MINISTERIO DE SALUD
MINISTERIO DE SALUD
“INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL”
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- BASES -
CONCURSO PUBLICO
CP Nº 0001-2007-INMP “CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
-PRIMERA CONVOCATORIA-
COMITÉ ESPECIAL
2007
MINISTERIO DE SALUD
INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL
CONCURSO PUBLICO Nº 0001-2007-INMP
SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
BASES ADMINISTRATIVAS
TITULO I.- GENERALIDADES
1.1 ORGANISMO QUE CONVOCA
Instituto Nacional Materno Perinatal (INMP), con domicilio legal en Xx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx.
1.2 OBJETO
El presente proceso tiene por objeto contratar el Servicio de Seguridad y Vigilancia por el período de doce (12) meses, de conformidad con las presentes Bases y especificaciones técnicas del Anexo N° 2. Este proceso de selección y la ejecución del contrato que se suscriba con el postor beneficiado con la buena pro se regirá especialmente por el TUO de la Ley Nº 26580 y su Reglamento, las presentes Bases y el contrato a suscribirse con el proveedor.
1.3 VALOR REFERENCIAL
El monto referencial del objeto del presente proceso de selección, incluidos los impuestos xx xxx, es de S/. 1’ 391,991.00 Nuevos Soles (UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTIUN MIL NOVECIENTOS NOVENTIUNO CON 00/100 Nuevos Soles). Incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas de mejoras al servicio y equipamiento, costos laborales conforme legislación vigente y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo total del servicio. Dicho valor referencial tiene una antigüedad menor de seis (06) meses.
Limites Mínimo y Máximos del Valor Referencial:
-
Máximo (110 %)
S/ 1’531,190.10 Nuevos soles
Mínimo (70 %)
S/ 974,393.70 Nuevos soles
Los valores referenciales han sido calculados a suma alzada al mes xx xxxxx 2007, incluido IGV.
1.4 FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Fondos correspondientes a las fuentes de financiamiento: Recursos Ordinarios
1.5 SISTEMA Y MODALIDAD
La contratación del suministro objeto de la presente convocatoria será realizada bajo el Sistema de Xxxx Xxxxxx, siendo la modalidad con financiamiento de la Entidad.
1.6 CALENDARIO DEL PROCESO
El calendario que regirá el presente proceso de selección para el año 2005, es el siguiente:
CALENDARIO DE ACTIVIDADES
CONCURSO PUBLICO N° 0001-2007-INMP
“CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
Nº |
ETAPAS |
LUGAR |
FECHA |
1 |
Convocatoria |
Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) |
El 11 xx Xxxxx de 2007 |
2 |
Registro de Participantes |
Oficina de Logística del INMP De 08.00 horas A 16.00 horas
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Del 12 xx Xxxxx de 2007 al 10 de Julio 2007 |
3 |
Presentación de Consultas
Absolución de Consultas |
Mesa de Partes del INMP De 08.00 horas A 16.00 horas
Correo Electrónico (Postor) SEACE (CONSUCODE) |
Del 12 xx Xxxxx de 2007 al 18 xx Xxxxx 2007
20 xx Xxxxx de 2007. |
4 |
Formulación de Observaciones
Absolución de Observaciones e Integración de las Bases |
Mesa de Partes del INMP De 08.00 horas A 16.00 horas
Correo Electrónico (Postor) SEACE (CONSUCODE) |
Del 21 al 25 xx Xxxxx de 2007
02 de Julio de 2007 00 xx Xxxxx 0000 |
5 |
Presentación de Propuestas
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Auditorio Principal del INMP Horario: 10.00 horas. ACTO PÚBLICO |
El 16 de Julio de 2007.
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6 |
Evaluación de Propuestas
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ACTO DIFERIDO |
Del 17 Julio al 19 de Julio de 2007
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7 |
Otorgamiento de la Buena Pro |
Auditorio Principal del INMP Horario: 10.30 horas. ACTO PÚBLICO |
El 20 de Julio de 2007.
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1.6 REQUISITOS PARA SER POSTOR
1.6.1 Pueden participar como postores las personas naturales y jurídicas, acreditadas como tales y que actúen conforme x xxx dentro del territorio nacional, debidamente autorizados por la DICSCAMEC del Ministerio del Interior y no se encuentren comprendidas dentro de las limitaciones establecidas en los artículos 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Entre dichos impedimentos se encuentran las personas naturales contractualmente vinculadas al INMP que tengan intervención directa en la definición de necesidades, especificaciones técnicas, evaluación de ofertas, selección de alternativas, autorización de adquisiciones o pagos, dicha prohibición alcanza al cónyuge, conviviente o a los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de dichas personas.
