Common use of PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Clause in Contracts

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.

Appears in 3 contracts

Samples: Suministro Y Mantenimiento De Equipos Multifunción, Insurance Agreement, Suministro De Vales/Cheques De Comida

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa de contratación por delegación del Órgano La Mesa de Contratación clasificará, clasificará por orden decreciente, decreciente las proposiciones presentadas y propondrá la adjudicación para cada lote en favor del mejor oferente, y elevará la misma junto con el acta firmada por sus miembros y resto de documentación al órgano de contratación para que adopte el oportuno acuerdo de adjudicación. Dicha propuesta no creará derecho alguno a favor del licitador propuesto, frente a la AGENCIA, mientras no se le haya adjudicado definitivamente el contrato por acuerdo del órgano competente, de acuerdo a lo establecido en el caso artículo 138.5 de igualdad entre dos o más licitadoresla Ley 33/2003, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica3 de noviembre, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras Patrimonio de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantillaAdministraciones Públicas. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación 8 DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN El órgano gestor requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa elevada para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratarcontar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, así como presente la documentación justificativa necesaria. A tal efecto habrá que presentar: A) Obligaciones tributarias. - Certificación positiva, expedida por La Agencia Estatal de que dispone de la capacidad económicaAdministración Tributaria, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y o declaración responsable de no estar obligada a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. - Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, justificativa de la inexistencia con la seguridad social y Administración Autonómica de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el apartado II.7.2 siguientecaso de contribuyentes contra quienes no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento Esta certificación podrá ser solicitada y expedida por medios electrónicos en los términos establecidos en el Decreto 183/2003, de 24 xx xxxxx, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos a través de la página web de la Junta de Andalucía. B) Obligaciones con la Seguridad Social. Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligada a presentarlas. C) Impuesto sobre Actividades Económicas. Justificante de estar dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exenta de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto. Las circunstancias establecidas en las letras A), B) y C) anteriores podrán también acreditarse mediante la aportación del certificado expedido por el Registro de Licitadores que acredite los anteriores extremos. Transcurrido este plazo señalado, sin el cumplimiento de los requisitos por causa imputable al adjudicatario (a quién corresponderá la justificación de la ausencia de responsabilidad) se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso oferta y se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa Así mismo si el/los adjudicatarios renunciase/n a la adquisición, o no atendiese/n las obligaciones que les corresponde/n, perderá/n la fianza constituida en concepto de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta depósito, sin perjuicio de la sesiónindemnización por las eventuales pérdidas que se hubiesen originado. En ambos supuestos, podrá procederse a la adjudicación al segundo mejor postor de la subasta.

Appears in 2 contracts

Samples: Pliego De Condiciones Técnico Administrativas, Pliego De Condiciones Técnicas Administrativas

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones1. Al licitador cuya oferta fuera considerada como económicamente más ventajosa, el órgano de contratación procederá a adjudicarle provisionalmente el contrato, señalando la documentación que tiene que aportar para proceder a la posterior adjudicación definitiva. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a PROCESA. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. En el procedimiento negociado, la mesa adjudicación provisional concretará y fijará los términos definitivos del contrato. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas en resolución motivada que se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el caso perfil de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento contratante del órgano de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número contratación 2. La elevación a definitiva de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, provisional deberá producirse dentro del plazo xx xxxx de quince días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes hábiles contados desde el siguiente a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de aquél en que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados se publique aquélla en el epígrafe I.4.2perfil de contratante del órgano de contratación. Del mismo modoDurante este plazo, se le requerirá que aporte el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de haber constituido su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 LCSP que le reclame el órgano de contratación, así como constituir , en su caso, la garantía definitiva. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. La adjudicación provisional se elevará a definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá siempre que el licitador ha retirado adjudicatario haya presentado la documentación señalada y constituido, en su ofertacaso, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación garantía definitiva. 3. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador siguienteque hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria PROCESA podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas las sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo del apartado anterior. 4. La Mesa adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso, deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante en el plazo máximo de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta 15 días a partir de la sesiónadjudicación. Cuando la convocatoria del contrato hubiera sido publicada en algún otro medio de publicidad, la adjudicación definitiva se publicará también es esos mismos medios para garantizar una adecuada transparencia.

Appears in 1 contract

Samples: Instrucciones De Contratación

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones1. Evaluados los criterios valorables mediante fórmulas y a la vista del informe técnico relativo a los criterios ponderables en función de un juicio de valor, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificaráen sesión convocada a tal efecto, clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación; propuesta que no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto. 2. En el caso de igualdad que, tras la aplicación de los criterios de adjudicación, se produzca un empate entre dos o más licitadoresofertas, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras se resolverá mediante la aplicación del criterio anteriorartículo 147.2 de la LCSP. 3. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa mejor oferta, para que, que dentro del plazo xx xxxx días hábileshábiles (o 5 en caso de tramitación urgente del expediente), aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratarcontar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, así como presente la documentación justificativa de las siguientes circunstancias, si no se hubiese presentado con anterioridad, referidas tanto a dicho licitador como a aquellas empresas a cuyas capacidades éste hubiera recurrido: A) Documento o documentos que dispone acrediten la capacidad de obrar de los empresarios, ya sean nacionales o extranjeros, y, en su caso, documentos acreditativos de la representación de quien actúe en nombre del licitador. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo , se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o de las certificaciones que se indican en el Anexo nº 1 del RGLCAP, en función de los diferentes contratos, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. A.5. Se presentará, en su caso, poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, así como copia de su Documento Nacional de Identidad o el que le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto, no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. A.6. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación, cada una acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente. Cuando el empresario tenga que aportar documentos públicos notariales o registrales presentará directamente las copias auténticas de estos documentos públicos ante los servicios dependientes del órgano de contratación. B) Acreditación de las solvencias económica y financiera y técnica o, en su caso, certificado de clasificación del contratista expedido por el órgano competente. B.1. Los licitadores acreditarán su solvencia económica, financiera y técnica conforme a por los criterios señalados medios que se precisen en el epígrafe I.4.2cuadro de características del presente Xxxxxx. B.2. Del La presentación por el licitador del certificado de clasificación, o copia auténtica del mismo modoexpedida por órgano competente, se le requerirá que aporte eximirá de presentar la documentación justificativa acreditativa de su solvencia económica, financiera y técnica si así se establece en el cuadro de características que encabeza este Pliego. C) Acreditación de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP. . Esta acreditación se realizará de la forma recogida en el Anexo nº 6 de este pliego. D) Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. E) Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas si se produjo en ejercicio corriente o, en caso contrario, último recibo del impuesto, completado, en ambos casos, con una declaración de no haberse dado de baja en la seguridad social y matrícula del citado impuesto. F) Constitución de haber constituido la garantía definitiva conforme a de conformidad con lo dispuesto establecido en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa cláusula nº 15 de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesióneste pliego.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una Entre las ofertas admitidas, una vez analizadas las proposicionesvaloradas estas según los criterios de adjudicación establecidos, se solicitará a los licitadores cuyas ofertas hayan obtenido mayor puntuación (hasta un máximo de 5 proveedores diferentes por lote) que presenten, en el plazo máximo de 7 días desde el envío de dicha solicitud, a través de PLENA, la mesa siguiente documentación: 1. Copia del NIF. 2. Escritura de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificaráconstitución y/o modificación, por orden decrecienteen su caso, las proposiciones presentadas y inscrita en el caso Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberá aportarse la escritura o documento de igualdad entre constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscrito en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. 3. Poder notarial en el que se establezcan las facultades de representación de las personas firmantes de la proposición, o certificación del Registro Mercantil, justificativo de las facultades representativas. Los poderes generales, sujetos a inscripción en el Registro Mercantil, se presentarán con la justificación del cumplimiento de este requisito. Estos dos últimos documentos podrán ser sustituidos por una certificación del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx, además de la declaración jurada de su vigencia actual. 4. Documentación de acreditación de la solvencia económica y financiera, en los términos establecidos en el apartado 9 de las presentes Condiciones Reguladoras. 5. Documentación de acreditación de la solvencia técnica o más licitadoresprofesional, será preferida en los términos establecidos en el apartado 10 de las presentes Condiciones Reguladoras. 6. Documentación de acreditación de la proposición presentada por aquella disposición de póliza de seguros de Responsabilidad Civil. Se incluirá copia de la póliza de seguro, así como acreditación de estar al corriente del pago de la misma. En el supuesto de que la empresa que licitadora no tuviera contratada en el momento de acreditar la solvencia técnicapreparación de la oferta una póliza o sus coberturas no alcanzaran el importe requerido, tengan deberá presentar un compromiso de la entidad aseguradora de constituir y/o incrementarlo hasta el nivel exigido, en su plantilla un número caso de trabajadores discapacitados superior resultar adjudicataria. 7. Documentación acreditativa de hallarse al 2%. Si varias empresas licitadoras corriente en las obligaciones tributarias, lo que se llevará a cabo de la siguiente manera: - Certificación administrativa de las Administraciones Tributarias de las que hubieren empatado la persona licitadora sea sujeto pasivo, de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias. - Documentación acreditativa de hallarse al corriente en cuanto las obligaciones con la Seguridad Social lo que se llevará a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá cabo mediante una Certificación de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a Tesorería General de la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa Seguridad Social de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, empresa licitadora se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social Seguridad Social. 8. Documento acreditativo de alta en el impuesto sobre Actividades Económicas/Licencia Fiscal y último recibo del impuesto, cuando sea exigible. La mesa de haber constituido contratación examinará la garantía definitiva documentación aportada y en el caso que sea conforme a lo dispuesto previsto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señaladolas Condiciones Reguladoras, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar elevará la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto del contrato al órgano de contratación. Si la documentación no cumpliera las condiciones establecidas, la mesa de contratación realizara una nueva propuesta de selección como proveedor a la siguiente empresa licitadora que haya obtenido mayor puntuación. La mesa de contratación elevará al órgano de contratación una propuesta de adjudicación de los contratos a favor de quienes hayan presentado la mejor relación coste-eficacia en cada uno de los lotes, señalando, en todo caso, las estimaciones que, en aplicación de los criterios objetivos establecidos en el presente Xxxxxx, se realicen de cada proposición, en la que figurará el orden de prelación de los licitadores que han formulado una propuesta admisible, con las puntuaciones que han obtenido. La propuesta de adjudicación no generará derecho alguno mientras no se dicte resolución de adjudicación. De conformidad con el acta artículo 22 de la sesiónLFCP, son circunstancias, entre otras, para apreciar prohibición de contratar con la empresa licitadora: - Haber retirado indebidamente su proposición en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar la documentación exigible para realizar la propuesta de adjudicación a su favor dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia. - Haber dejado de formalizar el contrato, que ha sido adjudicado a su favor, en los plazos previstos en esta ley xxxxx por causa imputable a la persona adjudicataria.

