Unidad Jurídica Cláusulas de Ejemplo

Unidad Jurídica. Delegaciones Estatales.
Unidad Jurídica. Se determina que la Unidad Jurídica de COMIBOL, es la encargada de asesorar en todo lo referente a procesos de contratación directa en el extranjero, teniendo como principales funciones: a) Xxxxxxx y asesorar sobre los aspectos legales en las diferentes etapas del Proceso de Contratación en el Extranjero, y en todos los asuntos legales que sean sometidos a su consideración durante el Proceso de Contratación en el Extranjero. b) Revisar cuando corresponda los TBC correspondientes al Proceso de Contratación en el Extranjero y cuando sea necesario. c) Elaborar todos los informes legales requeridos en el Proceso de Contratación en el Extranjero. d) Elaborar los contratos y revisar la legalidad de la documentación presentada por el proponente; e) Firmar o visar el contrato de forma previa a su suscripción, como responsable de su elaboración; f) Revisar en lo pertinente el contrato de adhesión y revisar la legalidad de la documentación original y/o legalizada. g) Elaborar y visar las Resoluciones administrativas que se requieran en cada Proceso de Contratación en el Extranjero. h) Elaborar el informe de justificación legal para la cancelación, anulación o suspensión de un Proceso de Contratación en el Extranjero. i) Remitir a la Unidad Administrativa de COMIBOL, una copia de las Resoluciones Administrativas elaboradas en el Proceso de Contratación en el Extranjero para su correspondiente comunicación.
Unidad Jurídica. La Unidad Jurídica en cada proceso de contratación, tiene como principales funciones: a) Xxxxxxx y asesorar en la revisión de documentos y asuntos legales que sean sometidos a su consideración durante el proceso de contratación; b) Elaborar todos los informes legales requeridos en el proceso de contratación; c) Elaborar los contratos para los procesos de contratación; d) Firmar o visar el contrato de forma previa a su suscripción, como responsable de su elaboración; e) Revisar la legalidad de la documentación presentada por el proponente adjudicado para la suscripción del contrato; f) Elaborar y visar todas las Resoluciones establecidas en el presente reglamento, cuando corresponda; g) Elaborar el informe legal para la cancelación, suspensión o anulación de un proceso de contratación.
Unidad Jurídica. Es la unidad o instancia organizacional del INRA, encargada de proporcionar asesoramiento legal y atender asuntos jurídicos en los subsistemas de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios. Para propósitos de implementación del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, la Dirección General de Asuntos Jurídicos (en Dirección Nacional) y el Área de Asuntos Jurídicos (en las Direcciones Departamentales y Oficinas de Avocación) se constituyen en Unidad Jurídica.
Unidad Jurídica. Contrato elaborado 2 días 26 Remisión al RPC, del contrato en sus tres ejemplares (1. UGA, 2. UGF – Comprobante de pago, y 3. Proveedor), previa gestión de firma por parte de la MAE y el proveedor.
Unidad Jurídica. Contrato firmado 3 días 27 A la recepción del contrato debidamente firmado: Publicación en el SICOES. Unidad Administrativa Formulario SICOES 200 Máximo 10 días posteriores a la firma del contrato
Unidad Jurídica. Contrato elaborado 2 días 19 Remisión del contrato en sus tres ejemplares (1. UGA, 2. UGF – Comprobante de pago, y 3. Proveedor/Consultor), previa gestión de firma por parte del proveedor/contratista y posteriormente por la MAE. Informe de la contratación a la Contraloría General del Estado “CGE” Unidad Jurídica Contrato firmado 3 días 20 A la recepción del contrato debidamente firmado: Publicación en el SICOES (contratos mayores a Bs 20,000.-). Unidad Administrativa Formulario SICOES 400 Máximo 10 días posteriores a la firma del contrato