1.6.2 También podrán participar una pluralidad de postores agrupados en Consorcio, para lo cual deberán presentar como parte de su propuesta técnica una Promesa de Consorcio, en la cual se asuma el compromiso de celebrar un Contrato de Consorcio en caso de resultar adjudicatarios de la buena pro, el mismo que se formalizará mediante documento privado con firma legalizada ante notario público y será presentado antes de la suscripción del contrato derivado del presente proceso de selección. Tanto la Promesa de Xxxxxxxxx como el propio Contrato de Xxxxxxxxx, deberán incluir la designación de un representante o apoderado común, quien tendrá poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y/o contratistas, según sea el caso. Las infracciones cometidas por un Consorcio durante la ejecución del contrato, se imputarán a todos los integrantes del mismo, aplicándosele a cada uno de ellos la sanción que le corresponda.
1.6.3 Registrarse en la Entidad, pagando el derecho de participación en el proceso de selección, este pago da derecho al participante a recabar una copia de las Bases, sometiéndose al cumplimiento de las mismas.
1.6.4 Las partes de un Consorcio no deben estar incluidas en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.
1.6.5 Estar vigente la inscripción en el Registro Nacional de Proveedores del CONSUCODE. En caso de Consorcio, cada una de sus integrantes debe contar con el referido Registro.
De ser el caso la(s) empresa(s) postora(s) deberá(n) estar inscritas en el Registro según lo indica el Artículo 13° de la Ley 27626 “Ley que regula la Actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores”.
TITULO II.- BASE LEGAL
2.1 NORMATIVA
El presente proceso de selección se sujetará a la siguiente normativa:
Xxx Xx 00000 Xxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx para el año 2007, sus normas complementarias y modificatorias.
Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM
Ley Nº 27633 que bonifica con el 20% en los procesos de selección a los bienes y servicios de producción nacional.
Decreto Supremo N° 003-2001-PCM que regula lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 064-2000, sobre calificación técnica y económica por postores de bienes y servicios elaborados dentro del territorio nacional.
Decreto de Urgencia N° 064-2000 “Modifica la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional”.
Decreto de Urgencia N° 083-2001 Prorrogan vigencia del Decreto de Urgencia N° 064-2000, que modificó el artículo único de la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.
Resolución N° 080-2000-CONSUCODE/PRE que aprueba la Directiva N° 006-2000-CONSUCODE, que establece pautas para la presentación de garantías a que se refiere el Art. 40° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
Resolución N° 126-2000-CONSUCODE/PRE que modifica el Anexo de la Directiva N° 006-2000-CONSUCODE, que contiene la relación actualizada de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros para otorgar Cartas Fianzas y/o Pólizas de Caución.
Resolución N° 019-2001-CONSUCODE-PRE que aprueba la Directiva N° 001-2001-CONSUCODE “Formalización de los Consorcios a los que se haya otorgado la Buena pro en los procesos de selección sujetos a la Ley N° 26850 y su Reglamento”.
Resolución N° 114-2001-CONSUCODE/PRE que aprueba la Directiva N° 013-2001-CONSUCODE/PRE "Procedimiento para la remisión de los actuados de las observaciones a las Bases formuladas por los adquirientes que no hayan sido acogidas por los Comités Especiales".
Directiva Nº 003-2003/CONSUDE - Disposiciones Complementarias para la participación y postores en consorcio en la Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Directiva Nº 004-2007-CONSUCODE/PRE Disposiciones Complementarias para la evaluación y calificación de la experiencia de consorcios en procesos de selección.
Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG Modifican diversas Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público.
Ley 27626 que regula la actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores.
Decreto Supremo N° 003-2002-TR que establece disposiciones para la aplicación de las Leyes N° 27626 y 27696.
Ley 27671 Ley que modifica la Ley de Jornada de Trabajo, horario y Trabajo en sobre tiempo.
Ley 25054 que norma la fabricación y uso particulares xx xxxxx y municiones que no son xx xxxxxx y su reglamento aprobado con D.S. 07-98-IN
Decreto Supremo Nº 05-94-IN Reglamento de Servicios de Seguridad Privada.
Resolución Ministerial Nº 1424-2003-IN donde aprueban la Directiva que establece el diseño, características técnicas, distintivos, implementos del uniforme personal que prestan servicios de seguridad y vigilancia
RD. No 023-93-2003-IN 1704 que aprueba la guía de procedimientos para el uso de uniforme No 2 que deben cumplir las empresas que prestan servicios de seguridad privada.
Ley Nº 27444 - Ley de Procedimientos Administrativos General
Código Civil aprobado por el Decreto Legislativo Nº 245.
Resolución Directoral N° 086-DG-INMP-07, del 02 xx xxxxx del 2007 que designa el Comité Especial.
2.2 REFERENCIAS
2.2.1 Cuando en las presentes Bases se menciona la Ley se entenderá que se hace referencia al TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo 083-2004-PCM. Asimismo cuando se alude al Reglamento estará referido al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modificaciones.
TITULO III.- ETAPAS DEL PROCESO
3.1 CONVOCATORIA
El proceso de selección se inicia con la Convocatoria a través de su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE).
3.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES
Las Bases estarán a disposición de los interesados (Jr. Xxxx Xxxxxxx 941-Lima) desde el día siguiente de realizada la convocatoria y hasta un día después de haber quedado integrada, de acuerdo al calendario de las presentes bases:
Precio de venta : Quince y 00/ 100 nuevos soles (S/ 15.00)
Forma de pago : Al contado y en efectivo.
Entrega de Bases : Oficina de Logística del Instituto Nacional
Materno Perinatal.
Horario de atención : De Lunes a Viernes, de 08:00 a 16.00 horas.
Con la adquisición de las Bases se requiere que el adquiriente se registre en el Registro de Participantes en el proceso Concurso Público Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP, otorgando con ello autorización expresa a lo que se refiere el artículo 87º del Reglamento.
El adquiriente de las Bases luego de vencido el plazo para la recepción de consultas, se adhiere al proceso de selección en el estado en que se encuentre.
3.3 CONSULTAS
Los interesados que hayan adquirido las presentes Bases, podrán formular consultas y observaciones sobre el contenido de las mismas, dirigidas por escrito al Presidente del Comité Especial o a través del SEACE en el período fijado en el calendario del presente proceso de selección. En caso de ser por escrito, estas deberán ser presentadas en Mesa de Partes (Jr. Xxxx Xxxxxxx 941-Lima) de 08:00 a 16:00 horas. Para tal efecto emplearán el formato del Anexo Nº 03
El pliego de preguntas por escrito deberá estar acompañado de un diskette que contenga el texto de las mismas en lenguaje MS Word. Para todo efecto, la información escrita prevalecerá sobre la información contenida en el diskette.
3.4 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS
La absolución de consultas se hará de conocimiento oportuno y simultáneo a los participantes del proceso de selección, mediante la publicación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE, en la fecha fijada en el calendario del presente proceso de selección. Las respuestas a las consultas se considerarán como parte integrante de las Bases y el Contrato.
3.5 OBSERVACIONES
Mediante escrito debidamente fundamentado los participantes podrán formular observaciones a las Bases, las que deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Artículo 25º de la Ley Nº 26850, de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado u otras normas complementarias y conexas que tengan relación con este proceso de selección. Dichas Observaciones se presentarán mediante escrito debidamente fundamentado, dirigido al Presidente del Comité Especial en Mesa de partes (Jr. Xxxx Xxxxxxx 941- Lima), en la fecha señalada en el calendario del proceso. ANEXO N° 3
El Comité Especial recibirá las Observaciones a las Bases por parte de los participantes dentro de los tres (3) días siguientes de haber finalizado el término para la absolución de consultas.
El Comité Especial efectuada las observaciones procederá a absolverlas de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio identificando cada observante y su respuesta para cada observación presentada.
El Comité Especial notificará las observaciones formuladas a través del SEACE, en la fecha señalad en el calendario del proceso, y se notificara las mismas en los correos electrónicos señalados por los participantes el mismo día, según lo solicite éstos.
Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no solo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25º de la Ley Nº 26850, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25º de la Ley Nº 26850, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tenga relación con el proceso de selección.
El Comité Especial en concordancia con lo citado en los extremos precedentes, incluirá en el Pliego de Absolución de Observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados prevista en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE. El participante domiciliado en Lima deberá efectuar el pago en las oficinas del CONSUCODE y recabar el recibo de pago correspondiente. En caso que el participante observante, no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo, el Presidente del Comité Especial aplicará lo prescrito en el Artículo 125.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General (Ley 27444), teniendo por no presentadas las observaciones no acogidas.
El CONSUCODE en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días resolverá las observaciones y de ser el caso se pronunciará de oficio sobre cualquier aspecto de las Bases que contravenga la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Asimismo, en dicho plazo requerirá las acreditaciones que resulten pertinentes, a través de un pronunciamiento que se publicará en el SEACE. De no existir Pronunciamiento dentro del plazo establecido, el CONSUCODE devolverá el importe de la tasa al observante manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento.
El Comité Especial una vez publicado el Pronunciamiento del CONSUCODE estará obligado a implementarlo estrictamente, aun cuando ello implique bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o la prórroga de las etapas de éste, en atención a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar. El Comité Especial no continuará con la tramitación del proceso de selección si es que antes no ha cumplido con implementar adecuadamente lo dispuesto en el Pronunciamiento del CONSUCODE bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere a lugar. Contra el Pronunciamiento del CONSUCODE no cabe interposición de recurso alguno y constituye precedente administrativo.
3.6 INTEGRACION DE BASES
Una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se hubieran presentado, el Comité Especial publicará las Bases a través del SEACE, quedando integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, según sea el caso.
3.7 PRORROGA O POSTERGACIÓN DEL PROCESO
De acuerdo a lo establecido en el artículo 84° del Reglamento la prórroga o postergación de las etapas de un proceso de selección deberán registrarse en el SEACE modificando el cronograma original.
El Comité Especial comunicará dicha decisión a los participantes o postores, según sea el caso, en la propia Entidad o al correo electrónico que hayan consignado al registrarse como participantes.
3.8 CANCELACIÓN DEL PROCESO
En los casos previstos en el Articulo 34º de la Ley y artículo 86º del Reglamento, la entidad comunicará dentro del plazo legal establecido a todos los postores de esta decisión, conforme a la forma y procedimientos señalados por Ley.
