RECEPCIÓN DEL BIEN Cláusulas de Ejemplo

RECEPCIÓN DEL BIEN. 27.1 La recepción se realizará, a petición de la CONTRATISTA, cuando a juicio de este se hallen cumplidas todas las obligaciones del contrato de la manera pactada y así lo notifique a la CONTRATANTE y solicite tal recepción en los términos del artículo 81 de la LOSNCP y observando el artículo 319 del RGLOSNCP. 27.2 Si el Administrador del Contrato encontrare observaciones, la CONTRATANTE otorgara un plazo prudencial según la complejidad de las imprevisiones técnicas o defectos del equipo, a fin de que xxxx xxxxxxxxxx. 27.3 Realizado esto, la CONTRATISTA notificara al Administrador para que se realice una nueva verificación. Si terminadas las pruebas y verificaciones del caso, el Administrador considera que la ejecución del contrato es satisfactoria, la CONTRATANTE dará inicio al proceso de Recepción Definitiva. 27.4 En el evento que en la recepción se recibe el equipo con observaciones, se señalarán las causas de ello, para que la CONTRATISTA proceda a corregir los problemas en el plazo determinado por el Administrador, estas observaciones serán menores y en ningún caso podrán afectar la funcionalidad del equipo. 27.5 En caso de incumplimiento de los plazos establecidos por el Administrador del Contrato para la subsanación de las observaciones, se procederá a aplicar una multa equivalente al CERO COMA UNO POR MIL (0,1x1000) diario sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentren pendientes de ejecutarse, hasta la total reparación de las referidas observaciones a entera satisfacción de la CONTRATANTE. 27.6 En caso de que se aplique las multas antes señaladas, estas se efectivizaran con cargo a los valores pendientes por pagar. 27.7 Todos los gastos adicionales que demanden la comprobación, verificación y pruebas, incluso las de laboratorio, serán dé cuenta de la CONTRATISTA. 27.8 Operada la recepción de pleno derecho la CONTRATANTE, tendrá el plazo de treinta (30) días para efectuar la liquidación del contrato. Si no lo hiciese, la CONTRATISTA podrá presentar su liquidación. Si no se suscribe el acta de la Liquidación técnico - económica en un nuevo plazo de treinta (30) días, la CONTRATISTA notificara judicialmente con su liquidación a la CONTRATANTE. 27.9 La CONTRATANTE declarara la recepción presunta a su favor, respecto de la CONTRATISTA, en el caso de que esta se negare expresamente a suscribir las actas de entrega recepción previstas o si no las suscribiere en el término xx xxxx
RECEPCIÓN DEL BIEN. Concluida la entrega del bien, el personal designado por la institución como responsable del contrato procederá a completar un acta de recepción provisional donde determine, a partir de las especificaciones técnicas, si el bien cumplió o no con lo pactado. Xxxxxxx X. Si la entrega del bien fue acorde con las especificaciones técnicas, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo de [Indicar cantidad de días7] días hábiles, a partir del día siguiente de notificado la entrega del bien. El proveedor tiene derecho de intimar a la institución contratante la emisión de la recepción conforme, sino lo realiza en el referido plazo. Xxxxxxx XX. De existir cualquier anomalía con los bienes entregados, y se tenga tiempo suficiente para que el proveedor corrija las faltas antes de que se cumpla el período en que se necesita, la institución deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles8, al proveedor para que subsane los defectos y proceda, en un plazo9 no superior a [Indicar cantidad de días] hábiles, a la corrección de los errores detectados. Xxxxxxx XXX. En los casos donde el proveedor no haya cumplido con la entrega del bien y la sustitución no fue posible antes del período en que la institución lo requería, la institución deberá notificar en un plazo de cinco (5) días hábiles, el acta de no conformidad con la entrega del bien y proceder a la devolución de estos, conforme con el debido proceso, puede iniciar las medidas administrativas correspondientes por la falta del proveedor.
RECEPCIÓN DEL BIEN. 1. El comprador debe llevar a cabo los actos que razonablemente sean exigibles para que el vendedor pueda cumplir su obligación de entrega del bien. 2. El comprador puede rechazar la entrega anticipada del bien siempre y cuando tenga un interés legítimo para hacerlo. 3. En la compraventa de consumo, el comprador no debe pagar ninguna contraprestación por un bien entregado no solicitado. El comprador debe permitir al vendedor recuperarlo y tiene derecho a ser resarcido de cualquier gasto adicional, así como de los daños y perjuicios ocasionados.
RECEPCIÓN DEL BIEN. 1. Recepción provisional: El proveedor deberá realizar la entrega provisional de los equipos en la Área de Activos Fijos del Ministerio de Comunicación, a través de una nota de entrega o nota de Remisión. 2. Pruebas de Funcionamiento: La Comisión/Responsable de recepción realizará las pruebas de funcionamiento, para este efecto el proveedor debe realizar la instalación de los equipos
RECEPCIÓN DEL BIEN. (1) El CLIENTE se encargará de recibir el Bien de parte del Proveedor. Para tal fin, el CLIENTE actuará en nombre y representación del BANCO. (2) Al recibir el Bien, el CLIENTE deberá suscribir la respectiva Acta de Recepción, según modelo contenido en el Anexo N° 1: Modelo de Acta de Recepción, y enviar al BANCO dicha acta dentro del plazo indicado en el punto III del referido Anexo. Si el CLIENTE no cumple con enviar al BANCO el Acta de Recepción en el plazo establecido se entenderá que el CLIENTE ha recibido el Bien a su total satisfacción. (3) En caso de pérdida total del Bien antes de su recepción, el CLIENTE asumirá la obligación de pagar al BANCO la diferencia que pudiera existir entre (i) la indemnización a ser pagada por la compañía aseguradora y (ii) el Capital Adeudado más los Intereses, comisiones y/o gastos generados en ejecución del presente Contrato. Si por cualquier causa, tal pérdida no estuviera cubierta por una póliza de seguro, el CLIENTE pagará al BANCO el Capital Adeudado más los Intereses, comisiones y/o gastos generados en ejecución del presente Contrato. (4) El CLIENTE declara que cualquier situación adversa que se presente respecto del Bien no lo liberará de su obligación de pagar las Cuotas conforme al Cronograma de Xxxxx.
RECEPCIÓN DEL BIEN. Dentro del plazo previsto, se hará efectiva la entrega, instalación y puesta en funcionamiento del BIEN, a cuyo efecto, la ENTIDAD designará como Comisión de Recepción al Profesional en Mantenimiento de Sistemas Eléctricos del DMMI y a personal designado por el Departamento de Bienes y Servicios, a quienes les corresponderá verificar las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas y la propuesta aceptada y el presente Contrato, durante todo el proceso de recepción. Del acto de recepción se levantará el Acta de Recepción, que es un documento diferente al registro de ingreso al Departamento de Bienes y Servicios, que se emitirá una vez recibidos el Informe Técnico Final y los documentos de las Garantías solicitadas.
RECEPCIÓN DEL BIEN. 27.1La recepción se realizará, a petición de la CONTRATISTA, cuando a juicio de este se hallen cumplidas todas las obligaciones del contrato de la manera pactada y así lo notifique a la CONTRATANTE y solicite tal recepción en los términos del artículo 81 de la LOSNCP y observando el artículo 122 del RGLOSNCP.
RECEPCIÓN DEL BIEN. 13.1 La entrega del inmueble para su ocupación se realizará de forma inmediata por excepción dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la suscripción del presente contrato.

