Relaciones con los usuarios. El arrendatario vendrá obligado, en sus relaciones con los usuarios a ajustarse a las prescripciones del Ayuntamiento, los cuales tienen derecho al establecimiento y funcionamiento del servicio, derecho de admisión al servicio, cumpliendo los requisitos establecidos en el reglamento que lo regule.
Relaciones con los usuarios. El adjudicatario vendrá obligado, en sus relaciones con los usuarios a ajustarse a las prescripciones establecidas en el presente pliego, así como las directrices que desde el Ayuntamiento se puedan ir dictando durante el plazo de duración del contrato. Se deberán respetar los principios de no discriminación por razón de la nacionalidad, sexo, religión u opinión, o cualquier otra circunstancia personal o social, ni aun so pretexto del derecho de admisión.
Relaciones con los usuarios. El Reglamento y las órdenes del Servicio regularán las relaciones con los usuarios, promoviendo, en todo momento, el incremento de la capacidad de respuesta del Ayuntamiento en lo que afecte al Servicio.
Relaciones con los usuarios. 26.1.- El reglamento y las órdenes del servicio regularán las relaciones con los usuarios, promoviendo, en todo momento, el incremento de la capacidad de respuesta de la Mancomunidad en lo que afecte al servicio.
26.2.- Asimismo, el concesionario, deberá llevar un libro de reclamaciones debidamente diligenciado por el organismo competente, el cual estará a disposición de los usuarios. En dicho libro, se recogerán las reclamaciones que éstos efectúen, una copia de las cuales deberá ser enviada por el concesionario a la Mancomunidad, dentro de los dos días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.
Relaciones con los usuarios. CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO La obligación por parte del servicio de agua de contratar y suministrar agua potable y alcantarillado a domicilio a los inmuebles del término municipal será exigible únicamente cuando en la calle o plaza de que se trate exista canalización o conducción que permita efectuar la toma o acometida de manera normal o regular, y estén situados en suelo urbano. Cuando no existan las tuberías o red general, no podrá exigirse la contratación si no es con arreglo al siguiente procedimiento: El concesionario, teniendo en cuenta las características del inmueble y otras fincas adyacentes en cuanto a los servicios, confeccionará un informe y el presupuesto correspondiente, en el que se incluirá, si fuese técnicamente necesario, la ampliación de la red existente a lo largo de toda la fachada del nuevo usuario. El usuario, a la vista del presupuesto, dispondrá de un plazo de un mes para aceptar dicho presupuesto, en cuyo caso, una vez satisfecho su importe, el concesionario procederá a la realización de la obra. De no aceptar el presupuesto, el usuario podrá realizar la obra directamente, si bien bajo la vigilancia y condiciones técnicas (trazados, tipos de materiales, protecciones, etc.) establecidas por el concesionario. En todo caso, la conexión de la nueva red a la red general, la realizará siempre el concesionario, corriendo estos gastos a cargo del peticionario. Será condición necesaria para realizar esta conexión, el visto bueno por parte del concesionario de la nueva red a conectar. No podrá exigirse el servicio en aquellas zonas en que, por dificultades técnicas, no pueda garantizarse un servicio regular o con la suficiente calidad requerida por la normativa vigente.
Relaciones con los usuarios. Título V. Régimen financiero de la concesión.
Relaciones con los usuarios. 13.1 El Concesionario facilitará a las empresas ferroviarias el conjunto de las prestaciones y el acceso por la red a las infraestructuras de los servicios enumerados en el anexo 9, así como cualesquiera otras prestaciones exigidas por las normas aplicables o convenidas con los usuarios.
13.2 Con observancia de las normas comunitarias y, en particular, de la Directiva 2001/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 xx xxxxx de 2001, así como de las normas nacionales de trasposición de la misma, de los reglamentos aplicables a la Sección Internacional y del contenido del anexo 7, el Concesionario: − Elaborará y publicará una declaración sobre la red, que someterá a la Comisión Intergubernamental, al objeto de que ésta formule observaciones, al menos 6 (seis) meses antes de la fecha prevista para la Puesta en Servicio y, en lo sucesivo, al menos 2 (dos) meses antes de toda modificación significativa de dicha declaración. − Adjudicará –en coordinación con los entes gestores de las infraestructuras ferroviarias adyacentes– las capacidades de la Sección Internacional. − Podrá concluir acuerdos marco con las empresas ferroviarias u otros candidatos que reúnan los requisitos para la adquisición de una parte de las capacidades de la Sección Internacional, otorgándoles derechos de utilización de la Sección Internacional por una duración superior a un período de vigencia del horario de servicio.
13.3 El Concesionario establecerá como mínimo un centro permanente de información abierto al público, así como un sistema de información a distancia para los usuarios, especialmente en los supuestos de interrupción prolongada de la circulación por la Sección Internacional.
Relaciones con los usuarios. El Reglamento que, en su caso, elabore la Mancomunidad y las propias Ordenanzas municipales de recogida de residuos, regularán las relaciones de la adjudicataria del servicio con los usuarios, promoviendo en todo momento, la transparencia, la agilidad de respuesta y el aumento de la calidad percibida por el usuario. Asimismo, el adjudicatario, deberá llevar un registro de reclamaciones y de las acciones realizadas para su subsanación, debidamente validado por la Mancomunidad utilizando cualquier plataforma eficaz de comunicación en red. En caso de optar por una plataforma on line, la Mancomunidad tendrá acceso como administrador a la misma. El adjudicatario promoverá y potenciará la educación ambiental de los ciudadanos, la separación de las distintas fracciones de residuos, el correcto uso de contenedores y en definitiva deberá sentirse participe de las inquietudes del colectivo al que va a pertenecer durante el período de duración del contrato.
Relaciones con los usuarios. El adjudicatario y el personal con que efectivamente preste el Servicio, deberán tratar a los usuarios con la corrección y diligencia propias de este tipo de servicios.
Relaciones con los usuarios. 31 30.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 31 31.- ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA 32
31.1.- Condiciones generales 32
31.2.- Condiciones especiales del contrato 33