Secuestro Cláusulas de Ejemplo

Secuestro. El Asegurador reembolsará 50€ cada 24 horas, hasta el máximo de 2.000€, cuando el Asegurado permanezca detenido ilícitamente o bajo la amenaza de quien pretenda controlar de modo ilegal el avión o medio de transporte en el que viaja el asegurado. Quedará excluida de esta póliza, cualquier implicación por parte del propio asegurado, sus familiares o socios.
Secuestro. Acto por el cual se priva de libertad, de forma ilegal, a una persona o grupo de personas, durante un tiempo indeterminado y con el objetivo de conseguir un monto de dinero por el rescate.
Secuestro. La Administración Xxxxx, de oficio o a petición de la Sociedad Concedente, podrá acordar el secuestro de la concesión –previa audiencia de la Sociedad Concesionaria– en los casos en que la Sociedad Concesionaria no pueda hacer frente a la construcción y explotación de la obra pública, temporalmente y con grave daño social, por causas ajenas a la misma o incurra en un incumplimiento grave de sus obligaciones que pusiera en peligro la ejecución del contrato de concesión. El acuerdo será notificado a la Sociedad Concesionaria, otorgándosele un plazo para que lleve a cabo el cumplimiento estricto de las obligaciones comprometidas y, en caso de no corregirse las deficiencias, se procederá a ejecutar el secuestro de la concesión, correspondiendo a la Sociedad Concedente la ejecución del contrato y la percepción de las contraprestaciones establecidas, pudiendo emplear el mismo personal y material utilizado por la Sociedad Concesionaria. A tal efecto la Sociedad Concedente designará a uno varios Interventores que asumirán plena o parcialmente las funciones de los órganos de dirección de la Sociedad Concesionaria con las facultades que se establezcan en el acto de nombramiento. Durante el secuestro, la ejecución del contrato se realizará por cuenta y riesgo de la Sociedad Concesionaria a quien, una vez finalizado aquél, se le entregará el saldo que resulte después de satisfechos todos los gastos originados por el secuestro, incluidas las retribuciones de los Interventores, y deducidas, en su caso las penalidades impuestas. La Administración Xxxxx, de oficio o a petición de la Sociedad Concedente, podrá acordar el cese del secuestro de la concesión cuando resulte acreditada la desaparición de las causas que lo hubieran motivado y la Sociedad Concesionaria justifique estar en condiciones de proseguir con la normal y correcta prestación de los servicios precisos para la ejecución del contrato.
Secuestro. Retener indebidamente a una persona para exigir dinero por su rescate, o para otros fines.
Secuestro. Acto por el cual se priva de libertad, de forma ilegal, a una persona o grupo de personas, durante un tiempo indeterminado y con el objetivo de conseguir cualquier lucro indebido.
Secuestro cuando se priva ilegalmente de la libertad a una persona o grupo de personas durante un tiempo determinado, con el objetivo de conseguir un rescate en dinero o especie o el cumplimiento de otras exigencias en Perjuicio del o los secuestrados o de Terceros.
Secuestro. En caso de producirse un secuestro, la compañía reembolsará los gastos de viaje y alojamiento, incurridos como consecuencia de tal secuestro, para que los familiares en primer grado del Asegurado puedan acudir al lugar del mismo y hasta un máximo de 5.000 € En ningún caso, si el Asegurado tuviera más de una Tarjeta de American Express, la compañía estaría obligada a indemnizar en exceso de las sumas aseguradas.
Secuestro. Raptar o retener o detener indebidamente a una o más personas para exigir dinero y/o valores y/u otros bienes, por su rescate o liberación.
Secuestro. Raptar o retener o detener indebidamente a una o más personas para exigir dinero y/o valores y/u otros bienes, por su rescate o liberación. 1.23. TITULO – VALOR: Para los efectos de esta póliza se entiende todo cheque bancario, letra de cambio, pagaré, acción, giro, orden de pago.