TITULO IV.- CONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO ECONÓMICO
4.1 VISITA DE INSPECCION DE INSTALACIONES
El postor podrá efectuar una visita de inspección a las instalaciones del Instituto Nacional Materno Perinatal, en el cual se brindarán los servicios de seguridad y vigilancia, visita que será guiada por el Jefe de Seguridad Interna del Instituto y se podrá realizar hasta antes de la integración de bases, de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hrs. debiendo acreditarse mediante Carta de Presentación de la Empresa, con copia para el cargo respectivo y Documento Nacional de Identidad (DNI) al representante autorizado para la visita.
4.2. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas presentadas deberán mantener su vigencia desde el acto de presentación del sobre de Propuesta Técnica y de Propuesta Económica, hasta la suscripción del contrato.
4.3 PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La prestación del servicio objeto de la presente convocatoria se iniciará el día hábil siguiente a la suscripción del contrato y tendrá vigencia por 12 (doce) meses.
En el caso de ejecución de prestaciones adicionales para alcanzar la finalidad del contrato, ampliación del plazo contractual y contratación complementaria se procederá de acuerdo a lo señalado en los artículos 231º y 232º del Reglamento
4.4 REQUERIMIENTO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO
Las especificaciones técnicas referidas a la prestación del servicio a contratar se detallan en el Anexo 2. Las especificaciones técnicas, son condiciones o características mínimas de cumplimiento obligatorio, por tanto las propuestas pueden superarlas.
4.5 CONDICIONES MINIMAS PARA GARANTIZAR LA PRESTACION DEL SERVICIO
El contratista está obligado a brindar todo tipo de facilidades al Jefe de Vigilancia del INMP, para que cuantas veces lo considere necesario, por sí o por terceros, efectúe inspecciones (físicas y/o documentarias) para verificar el cumplimiento del servicio contratado.
Se levantará un Acta consignando las inspecciones y verificaciones realizadas, así como los resultados obtenidos. Dicha Acta deberá ser firmada por el Jefe de Vigilancia del INMP y el contratista. De incumplir el contratista los términos del contrato, se procederá de acuerdo a los Artículos 222º, 223º, 224º, 225º, 226º y 227º del Reglamento.
El contratista es el único responsable ante el INMP de cumplir con la prestación del servicio contratado, no pudiendo transferir esas responsabilidades a otras entidades o terceros en general.
Queda expresamente precisado que el contratista tiene la responsabilidad exclusiva y total derivada de la contratación y administración del personal para el cumplimiento de las prestaciones objeto del presente proceso, no existiendo relación laboral entre el Instituto Nacional Materno Perinatal y el personal del contratista, siendo este último responsable del pago de sus remuneraciones, indemnizaciones y cualquier otro derecho que pudiera corresponder. La Institución reconocerá todo incremento dispuesto por Leyes Sociales y/o Tributarias, siempre que afecte la estructura de costos de los postores ganadores de la buena pro (articulo 32° del Reglamento)
4.6 CONFORMIDAD DEL SERVICIO
4.6.1 La conformidad se sujeta a lo dispuesto en el artículo 233º del Reglamento, será extendida por la Oficina Ejecutiva de Administración, previo informe del Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP el cual estará integrado por: el Director de la Oficina Ejecutiva de administración, el Director de la Oficina de Servicios Generales y el Jefe de vigilancia del INMP; considerando el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Calidad
La prestación del servicio reúne las condiciones fijadas en la propuesta técnica finalmente adjudicada.
Cantidad
El servicio se realiza conforme a las actividades programadas en el plan de trabajo aceptado en el marco del contrato de servicios.
Oportunidad
El servicio se realiza en forma oportuna según los requerimientos del INMP.
Lugar
El servicio se realiza en los lugares fijados por el INMP (Anexo 3)
4.6.2 Una vez consentida la buena pro y suscrito el Contrato, la Oficina de Logística remitirá a la Dirección General para la emisión de la Resolución Directoral conformando del Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP, una copia de las bases integradas, propuesta técnica del postor ganador y contrato.
4.7 CONDICIONES DE CARACTER ECONOMICO
FORMA DE PAGO
4.7.1 El pago por la prestación del servicio se realizará en forma mensual y al contado, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles luego de la recepción del expediente de pago. En los meses de Xxxxx y Diciembre a solicitud de la empresa y con la debida justificación, el pago se podrá realizar de manera quincenal, quedando claro que el pago se realizará como contraprestación a servicios realizados.
El expediente de pago comprenderá:
El acta con la conformidad debidamente otorgada por la Oficina Ejecutiva de administración, previo informe del Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP
Factura original
Copia de la planilla de pago correspondiente al mes anterior de los agentes que prestan servicios en el Instituto
Planilla de pago mensual a una entidad prestadora de seguro de salud para los trabajadores, una vez inscrito el personal.
Planilla de pago del seguro complementario de riesgo del personal asignado
4.8 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
4.8.1 Previo conocimiento de la PNP, el contratista será responsable de los daños, pérdidas y/o sustracciones que sufriera el INMP, personal y usuarios previo registro de bienes ingresados, por acción, desconocimiento o negligencia de su personal, debiendo reparar o reemplazar a satisfacción del INMP o afectados los daños causados. Si en el término de cinco (05) días calendarios no realiza la reparación o reemplazo, el INMP descontará automáticamente el valor de la reparación o reemplazo de su facturación mensual. El valor de reparación o reemplazo del bien será el de vigencia en el mercado y será puesto en conocimiento del contratista.
4.8.2 La reparación o reemplazo por sustracción ilícita se cumplirá sin perjuicio de la acción administrativa, policial y/o judicial que el caso amerite.
4.8.3 El contratista es responsable directo del personal destacado para la prestación del servicio contratado, no existiendo ningún vínculo de dependencia laboral con el INMP.
4.8.4 El contratista es responsable del pago de las remuneraciones de su personal asignado, así como de todos los importes que por el pago de tales remuneraciones pudieran devengarse por conceptos xx xxxxx, beneficios sociales, seguro social, indemnización por tiempo de servicios o tributos creados. La Institución reconocerá todo incremento dispuesto por Leyes Sociales y/o Tributarias, siempre que afecte la estructura de costos de los postores ganadores de la buena pro.
Al INMP no le corresponderá ninguna responsabilidad en caso de accidentes, daños, enfermedades, mutilaciones, invalidez o muerte de los trabajadores del contratista o terceras personas, que pudieran ocurrir en la ejecución del contrato, con ocasión o como consecuencia del mismo.
TITULO V.- ACTO PÚBLICO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
CAPITULO I.-FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 REQUISITOS DE LAS PROPUESTAS
5.1.1 La presentación de propuestas se llevara a cabo en la fecha y hora señalados en el Calendario de actividades (no habrá tolerancia)
Las propuestas, se presentarán en original y una copia, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno, sin enmendaduras y/o borrones, en sobre cerrado cada sobre garantizado su inviolabilidad. La última hoja será firmada por el postor o su representante legal o mandatario designado para el efecto. (no se deberá foliar ni firmar las páginas en blanco), No se aceptarán fax ni fotocopias ilegibles
Todos los documentos que contengan información técnica esencial serán presentados en idioma castellano, los documentos esenciales presentados en otro idioma deben acompañar su respectiva traducción oficial, salvo que se trate de información técnica complementaria como los folletos, catálogos, manuales u otro documento podrán presentarse en idioma original.
5.1.4 Cuando se exija la presentación de documentos emitidos en el extranjero por entidades públicas, deberá presentarse copia simple, las que deberán ser legalizados por el consulado correspondiente respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en caso de ser favorecido con la buena pro.
Se descalificarán las propuestas que no se ciñan estrictamente a las presentes Bases.
Cada propuesta contendrá dos sobres: Sobre N° 1.- Sobre Propuesta Técnica y Sobre N° 2.- Sobre Propuesta Económica. Los sobres deberán llevar la inscripción: Concurso Público N° 0001 “Servicio de Seguridad y Vigilancia, y el nombre o razón social del Postor.
5.1.7 Para el acto de presentación de propuestas y adjudicación, los postores concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple.
5.2 CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA TECNICA
La propuesta técnica deberá contener los siguientes documentos:
Índice de los documentos que contiene el sobre, consignando el número de la página en que se encuentra cada documento.
Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de proveedores. En caso de Xxxxxxxxx debe presentar el Certificado cada uno de sus integrantes (Obligatorio).
Declaración Jurada de Información Empresarial. Según el modelo del Anexo Nº 01 "DECLARACION JURADA DE INFORMACION EMPRESARIAL". Para los postores que participen en Consorcio, cada empresa que integre el Consorcio deberá presentar la presente Declaración Jurada (Obligatorio).
Promesa Formal de Consorcio sólo para el caso de postores que participen en consorcio. Según el modelo del Anexo Nº 04 "PROMESA FORMAL DE CONSORCIO". Suscrito por cada uno de los representantes legales si fuese el caso de persona jurídica o directamente si se trata de personas naturales.(Obligatorio)
Propuesta Técnica de acuerdo a las condiciones y especificaciones técnicas señaladas en el Anexo N° 2 (Obligatorio)
Declaración Jurada de acuerdo a lo establecido en el artículo 76° del Reglamento. Según modelo del Anexo Nº 05.
En caso de tratarse de una pequeña o micro empresa deberán presentar una declaración según formato del Anexo Nº 06
Declaración jurada expresa – de ser el caso – de presentar servicios dentro del territorio nacional Anexo Nº 07
Pacto de Integridad, según modelo del Anexo Nº 08 "DECLARACION JURADA DE PACTO DE INTEGRIDAD" (Obligatorio). El Comité Especial procederá a firmar éste documento durante la revisión del sobre 1 - Propuesta Técnica.
Carta de autorización según modelo contenido en el Anexo N º 09 para el pago con abonos en la cuenta bancaria del proveedor (Obligatorio).
Documentación relativa a los factores de evaluación (Anexo Nº 10)
Copia simple legible de la Resolución Directoral de Autorización de Funcionamiento vigente emitida por la DICSCAMEC del Ministerio del Interior, donde conste la licencia de funcionamiento como empresa de Servicio de Vigilancia y Seguridad que autoriza al postor para que opere en el Departamento de Lima (Obligatorio). No se aceptarán documentos en trámite.
Copia simple de la autorización vigente del Ministerio de Transporte y Comunicaciones para uso de frecuencia que emplean los equipos de comunicación a utilizarse en los lugares donde brinda el servicio o copia del contrato de servicio de Sistema Troncalizado suscrito por el postor. (Obligatorio según el caso)
Copia simple de la constancia o resolución vigente que acredite estar inscrito en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral de acuerdo a la Ley N° 27626 y al D.S. N° 003-2002-TR. En el caso de consorcios, bastará que uno de los postores satisfaga este requisito, siempre y cuando el o los consorciados en su relación interna no se hayan obligado a ejecutar efectivamente actividades de intermediación laboral. (Obligatorio)
5.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MINIMOS
El cumplimiento de las Especificaciones Técnicas es requisito de admisibilidad.
5.4 DESCALIFICACION DE LA PROPUESTA
Postores que no oferten la cantidad total del servicio.
Incumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos y demás requisitos de carácter obligatorio de las presentes Bases.
Cuando en la Evaluación Técnica la oferta del postor no obtenga un puntaje de 80 PUNTOS como mínimo.
5.5 CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA ECONÓMICA
5.5.1 La propuesta económica deberá contener los montos totales, incluyendo los impuestos xx xxx por doce (12) meses de servicio.
- Costo total mensual incluido el I.G.V
- Costo total anual del servicio incluido el I.G.V
La Propuesta Económica es a todo costo, es decir, deberá incluir todos los tributos incluido el I.G.V., seguros, transporte, supervisión, entrenamiento, equipamiento (radio, arma, chaleco y otros) y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio, hasta su culminación. Se considerará como máximo 2 (DOS) decimales. El Instituto no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza salvo en lo especificado en las presentes bases.
La remuneración mínima neta mensual del agente de vigilancia no deberá ser menor de S/ 800.00 (ochocientos) nuevos soles.
CAPITULO II.- RECEPCION Y APERTURA DE PROPUESTAS
5.6 ORGANOS QUE INTERVIENEN
Intervendrán en el Acto Público de Recepción y Apertura de Propuestas, el Comité Especial, un Notario Público, los postores que hayan adquirido las Bases y un representante de la Oficina de Control Institucional.
5.7 RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
El Acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante, no se encuentra presente se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si alguno es omitido podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago por derecho de participación. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio por cada ítem.
El Comité especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor . Es obligatoria la presentación de todos los documentos requeridos y el Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, el Comité Especial devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el Acta y el Notario Público mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos (2) días, desde el día siguiente de la notificación, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto. No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica.
Se levantará un Acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
TITULO VI.- CRITERIOS DE EVALUACION DE PROPUESTAS
6.1 FACTORES Y PUNTAJES DE EVALUACIÒN
La Evaluación consta de dos fases, Evaluación Técnica y Evaluación Económica:
6.2 PUNTAJE TÉCNICO
Antes de proceder a la evaluación técnicas se verificarán los requisitos de admisibilidad de la propuesta.
La evaluación de la propuesta técnica se realizará en fecha posterior al Acto Público de Presentación de Ofertas y según lo descrito en el Anexo Nº 10 “FACTORES DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS”.
La propuesta técnica se evaluará en función a lo solicitado en el Sobre N° 1 siendo el puntaje máximo de 100 puntos, y mínimo para poder calificar a la segunda etapa 80 puntos de acuerdo a los criterios de calificación..
La propuesta económica se evaluará en función a la fórmula del puntaje económico con un máximo de 100 puntos para la oferta económica más baja. (numeral 6.3).
6.3 EVALUACIÓN ECONOMICA (Puntaje máximo: 100)
.
Se evalúa el precio ofertado, otorgándole a la propuesta de menor monto 100 puntos al resto de propuestas según la fórmula siguiente:
-
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
6.4 DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
El Puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula (DS Nº 063-2006-EF):
Así tenemos que para el Postor i:
-
PTpi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTpi = Puntaje total del postor
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor
PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor
c1 = 0.7 (coeficiente de ponderación para la evaluación técnica)
c2 = 0.3 (coeficiente de ponderación para la evaluación económica)
Los resultados se precisarán en el “Cuadro Comparativo de Costos Totales” de ofertas calificadas.