Appears in 1 contract

Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Asistencia Técnica

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas La Mesa de contratación, con el apoyo técnico que crea conveniente analizará y deliberará sobre las proposicionesofertas en sesión privada, podrá solicitar las aclaraciones en relación a la mesa documentación, para poder valorar su contenido, y formulará su propuesta en aplicación de los criterios de valoración, sin atenerse necesariamente al licitando que formuló la oferta más económica. Los acuerdos xx Xxxx tendrán siempre carácter provisional, por lo cual no serán susceptibles de ninguna clase de impugnación y no crearán ningún derecho a favor del licitador ante el Consorci Mar Parc de Salut de Barcelona, mientras no exista acuerdo del órgano de contratación. La Mesa de contratación elevará su propuesta de adjudicación al órgano de contratación, con traslado del expediente que estará formado por delegación la siguiente documentación: • Las proposiciones y la documentación complementaria. • Las Actas de las sesiones celebradas por la Mesa de Contratación. • Los informes jurídicos y técnicos que se hayan emitido por escrito. • La propuesta de adjudicación de la Mesa al órgano de contratación. • Las reclamaciones formuladas dentro del Órgano de Contratación clasificaráplazo por los licitadores. De acuerdo con lo que establece en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, por orden decreciente, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa las empresas que en el momento de acreditar la solvencia técnicatécnica exigida en este Pliego, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados con discapacidad superior al 2%a 2 por 100, siempre que sus proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que tienen que servir de base por la adjudicación. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren han empatado en cuanto a la proposición más ventajosa ventajosa, acreditan tener que tienen relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100ciento, tendrá tiene preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje superior de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado podrá calificar las proposiciones económicas como desproporcionadas o temerarias de conformidad con el apartado 1.1 de la cláusula 18 de este Pliego o cuando concurra alguna de las causas. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la Mesa de contratación podrá considerar la relación entre solvencia de la empresa y la oferta económicamente más ventajosa para quepresentada (art. 85.6 de RLCAP). En este caso, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte se otorgará un trámite de audiencia requiriendo información a todos los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratarlicitadores que supuestamente estén comprendidos, así como la documentación justificativa de que dispone una justificación de la capacidad económicaviabilidad de la ejecución del contrato con el precio propuesto (art. 152 del TRLCSP). Si la justificación de la empresa a juicio de la Mesa de contratación y a la vista del mencionado informe no fuera suficiente, financiera la propuesta será rechazada y técnica conforme propondrá la adjudicación a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte favor de la documentación justificativa proposición más ventajosa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y acuerdo con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado sido clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto conformidad con el acta de la sesiónart. 151 del TRLCSP.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo1. La Mesa de contratación contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación, de acuerdo con la cláusula 6.1.8 de este pliego, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa ventajosa, para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modoplazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en qué haya recibido el requerimiento, se le requerirá que aporte presente en la documentación justificativa secretaría del IMSP, x/ Xxxxxxxxx, 00-00 xx Xxxxxxxx, de hallarse lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas: - Certificados o documentos acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social Seguridad Social. - Certificado del Ayuntamiento de Badalona que acredite que el adjudicatario se encuentra al corriente de pago de las obligaciones tributarias hacia la Administración local, o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa su acreditación - Documentos acreditativos de la efectiva disposición de los medios que se hayan comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con el artículo 53.2 de la LCSP. - Estar dado de alta al IAE en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato a través del último recibo pagado y una declaración responsable de no haberse dado de baja. Los licitadores que aleguen estar exentos del impuesto lo tendrán que acreditar junto con el documento de alta del impuesto . - Justificante de haber constituido ante la Tesorería Municipal, la garantía definitiva conforme del contrato. - Justificante de pago a lo dispuesto la Tesorería municipal del importe de los anuncios generados en esta licitación. - En su caso, la póliza de seguros con el apartado II.7.2 siguienterecibo de pago - En su caso, los ejemplares originales de la documentación que haya aportado a la licitación mediante fotocopias. De - Cualesquiera otros documentos adicionales acreditativos de su aptitud para contratar y de los compromisos de adscripción y subcontratación ofrecidos. Estos certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. 2. En caso de no cumplimentarse complementarse adecuadamente el requerimiento en el dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la y se pedirá esta misma documentación al licitador siguientesiguiente licitador, por el la orden en que hayan quedado clasificadas las ofertasofertas . 3. La Mesa El órgano de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con contratación tendrá que adjudicar el acta contrato dentro del 5 días hábiles siguientes a la recepción de la sesióndocumentación.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Cleaning Services

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposicionesLa propuesta de adjudicación será comunicada al licitador propuesto, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento plazo máximo de acreditar siete días naturales, a través de PLENA, deberá presentar los siguientes documentos: a) Documentación acreditativa de la solvencia técnicapersonalidad: • Si el licitador fuera una persona física, tengan deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad. Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica de la escritura de constitución, y en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado caso, modificación, debidamente inscritas en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgadaregistro correspondiente, de conformidad con las puntuaciones la norma que la regule. Si fueran licitadores que adopten otra forma de los criterios con mayor valoración de los establecidos participación conjunta deberán aportar un documento en el presente pliegoque conste expresamente tal circunstancia, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, y la designación de un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. - Si persiste El escrito habrá de estar firmado tanto por los diversos licitadores concurrentes como por el empate, se decidirá mediante sorteocitado apoderado. La Mesa Los contratistas que participen conjuntamente en un contrato responderán solidariamente de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro las obligaciones contraídas. • Copia auténtica del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes poder a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone favor de la capacidad económicapersona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, financiera y técnica el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se la legislación que le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguientesea aplicable. De no cumplimentarse adecuadamente conformidad con el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguienteD.F. 174/2004, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa se regula el Registro de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta Licitadores de la sesiónComunidad Xxxxx, podrá sustituirse la documentación de este apartado por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, sin perjuicio de recabar del Registro la exhibición de dicha documentación, suponiendo la presentación a ésta licitación autorización suficiente para que se solicite de oficio esta documentación.