Unidad Jurídica. Contrato elaborado 2 días 14 Remisión del contrato en sus tres ejemplares (1. UGA, 2. UGF – Comprobante de pago, y 3. Proveedor), previa gestión de firma por parte del proveedor/contratista y posteriormente por la MAE; al RPA / RPC (según corresponda por la cuantía del proceso). Informe de la contratación a la Contraloría General del Estado “CGE” Unidad Jurídica Contrato firmado 2 días 15 A la recepción dela Orden de Compra, Orden de Servicios o contrato debidamente firmado: Publicación en el SICOES (todos los procesos cuyo monto sea mayor a Bs 20,000.-). Unidad Administrativa Formulario SICOES 400 Máximo 10 días posteriores a la firma del contrato 16 Designación, vía memorándum, de un fiscal o contraparte del contrato suscrito (representante de la Unidad Solicitante). El memorándum deberá adjuntar copia del contrato y documentación pertinente para el cumplimiento de la designación. En caso de publicaciones, el responsable de recepción será el funcionario que firmó en representación de la Unidad Solicitante; por lo que en estos casos, no se requerirá la designación vía memorándum expreso. MAE Formulario XXXX- 00X 5 días posteriores a la firma del contrato 17 Recepción del bien o servicio y emisión de conformidad a través del “INFORME DE RECEPCIÓN / ACTA DE RECEPCIÓN”, verificando el cumplimiento de los términos y condiciones del Contrato, o de la cotización / proforma (en caso de no existir contrato). Comisión / Responsable de Recepción Fiscal / contraparte de Contrato Formulario SABS- 005 Formulario XXXX- 00X 5 días posteriores a la recepción de los bienes / servicios adquiridos 18 Recepción de la factura y otros documentos referentes a la recepción del objeto de la contratación (notas de remisión, informes, etc.) verificando el cumplimiento de los plazos correspondientes. Comisión / Responsable de Recepción Fiscal / contraparte de Contrato Factura, Nota de Remisión, etc. N/A 19 Presentación al RPA / RPC, del INFORME DE RECEPCIÓN / ACTA DE RECEPCIÓN, juntamente con la factura y otros Comisión / Responsable de Recepción Formulario SABS-005 5 días posteriores a
Unidad Jurídica. La Unidad Jurídica tiene como principales funciones: Xxxxxxx y asesorar sobre los aspectos legales en todas las instancias del Proceso de Contratación y en todos los asuntos legales inherentes al mismo. Elaborar todos los informes legales requeridos en el Proceso de Contratación. Elaborar y visar las resoluciones administrativas que se requieran en cada Proceso de Contratación. Elaborar y visar los contratos. Revisar la legalidad de toda la documentación presentada por el proponente adjudicado en original y/o copia o fotocopia legalizada. Remitir a la Unidad Administrativa una copia de las Resoluciones Administrativas elaboradas en el Proceso de Contratación, para su correspondiente notificación. Realizar las Gestiones para la protocolización del contrato ante la Notaría de Gobierno los contratos cuyo monto sea superior a Bs. 350.000,00.- (TRESCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS). Remitir los contratos suscritos a la Contraloría General del Estado, de acuerdo al Art. 27 inciso d) de la Ley 1178. Realizar las acciones legales pertinentes, en caso de existir controversias relacionadas al cumplimiento del contrato ante la autoridad competente..

