de control existentes, minimizando el uso de productos fitosanitarios. Se describen los medios de control biológico mediante el empleo de feromonas y depredadores naturales. Se incluye un protocolo para el programa de tratamientos preventivos y curativos con fichas sanitarias que servirán para la identificación de la enfermedad o plaga, adjuntándose un modelo de calendario que contempla el tratamiento tipo por orden de fecha de aplicación, el código asignado al tratamiento, la dosis, el método de aplicación y la época para cada elemento vegetal y agente implicado en la enfermedad o plaga. NIF: P0200300B Expediente 3553K Como tratamiento alternativo se describe la técnica de la endoterapia, que permite sustituir en muchos casos los tratamientos con pulverización y que tiene un menor impacto ambiental, habiéndose mostrado eficaz en el tratamiento de la procesionaria xxx xxxx. Se incluyen tablas-resumen pormenorizadas para el tratamiento de cada una de las plagas y enfermedades principales y más habituales, indicando el calendario para cada tratamiento, el tipo de tratamiento, los principios activos y dosis de aplicación y la época óptima de aplicación. LOS FIRMANTES DE ESTE DOCUMENTO SE MUESTRAN EN LA PRIMERA PÁGINA DEL MISMO
Programa de tratamientos fitosanitarios. Se adjuntan dentro del programa los siguientes cuadros: - Cuadro general del programa de tratamientos fitosanitarios donde se describe el ámbito de aplicación, los objetivos, el método de detección de plagas y enfermedades, la valoración del seguimiento del estado fitosanitario de la vegetación, los productos a utilizar priorizando los productos ecológicos, la descripción de las plagas y enfermedades más importantes en la vegetación de las zonas verdes y espacios naturales de Albacete, indicando los métodos y tratamientos a emplear. - Cuadros con el listado de productos fitosanitarios autorizados por el Magrama para las zonas verdes, indicando la conexión para el conocimiento de la ficha del registro, el número de registro, el NIF: P0200300B Expediente 3553K nombre del producto, el principio activo, la casa comercial, el elemento vegetal objeto del tratamiento y la plaga o enfermedad implicada. - Cuadro con los medios humanos y materiales empleados en el programa de tratamientos fitosanitarios. En el Anexo 4 del Documento 1 Libro 3 se desarrolla el plan de aplicaciones fitosanitarias para: - El control de las malas hierbas LOS FIRMANTES DE ESTE DOCUMENTO SE MUESTRAN EN LA PRIMERA PÁGINA DEL MISMO - La procesionaria xxx xxxx - Pulgones - Galeruca - Barrenillos - Antracnosis del plátano de sombra
Programa de tratamientos fitosanitarios. PROGRAMA DE LAS OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA RED XX XXXXX

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  • METODOLOGÍA DE TRABAJO La propuesta técnica deberá contener como mínimo lo señalado en la sección III - Organización del Lugar de la Obra y Descripción del Método de Construcción Conteniendo mínimo: organización del lugar de la obra, metodología detallada para la ejecución de cada ítem o tarea a realizar, memoria descriptiva, memoria de equipos a utilizar su oportunidad de incorporación a las tareas, la relación con el Plan de Trabajos, descripciones, planos y gráficos que sean necesarios para su cabal entendimiento, etc. - Plan de Trabajos y Curva de inversiones El Plan de Trabajos e inversiones por Camino Crítico, según la siguiente metodología: 1) Red de precedencias con clara indicación de tareas o eventos ajenos al contrato que tienen injerencia en el normal desarrollo de los trabajos. 2) Duración de cada tarea. 3) Procesamiento con indicación en el Camino Crítico del plazo de la obra y de los tiempos flotantes, libre y total de las tareas que no estén en este camino. 4) Diagrama xx xxxxxx, con indicación de la ubicación de cada tarea dentro del período comprendido por las fechas tempranas y tardías que surgen del diagrama calendario. 5) Del análisis de las redes confeccionadas surgirán las distintas fechas tempranas y tardías, en función de las cuales se construirán las Curvas de Certificaciones Máximas y Mínimas. 6) El procesamiento del Camino Crítico se realizará, usando métodos de reconocida confiabilidad. 7) Se remarca la necesidad de presentar: - Ejecución física mensual expresada en porcentajes parciales y acumulados. - Cantidad de jornales mensuales a emplear. - Tipo y cantidad de equipos a emplear en cada mes de ejecución de los trabajos. - Curva de inversión mensual propuesta, consignando valores parciales y acumulados. El Plan de Trabajos deberá referirse a la totalidad de los ítems consignados en el Presupuesto Oficial, discriminado uno a uno. Se deberá acompañar del correspondiente Plan de Acopio si es permitido. El Plan presentado debe resultar coherente con los métodos constructivos propuestos, con el plazo de ejecución de las obras y con el tipo y cantidad de equipos que el Oferente propone emplear. Deberá indicar las fechas de incorporación de los equipos presentados en la propuesta, en forma detallada y de acuerdo con la secuencia del citado Plan de Trabajo

  • Jornada de trabajo 1. La jornada laboral ordinaria se establecerá en función de lo disponga la normativa básica que sea de aplicación. 2. La jornada laboral del Personal de Administración y Servicios se realizará con carácter general de lunes a viernes en turnos de mañana o tarde, sin menoscabo de las jornadas especiales que pudieran desarrollarse en puestos de trabajo concretos que necesiten actividad en turnos distintos, durante los fines de semana o en días festivos. En su caso, dichas jornadas especiales se reflejarán en la relación de puestos de trabajo. 3. Cada universidad negociará con la representación sindical, antes de finalizar cada año, el calendario laboral del siguiente, que incluirá la distribución anual de los días de trabajo, los festivos, las jornadas especiales y cualquier otra circunstancia que fuera necesaria regular para hacer compatible la organización del trabajo con el calendario académico. 4. Con carácter general, el personal investigador y el personal investigador en formación tendrán la misma jornada que el resto del personal incluido en este convenio. 5. La dedicación docente del PDI contratado a tiempo completo por tiempo indefinido será la que establezca la legislación vigente, o, en su defecto será la misma que la del profesorado perteneciente a los cuerpos docentes universitarios. La dedicación docente del profesorado Xxxxxxxx Doctor, en tanto no se oponga a ninguna legislación vigente, con carácter general, no excederá de 240 horas anuales. 6. Los departamentos organizarán la docencia de modo que la asignación docente de su profesorado no exceda de 4 horas presenciales seguidas diarias, a excepción de las prácticas, procurando que entre el inicio de la primera clase y la finalización de la última no transcurran más de 8 horas. Solo se podrá obligar a una acumulación máxima de clases del 75% de las obligaciones docentes en un semestre. Estos principios podrán alterarse a petición de la persona interesada o cuando impidan su aplicación circunstancias derivadas de la organización de la docencia. De dichas alteraciones, en caso de producirse, será informado anualmente el Comité de Empresa. 7. Se respetará el descanso diario de doce horas entre la finalización de una jornada y el inicio de la siguiente. 8. De forma general, el horario semanal de docencia estará, de lunes a viernes, comprendido entre las 8 y las 22 horas.

  • Programa de trabajo En cuanto a la obligación de presentación del programa de trabajo, se estará a lo que determina el apartado 17 de la cláusula 1. El contratista, si procede, en el plazo que se indica en el apartado 17 de la cláusula 1, contado desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del trabajo proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego, o, de no especificarse en el mismo, los previstos en la cláusula 24 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos aprobados por Orden de 8 xx xxxxx de 1972. Si para el desarrollo de los trabajos se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación. El órgano de contratación resolverá sobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este programa.

  • Procedimiento de Apertura de Sobres La apertura de Sobres se realizará en acto público en presencia del Comité de Compras y Contrataciones y xxx Xxxxxxx Público actuante, en la fecha, lugar y hora establecidos en el Cronograma de Licitación. Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los Sobres de los Oferentes/Proponentes, no se aceptará la presentación de nuevas propuestas, aunque el acto de apertura no se inicie a la hora señalada.

  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

  • VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar vigente por el término del proceso y dos (2) meses más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación abierta.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • Vigencia de la Fianza El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.-------

  • MANTENIMIENTO PREVENTIVO El mantenimiento preventivo del Equipo será por todo el tiempo de vida útil establecido por el Órgano de Contratación, mismo que deberá comprender el soporte técnico regular o periódico, los insumos, partes, piezas y todas las acciones necesarias para garantizar el perfecto estado de funcionamiento de conformidad con las recomendaciones establecidas en el manual del fabricante. ▪ El Contratista en coordinación con el Administrador del Contrato deberá presentar un plan de mantenimiento correspondiente a los dos años de Garantía Técnica o de Fábrica, el mismo que deberá ser presentado con la oferta del servicio de acuerdo al formulario D10 – Plan de Mantenimiento, definirán el Plan de Mantenimiento Preventivo y su cronograma de aplicación que podrá ser tentativo manteniendo el esquema entregado como parte de la oferta, a fin de que el Órgano de Contratación pueda socializar la programación de dichas actividades con el establecimiento de salud, el plan de mantenimiento preventivo definitivo se deberá entregar al establecimiento de salud al momento de la instalación del bien. El cronograma inicial se realizará por tiempos (indicando meses de ejecución). Una vez entregado el equipo en el establecimiento de salud, el Contratista entregará el cronograma con fechas específicas según la frecuencia de mantenimientos indicados por el fabricante. ▪ En el caso de cambios en el cronograma de mantenimientos correspondientes a los dos años de Garantía Técnica o de Fábrica, el Administrador del Contrato notificará al Contratista con al menos setenta y dos (72) horas de anticipación para la prestación del servicio. ▪ El mantenimiento preventivo correspondiente a los dos años de Garantía Técnica o de Fábrica contemplará lo correspondiente a la mano de obra de las visitas técnicas programadas, mismas que deben estar acorde al plan de mantenimiento del fabricante, también incluirá los kits de mantenimiento que por uso normal deben sustituirse para poder cumplir con el mantenimiento programado. ▪ En concordancia con lo estipulado el valor de los repuestos derivados del mantenimiento preventivo no se imputará al presupuesto referencial fijado en este contrato, cuyo porcentaje será revisado anualmente, a efectos de ajustarse de acuerdo con la inflación u otra condición que amerite revisión. ▪ Los dos primeros años de mantenimiento preventivo, en los términos descritos en este numeral, están incluidos en el precio de la oferta presentada, a partir del tercer año, cuando finalizada la garantía técnica o de fábrica, el costo de los mantenimientos y los repuestos, serán financiados con el presupuesto del Establecimiento de Salud en donde se entregó e instaló el bien. El Administrador del Contrato, será el responsable de gestionar la respectiva certificación presupuestaria para las erogaciones correspondientes para al servicio de mantenimiento y repuestos. ▪ En el mantenimiento preventivo correspondiente a los dos años de Garantía técnica o de Fábrica, de acuerdo a la tipología de equipamiento y de acuerdo a la recomendación del fabricante se incluirán todas las calibraciones (reactivos, implementos, insumos, etc.) necesarios para la ejecución de las labores de mantenimiento preventivo y necesarias para el óptimo desempeño del equipamiento, el costo del mantenimiento también incluirá el costo de las calibraciones (reactivos, implementos, insumos, etc.) necesarios para la ejecución de las labores de mantenimiento preventivo. Se debe entregar certificado de calibración del equipo. ▪ La periodicidad de los mantenimientos preventivos correspondiente a los dos años de Garantía técnica o de Fábrica, se mantendrá durante la vida útil del equipo, respetando el plan de mantenimiento debidamente aprobado por el Administrador de Contrato, según recomendaciones del fabricante.