VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN Cláusulas de Ejemplo

VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN. El Comitente Comprador ha estimado un presupuesto oficial total de VEINTIUN MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL PESOS M/CTE ($00.000.000.000), valor que NO incluye, comisiones y gastos de Bolsa. En dicho monto se entienden incluidos en su totalidad, los costos directos e indirectos tales como: prestaciones sociales, salarios del personal que emplee, cumpliendo con las normas laborales, así como los impuestos nacionales y distritales y demás gastos que se originen en virtud de la operación, los cuales estarán a cargo del Comitente Vendedor. Para efectos de las retenciones tributarias a que haya lugar se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 424 del Decreto 624 de 1989 por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la DIAN, el D.R. 574 de 2002 y demás normas relacionadas y lo establecido por el sistema de retenciones de la Secretaría Distrital de Hacienda. Es responsabilidad del Comitente Vendedor pagar y reportar los impuestos a que haya lugar según normatividad vigente. El presupuesto oficial se encuentra distribuido en esta negociación, así: OPERACIÓN PROYECTO VALOR TOTAL 1 1096 DESARROLLO INTEGRAL DESDE LA GECTACION HASTA LA ADOLESCENCIA $ 00.000.000.000 1113 POR UNA XXXXXX XXXXXXXXXX X XXX XXXXXXXX A título meramente informativo, a continuación se relacionan los impuestos, descuentos y retenciones señalados en la ley: Retención por ICA 4.14 x 1000 En lo referente a la retención en la fuente para los comitentes vendedores aplica lo dispuesto en el
VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN. La adición en caso de aumento de cantidades o la terminación anticipada en caso de disminución en los términos indicados en precedencia de más o de menos, es posible siempre y cuando el comitente comprador la solicite con cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha establecida a la prestación del servicio.
VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN. El valor máximo de los bienes a adquirir será de MIL CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS ($ 1.004.471.983) valor que NO incluye IVA de los servicios, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa por concepto de registro, Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. EL VALOR Y LA CANTIDAD ESTIMADA DE SERVICIOS REQUERIDOS SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN ANEXO COSTO POR ITINERARIO, LA CANTIDAD DE TRAYECTOS REQUERIDOS PUEDE VARIAR EN LA EJECUCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN, SE ACLARA QUE LA PUBLICACIÓN DE ESTA INFORMACIÓN ES NETAMENTE DE CARÁCTER CONSULTIVO CON EL OBJETIVO DE QUE SE COSTEE EL SERVICIO DE TRANSPORTE EN EL MOMENTO DE LA PUJA.
VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN. El valor máximo de los Servicios a adquirir será de TRES MIL QUINIENTOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS M/CTE. ($3.515.860.650,88), valor que no incluye IVA, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de bolsa.
VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN. El valor máximo de los servicios a adquirir será de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS M/CTE ($2.339.262.239,52), valor que incluye los impuestos, tasas, contribuciones, descuentos y retenciones aplicables a la operación gravámenes departamentales y municipales, NO incluye el IVA, comisiones, costos de Bolsa ni servicio en Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. El valor de los SERVICIOS ADICIONALES que incluye medios tecnológicos es de TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL SETESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS M/CTE ($3.931.745,66) valor que NO incluye el IVA, comisiones, costos de Bolsa ni servicio en Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías.
VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN. El valor máximo de la operación será de OCHOCIENTOS CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS CON NOVENTA CENTAVOS M/CTE ($814.891.947,90) valor que NO incluye IVA, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa ni servicio en Sistema de Compensación-y Liquidación.
VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN. El valor máximo del servicio a adquirir será de QUINIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS M.L. ($540.000.000.00), valor que NO incluye IVA de los bienes o servicios, comisiones, impuestos, tasas o gravámenes, costos de bolsa, ni asiento en Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías.
VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN. El valor máximo de los productos a adquirir por parte del comitente comprador será de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES VEINTIUN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($ 284.021.383), dicho valor NO incluye IVA de los bienes, comisiones, costos del Bolsa no servicio en el Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías, dicho monto incluye el valor de los productos, transporte, recurso humano, distribución, entrega, instalación y puesta en funcionamiento en todos los puntos dispuestos por el comitente comprador en la presente ficha. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: Se tendrá en cuenta lo establecido en del artículo 424 del Estatuto Tributario, donde se señala que los bienes objeto de la negociación, se encuentran excluidos de IVA. A título meramente informativo, pues es responsabilidad del futuro comitente vendedor realizar el análisis tributario regional y nacional al momento de su participación en la rueda de negociación, a continuación se relacionan algunos de los impuestos, descuentos y retenciones señalados en la ley, que serán aplicados por el Municipio, durante el trámite de pago de las facturas de venta presentadas

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  • PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS [Formato de Tabla:] Nro. De Orde n Nro. De Ítem/L ote Descripci ón Xxxx a Proc ede ncia Unidad de Medida Cantidad Precio Unitario Monto Total El monto total del presente contrato asciende a la suma de: El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato. La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días siguientes al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se consideran aceptadas las condiciones contenidas en la póliza o sus modificaciones.

  • Idioma de las Ofertas 12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma que se especifica en los DDL.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página web del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asimismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

  • IMPUESTOS Y GASTOS El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente. Cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos al Banco de España como partidas independientes.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA El asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, según corresponda, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de un accidente, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos de cada una de las alternativas de cobertura contratadas. El accidente necesariamente debe ocurrir dentro del período de vigencia del asegurado en el contrato de seguro y las coberturas, que darán origen al pago del monto asegurado o al reembolso de gastos médicos, deben encontrarse contratadas por el asegurado y vigentes al momento de la ocurrencia del accidente. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si el accidente ocurrió con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. Adicionalmente, el asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de una enfermedad, si así lo contempla la alternativa de cobertura contratada, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos contemplados en ella. La enfermedad que dé lugar a la cobertura de alguna de las alternativas de este contrato de seguro, necesariamente debe haber sido diagnosticada durante la vigencia del asegurado en el contrato de seguro y de la alternativa de cobertura. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si la enfermedad fue diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. El contratante podrá contratar una o más de estas alternativas de cobertura, las que según corresponda deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las alternativas de cobertura son las siguientes: