VINCULACION A LA TOTALIDAD Cláusulas de Ejemplo

VINCULACION A LA TOTALIDAD. Las condiciones pactadas en este Convenio, cualquiera que sea su naturaleza y contenido, forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente, asumiendo las partes su cumplimiento con vinculación a la totalidad del mismo. En el supuesto de que la autoridad o jurisdicción competente, en uso de las facultades que le son propias, no aprobara o resolviera dejar sin efecto alguna de las cláusulas de este Convenio, éste deberá ser revisado y reconsiderarse en su integridad. A estos efectos, las partes signatarias de este Convenio se comprometen a reunirse dentro de los diez días hábiles siguientes al de la firmeza de la resolución co- rrespondiente con el objeto de resolver el problema planteado. Si en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles a partir de la fecha de la firmeza de la resolución en cuestión las partes signatarias no alcan- zasen un acuerdo se comprometen a fijar el calendario de reuniones para la negociación del Convenio en su totalidad.
VINCULACION A LA TOTALIDAD. Si cualquiera de los acuerdos contenidos en este Convenio resultase anulado o modificado por intervención de la Autoridad Judicial, quedará sin efecto el o los artículos que fuesen anulados o modificados, manteniéndose válidos todos los demás artículos del Convenio, debiéndose también renegociarse aquellos que cualquiera de las partes considere relacionados con el que se anula en un plazo no superior a 30 días.
VINCULACION A LA TOTALIDAD. Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica serán considerados globalmente.
VINCULACION A LA TOTALIDAD. Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible, y a efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente en cómputo anual. En el supuesto de que la autoridad laboral no aprobara alguno de los pactos contenidos en el presente convenio, éste quedará sin eficacia práctica debiendo ser reconsiderado en su totalidad.
VINCULACION A LA TOTALIDAD. 1. Las condiciones pactadas en el presente Convenio, cualquiera que sea su naturaleza y contenido, forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente, asumiendo las partes su cumplimiento con vinculación a la totalidad del mismo.
VINCULACION A LA TOTALIDAD. A todos los efectos, el presente convenio constituye una unidad indivisible, por lo que no podrá pretenderse la aplicación de una o varias de sus cláusulas, desechando el resto, sino que siempre habrá de ser aplicado y observado en su integridad y considerado globalmente. Si la Autoridad Laboral competente no aprobase alguna de las normas de este Convenio, y este hecho desvirtuase el contenido del mismo, a juicio de las partes, quedará sin eficacia la totalidad del Convenio, que deberá ser considerado de nuevo por la Comisión Negociadora.
VINCULACION A LA TOTALIDAD. El contenido del presente anexo se entiende como un texto único, completo y homogéneo, y no como un conjunto de nor- mas individuales de derechos y obligaciones, por lo que la aceptación de cualquiera de sus partes implicará la aceptación de su totalidad. Lo pactado en el presente anexo prevalecerá sobre lo establecido en el texto del Convenio, excluyendo la aplicación de este último en caso de concurrencia Oficial de Primera 911,09 969,38 € Oficial de segunda 835,23 893,52 € Auxiliar 772,60 830,88 € Telefonista 662,55 720,84 € Cobrador 662,55 720,84 € MANDOS INTERMEDIOS Encargado/a General 993,95 1.052,24 € Supervisor/a de Zona 952,02 1.010,31 € Supervisor/a de Sector 892,88 951,16 € Responsable de Equipo 753,39 811,68 € PERSONAL LIMPIADOR Conductor/ limpiador/a 847,21 905,51 € Especialista 814,28 872,58 € Peón Especialista 733,17 791,46 € Peón o Limpiador/a 733,17 791,46 € PERSONAL SUBALTERNO Listero 787,07 845,36 € Almacenista 686,50 744,79 € Vigilante 662,55 720,84 € Ordenanza 662,55 720,84 € PLUS TRANSPORTE 381,72 € PLUS DOMINGOS 13,14 € Y FESTIVOS 6,56 € PARA CENTROS HOSPITALARIOS PLUS SANIDAD 158,11 € PLUS DOMINGOS Y FESTIVOS TRIENIO VALOR PINCHE PARA EL RESTO DE CENTROS SANITARIOS PLUS SANIDAD 75,07 € PLUS DOMINGOS Y FESTIVOS TRIENIO VALOR PINCHE N.º 275 18-XI-2008 CATEGORIA BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA Oficial de Primera 952,09 1013,00 22,60 45,20 67,80 90,40 113,00 135,60 158,20 180,80 203,40 226,00 248,60 271,20 293,80 316,40 339,00 Oficial de segunda 872,82 933,73 20,60 41,20 61,80 82,40 103,00 123,60 144,20 164,80 185,40 206,00 226,60 247,20 267,80 288,40 309,00 Auxiliar 807,37 868,27 19,14 38,28 57,42 76,56 95,70 114,84 133,98 153,12 172,26 191,40 210,54 229,68 248,82 267,96 287,10 Telefonista 692,36 753,28 16,41 32,82 49,23 65,64 82,05 98,46 114,87 131,28 147,69 164,10 180,51 196,92 213,33 229,74 246,15 Cobrador 692,36 753,28 16,41 32,82 49,23 65,64 82,05 98,46 114,87 131,28 147,69 164,10 180,51 196,92 213,33 229,74 246,15 Encargado/a General 1038,68 1099,59 24,61 49,22 73,83 98,44 123,05 147,66 172,27 196,88 221,49 246,10 270,71 295,32 319,93 344,54 369,15 Supervisor/a de Zona 994,86 1055,77 23,52 47,04 70,56 94,08 117,60 141,12 164,64 188,16 211,68 235,20 258,72 282,24 305,76 329,28 352,80 Supervisor/a de Sector 933,06 993,96 22,06 44,12 66,18 88,24 110,30 132,36 154,42 176,48 198,54 220,60 242,66 264,72 286,78 308,84 330,90 Responsable de Equipo 787,29 848,21 18,60 37,20 55,80 74,40 93,00 111,60 130,20 148,80 167,40 186,00...
VINCULACION A LA TOTALIDAD. Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación practica, serán consideradas globalmente y en cómputo anual. En el supuesto de que la Autoridad Administrativa pertinente haciendo uso de sus facultades, no homologará alguno de sus artículos o parte de su contenido, el presente Convenio quedará nulo y sin eficacia alguna, debiendo procederse a la reconsideración de su total contenido.
VINCULACION A LA TOTALIDAD. Las condiciones pactadas en este Convenio Colectivo forman un todo orgánico e indivisible, y los efectos de su aplicación práctica serán considerados globalmente y en su cómputo anual, por lo que no podrán ser consideradas parcialmente, ni separadas de su contexto global.
VINCULACION A LA TOTALIDAD. Este convenio forma un todo orgánico, de tal forma que si la Autoridad Laboral modificara alguno de los términos de cualquiera de sus artículos se considerará por las parte firmantes automáticamente denunciado en su totalidad.