SEGUROS Y RESPONSABILIDADES Cláusulas de Ejemplo

SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. 9.1. Al ser un estudio observacional el investigador deberá limitarse a observar la realidad sin modificarla, sin introducir activamente la intervención farmacológica, y sin realizar visitas o pruebas extraordinarias. En ningún caso podrán utilizarse los medicamentos cuya observación se realiza en este estudio para indicaciones no autorizadas o en condiciones de uso diferentes a las establecidas en la ficha técnica de los mismos, garantizando el PROMOTOR y el INVESTIGADOR que así se cumplirá. 9.2. En todo caso, el CENTRO acuerda notificar al PROMOTOR cada vez que tenga conocimiento de una querella, denuncia, reclamación o acción legal, real o potencial si es conocida. DECIMA.-
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. 12.1. El Promotor del presente ensayo tiene contratado un seguro de responsabilidad civil, que cubre las responsabilidades legales en los términos establecidos por la normativa de ensayos clínicos y la normativa en materia de contratación de seguros en nuestro país. Se debe adjuntar póliza y justificantes de pago de la misma. El Promotor se compromete a mantener la cobertura del seguro durante todo el tiempo de duración del ensayo.
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. 12.1. El Promotor del Ensayo Clínico tiene contratado un seguro de responsabilidad civil, que cubre las responsabilidades legales en los términos establecidos por la normativa de ensayos clínicos y la normativa en materia de contratación de seguros española. Dicha póliza incluye también en su ámbito de cobertura, y así lo explicita, al Investigador Principal y colaboradores, al Centro y a la Fundación. El certificado de la póliza se adjunta al presente contrato en el Anexo IV. El Promotor se compromete a mantener la cobertura del seguro durante todo el tiempo de duración del Ensayo Clínico. En el supuesto de ampliación del número de pacientes, el Promotor se compromete a ampliar la cobertura del correspondiente seguro. 12.2. En todo caso, las Partes acuerdan notificarse de forma inmediata aquellas querellas, denuncias, reclamaciones o acciones legales, reales o potenciales si son conocidas que se dirijan contra cualquiera de las Partes. DECIMO TERCERA. -
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. 12.1.- El Promotor del presente ensayo tiene contratado un seguro de responsabilidad civil, que cubre las responsabilidades legales en los términos establecidos por la normativa de ensayos clínicos y la normativa en materia de contratación de seguros en nuestro país. Se debe adjuntar póliza y justificantes de pago de la misma. El Promotor se compromete a mantener la cobertura del seguro durante todo el tiempo de duración del ensayo. En el supuesto de ampliación del número de pacientes, el promotor se compromete a ampliar la cobertura del correspondiente seguro. 12.2.- En todo caso, el CENTRO acuerda notificar al PROMOTOR cada vez que tenga conocimiento de una querella, denuncia, reclamación o acción legal, real o potencial si es conocida. DECIMOTERCERA.
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. 11.1. El Promotor del Proyecto de Investigación tiene contratado un seguro de responsabilidad civil, que cubre las responsabilidades legales en los términos previstos por la normativa en materia de Investigación Biomédica y garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios. Dicha póliza incluye también en su ámbito de cobertura, y así lo explicita, al Investigador Principal y colaboradores, al Centro y a la Fundación. El certificado de la póliza se adjunta al presente contrato en el Anexo IV. El Promotor se compromete a mantener la cobertura del seguro durante todo el tiempo de duración del Proyecto de Investigación. En el supuesto de ampliación del número de pacientes, el Promotor se compromete a ampliar la cobertura del correspondiente seguro.
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. Previamente a dar comienzo la utilización del estacionamiento, los concesionarios, o la Comunidad de Concesionarios en su caso, deberá suscribir una Póliza que cubra a todo riesgo durante el tiempo de la concesión los inmuebles y sus instalaciones, de la que será beneficiario el Ayuntamiento, asumiendo el pago de las primas y debiendo depositar en el Ayuntamiento la póliza, considerándose como falta grave la falta de abono de los recibos a su vencimiento. Dicha póliza cubrirá asimismo la Responsabilidad Civil frente a terceros por los accidentes, daños o perjuicios que puedan ocasionarse por las instalaciones o por las actividades que se realicen en ellas. Las correspondientes Pólizas dispondrán de una cláusula de revalorización automática en función de los incrementos que experimente el índice de precios al consumo trianualmente. El Ayuntamiento o empresa gestora podrán solicitar los justificantes del pago regular de las primas y la revisión o actualización de riesgos e indemnizaciones.
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. 12.1. El Promotor del Ensayo Clínico tiene contratado un seguro de responsabilidad civil, que cubre las responsabilidades legales en los términos establecidos por la normativa de ensayos clínicos y la normativa en materia de contratación de seguros española. Dicha póliza incluye también en su ámbito de cobertura, y así lo explicita, al Investigador Principal y colaboradores, al Centro y a la Fundación. El certificado de la póliza se adjunta al presente Contrato en el Anexo IV. El Promotor se compromete a mantener la cobertura del seguro durante todo el tiempo de duración del Ensayo Clínico. En el supuesto de ampliación del número de pacientes, el Promotor se compromete a ampliar la cobertura del correspondiente seguro.
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. 12.1. El PROMOTOR del presente ENSAYO CLÍNICO tiene contratado un seguro de responsabilidad civil, que cubre las responsabilidades legales en los términos establecidos por la normativa de ensayos clínicos y la normativa en materia de contratación de seguros en nuestro país. Se debe adjuntar póliza y justificantes de pago de la misma. El PROMOTOR se compromete a mantener la cobertura del seguro durante todo el tiempo de duración del ENSAYO CLÍNICO. 12.2. En todo caso, el CENTRO acuerda notificar al PROMOTOR cada vez que tenga conocimiento de una querella, denuncia, reclamación o acción legal, real o potencial si es conocida. DECIMOTERCERA.-
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES deberá contratar póliza de seguro y abonar las primas correspondientes que cubran la responsabilidad civil relativa al ensayo, según lo aprobado por el CEICA para este ensayo. El importe mínimo asegurado por sujeto del ensayo será de: €. Para la salvaguarda de las responsabilidades a que hubiere lugar, las partes entienden como correcta la póliza de seguro suscrita con la compañía ...................................................., número de póliza ............................................. con domicilio social en , certificando que la póliza de seguro suscrita se adapta al Real Decreto 223/2004.
SEGUROS Y RESPONSABILIDADES. 11.1. De acuerdo con las directrices establecidas en el punto 6.1 de la Orden SAS/3470/2009 de 16 de diciembre, los estudios posautorización de tipo observacional están exentos de la obligatoriedad de suscripción de un seguro.