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  • CAPACIDAD JURÍDICA Si el Proponente es una persona natural o jurídica nacional o extranjera domiciliada o con sucursal en Colombia: (i) Certificado del RUP del Proponente singular; o, de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal si el Proponente es plural. (ii) Certificado de existencia y representación legal o del registro mercantil expedido por la cámara de comercio del domicilio del Proponente singular; o, de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal si el Proponente es plural. (iii) Copia del acuerdo para conformar el consorcio o unión temporal si el Proponente es plural, en el cual debe constar la participación de cada uno de los miembros del Proponente plural, la representación del Proponente plural o el poder otorgado a quien suscribe los documentos en nombre del Proponente plural. (iv) Fotocopia del documento de identidad del representante, representante legal o del apoderado. (v) En caso de existir limitaciones estatutarias frente a las facultades del representante legal, las respectivas autorizaciones para desarrollar el presente Proceso de Contratación, suscribir el contrato y desarrollar todas las actividades relacionadas directa o indirectamente. (vi) Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal, con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, en el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre del representante legal o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculte. (vii) [En aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del Proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la Entidad Estatal contratante hará tal verificación en forma directa.]18

  • Naturaleza jurídica El artículo 1262 de nuestro Código Civil señala: “La sociedad conyugal se rige por las reglas del contrato de sociedad, en cuanto no se opongan a lo que está expresamente determinado en este Título. Asimismo, el artículo 1648 del Código Civil, define a la sociedad diciendo que, “Habrá sociedad, cuando dos o más personas se hubiesen mutuamente obligado, cada una con una prestación, con el fin de obtener alguna utilidad apreciable en dinero, que dividirán entre si, del empleo que hicieren de lo que cada uno hubiere aportado”. Ahora bien, ¿es posible conciliar estos dos artículos?. La naturaleza jurídica de la “sociedad conyugal”, antes de la ley 17.711 había presentado un gran abanico de desacuerdos doctrinarios. El Xx. Xxxxxxxxx, considera que es preciso distinguir entre la naturaleza jurídica de la sociedad conyugal en sí, y la existencia o no existencia de su personalidad ideal2. El Xx. Xxxxxxxxx, sostiene que la asimilación de la sociedad conyugal al contrato de sociedad encuentra tres obstáculos en el Código, que considera insuperables, a saber, la falta de un capital social propiamente dicho, la falta de un fin lucrativo y la falta de origen consensual3. Para el Xx. Xxxxxxx, la llamada sociedad conyugal no constituye un patrimonio que se impute unitariamente a un ente o sujeto y, en consecuencia, carece de sustantividad univoca en nuestro Derecho; el régimen patrimonial del matrimonio – opina- implica una suma de relaciones de diversa naturaleza que parten de la consideración del patrimonio de cada cónyuge en forma autónoma, sin perjuicio de aceptar la nomenclatura legal para el régimen mismo4. 2Méndez Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx X. M., D´Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx. “Derecho de Familia”. Tomo II. Editorial Rubinzal-Culzoni Editores. 2008. Pág., 69. Citando x Xxxxxxxxx “Naturaleza jurídica de la sociedad conyugal”, en J. A. 0-0000-000, en particular VIII, y a su Manual…cit., t.2 &323 a 326. 3Méndez Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx,Xxxxxx, Xxxxxxxxx X. M., D’Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx. “Derecho de Familia”. Tomo II. Editorial Rubinzal-Culzoni Editores. 2008. Pág., 69. Citando x Xxxxxxxxx, ob. Y lug. Cits., t. 2 &259. 4Méndez Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx X. M., X’Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxx. “Derecho de Familia”. Tomo II. Editorial Rubinzal-Culzoni Editores. 2008. Pág., 69. Citando x Xxxxxxx, Derecho de Familia…cit., t. 1 &376.

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • Igualdad de oportunidades El Oferente certifica que no discrimina a ningún empleado o a uno que aplica a un empleo por edad, sexo, religión, incapacidad, raza, credo, color u origen nacional.

  • Secciones sindicales La empresa respetará los de- rechos del personal a sindicarse libremente. Permi- tirá que el personal afiliado/a a un sindicato pueda celebrar reuniones, recoger cuotas y distribuir infor- mación sindical fuera de las horas de trabajo, sin per- turbar la actividad normal. No podrá condicionar la ocupación de un puesto el hecho de que un trabajador esté o no afiliado/a o re- nuncie a su afiliación sindical y tampoco se le podrá incomodar o perjudicar de ninguna otra forma, a cau- sa de su afiliación o actividad sindical. En la empresa habrá tablones de anuncios en los que los sindicatos implantados podrán insertar sus comunicaciones. Las organizaciones sindicales firmantes de este con- venio podrán disponer de un/a delegado/a sindical, siempre que se trate de personal en activo de la em- presa. La función del delegado/a sindical será la de de- fender los intereses del sindicato o confederación a la que representa y de sus afiliados/as en la empre- sa, y servir de instrumento de comunicación entre su sindicato o confederación y la empresa, de acuerdo con las funciones reflejadas en la LOLS. A requeri- miento del delegado/a sindical, la empresa descon- tará en la nómina mensual del personal el importe de la cuota sindical correspondiente y con la autoriza- ción previa del personal. Los/as delegados/as sindicales gozarán de los mis- mos derechos y garantías que los representantes del personal en el Comité de Empresa o Delegados/as de Personal, de acuerdo a lo establecido en la Ley Or- gánica de Libertad Sindical y en el presente Conve- nio. Asambleas: Los/as Delegados/as de Personal, Co- mités de Empresa, Secciones Sindicales y el 30 por 100 de la plantilla, podrán convocar reuniones con un mínimo de 48 horas, previa comunicación a la em- presa. La comunicación expresará el orden del día de los temas a tratar. Con carácter de mínimos, en periodos de negocia- ción de Convenio Colectivo, la empresa facilitará dos horas mensuales en horario laboral, para la realiza- ción de asambleas informativas relativas al desarro- llo de la negociación. Mesas Negociadoras: Al personal que participe en las comisiones paritaria o negociadora del Convenio le será concedido permiso retribuido, con el fin de facilitar su labor negociadora y durante el transcur- so de las antedichas negociaciones.

  • DECLARACION JURADA D/Dña. ........................................................................................con DNI nº.............................como representante y/o administrador de la Empresa................................................................................... con domicilio social en............................................................................................................................. CIF........................... y número de contacto…………………………………………………………………… DECLARO:

  • RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

  • EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

  • PRIVILEGIOS E INMUNIDADES Nada que estuviere estipulado en el presente Contrato o que con el mismo se relacionare, se considerará como renuncia, expresa o implícita, a los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas incluyendo a sus órganos subsidiarios.

  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.