Appears in 1 contract

Samples: Construction Contract

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposicionesA la vista del precio del contrato el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente y de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, será el Alcalde del Ayuntamiento de Briviesca, puesto que no supera el 10% de los recurso ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la mesa cuantía de contratación por seis millones de euros. Conforme al Decreto de alcaldía de delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y competencias en el caso la Junta de igualdad entre dos o más licitadoresGobierno Local de fecha 21 xx xxxxx, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento Junta de acreditar Gobierno Local la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en competente para la adjudicación del contrato contrato, siendo competencia xxx Xxxxxxx el licitador que disponga del mayor porcentaje resto de trabajadores fijos con discapacidad en su plantillaaprobaciones anteriores. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como hábiles presente la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2siguiente documentación: a). Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y son la Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en los artículos 13,14 y 15 del RGCAP, esto es, certificaciones positivas de la seguridad social Agencia Tributaria y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto Tesorería General de la Seguridad Social y justificante de hallarse de alta en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento Impuesto de Actividades Económicas (IAE), del ejercicio corriente, en el plazo señaladoepígrafe correspondiente al objeto del contrato, se entenderá siempre que ejerza actividades sujetas a este impuesto, en relación con las actividades que vengan realizando a la fecha de presentación de las proposiciones o el licitador ha retirado su ofertaúltimo recibo del IAE completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matricula del citado impuesto. Sin perjuicio de acreditar el alta en el impuesto, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguienteel supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el orden en que hayan quedado clasificadas se aprueba el Texto Refundido de las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta Haciendas Locales que, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la sesiónconcesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 82.1 de la mencionada Ley, con excepción de las personas físicas. Se exceptúan de estos requisitos los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 82.1 apartados a), d), g) y h) de la citada Ley.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas La Mesa de contratación, con el apoyo técnico que crea conveniente analizará y deliberará sobre las proposicionesofertas en sesión privada, podrá solicitar las aclaraciones en relación a la mesa documentación obrando en las mismas, para poder valorar su contenido, y formulará su propuesta en aplicación de los criterios de valoración, sin atenerse necesariamente al licitante que formuló la oferta más económica. Los acuerdos de la Mesa tendrán siempre carácter provisional, por lo cual no serán susceptibles de ninguna clase de impugnación y no crearán ningún derecho a favor del licitador ante el Consorci Mar Parc de Salut de Barcelona, mientras no exista acuerdo del órgano de contratación. La Mesa de contratación elevará su propuesta de adjudicación al órgano de contratación, con traslado del expediente que estará formado por delegación la siguiente documentación: • Las proposiciones y la documentación complementaria. • Las Actas de les sesiones celebradas por la Mesa de Contratación. • Los informes jurídicos y técnicos que se hayan emitido por escrito. • La propuesta de adjudicación de la Mesa al órgano de contratación. • Las reclamaciones formuladas dentro del Órgano de Contratación clasificaráplazo por los licitadores. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, por orden decreciente, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa las empresas que en el momento de acreditar la solvencia técnicatécnica exigida en este Pliego, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados con discapacidad superior al a 2%, siempre que sus proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que tienen que servir de base para la adjudicación. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren han empatado en cuanto a la proposición más ventajosa ventajosa, acreditan tener que tienen relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100ciento, tendrá tiene preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje superior de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado podrá calificar las proposiciones económicas como desproporcionadas o temerarias de conformidad con el apartado 1.1 de la cláusula 17 de este Pliego o cuando concurra alguna de las causas. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la Mesa de contratación podrá considerar la relación entre solvencia de la empresa y la oferta económicamente más ventajosa para quepresentada (art. 85.6 de RLCAP). En este caso, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte se otorgará un trámite de audiencia requiriendo información a todos los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratarlicitadores que supuestamente estén comprendidos, así como la documentación justificativa de que dispone una justificación de la capacidad económicaviabilidad de la ejecución del contrato con el precio propuesto (art. 152 del TRLCSP). Si la justificación de la empresa a juicio de la Mesa de contratación y a la vista del mencionado informe no fuera suficiente, financiera la propuesta será rechazada y técnica conforme propondrá la adjudicación a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte favor de la documentación justificativa proposición más ventajosa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y acuerdo con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado sido clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto conformidad con el acta de la sesiónart. 151 del TRLCSP.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas 15.1-. El órgano de contratación requerirá al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, para acreditar con carácter previo a la adjudicación del contrato, en el plazo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES la posesión y validez de los documentos que acrediten, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, su aptitud, capacidad y solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigible para el presente contrato, conforme al siguiente detalle: 15.1.1.- El documento o documentos que acrediten la mesa personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de contratación por delegación del Órgano la proposición, en la forma siguiente: 15.1.1.1.- Documento Nacional de Contratación clasificaráIdentidad, por orden decrecientecuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, las proposiciones presentadas y de modificación en su caso, inscritas en el caso Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de igualdad entre dos constitución, estatutos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que acto fundacional en el momento que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. Se acompañará copia autenticada del N.I.F. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. (art. 55.2 TRLCSP) 15.1.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Cabildo de La Palma, éste último según se especifica en el párrafo siguiente. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste, así como la de la escritura de constitución, y de modificación en su caso, de la entidad licitadora. Se acompañará copia autenticada del N.I.F. del representante. (art. 35.f) LRJAP-PAC) Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica deberá solicitar y obtener del Servicio Jurídico del Cabildo Insular de La Palma, acto expreso y formal de bastanteo de la documentación que pretenda aportar a los efectos de acreditar su representación, con carácter previo a la presentación de la misma. 15.1.2.- Acreditación de su solvencia económica, financiera y técnica a través de los medios de justificación que, al amparo de los artículos 62, 75 y 77 del TRLCSP, se reseñan a continuación: a. Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. c. Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. d. Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, de objeto similar al del presente contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. A los efectos previstos en el párrafo anterior, los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios constituirán una presunción de aptitud en los términos reseñados en el artículo 84.1 del TRLCSP. Tales medios de acreditación podrán ser sustituidos por los que consten en el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias que el propuesto como adjudicatario aporte, o por la acreditación de una clasificación suficiente, salvo la exigida en los apartados e), que deberán aportarse en todo caso. 15.1.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, (Conforme al Modelo que figura en el Anexo IV). La citada declaración tendrá una vigencia de seis meses. 15.1.4.- Certificados de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, conforme se especifica en la Cláusula 17. 15.1.5.- Declaración responsable relativa al cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Conforme al Modelo que figura en el Anexo V). 15.1.6.- Documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva a que se refiere la cláusula 18. 15.1.7.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 15.1.8.- A los efectos de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia los términos establecidos en la adjudicación cláusula 9.4 del contrato el licitador que disponga presente pliego, las empresas deberán aportar, cuando sean específicamente requeridas para ello y siempre referida al plazo de finalización de presentación de proposiciones, la siguiente documentación: a) Declaración responsable del mayor porcentaje número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá total de la siguiente forma para dirimir plantilla. b) Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondientes a todo el empate: - Se acudirá a personal de la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones empresa. c) Relación de los criterios con mayor valoración trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad. d) Contrato de trabajo de los establecidos trabajadores fijos discapacitados. 15.2.- Si la propuesta de adjudicación ha recaído en el presente pliego. - Si persiste el empateuna unión temporal constituida por varios empresarios, se decidirá mediante sorteo. La Mesa cada uno de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a ellos deberá acreditar su personalidad jurídica y capacidad capacidad, indicando los nombres y circunstancias de contratarlos empresarios que la suscriban, así como la documentación justificativa participación de cada uno de ellos en la Unión Temporal de empresas y la designación de un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que dispone del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la capacidad existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo, cada una de las empresas integrantes de la UTE deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados técnica, no estar incursas en el epígrafe I.4.2. Del mismo modoprohibiciones para contratar, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse estar al corriente en el cumplimiento de sus las obligaciones tributarias y con de seguridad social, cumplimiento de los requisitos en materia de prevención de riesgos laborales y sujeción a la seguridad social y jurisdicción española, según se recoge en los apartados anteriores. 15.3.- La presentación por el licitador del certificado de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto estar inscrito en el apartado II.7.2 siguiente. Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: 15.4.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador propuesto como adjudicatario ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.

Appears in 1 contract

Samples: Acuerdo Marco De Suministro

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, La propuesta de adjudicación que se estime adecuada se elevará por la mesa Mesa de contratación por delegación del Contratación al Órgano de Contratación clasificaráde EMTUSA, a fin de que se realice la adjudicación del contrato según lo establecido por orden decrecienteel art. 161 del TRLCSP, al licitador que haya efectuado la oferta más ventajosa para EMTUSA conforme a lo establecido por este Pliego. A tal efecto se establece la siguiente baremación para valorar las proposiciones presentadas ofertas presentadas: A Precio ofertado: No podrá superar el presupuesto de licitación (39.000 € anuales), en el cual se consideran incluidos todos los impuestos, excepto el impuesto sobre el valor añadido Hasta 60 puntos B Organización del servicio: Se valorará la metodología (hasta 6 puntos), calendario de trabajo (hasta 6 puntos), experiencia del personal asignado al servicio (hasta 6 puntos) y otros datos relevantes (hasta 2 puntos) Hasta 20 puntos C Mejoras: Se valorarán aquellas mejoras que incluya el licitador y que incidan directamente sobre el alcance de los trabajos a realizar establecidos en el pliego, valorando especialmente (hasta 10 puntos) el servicio de asesoría contable y financiera Hasta 20 puntos La Mesa de Contratación valorará el criterio señalado en la letra “A” (Precio) otorgando la máxima puntuación a la oferta más económica presentada que no supere el presupuesto de licitación. El resto de ofertas serán puntuadas proporcionalmente, atendiendo a la siguiente fórmula: Para cada uno de los apartados relacionados en la letra “B” (Organización del servicio), la Mesa de Contratación realizará juicio motivado, catalogando cada apartado como: óptimo, bueno, normal o deficiente, asignando el valor 3, 2, 1 ó 0 respectivamente como factor de cálculo. El resultado final se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Las Mejoras propuestas, letra “C”, serán estudiadas por la Mesa de Contratación aceptando aquellas consideras como interesantes para EMTUSA y motivando la exclusión de las no aceptadas. Serán puntuadas de acuerdo con el valor económico indicado en la oferta; en el caso de igualdad entre dos o que más licitadoresde un licitante ofrezca Mejoras similares, será preferida para el cálculo de la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras totalidad de las ofertas implicadas, se tomará como referencia el importe más bajo ofertado. Siguiendo este criterio, las ofertas que hubieren empatado incluyan como Mejora el servicio de asesoramiento fiscal y contable serán puntuadas con 10 puntos. Las posibles Mejoras adicionales ofertadas serán tratadas en cuanto conjunto, obteniendo una valoración económica total, resultante de la suma de la valoración individual de las mismas. A la oferta con mejor valoración económica total se le otorgarán 10 puntos y el resto serán puntuadas proporcionalmente, de acuerdo a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.fórmula:

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Auditoría

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 1.- Una vez analizadas valoradas las proposicionesofertas según los criterios fijados en este Pliego, realizada la comprobación de la existencia o no de presunción de anormalidad, la mesa de contratación por delegación del Órgano Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso formulará la propuesta de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al adjudicación. 2.- El licitador que haya presentado sido propuesto como adjudicatario, será requerido mediante comunicación electrónica para que constituya la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte garantía definitiva y presente los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como certificados que acrediten que la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias tributarias, tanto estatales como autonómicas como con el Ayuntamiento de Llíria y con que está dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el correspondiente epígrafe, en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la seguridad social y de haber constituido comunicación. Presentada la garantía definitiva conforme y, en los casos en que resulte preceptiva, previa fiscalización del compromiso del gasto por la Intervención en los términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria en un plazo no superior a lo dispuesto en 5 días, se procederá a adjudicar el apartado II.7.2 siguientecontrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento En caso de que en el plazo señaladootorgado al efecto el candidato propuesto como adjudicatario no presente la garantía definitiva y los certificados de hallarse al corriente en los términos indicados anteriormente, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su efectuará propuesta de adjudicación junto a favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole el correspondiente plazo para constituir la citada garantía definitiva y los correspondientes certificados. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración, será el acta de la sesiónfinalización del plazo de presentación de proposiciones. 3.- No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el Pliego. 4.- La adjudicación será notificada a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante. Tanto en la notificación como en el perfil de contratante se indicará el plazo dentro del que deberá formalizarse el contrato. 5.- El órgano de contratación podrá renunciar a celebrar el contrato antes de la adjudicación, por razones de interés público debidamente justificadas. Asimismo, podrá desistir del procedimiento de adjudicación cuando aprecie la existencia de infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá calificará, cuando proceda, la docum entación aportada y, si observa defectos u omisiones subsanables, se lo comunicará al interesado a través del tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, concediéndose un plazo de tres días naturales para que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como corrija o subsane. Si el licitador no presenta la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento requerida en el plazo señalado, si no la subsana, en su caso, o si del examen de la aportada se comprueba que no cum ple los re quisitos establecidos en este pliego, se entenderá que ha re tirado su ofe rta y que ha im posibilitado la adjudicación del contrato a su favor, incurriendo, en su caso, en la ca usa de prohibició n de co ntratar estable cida en el licitador ha retirado su ofertaartículo 71.2 a) de la LCSP, procediéndose asim ismo, se le exigirá el im porte del 3% del presupuesto base de licita ció n, IVA excluido, en ese caso concepto de penalidad. En estos supuestos la Mesa de contratación pro pondrá al órgano de contratación la adjudicación a recabar la misma documentación al favor del licitador siguiente, por el orden o rde n en que hayan quedado clasificadas las o fertas, previa acreditación de su capacidad para contratar con la Com unidad de Madrid, m ediante la presentación de la docum entación correspondiente en el plazo establecido para ello. Posteriormente, la Mesa de contratación elevará al órgano de contratación las ofertas, junto con los inform es em itidos, en su caso, el acta y la pro puesta que estim e pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 9 de la cláusula 1. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesiónmesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Adm inistración, m ientras no se haya formalizado el contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposicionesDe conformidad con lo previsto en el artículo 229.6 de la LCSP, la mesa de contratación por delegación del Órgano Junta de Contratación clasificará, Centralizada (la DGRCC por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso desconcentración de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgadacompetencias, de conformidad con la disposición adicional octava del Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre) establecerá para cada acuerdo marco y sistema dinámico de adquisición las puntuaciones medidas que considere adecuadas para garantizar que los expedientes de contratación tramitados por las entidades adheridas, su aplicación de las reglas de licitación y selección de los criterios con mayor valoración contratistas, las adjudicaciones que acuerden y la ejecución de los contratos basados, cumplen los términos y condiciones establecidos en el presente pliegolos pliegos que rigen dichos acuerdos y sistemas, para lo que podrá acordar la utilización de herramientas informáticas específicas, la emisión de informes preceptivos y vinculantes o cualquier otro medio adecuado a este fin”. A estos efectos, deberán tenerse en cuenta las siguientes consideraciones: - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con de los contratos basados se tramitará a través del sistema informático del sistema estatal de contratación centralizada, siguiendo los trámites y adjuntando la documentación indicada en las presentes instrucciones. En la propuesta deberá identificarse el acta órgano de contratación. XXXX XXXXX XXXXXX XXXX - 2021-04-08 09:57:25 CEST, cargo=SUBDIRECTORA GENERAL DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA DE TECNOLOGÍAS La autenticidad del documento puede ser comprobada mediante el CSV: OIP_Q23FTQ55XSA5GVM2H9DIUXNEBPOG en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx - El órgano de contratación competente del organismo adherido podrá adjudicar el contrato basado, previa autorización, en su caso, por la DGRCC o por el órgano responsable del acuerdo marco, de la sesiónpropuesta de adjudicación. Los contratos, una vez adjudicados, se publicarán en el Portal de Contratación Centralizada.

