Valores de Deuda Fiduciaria Clase Cláusulas de Ejemplo

Valores de Deuda Fiduciaria Clase. A. Tendrán derecho al cobro mensual de los siguientes servicios, una vez repuestos los fondos indicados en los artículos 4.8, 2.16 y 1.8: a) en concepto de Amortización el total recolectado hasta el último Día Hábil del mes calendario inmediato anterior a la Fecha de Pago de Servicios, luego de deducir el interés de la Clase; y b) en concepto de rendimiento un interés equivalente a la tasa indicada en el punto (a) del artículo anterior sobre el saldo de capital remanente. Para su cálculo se tomará como base un año de 360 días (12 meses de 30 días). El pago de los Servicios de capital de los VDFA estará subordinado al pago de los Servicios de interés de la Clase en cada Fecha de Pago de Servicios.
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. B. Tendrán derecho al cobro mensual de los siguientes servicios una vez cancelados íntegramente los VDFA y repuestos los fondos indicados en los artículos 4.8,
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. B. Los VDFB darán derecho al cobro de los siguientes servicios: (a) en concepto de interés, una tasa variable equivalente a la Tasa de Referencia, más 300 puntos básicos anuales con un mínimo de 24,0% nominal anual y un máximo de 33% nominal anual devengado durante el Período de Devengamiento a pagar mensualmente. Se considerará “Tasa Cupón de los VDFB”, la tasa mínima del 24%, y (b) en concepto de amortización 13 cuotas mensuales consecutivas. La primera Fecha de Pago de Servicios será el día 26 (o hábil siguiente) del sexto mes contado a partir de la Fecha de Emisión. . A los efectos aquí previstos, se entenderá por “Tasa de Referencia”, el promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 a 35 días en banco privados (“BADLAR Privada”), en base a las tasas informadas por el BCRA durante el período que se inicia el quinto Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento y finaliza el quinto Día Hábil anterior a cada Fecha de Pago de Servicios. Actualmente, la tasa BADLAR Privada es informada por el BCRA en su página de internet (xxx.xxxx.xxx.xx), Sección “Estadísticas e Indicadores/Monetarias y Financieras/Tasas de interés por depósitos y BADLAR (serie diaria). En caso de que la tasa BADLAR Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por periodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina. Para elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA. 6 cuotas semestralmente (la “Tasa Cupón de los VDFC”), devengado durante el Período de Devengamiento, pagadera en los meses xx xxxxx 2016, octubre de 2016, abril de 2017, octubre de 2017, abril de 2018 y octubre de 2018 y (b) en concepto de amortización, 3 cuotas semestrales en los meses de octubre de 2017, abril de 2018 y octubre de 2018.
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. A. Otorgan derecho a pagos mensuales de los siguientes Servicios, deducidas las contribuciones indicadas en el artículo 2.8 A) puntos 1 a 4: (a) en concepto de amortización del capital (i) los ingresos percibidos por las Cobranzas desde cada fecha de transferencia de Créditos, hasta la Fecha de Corte, más (ii) la totalidad de los ingresos percibidos por las Cobranzas ingresadas durante cada Período de Devengamiento, luego de deducir el interés de la propia Clase y (b) en concepto de interés i) una tasa variable equivalente a la Tasa de Referencia, más 300 (trescientos cincuenta) puntos básicos anuales, con un máximo de 22% nominal anual o ii) una tasa del 14% nominal anual, la que resulte mayor, devengado durante el Período de Devengamiento. El interés se calculará sobre el valor residual de los Valores de Deuda Fiduciaria Clase A considerando para su cálculo un año de 360 días (12 meses de 30 días).
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. B. Otorgan derecho, una vez cancelados íntegramente los VDFA y neto de la contribución al Fondo de Gastos y de la reconstitución del Fondo por Riesgo de Administración, de corresponder, al pago de los siguientes Servicios: a) en concepto de amortización, la totalidad de los ingresos percibidos, luego de deducir el interés de la Clase B; y b) en concepto de interés, el rendimiento indicado en el artículo 4.3 calculado sobre el saldo de valor nominal devengado durante el Período de Devengamiento. Los Servicios se pagarán de acuerdo al Cuadro de Pago de Servicios inserto en este Suplemento de Prospecto. Para el cálculo de la utilidad se tomará como base un año de 360 días (12 meses de 30 días).
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. B. Los VDFB tendrán derecho al cobro de los siguientes Servicios, neto de los montos indicados en el Artículo 4.4.2, si correspondiere:
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. B. Los VDFB darán derecho al cobro de los siguientes servicios: (a) en concepto de interés, una tasa del 5% nominal anual sobre saldo de capital, a pagar en 6 cuotas semestralmente (la “Tasa Cupón de los VDFB”), coincidiendo la primera Fecha de Pago de Servicios de los VDFA con la primera fecha de pago de interés de los VDFB y (b) en concepto de amortización, 3 cuotas semestrales a los 24, 30 y 36 meses contados a partir de la Fecha de Emisión, coincidiendo la primera fecha de pago de amortización de los VDFB con la cuarta fecha de pago de intereses de los VDFB. Los Servicios de interés y/o amortización de los VDFB (los “Servicios de Interés de los VDFB” o los “Servicios de Amortización de los VDFB”) vencerán el tercer jueves del mes correspondiente o el siguiente Día Hábil si aquel no lo fuera, de acuerdo con las Fechas de Pago de Servicios que se indican en el Cuadro Teórico de Pagos de Servicios inserto en la Sección XIII del presente Suplemento de Prospecto.
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. A. Los VDFA tendrán derecho al cobro de los siguientes Servicios, una vez realizada la recomposición del Fondo de Reserva, del Fondo de Gastos y del Fondo de Reserva Impositivo, si correspondiere: en concepto de interés, la Tasa Badlar de Bancos Privados más 200 (doscientos) puntos básicos, con un mínimo del 20% (veinte por ciento) nominal anual y un máximo del 28% (veintiocho por ciento) nominal anual devengado durante el Período de Devengamiento; y
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. A. Artículo 4.3.2. Valores de Deuda Fiduciaria Clase B. Artículo 4.3.3. Certificados de Participación.
Valores de Deuda Fiduciaria Clase. A. Los VDFA tendrán derecho al cobro de los siguientes Servicios, una vez realizada la recomposición del Fondo de Reserva, del Fondo de Gastos y del Fondo de Reserva Impositivo, si correspondiere: