Separación Cláusulas de Ejemplo

Separación. Para el propósito de esta Póliza, sólo constituyen separación paredes macizas sin aberturas o con ellas protegidas por puertas o ventanas contra incendio, y cuyas paredes sobrepasen en 90 centímetros el nivel del techo más alto salvo cuando tales techos sean de concreto. Las aberturas para el peso de transmisiones no se considerarán como tales.
Separación. Hasta donde sea permitido por la ley aplicable, la ilegalidad o no exigibilidad de cualquier disposición del presente Acuerdo de ninguna manera afectará ni afectará la legalidad o exigibilidad de las disposiciones restantes del presente Acuerdo.
Separación. Las operaciones de Exploración, Evaluación, Desarrollo y Producción de Hidrocarburos en Trampas deben mantenerse separadas e independientes de aquellas en Rocas Generadoras. Esta obligación no impide que el Contratista pueda emplear elementos de infraestructura comunes ni compartir procedimientos técnicos, información y facilidades de superficie para el desarrollo de los dos (2) Tipos de Acumulaciones.
Separación. Si alguna parte de este Contrato por cualquier razón no fuera válida, fuera ilegal o imposible de ejecutar, la validez, legalidad y aplicabilidad de las otras cláusulas de este Contrato no serán afectadas.
Separación. Si a lg u na d is posición de e st a s Co nd ic xxxx s se co nside ra ra ile g a l, nu la o po r cu a lq u ie r ra zó n in a p lic a b le , d ic h a d is p o s ic ió n se co nside ra rá se pa ra b le de e st a s Co n d ic io n e s y n o a fe c t a rá la va lid e z y a p lic a b ilid a d d e la s d isp o s ic io n e s re st a n t e s.
Separación. La separación y recogida de desechos de mercurio son factores fundamentales en el manejo ambientalmente racional porque, si esos desechos son eliminados simplemente como desechos sólidos urbanos sin separarlos de ningún modo, el mercurio contenido en los desechos puede ser liberado al medio ambiente a causa del vertimiento o la incineración.
Separación. Conforme a lo pactado precedentemente, en el evento de que el Contratista (Individual o Plural) se encuentre Habilitado por la ANH para explorar y producir Hidrocarburos provenientes de Yacimientos No Convencionales y de Yacimientos Convencionales en la misma Área Asignada, cada proceso de Exploración o Evaluación, debe mantenerse separado e independiente uno del otro. Además, ninguno de los compromisos, obligaciones, plazos y términos de uno, pueden extenderse ni se aplican al otro. Las anteriores circunstancias no impiden que el Contratista (Individual o Plural) pueda emplear elementos de infraestructura comunes, ni compartir procedimientos técnicos, información y facilidades de superficie para el desarrollo de los dos (2) Tipos de Yacimientos.
Separación. Durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 xx xxxxx de 2014 se registraron 2,051 separaciones de servidores públicos xx xxxxxxx.12
Separación. En caso de que una o varias de las cláusulas contenidas en este “Contrato” sean ilegales o inválidas, ni la legalidad o validez de las cláusulas restantes de este “Contrato” conforme a derecho mexicano, ni la legalidad o validez de tales cláusulas conforme a la legislación de cualquier otra jurisdicción, será afectada o disminuida.
Separación. 1.- La separación del consorcio podrá producirse en cualquier momento. El derecho de separación habrá de ejercitarse mediante escrito dirigido a la Junta General, como máximo órgano de gobierno del consorcio. En el mismo, en su caso, se hará constar el incumplimiento que motiva la separación, la formulación de requerimiento previo de su cumplimiento y el transcurso del plazo otorgado para cumplir tras el requerimiento. 2.- Asimismo, corresponde a la Junta General, la aprobación de la cuota de separación, y la determinación de la forma y condiciones en que tendrá lugar el pago de la cuota de separación, en el supuesto en que esta resulte positiva, así como la forma y condiciones del pago de la deuda que corresponda a quien ejerce el derecho de separación si la cuota es negativa. Se tendrán en cuenta, tanto el porcentaje de las aportaciones al fondo patrimonial del consorcio que haya efectuado quien ejerce el derecho de separación, como la financiación concedida cada año. Si el miembro del consorcio que se separa no hubiere realizado aportaciones por no estar obligado a ello, el criterio de reparto será la participación en los ingresos que, en su caso, hubiera recibido durante el tiempo que ha pertenecido al consorcio. No obstante la Junta General podrá considerar otro criterio de determinación de la cuota cuando fuera preciso, en los casos en los que fuera preciso. 3.- La efectiva separación del consorcio se producirá una vez determinada la cuota de separación, en el supuesto de que esta resulte positiva, o una vez se haya pagado la deuda, si la cuota es negativa. 4.- Si el consorcio estuviera adscrito, de acuerdo con lo previsto en la Ley, a la Administración que ha ejercido el derecho de separación, tendrá que acordarse por el consorcio a quien se adscribe, de las restantes Administraciones o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración que permanecen en el consorcio, en aplicación de los criterios establecidos en la Ley.