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  • RECEPCIÓN DE PROPUESTAS La recepción de propuestas se efectuará en el lugar, fecha y hora límite fijados en el presente DBC. La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado dirigido a la entidad convocante, citando el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria. La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES La Presentación y Apertura de Proposiciones Técnica y Económica, se llevará a cabo el día -- de -- de 2011 a las - Una vez iniciado el acto de presentación de proposiciones y apertura de propuestas, así como la revisión de la documentación presentada, en presencia de los servidores públicos de la Convocante y los Licitantes que asistan al acto, no se permitirá la entrada a ningún participante, ni que introduzca documento alguno. En el acto se efectuará la apertura de las propuestas técnica y económica presentadas, levantándose el acta correspondiente en la que se harán constar las propuestas aceptadas para su posterior evaluación cualitativa, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron; asimismo se señalará en dicha acta lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Convocatoria; el cual podrá diferirse siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 (veinte) días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. El acta será firmada por los asistentes, entregándoseles copia de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos. Un Licitante y el servidor público de la dependencia o entidad facultado para presidir el acto o el servidor público que éste designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente, debiendo en seguida dar lectura al importe total de cada una de las propuestas. Los Licitantes que no hayan asistido, podrán acudir al domicilio de la Convocante para obtener copia del acta, o en su caso consultarla en los estrados, a partir de la fecha de su celebración y durante 5 (cinco) días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad de los Licitantes acudir a enterarse de su contenido. Dejándose constancia en el expediente de la presente licitación, de la fecha, hora y lugar en que se fije el acta correspondiente.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO IBERDROLA prestará el SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según las siguientes condiciones: - Las visitas de mantenimiento anuales se ajustarán a los procedi- mientos de IBERDROLA y serán realizadas según rutas y en tiem- pos definidos por IBERDROLA, siendo coordinadas con el CLIENTE con suficiente antelación. - El CLIENTE deberá permitir al personal al servicio de IBERDROLA el desempeño de los trabajos necesarios para la prestación del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS. En particular, y de forma no exhaustiva, el CLIENTE deberá permitir el acceso a las instalacio- nes y equipos objeto del presente Servicio, así como facilitar y actualizar a IBERDROLA en todo momento los datos de contacto para realizar las operaciones de instalación, sustitución y mante- nimiento necesarias. El no cumplimiento por parte del cliente de esta condición podrá ser causa de resolución del contrato. - El CLIENTE tendrá derecho a solicitar a IBERDROLA la reparación de un máximo de dos averías en cada periodo anual de contrato, con el alcance y exclusiones que en él se refieren. El CLIENTE será responsable del uso adecuado y justificado de los avisos de avería notificados a IBERDROLA. - Se facilitará al CLIENTE el correspondiente informe de la visita o informe de corrección de avería, según proceda, explicando las anomalías detectadas y las acciones correctivas propuestas/ realizadas. El informe deberá ser recepcionado por el CLIENTE, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia de su presentación. - Se ofrecerá una garantía mínima de seis meses en todas las re- paraciones que se realicen, desde la fecha de terminación de la reparación. -El contrato de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indi- cado en las Condiciones Particulares, de forma que si el CLIENTE se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimiento de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real De- creto 919/2006. G-CG-2014-03 - IBERDROLA atenderá las averías de las instalaciones y equipos, incluidos dentro del alcance, en un plazo máximo de 2 días la- borables (considerando como tal de lunes a viernes de 8h a 20h, excepto festivos nacionales) desde la fecha de la visita xx xxxxx- nimiento anual o recepción del aviso del CLIENTE. - En caso de que IBERDROLA no pueda garantizar la prestación del servicio por causas ajenas a ella como por ejemplo, pero no exclusivamente; peligrosidad en la zona, cualquier tipo xx xxxx- sión al personal técnico de IBERDROLA, condiciones deficientes de salubridad de la vivienda, negativas reiteradas del CLIENTE a precintar una instalación que lo requiera o a recibir la visita anual de mantenimiento, etc., IBERDROLA se reserva el derecho a res- cindir el presente contrato sin que le suponga coste alguno. - IBERDROLA podrá solicitar al CLIENTE su colaboración voluntaria para la realización de controles internos de calidad, siendo siem- pre realizados por personal debidamente acreditado. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del CLIENTE antes de la conclusión de cada periodo anual, le obligará al pago del precio establecido para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfe- cho aún, manteniendo el derecho a realizar dos avisos de averías en dicho periodo anual si no los hubiera efectuado ya. - La resolución del contrato de suministro de gas natural con IBER- DROLA no implicará necesariamente la baja del SERVICIO MAN- TENIMIENTO GAS salvo que el cliente lo solicite expresamente.