6.5 EVALUACION ADICIONAL
Sólo a los postores de servicios prestados dentro del territorio nacional conforme al reglamento de la materia, se le agregará un 20% adicional a la sumatoria de su calificación técnica y económica (Ley Nº 27633), la empresa que obtenga la Buena Pro será aquella que tenga el mayor puntaje, para efecto de dicho beneficio los postores deberán cumplir con presentar la respectiva declaración jurada (Anexo Nº 07)
6.6 ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO
6.6.1 El Comité Especial en la fecha y hora prevista en el aviso de convocatoria, a través de un cuadro comparativo por ítem hará de conocimiento el puntaje de las propuestas técnicas y su correspondiente orden de prelación, indicando además las propuestas desestimadas. Acto seguido procederá a abrir y a dar a conocer las propuestas económicas solo de aquellas que hayan alcanzado el puntaje mínimo requerido en el Anexo Nº 10 y comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados. De no ser así, el Comité Especial devolverá los documentos aL postor, teniéndolos por no presentados, salvo que éste exprese su disconformidad en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el Acta y el Notario Público mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
6.6.2 No cabe subsanación alguna respecto a las omisiones o errores en la propuesta económica, con las consideraciones señaladas en el articulo 125º del reglamento de la Ley.
6.6.3 El Comité Especial otorga la Buena Pro aún en los casos en los que se declare como válida una única oferta. El proceso de selección será declarado desierto cuando no quede válida ninguna oferta.
6.6.4 Cuando se hayan presentado dos o más propuestas, el consentimiento de la buena pro se producirá a los ocho (08) días hábiles de su notificación, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer recurso de apelación. En caso de haberse presentado una sola oferta el consentimiento de la buena pro se producirá el mismo día de su notificación. Dentro del día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la Buena Pro, éste será publicado en el SEACE.
6.7 EMPATE
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden:
A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico.
A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que aquellos manifiesten su voluntad de cumplir con la parte correspondiente del contrato; o
A través de sorteo en el mismo acto.
6.8 NOTIFICACIÓN DE LA BUENA PRO
El otorgamiento de la Buena Pro, se presume notificado a todos los postores en el mismo acto público, oportunidad en la que se entrega a los postores copia del acta y el cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario.
6.9 RECURSOS IMPUGNATIVOS
6.9.1 Los recursos impugnativos serán presentados ante la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en el plazo y cumpliendo los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 028-2007-EF, Capítulo V de la Solución de controversias, artículo 149°, 150°, 151°, 152° y 153°.
Los recursos impugnativos para solución de controversias en la ejecución contractual se regirán de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 273°, 274° 275°, 276º, 277º y 278° del Reglamento.
TITULO VII.- CONTRATOS
7. REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
7.1 Firma del Contrato.
El postor ganador de la Buena Pro y el Instituto Nacional Materno Perinatal, cumplirán con las obligaciones fijadas como requisitos para la firma del contrato, especificadas en el artículo 36º de la Ley y en el artículo 200º y otros pertinentes del Reglamento.
El postor ganador- en cumplimento del numeral 1 del artículo 26° de la Ley 27626, previamente a la suscripción del contrato - deberá presentar el original de la constancia de inscripción vigente en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan intermediación laboral a cargo del Ministerio de Trabajo. Esta copia será retenida por la Entidad durante el tiempo de duración del contrato.
7.2 Garantías
La garantía debe estar se acuerdo al artículo 40° de la Ley y 213º del Reglamento emitidas por empresas autorizadas y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros de categoría A ó B o estar consideradas en la última lista de Bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente es publicada por el Banco Central de Reserva del Perú. Y estas son:
Garantía de fiel cumplimiento del contrato
Debe ser solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática, por un importe equivalente al 10% del monto total del contrato, con una vigencia por el plazo de ejecución y hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
Las micro y pequeñas empresas (MYPES) puedan optar, como alternativa a la obligación de presentar dicha garantía, autorizar a la Entidad para que proceda a la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del contrato. La retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del contrato, de conformidad con el artículo 21° de la Ley N.º 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa.
Garantía adicional por el monto diferencial de la propuesta:
En caso que la propuesta económica adjudicada fuese inferior al valor referencial en mas xxx xxxx por ciento (10%), la empresa beneficiada con la buena pro deberá entregar una garantía equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y el monto de la propuesta económica, tendrá vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
7.5 POLIZAS DE SEGUROS
El postor ganador de la Buena Pro, deberá contratar a favor del Instituto Nacional Materno Perinatal y con vigencia de hasta treinta (30) días hábiles posteriores a la culminación del contrato pólizas de seguros por los riesgos, importes y coberturas que a continuación se indican:
Póliza de deshonestidad por US $ 5.000.00 (CINCO MIL Y 00/100 DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), que cubran actos ilícitos del personal destacado por la empresa, tales como apropiaciones ilícitas, entre otras.
Responsabilidad Civil frente a terceras personas por US $ 10.000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), que cubra daños y perjuicios personales contra terceros y/o materiales en los siguientes casos:
7.6 RESPONSABILIDAD CIVIL DE OPERACIONES
Responsabilidad Civil patronal, cubriendo a todos los servidores destacados en el Instituto Nacional Materno Perinatal.
