Relaciones. No existe relación directa ni indirecta de propiedad, negocios o parentesco entre el Banco Representante de los Tenedores de Bonos y los principales accionistas o socios y administradores del Emisor.
Relaciones. CONTRACTUALES.- El “PROVEEDOR” se constituye como único patrón del personal que ocupe para proporcionar los “BIENES” objeto de este Contrato manifiesta que cuenta con los elementos propios y suficientes para responsabilizarse de las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo. En consecuencia es el único responsable de las obligaciones en virtud de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social; el “PROVEEDOR” conviene por lo mismo en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de la “SECRETARÍA” en relación con los servicios objeto de este contrato, obligándose a deslindar de toda responsabilidad a la “SECRETARÍA” en ningún caso tendría el carácter de patrón sustituto o solidario de los trabajadores del “PROVEEDOR”. Asimismo, el “PROVEEDOR” responderá ante terceros, por cualquier responsabilidad o reclamación civil, mercantil, penal, profesional o de cualquier otra índole en que incurra el personal que utilice en el suministro de los “BIENES” objeto de este Contrato, liberando a la “SECRETARÍA” de cualquier responsabilidad al respecto.
Relaciones. Fortalecer el relacionamiento xxx XXXX con sus grupos de interés a partir de la generación de vínculos de confianza y equidad. Línea 1- Generar espacios de interacción, conversación, aprendizaje e intercambio entre las diversas áreas xxx XXXX con el fin de facilitar el desarrollo de una cultura SENA más humana, competitiva y responsable, basada en la vivencia de principios éticos, la solidaridad, inclusión y reconocimiento de la diversidad.
Relaciones. 1. No podrá invocarse ninguna disposición del Acuerdo o relacionada con él para establecer o crear entre cualquiera de las Partes una relación de empleador y empleado o de mandante y agente. Los empleados, funcionarios, representantes y agentes de una de las Partes no podrán ser considerados de modo alguno como empleados o agentes de cualquier otra Parte.
Relaciones. 15.2. ÉL BUSCA ELLA OFERTA
Relaciones. 2.19.1 Subcontratista:
Relaciones. 3. Procedimientos de Gestión, Control y Calidad del Servicio. Se incluirá en este apartado la descripción de las medidas dispuestas por el licitador para asegurar la calidad de los trabajos, así como aquellas otras que se prevé aplicar para vigilar y garantizar el adecuado cumplimiento del contrato
Relaciones. 4. Casa y Hogar 10. Informática 16. Masajes
Relaciones. 9.1. Subcontratistas: La Contratista solamente podrá subcontratar parte de los trabajos si media la previa conformidad escrita de la Corporación, la que podrá requerir los antecedentes que estime necesarios. Lo antedicho no exime a la Contratista de sus obligaciones para con la Corporación. La Inspección podrá exigir a la Subcontratista su conocimiento y conformidad de las especificaciones pertinentes. La Contratista deberá proponer sus subcontratos con una antelación mínima de cinco (5) días al comienzo de los trabajos respectivos; ello sin perjuicio de presentar a los cinco (5) días del comienzo de la obra, la nómina de subcontratistas que proyecta utilizar. La Contratista fiscalizará que la Subcontratista cumplimente, la obligación de suscribir contrato de afiliación con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y denuncien las altas y bajas de trabajadores mes a mes.
Relaciones. Apartado 1.2 de éste Anexo. - Ubicaciones Propias, Arrendadas y en comodato. Apartado 1.3 de éste Anexo. - Equipo de Contratistas: Tractores Apartado 1.4 de éste Anexo. - Unidades Móviles. Apartado 1.5 de éste Anexo. - Automóviles y Camiones SINIESTRALIDAD Apartado 1.6 de éste Anexo.