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

  • Prendas de trabajo 1.- La Universidad proveerá a los trabajadores de las prendas de trabajo y los equipos de protección individual homologados y adecuados para el desempeño de sus funciones. 2.- El Comité de Seguridad y Salud laboral velará para que las prendas reúnan las condiciones adecuadas a las características del puesto de que se trate; para ello, contará con el asesoramiento técnico del Servicio de Prevención. Los equipos y medios han de estar en condiciones de uso suficientes para el fin perseguido, por lo que procederá su reposición cuando sufran algún deterioro que ponga en riesgo la seguridad y salud de los trabajadores. 3.- Las Universidades indemnizarán anualmente a sus trabajadores, en el mes xx xxxxx, por desgaste de vestuario, conforme a lo establecido en el anexo I. Los trabajadores, cuyo periodo de servicio no comprenda la totalidad del año natural anterior, percibirán la parte proporcional correspondiente al periodo trabajado, en fracciones mensuales. 4.- La Gerencia de cada Universidad determinará, previa negociación con el Comité de Empresa, aquellos casos en que sea obligatoria la utilización de una uniformidad concreta y sus características y condiciones, en consonancia con lo dispuesto en el apartado anterior.

  • PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC por el Total, por Ítems o por Lotes).

  • Reducción de jornada Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo del cónyuge o pareja de hecho, o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. Con la finalidad de hacer efectivo su derecho a la protección y la asistencia social integral, las trabajadoras víctimas de violencia de género tendrán derecho a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional xxx xxxxxxx o a la reordenación de su tiempo de trabajo, a través del establecimiento de horario flexible u otras medidas análogas, siempre en los términos y condiciones legalmente establecidos. cve: BOE-A-2024-8344 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx El derecho de reducción de jornada del progenitor, adoptante, guardador con fines de adopción o acogedor permanente para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave, vendrá definido por los supuestos, límites y condiciones previstos en el apartado 6 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y su normativa de desarrollo, o aquellas otras disposiciones que los sustituyan.