PROTECCIÓN DE DATOS La empresa adjudicataria se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del contrato, observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, así como conforme a las concretas instrucciones recibidas del SERVICIO MURCIANO DE SALUD, no utilizando los datos para ningún otro propósito distinto a la prestación de los suministros o servicios a favor del SERVICIO MURCIANO DE SALUD. Asimismo, la empresa se compromete a observar el secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier datos que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de los suministros o servicios prestados, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por el SERVICIO MURCIANO DE SALUD como responsable del fichero. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo. La empresa asegurará y se responsabilizara de que sus empleados y/ o colaboradores, reciban los datos únicamente en la medida en que sea necesario su conocimiento para la prestación del suministro o servicio pactado La empresa se compromete a crear y mantener un registro actualizado de usuarios de la empresa que manejan ficheros sometidos a este acuerdo de confidencialidad y a asegurarse del cumplimiento de las medidas de seguridad de nivel alto establecidas en el Real Decreto 994/ 1999. La empresa, se compromete a observar las medidas de seguridad correspondientes al tratamiento de los datos personales del SERVICIO MURCIANO DE SALUD a los que tiene acceso, de acuerdo al nivel de protección establecido en el Reglamento de medidas de seguridad de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal contenido en el Real Decreto 994/ 1999 o en cualquier otra norma que lo sustituya o modifique. En el supuesto de que la empresa, destine los datos a finalidad distinta de la estipulada, los comunique o utilice incumpliendo las instrucciones fijadas en el presente contrato, será considerada también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido. El Servicio Murciano de Salud se reserva el derecho de comprobar e inspeccionar en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, el cumplimiento de lo aquí expuesto siempre que medie un preaviso de 15 días. La Empresa se compromete a facilitar la inspección, poniendo a disposición de SERVICIO MURCIANO DE SALUD sus instalaciones y/ o todos aquellos datos, información, documentación que sea necesaria para la realización de la misma. Si fruto de dicha comprobación fuese necesario implantar medidas de seguridad adicionales a las previamente acordadas, la Empresa estará obligada a la implantación de dichas medidas a su cargo. La empresa se compromete a devolver al SERVICIO MURCIANO DE SALUD los datos objeto de tratamiento, soportes o documentos en que estos consten, así como a destruir aquellos según las instrucciones del responsable del tratamiento, una vez cumplida la prestación contractual El adjudicatario responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, liberando a la Gerencia del Área de Salud II de cualquier responsabilidad sobre el mismo. Para evitar cualquier incidente medioambiental, el adjudicatario adoptará con carácter general las medidas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los clasificados como peligrosos. El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación vigente que sea de aplicación al trabajo realizado. En concreto, se deberán tomar las medidas adecuadas para asegurar el cumplimiento de la legislación en materia de emisiones a la atmósfera, vertidos a la red de saneamiento y ruidos, teniéndose éstos también en cuenta a la hora del uso de maquinaría. La Gerencia del Área de Salud II podrá recabar del adjudicatario demostración de la formación en materia medioambiental o instrucciones específicas recibidas por el personal para el correcto desarrollo del trabajo. Sin ánimo de exhaustividad, a continuación se relacionan algunas de las prácticas a las que el adjudicatario se compromete para la consecución de una buena gestión medioambiental: Limpieza y retirada final de envases, embalajes, basuras y todo tipo de residuos generados en la zona de trabajo, si los hubiera. Almacenamiento y manejo adecuado de productos químicos y mercancías o residuos peligrosos, cuando sea el caso. Prevención de fugas, derrames y contaminación del suelo, arquetas o cauces, con prohibición de la realización de cualquier vertido incontrolado. Uso de contenedores y bidones cerrados, señalizados y en buen estado, si se da el caso. Segregación de los residuos generados, teniendo especial atención con los peligrosos. Restauración del entorno ambiental alterado. El adjudicatario se compromete a suministrar información inmediata a la Gerencia del Área de Salud II sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca en el curso del trabajo que se le confía, pudiéndose recabar con posterioridad un informe escrito referente al hecho y sus causas. Ante un incumplimiento de estas condiciones medioambientales, la Gerencia del Área de Salud II, podrá repercutir al adjudicatario el coste económico directo o indirecto que suponga dicho incumplimiento. En el caso de los productos destinados a su utilización en los centros de Salud u Hospitales de la Gerencia del Área de Salud II, el adjudicatario deberá tender, siempre que sea posible, a los siguientes criterios medioambientales: Embalaje primario de los productos. Inocuidad de los componentes. Biodegradabilidad. Contenido de materiales reciclados. Posibilidad de reutilización y reciclado. Servicio posventa de recogida y reciclado de materiales, envases, embalajes, basuras y todo tipo de residuos generados. Producto fabricado bajo un Sistema de Gestión Medioambiental.