Appears in 1 contract

Samples: Instructions for the Contracting of Supplies

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposicionesClasificados los inmuebles, la mesa Mesa elevará la correspondiente propuesta al órgano de contratación por delegación contratación, que incluirá las mejores ofertas hasta completar el presupuesto base de licitación. Es de observancia el principio de economía procesal, que dado su eminente carácter antiformalista y dentro del Órgano contexto del contrato de Contratación clasificaráque se trata, por orden decrecientees perfectamente plausible llevar a cabo varias adquisiciones de inmuebles dentro de la misma licitación y aún cuando ello suponga un solo concurso con varios contratos; pues carecería de sentido limitar cada convocatoria a un solo contrato de compraventa, las proposiciones presentadas dada la especial naturaleza de este tipo de contratos; que conllevaría dilatar innecesariamente el procedimiento, con merma igualmente de los principios de celeridad y eficacia que rigen la actuación administrativa, para llegar a idénticos resultados, así lo ha manifestado el Tribunal Supremo en múltiples ocasiones (TS 15-4-13, Rec. 6449/11; TS 15-6-15, Rec 3318/14). Dicho principio se configura como soporte para procurar que el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida procedimiento alcance su fin; así como la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras satisfacción de las pretensiones con el mayor rendimiento, y ahorro posible de esfuerzo y coste, suprimiendo aquellas actuaciones que hubieren empatado en cuanto pudieran resultar superfluas, y que de llevarlas a la proposición cabo nos conduciría al mismo resultado; y sin que ello implique restricción alguna, que pueda conculcar los principios de concurrencia y no discriminación que deben inspirar toda licitación. A más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en abundamiento, al tratarse de un porcentaje superior al 2 por 100contrato privado, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, tal y como se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos ha indicado en el presente pliego, no es de aplicación la Ley de Contratos, sino en lo concerniente a la fase de preparación y adjudicación, por lo que no es de aplicación la restricción que la misma señala en el artículo 99 al establecer una correspondencia entre lote y contrato, de modo que se adjudiquen varios contratos, uno por cada lote; sin embargo, no podemos circunscribir la presente licitación a la división en lotes, al no tratarse el objeto de prestaciones propias y típicas de la Ley de Contratos; la interpretación finalista de este artículo no tiene encaje en tal división, pues se estaría aplicando el mismo con una finalidad bien distinta a la pretendida por el legislador. - Si persiste Por otro lado, el empatenúmero final de inmuebles a adquirir dependerá inicialmente del precio de las ofertas que vayan resultando adjudicatarias, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria señalada en el apartado C.4 del Cuadro de Características; por lo que, una vez valoradas las ofertas de acuerdo con los criterios de adjudicación previstos en el presente pliego y en función de los importes propuestos por los licitadores incrementados con los gastos inherentes a la compraventa, se decidirá mediante sorteoirán adjudicando a los licitadores por orden decreciente que figuren en la lista de prelación hasta agotar el presupuesto base de licitación. No obstante, y excepcionalmente, cuando quede un importe sobrante en dicho presupuesto que no sea suficiente para poder adjudicar al siguiente licitador que por orden corresponda, la mesa podrá proponer al órgano de contratación como posible adjudicatario al primer licitador de la lista de prelación cuya oferta sea inferior a la cantidad restante. Esta previsión responde al objetivo de adquirir el mayor número de viviendas que resulte posible dentro del presupuesto de licitación del presente Concurso Público, dada la limitación presupuestaria, con el único fin de aumentar el parque público de viviendas protegidas tan sumamente demandadas dada la situación provocada por la actual crisis sanitaria; satisfaciéndose con ello el interés público habida cuenta de la necesidad habitacional existente; compatible, por otro lado, con los principios de igualdad y concurrencia y demás principios rectores que debe liderar toda licitación. Se ha considerado además el Régimen Jurídico aplicable a este tipo de contratos y su especial naturaleza, cuyo objeto no responde a ninguno de los contratos típicos de la Ley de Contratos sino al de un contrato privado que se rige por la Ley Patrimonial, sin perjuicio de las remisiones que esta proyecta sobre aquella; por lo que se considera plenamente justificado y objetivado el orden a seguir para la propuesta de adjudicación. Se insiste en que la Administración pública sirve con objetividad a los intereses generales por mandato constitucional conforme dispone el art. 103.1 de la Carta Magna. Por tanto, la Administración toma las decisiones en función de satisfacer las necesidades colectivas para las que es competente, velando por el interés general. Es más, la Administración no se agota en el cumplimiento de los mandatos normativos sin tener en cuenta el contexto en el que se desarrolla, sino que, como en el caso que nos ocupa, resulta necesario introducir las actuaciones necesarias, orientadas a reforzar la protección del derecho a disfrutar de una vivienda digna y asegurarlo como servicio público esencial que es. La Mesa propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor de los adjudicatarios propuestos mientras que el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado no dicte la oferta económicamente más ventajosa resolución de adjudicación del contrato. Los licitadores propuestos podrán ejercer su derecho a desistir del procedimiento. Una vez aceptada la propuesta de la Mesa por el órgano de contratación, requerirán a los licitadores seleccionados para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábileshábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como presenten la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto recogida en el apartado II.7.2 siguienteH del Cuadro de Características. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en Transcurrido el plazo señaladosin que se haya presentado la documentación o no cumpliéndose los requisitos exigidos, se entenderá que el licitador ha retirado su rechazará la oferta, procediéndose en ese caso continuando el procedimiento con el siguiente licitador, según el orden de prelación establecido. El órgano de contratación adjudicará los distintos contratos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a recabar la misma documentación al licitador siguienterecepción de la documentación. Antes de la adjudicación de los contratos, el órgano de contratación, por el orden en que hayan quedado clasificadas razones de interés público debidamente justificadas, podrá renunciar a celebrarlo. También podrá desistir del procedimiento cuando se aprecie una infracción no subsanable de las ofertasnormas reguladoras del procedimiento de otorgamiento. La Mesa El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de cinco (5) meses a contar desde la sesiónapertura del SOBRE Nº1.

Appears in 1 contract

Samples: Adquisición De Inmuebles

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa El órgano de contratación a la vista de la propuesta formulada por delegación del Órgano la Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado que, según su criterio, presente la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del que en el plazo xx xxxx (10) días hábiles, aporte a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento presente la siguiente documentación: a) Los que acrediten la capacidad de obrar del empresario y, en su caso, su representación. a.1. Documento Nacional de Identidad: Si se trata de empresarios individuales, su capacidad de obrar se acreditará mediante el documento nacional de identidad o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. a.2. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional.- La capacidad de obrar de los documentos probatorios correspondientes empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución y, en su caso, modificación, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante su inscripción en los Registros o las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP según el tipo de contrato. En el caso de que se hubieran realizado rectificaciones, modificaciones o enmiendas a nivel nacional, se entenderá por registro competente al que hubiera sustituido al indicado en el anexo. Los demás empresarios extranjeros deberán aportar un informe o informes de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en que se haga constar: 1. Que, previa acreditación de la empresa, figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. 2. Que su Estado de procedencia admite a su personalidad jurídica vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. En el supuesto de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. La condición de Estado signatario se acreditará mediante informe de la citada representación diplomática española. Las empresas extranjeras de Estados que no son miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deben presentar también documentación acreditativa de que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que están inscritas en el Registro Mercantil. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán acreditar la capacidad de contratarcada uno de ellos conforme a los medios señalados e indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. A estos efectos se recoge un modelo de declaración en el Anexo III de este pliego. a.3. Poder bastanteado.- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación, declarado bastante por el responsable de la Secretaría General del Ayuntamiento de San Xxxxxxx de la Barquera. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. b) Los que acrediten la solvencia económica y financiera y técnica. 1.- La solvencia económica y financiera se acreditará, en los términos del art. 75 del TRLCSP, en concreto, el criterio para acreditar la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Si bien los licitadores que se encuentren exentos del cumplimiento del requisito anterior, podrán presentar la documentación justificativa acreditativa de su cifra de negocio. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. 2.- La solvencia técnica se acreditará con la aportación de la documentación que a continuación se relaciona: a) Relación detallada de los principales servicios efectuados en los últimos cinco años, con indicación de las fechas, destinatario público o privado, importe. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado mediante una declaración responsable del empresario, en este último caso siempre que el destinatario sea un sujeto privado. En el caso de que dispone el destinatario del servicio sea una entidad pública, será necesario un certificado de buena ejecución de los servicios prestados, no siendo suficiente un mero certificado de los servicios realizados. Se expedirán de oficio por parte del Ayuntamiento de San Xxxxxxx de la capacidad Barquera, los certificados de buena ejecución para el caso en el que se presentase en la presente licitación alguna empresa que hubiera prestado con anterioridad servicios en este Ayuntamiento. En el caso de que se emita un certificado de servicios con resultado negativo por parte de una entidad pública o por un sujeto privado, es decir en el caso de presentar un certificado que no sea de buena ejecución, conllevará que la justificación de la solvencia técnica no se considera debidamente acreditada, por lo que conllevaría la exclusión del licitador. Se exigirá que al menos uno de los servicios efectuados en los últimos cinco años tenga un importe igual o superior al del presente contrato, es decir igual o superior a 62.809.92 euros, IVA excluido. b) Plan de medios técnicos. Descripción de la maquinaria a adscribir al presente contrato c) Plan de medios humanos. La ausencia de la documentación señalada en cualquiera de los apartados antes citados, será motivo suficiente para entender que la solvencia técnica no está debidamente justificada y por tanto procedería la exclusión del candidato en cuestión. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, debiendo acreditar su solvencia económica, financiera y técnica conforme a mediante la presentación de los criterios señalados en el epígrafe I.4.2citados documentos. Del mismo modo, se le requerirá Igualmente la acreditarán las empresas no españolas de Estados que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta sean miembros de la sesiónUnión Europea ni signatarios de dicho Acuerdo. c) La declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar. d) Sumisión a la jurisdicción de Juzgados y Tribunales españoles para empresas extranjeras

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios De Limpieza Y Mantenimiento

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación, de acuerdo con la cláusula 6.1.8 de este pliego, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa ventajosa, para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modoplazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en qué haya recibido el requerimiento, se le requerirá que aporte presente en la documentación justificativa secretaría del IMSP , x/ Xxxxxxxxx, 00-00 xx Xxxxxxxx, de hallarse lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas: - Certificados o documentos acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social Seguridad Social. - Certificado del Ayuntamiento de Badalona que acredite que el adjudicatario se encuentra al corriente de pago de las obligaciones tributarias hacia la Administración local, o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa su acreditación. - Documentos acreditativos de la efectiva disposición de los medios que se hayan comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con el artículo 53.2 de la LCSP. - Estar dado de alta en el IAE en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato a través del último recibo pagado y una declaración responsable de haber no haberse dado de baja. Los licitadores que aleguen estar exentos del impuesto lo tendrán que acreditar junto con el documento de alta al impuesto. - Haber constituido ante la Tesorería Municipal, la garantía definitiva conforme del contrato. - En su caso, los ejemplares originales de la documentación que haya aportado a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguientela licitación mediante fotocopias. De Estos certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de no cumplimentarse complementarse adecuadamente el requerimiento en el dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la y se pedirá esta misma documentación al licitador siguientesiguiente licitador, por el la orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la La mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y para posteriormente elevar la correspondiente propuesta de resolución de adjudicación al órgano de contratación. CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA que no aporten la documentación solicitada, no cumplan las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el caso Pliego de igualdad entre dos Prescripciones Técnicas o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento Presente Pliego, o no alcancen el mínimo establecido, no será tomada en consideración en el presente procedimiento de acreditar licitación. Para realizar la solvencia técnicacitada clasificación, tengan se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el presente pliego, pudiéndose solicitar para ello cuantos informes técnicos se estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Si en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación, o en su plantilla un número defecto, el órgano de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras contratación, tuviera indicios fundados de las que hubieren empatado conductas colusorias en cuanto el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje a la Comisión Nacional de trabajadores fijos con discapacidad los Mercados y la Competencia o, en su plantillacaso, a la autoridad de competencia autonómica correspondiente, a efectos de que a través de un procedimiento sumarísimo se pronuncie sobre aquellos. De persistir La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el empate, tras procedimiento de contratación. Si la aplicación del criterio anterior, se procederá remisión la realiza la mesa de contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. Una vez aceptada la propuesta de la siguiente forma para dirimir mesa por el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgadaórgano de contratación, los servicios de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación Xxxxxx requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa mejor oferta, para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme contar desde el siguiente a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden aquel en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación: ◾ Documentación de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto REQUISITOS PREVIOS si no se hubiera aportado con el acta de la sesiónanterioridad.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposicionesproposiciones y elaborado el informe de valoración por el Departamento proponente, la mesa Mesa de contratación Contratación, por delegación del Órgano de Contratación Contratación, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empatepresentadas, tras lo cual realizará la aplicación propuesta de adjudicación en favor del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta propuesta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados contemplados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa presente pliego. 1.- Certificados acreditativos de hallarse encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con de Seguridad Social, en todo caso. 2.- Si se hubiere aportado en el Sobre nº 1 fotocopias de la seguridad social y documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos, se presentarán los correspondientes originales o copias compulsadas. 3.- Documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente 4.- En el caso de que los trabajos fueran adjudicados a una unión temporal de empresas, dentro de este mismo plazo éstas deberán acreditar la constitución de la UTE conforme a lo especificado en el apartado II.9.1 del presente pliego. 5.- La documentación justificativa de que dispone del personal comprometido a la adscripción del contrato, así como del cumplimiento por parte de este personal de los requisitos exigidos en los pliegos. De Asimismo, y en el caso de que los licitadores hubiesen optado por presentar dentro del sobre 1 el DEUC, éstos deberán presentar también en este momento los documentos que acrediten la personalidad y capacidad del empresario, su representación, y aquellos que acrediten que dispone de la solvencia financiera y técnica requerida, así como que dispone de los medios comprometidos para la ejecución del contrato. Una vez recibida la documentación indicada en los apartados anteriores, la Dirección de Asesoría Jurídica, por delegación de la Mesa de Contratación, calificará la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos de los licitadores seleccionados que xxxxx optado por la presentación de la declaración responsable conforme al art. 146 del TRLCSP en el sobre 1, “Documentación legal” y por lo tanto, por la presentación de la documentación acreditativa en esta etapa, a efectos de comunicar los defectos u omisiones subsanables que aprecie, concediendo un plazo suficiente para su subsanación. Si los licitadores no cumplimentarse adecuadamente subsanan o lo hacen fuera de plazo, la Mesa de Contratación declarará que han retirado materialmente sus ofertas. En este supuesto, sólo en el requerimiento caso de que se apreciara posible falsedad procederá la aplicación de la prohibición de contratar que establece el artículo 60.1 e) del TRLCSP. Si la Mesa de Contratación no recibiese la documentación justificativa del artículo 151.2 del TRLCSP, en el plazo señaladomáximo establecido, se entenderá declarará que el licitador ha retirado materialmente su ofertaoferta con las consecuencias señaladas en el artículo 60.2 a) del TRLCSP, procediéndose en ese caso su caso. En ambos supuestos, la Mesa de Contratación procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Recibida la documentación en tiempo y forma, la Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, 17.1. A la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá vista de la siguiente forma para dirimir propuesta de la Mesa de Contratación, el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa órgano de contratación requerirá al licitador al/la licitador/a que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del que en el plazo xx xxxx (10) días hábileshábiles a contar desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, aporte presente la documentación que se indica a continuación: A.- Personalidad, representación y capacidad: el documento o documentos que acrediten la personalidad del/la empresario/a y la representación, en su caso, en la forma siguiente: 1) Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios/as individuales. 2) Si se trata de persona jurídica deberá presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberá presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los documentos probatorios correspondientes registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP. Los/as restantes empresarios/as extranjeros/as deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su personalidad jurídica y capacidad vez la participación de contratarempresas españolas en la contratación con la Administración, así en forma substancialmente análoga. 3) Cuando el/la propuesto/a como la documentación justificativa de que dispone adjudicatario/a actúe mediante representante, éste/a deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la capacidad existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar. Si fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. B.- Solvencia económica, -financiera y técnica o profesional: deberá aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.4 del presente Xxxxxx. En caso de que el/la propuesto/a como adjudicatario/a se base en la solvencia y medios de otras entidades conforme a la cláusula 4.4 de este pliego, además de la documentación exigida en los criterios señalados apartados anteriores firmada por la empresa que presta la solvencia o los medios, deberá presentar certificado, emitido por el órgano de dirección de la citada empresa, acreditativo de tal circunstancia. Las empresas que liciten en Unión Temporal de Empresas deberán acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional referidos a todas y cada una de ellas. C.- Empresas extranjeras (Estados no miembros de la Unión Europea): declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. D.- Obligaciones tributarias: 1) Justificar estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y último recibo de pago del impuesto. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe I.4.2. Del mismo modocorrespondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, se le requerirá que aporte debiendo completarse complementarse con una declaración responsable del/la documentación justificativa licitador/a de hallarse no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. 2) Al objeto de obtener los certificados acreditativos de la situación de estar al corriente en el cumplimiento de sus las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria, y con la seguridad social Tesorería General de la Seguridad Social de la empresa adjudicataria, y en virtud del Real Decreto 209/2003, de haber constituido 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la garantía definitiva conforme utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos, con la presentación de las proposiciones económicas y técnicas a lo dispuesto este procedimiento se entenderá que se autoriza expresamente a la Corporación Insular para solicitar y obtener en nombre de los licitadores, de oficio y por vía telemática, los certificados acreditativos de la situación de estar al corriente en el apartado II.7.2 siguientecumplimiento de las obligaciones tributarias del Estado, con la Comunidad Autónoma Canaria y con la Seguridad Social, no debiéndolos aportar, en su caso, el licitador propuesto como adjudicatario. De no cumplimentarse adecuadamente Cuando, como consecuencia de problemas técnicos, o cualquier otra circunstancia, sea imposible para esta Corporación obtener por vía telemática dichos certificados, se requerirá al licitador propuesto como adjudicatario para que sea éste el requerimiento que en el plazo señalado, de cinco (5) días hábiles presente los mismos. 3) La acreditación de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias del Cabildo Insular de Tenerife se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, obtendrá de oficio por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa órgano de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesióncontratación.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Educational Services

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en En el caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la aqu élla de mayor puntuación económica y, en caso de igualdad de puntuación económica será preferida l a proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan tenga en su plantilla un número mayor núm ero de trabajadores discapacitados superior discapacitados, siempre que ese número no sea inferior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá % de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con misma. Una vez analizadas las puntuaciones proposici ones de los licitadores , la mesa de contratación, por delegación del Órgano de Contratación, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a los criterios con mayor valoración de los establecidos adjudica ción señalados en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación apartado anterior y requerirá al a l licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días XXXX (10) DÍAS hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica contar desde el s iguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimie nto, presente aval definitivo por cada una de las contrataciones. La garantía deberá ser prestada mediante la presentación de un aval bancario, expedido por una entidad de reconocido prestigio, con obligación del pago a primer requerimiento, debidamente inscrit o en el Registro Especial de Avales, y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme con renuncia expresa a los criterios señalados en beneficios de excusión, orden y división. La duración del aval será indefinida hasta que el epígrafe I.4.2adjudicador autorice su cancelación. Del mismo modoSubsidiariamente, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto indicada podrá ser prestada mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de la caución, debiendo hacerse entrega del certificado del contrato. La Entidad Aseguradora, y el seguro de caución habrán de cumplir con los requisito s contenidos al respecto en el TRLCSP. El importe de la garantía ser á del 4% del importe de l precio del contrato . La garantía cubrirá la correcta ejecución de los servicios en los plazos previs tos, las penalizaciones que se contienen en el apartado II.7.2 siguiente28 y la indemnización por daños y perjuicios que se prevé en el apartado 30 . La devolución de la garantía al a djudicatario se realizará conforme con lo previsto en el artículo 102 del TRLCSP. Cuando, como consecuencia de una eventual modificación del contrato, el valor de los trabajos contratados experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto de los servicios vigentes en cada momento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su ofertaoferta , procediéndose en ese caso a recabar r ecabar la misma documentación al del licitador siguiente, siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa mesa de Contratación contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.

Appears in 1 contract

Samples: Service Contract

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas 13.1.1. Presentación de Documentación acreditativa de personalidad, representación y capacidad para contratar con el Sector Público. 13.1.2. Documentación necesaria para ser adjudicatario. 13.1.2.1. Acreditación de estar al corriente de las proposicionesObligaciones Tributarias y con la Seguridad Social. 1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la mesa LCAP: - Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en éste, cuando ésta sea reciente, y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma. El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable, firmada y sellada por el licitador o persona que lo represente. 2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. Las certificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores deberán ser expedidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la LCAP y, en su caso, podrán ser remitidas al órgano de contratación por delegación del Órgano vía electrónica, de Contratación clasificaráacuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto. No obstante lo anterior, por orden decrecienteel licitador propuesto como adjudicatario podrá solicitar que PROMOTUR obtenga de la Administración certificante la información que acredite que cumple las circunstancias indicadas, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadoressiempre que lo haya hecho contar y, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia así lo autorice en la adjudicación declaración responsable a que se refiere la cláusula 11.2.3.2 del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empateLos extranjeros, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para quesean personas físicas o jurídicas, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes pertenecientes o no a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone Estados miembros de la capacidad económicaUnión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, financiera y técnica conforme a los criterios señalados deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el epígrafe I.4.2. Del mismo modopaís de procedencia, se le requerirá que aporte la documentación justificativa acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus las correspondientes obligaciones tributarias y con tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la seguridad social y que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de haber constituido las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce (12) últimos meses. 13.1.2.2. Constitución de la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesióndefinitiva33.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Advertising and Fair Services

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una Entre las ofertas admitidas, una vez analizadas las proposicionesvaloradas estas según los criterios de adjudicación establecidos, se solicitará a la oferta que mayor puntuación total haya obtenido que, en el plazo máximo de 7 días desde el envío de dicha solicitud, presente, a través de PLENA, la mesa siguiente documentación (si hubiera una situación de contratación por delegación del Órgano empate será de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y aplicación lo previsto en el caso artículo 99 de igualdad entre dos la LFC): 1. Copia del NIF. 2. Escritura de constitución y/o más licitadoresmodificación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en su caso, inscrita en el momento Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberá aportarse la escritura o documento de acreditar constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscrito en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. 3. Poder notarial en el que se establezcan las facultades de representación de las personas firmantes de la proposición, o certificación del Registro Mercantil, justificativo de las facultades representativas. Los poderes generales, sujetos a inscripción en el Registro Mercantil, se presentarán con la justificación del cumplimiento de este requisito. 4. Documentación de acreditación de la solvencia técnicaeconómica y financiera, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los términos establecidos en el presente pliegoapartado 12 de las presentes Condiciones Reguladoras. 5. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa Documentación de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone acreditación de la capacidad económicasolvencia técnica o profesional, financiera y técnica conforme a en los criterios señalados términos establecidos en el epígrafe I.4.2apartado 13 de las presentes Condiciones Reguladoras. 6. Del mismo modoCompromiso de puesta a disposición de medios humanos. 7. Documentación acreditativa de tener implantado un sistema de aseguramiento de calidad en los términos establecidos en el apartado 13 de las presentes Condiciones Reguladoras. 8. Documentación de acreditación de la disposición de póliza de seguros, se le requerirá que aporte la documentación justificativa en los términos establecidos en el apartado 14 de las presentes Condiciones Reguladoras. 9. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento las obligaciones tributarias, lo que se llevará a cabo de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y siguiente manera: 10. Documento acreditativo de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto alta en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señaladoimpuesto sobre Actividades Económicas/Licencia Fiscal y último recibo del impuesto, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesióncuando sea exigible.

Appears in 1 contract

Samples: Gestión Y Coordinación Administrativa Financiera

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones1. Valorados los criterios valorables mediante fórmulas matemáticas, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificaráen sesión convocada a tal efecto, clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación; propuesta que no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto. 2. En el caso de igualdad que, tras la aplicación de los criterios de adjudicación, se produzca un empate entre dos o más licitadoresofertas, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras se resolverá mediante la aplicación del criterio anteriorartículo 147.2 de la LCSP. 3. Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa mejor oferta, para que, que dentro del plazo xx xxxx días hábileshábiles (o 5 en caso de tramitación urgente del expediente), aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratarcontar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, así como presente la documentación justificativa de las circunstancias que dispone se relacionan en los párrafos siguientes, si no se hubiese presentado con anterioridad, referidas tanto a dicho licitador como a aquellas empresas a cuyas capacidades éste hubiera. A) Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los empresarios, ya sean nacionales o extranjeros, y, en su caso, documentos acreditativos de la representación de quien actúe en nombre del licitador. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o de las certificaciones que se indican en el Anexo nº 1 del RGLCAP, en función de los diferentes contratos, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. A.5. Se presentará, en su caso, poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, así como copia de su Documento Nacional de Identidad o el que le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto, no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. A.6. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación, cada una acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente. Los licitadores que tengan la condición de personas jurídicas que no se hallen debidamente inscritos en el ROLECSP o en el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, o que estando inscritos no figure la información correspondiente, deberán presentar directamente ante los servicios dependientes del órgano de contratación copias autorizadas de los instrumentos públicos notariales y registrales donde se contienen sus estatutos o reglas fundacionales. En relación con la acreditación del apoderamiento, cuando los poderes de representación no figuren inscritos en el ROLECSP o en el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León o en su caso en el Registro general de apoderamientos a que se refiere el artículo 6 de la LPACAP, el propuesto como adjudicatario podrá presentar junto con el resto de la documentación, a través del registro electrónico, el formulario de Autorización de consulta de datos en el Consejo General del notariado, que tiene a su disposición en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx/xxx/xxxx/XxxxxxxxxxxxxxXxxxxxxxxxx/xx/Xxxxxxxxx000XxxxxxxXxxx /1251181050732/Tramite/1284395815261/Tramite o alternativamente y de forma presencial directamente ante los servicios dependientes del órgano de contratación copia autorizada del instrumento público en que se hubiera formalizado el poder. B) Acreditación de las solvencias económica y financiera y técnica o, en su caso, certificado de clasificación del contratista expedido por el órgano competente. B.1. En los contratos en los que por su cuantía no sea exigible el requisito de clasificación, los licitadores acreditarán su solvencia económica, financiera y técnica por los medios que se precisen en el cuadro de características del presente pliego. B.2. En los contratos en los que por su cuantía sea exigible el requisito de clasificación, se aportará certificado de clasificación o copia compulsada del mismo. Respecto a los no españoles de Estados miembros de la Unión Europea y de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que no estén clasificados, será suficiente que acrediten ante el órgano de contratación su capacidad económica y financiera y técnica, conforme a lo estipulado en los criterios señalados artículos 87 y 88 de la LCSP, por los medios que se precisen en el epígrafe I.4.2cuadro de características del presente pliego. B.3. Del La presentación por el licitador del certificado de clasificación, o copia auténtica del mismo modoexpedida por órgano competente, se le requerirá que aporte eximirá de presentar la documentación justificativa acreditativa de su solvencia económica, financiera y técnica si así se establece en el cuadro de características que encabeza este pliego. B.4. En caso de que la clasificación/solvencia exigida se supla mediante la integración con medios externos, deberá acompañarse de un compromiso de poner los medios necesarios para la ejecución del contrato a disposición del posible adjudicatario del mismo. C) Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y (no será necesario su aportación si se ha prestado autorización expresa de acceso a estos datos al presentar la licitación en la PLACSP). D) Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas si se produjo en ejercicio corriente o, en caso contrario, último recibo del impuesto, completado, en ambos casos, con una declaración de no haberse dado de baja en la seguridad matrícula del citado impuesto. E) Certificado de estar inscrita la Sociedad en el Registro de Empresas acreditadas como contratistas en el sector de la construcción correspondiente al territorio de la Comunidad Autónoma donde radique su domicilio social y o solicitud de haber constituido inscripción en dicho Registro, en el supuesto de que la empresa adjudicataria pretenda intervenir en procesos de subcontratación. F) Constitución de la garantía definitiva conforme a de conformidad con lo dispuesto establecido en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa cláusula nº 15 de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesióneste pliego.

Appears in 1 contract

Samples: Construction Contract

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas Para determinar la oferta más ventajosa económicamente se atenderá, en principio, a los siguientes aspectos: - La experiencia profesional de los licitadores en auditorías en asociaciones, fundaciones, empresas públicas, entidades empresariales públicas y entidades que gestionan subvenciones públicas. - La habitualidad en sus actuaciones profesionales. - Plazos de ejecución y equipamientos técnicos e informáticos. Los criterios objetivos que han de servir para baremar las proposicionesofertas presentadas, serán los siguientes: Precio ofertado, incluidos todos los impuestos, especialmente IVA. Máximo 65 puntos Plan de trabajo: Contenido técnico, programación y metodología. Incluye la experiencia del auditor. Máximo 20 puntos Clausulas sociales Máximo 15 puntos Mejoras Máximo 5 puntos Total: 100 puntos En el precio ofertado se deberá llevar a cabo un desglose sobre cómo se conforman los honorarios de los licitares. En particular, debe pormenorizarse los horarios procedentes a cada una de las áreas anteriormente referidas. Dentro del plan de trabajo se atenderá al grado de detalle expuesto, la mesa concreción de contratación por delegación del Órgano la asignación y definición de Contratación clasificarálos responsables y responsabilidades, por orden decreciente, las proposiciones presentadas el rigor y coherencia de los profesionales intervinientes y el plan general y experiencia de los licitadores. Dentro los criterios englobados en el caso concepto clausulas sociales se atenderá a las entidades en las que concurran, siempre que se haya acreditado debidamente: - Personal con discapacidad - Entidades empresariales de la economía social - Empresas que tengan la marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad entre dos o más de oportunidades. - Empresas que tengan acreditadas medidas para la protección del medio ambiente y la biodiversidad. - Entidades colaboradoras con FAMSI Las condiciones xxx xxxxxx podrán ser mejoradas por los licitadores, será preferida indicando la proposición presentada por aquella empresa que en el momento mejora de acreditar forma separada a la solvencia técnicaoferta técnica o económica. Dentro de la ponderación máxima asignada al concepto mejoras, tengan en su plantilla hasta un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras 50% se dispondrá a la mejora de las que hubieren empatado en cuanto cláusulas sociales. FAMSI se reserva la posibilidad de adjudicar a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá una Entidad los distintos servicios objeto de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.contratación

Appears in 1 contract

Samples: Professional Services

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposicionesEn consecuencia, la mesa el día 24 de contratación por delegación noviembre de 2021 el funcionario público responsable del Órgano procedimiento de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso liquidación del consorcio formuló propuesta razonada de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantillacontrato, cuyos razonamientos se incorporan al presente acto administrativo. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá Remitida dicha propuesta a informe de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad asesoría jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente artículo 118 del Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, propuesta a la que posteriormente se añadió a los mismos efectos un borrador de escritura del contrato de compraventa, el requerimiento en día 14 de febrero de 2022 la Letrada de la Comunidad de Madrid xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx y el plazo señaladoLetrado Jefe de la Subdirección General de Asistencia Jurídica Convencional, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso Asuntos Constitucionales y Estudios de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid emitieron informe favorable a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta del contrato en los términos propuestos, así como a su formalización a partir de la sesión.minuta de escritura pública remitida, si bien condicionaron el sentido favorable del informe a la constancia expresa de la aceptación por parte del adjudicatario propuesto de los términos y condiciones generales de la venta. Por este motivo, la sociedad Parcesa Parques de la Paz, S.A. fue requerida para la aportación de una declaración de aceptación de los términos y condiciones del contrato expresados en el pliego de condiciones particulares y en el borrador de la escritura pública de compraventa, requerimiento que fue correctamente cumplimentado por la empresa el día 16 de febrero de 2022, no sin antes advertir que ya había realizado una declaración análoga con su oferta económica de 27 de septiembre de 2021. Conforme a lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas como titular del órgano liquidador del consorcio y en ejercicio de las delegadas por el consejo de administración, a propuesta del funcionario público responsable del procedimiento de liquidación del consorcio,

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Direct Sale of Land

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa 1.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado cuya oferta considere justificadamente como la oferta económicamente más ventajosa mejor, para que, dentro del plazo xx xxxx días hábileshábiles desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, aporte presente la siguiente documentación de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP: - Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarías con la misma. El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de las obligaciones tributarías que dispone se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la capacidad económicaLCAP, financiera y técnica conforme a los criterios señalados habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. La acreditación de estar al corriente en el epígrafe I.4.2cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. Del mismo modoEn el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se le requerirá habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. Las certificaciones a que aporte se refieren las cláusulas anteriores deberán ser expedidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la documentación justificativa LCAP y, en su caso, podrán ser remitidas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto. Sin perjuicio de lo anterior, el Ayuntamiento podrá comprobar de oficio la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado. Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus las correspondientes obligaciones tributarias y con tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento habrá de referirse a los doce últimos meses. 2.- Asimismo, y en el plazo señaladoindicado xx xxxx días hábiles, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso propuesto adjudicatario deberá aportar la documentación que se relaciona a recabar continuación acreditativa de cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertasadministración (art. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión146.4 del TRLCSP).

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones, la mesa de contratación por delegación del Órgano de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratar, así como la documentación justificativa de que dispone de la capacidad económica, financiera y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modo, se le requerirá que aporte la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 II.5.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.

Appears in 1 contract

Samples: Insurance Policy Agreement

PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. II.7.1 Una vez analizadas La Mesa de contratación, con el apoyo técnico que crea conveniente analizará y deliberará sobre las proposicionesofertas en sesión privada, podrá solicitar las aclaraciones en relación a la mesa documentación, para poder valorar su contenido, y formulará su propuesta en aplicación de los criterios de valoración, sin atenerse necesariamente al licitador que formuló la oferta más económica. Los acuerdos de la Mesa tendrán siempre carácter provisional, por lo cual no serán susceptibles de impugnación y no crearán ningún derecho a favor del licitador ante el Consorci Mar Parc de SaluT de Barcelona, mientras no exista acuerdo del órgano de contratación. La Mesa de contratación elevará su propuesta de adjudicación al órgano de contratación, con traslado del expediente que estará formado por delegación la siguiente documentación: • Las proposiciones y la documentación complementaria. • Las Actas de las sesiones celebradas por la Mesa de Contratación. • Los informes jurídicos y técnicos que se hayan emitido por escrito. • La propuesta de adjudicación de la Mesa al órgano de contratación. • Las reclamaciones formuladas dentro del Órgano de Contratación clasificaráplazo para los licitadores. De acuerdo con lo que establece la disposición adicional 4ª del TRLCSP, por orden decreciente, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato las proposiciones presentadas y en el caso de igualdad entre dos o más licitadores, será preferida la proposición presentada por aquella empresa las empresas que en el momento de acreditar la solvencia técnicatécnica exigida en este Pliego, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados con discapacidad superior al 2%2 por 100, siempre que sus proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que tienen que servir de base por la adjudicación. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren han empatado en cuanto a la proposición más ventajosa ventajosa, acreditan tener que tienen relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100ciento, tendrá tiene preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje superior de trabajadores fijos con discapacidad en a su plantilla. De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se procederá de la siguiente forma para dirimir el empate: - Se acudirá a la mayor puntuación otorgada, de conformidad con las puntuaciones de los criterios con mayor valoración de los establecidos en el presente pliego. - Si persiste el empate, se decidirá mediante sorteo. La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado podrá calificar las proposiciones económicas como desproporcionadas o temerarias de conformidad con el apartado 1.1 de la cláusula 17 de este Pliego. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la Mesa de contratación podrá considerar la relación entre solvencia de la empresa y la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, aporte presentada (art. 85.6 de RLCAP). En este caso se requerirá solicitud previa de información a todos los documentos probatorios correspondientes a su personalidad jurídica y capacidad de contratarlicitadores que supuestamente estén comprendidos, así como la documentación justificativa de que dispone una justificación de la capacidad económicaviabilidad de la ejecución del contrato con el precio propuesto y también el asesoramiento técnico del servicio correspondiente, financiera art. 152 del TRLCSP. Si la justificación de la empresa a juicio de la Mesa de contratación y técnica conforme a los criterios señalados en el epígrafe I.4.2. Del mismo modola vista del mencionado informe no fuera suficiente, se le requerirá que aporte la documentación justificativa propuesta será rechazada y acordará la adjudicación a favor de hallarse al corriente en el cumplimiento la proposición más ventajosa de sus obligaciones tributarias y acuerdo con la seguridad social y de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado sido clasificadas las ofertas. La Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto en conformidad con el acta de la sesiónart. 151 del TRLCSP.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services