7.7 SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO
Asimismo el ganador de la Buena Pro presentará a la suscripción del contrato, la cobertura de Salud y Pensiones por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales exigida por la Ley 26790, Decreto Supremo N° 009-97-SA y Decreto Supremo N° 003-98-SS para todos sus trabajadores en planilla, con lo cual la empresa de servicios exime de toda responsabilidad al Instituto Nacional Materno Perinatal.
7.8 FORMA DE PAGO
El pago se realizará en nuevos soles, luego de la recepción de la mercadería correspondiente en el almacén del INMP, y a entera satisfacción, de acuerdo al artículo 238º del Reglamento.
TITULO VIII. PENALIDADES Y SANCIONES
8.1 SANCIONES
En caso de retraso injustificado en la prestación del servicio objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al cinco por ciento (10%) del monto total contratado.
Esta penalidad será deducida de acuerdo a lo establecido en el artículo 222° del Reglamento.
8.1.3 Al tratarse de un contrato de ejecución continuada, tanto el monto como el plazo del contrato que se utilizarán para el cálculo de la penalidad, se referirán a la prestación parcial que debió ejecutarse.
Será de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto 0.40 x Plazo en días
Plazo en días
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento de acuerdo a lo establecido en los artículos 224°, 225° y 226° del Reglamento.
El contratista no podrá transferir parcial o totalmente la responsabilidad del cumplimiento del contrato, teniendo responsabilidad plena sobre la ejecución y cumplimiento del mismo, salvo el caso de consorcios.
TITULO IX. DISPOSICIONES FINALES
Los casos no considerados en la presente bases, se sujetarán a las disposiciones contenidos en la Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 “Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” aprobado por Decreto Supremo. N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
ANEXO Nº 1
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
DECLARACIÓN JURADA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL |
El que se suscribe, Representante Legal de ................................................................. ................................................ identificado con D.N.I. Nº .................................................., R.U.C. Nº ............................, con poder inscrito en la localidad de ..........................., en la Ficha Nº ..........................., Asiento Nº ....... ........................., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mí representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social |
|
||||
Domicilio Legal |
|
||||
R.U.C. |
|
Teléfono |
|
Fax |
|
Correo electrónico |
|
REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS |
||
Localidad: |
Ficha: |
Asiento: |
Fecha de Inscripción |
||
Fecha de inicio de actividades económicas |
Representante Legal |
Nombres y Apellidos |
DNI |
|
|
|
|
|
|
Otorgamiento de poderes |
Municipalidad |
|
Nº Licencia de Funcionamiento |
|
Fecha |
PARTICIPA EN CONSORCIO
SI |
NO |
Nombre de las Empresas que actúan en Consorcio |
||
Empresa Nº 1 |
Empresa Nº2 |
Empresa Nº3 |
||
|
|
|
|
|
Lima, ..............de ....................................... del 2,007
ANEXO Nº 02
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
ESPECIFICACIONES TECNICAS
I. PERSONAL
El Personal destacado debe ser debidamente entrenado y capacitado en la actividad, con experiencia en seguridad, vigilancia y control de personas, bienes patrimoniales e instalaciones, siendo integrado mayoritariamente por el personal licenciado de las Fuerzas Armadas o Policiales, siempre que no hayan pasado a dicha situación por medida disciplinaria o sentencia judicial condenatoria. El personal debe tener conocimientos y entrenamiento en manejo xx xxxxx, manejo de extinguidores y combate de incendios.
La documentación del personal debe estar actualizada, además de los certificados de antecedentes policiales y judiciales.
Los trabajadores destacados deben estar correctamente uniformados, aseados, y equipados (protección personal y equipos de trabajo), así como identificados con el fotocheck en forma visible.
Todos y cada uno de los trabajadores destacados a prestar el servicio, deberán acreditar como requisito mínimo grado de educación secundaria completa, experiencia en vida castrense o civiles con experiencia en tales servicios especializados.
Los Supervisores propuestos para el servicio deberán acreditar documentariamente (contrato, constancia o certificado de trabajo, donde se indique el periodo del servicio) ser peritos o técnicos en seguridad integral mediante currículum vitae en copia simple, copia de la R/M de pase al retiro y Certificados de trabajo.
Los Supervisores efectuarán labores de fiscalización inmediata de los agentes, debiendo atender cualquier reclamo que se presente y coordinar con el Instituto Nacional Materno Perinatal, cualquier reemplazo que se requiera para el oportuno cumplimiento de las labores diarias.
El personal destacado deberá cumplir estrictamente las funciones, normas y disposiciones determinadas para cada puesto de trabajo. La empresa proporcionará diariamente una copia del parte diario de asistencia debidamente firmado por el Jefe de vigilancia interna del INMP, la misma que servirá para dar la conformidad del servicio
El personal destacado en el servicio deberá tener la contextura física apropiada, que le permita desarrollar sus actividades sin dificultades, incluyendo la posibilidad de repeler un ataque físico personal.
Los agentes que reemplazarán al personal permanente, solo serán los considerados dentro del contingente de reserva y deben reunir las mismas condiciones físicas, mentales y de capacitación, para garantizar la continuidad del servicio.
El personal destacado en el Instituto no deberá ser retirado de sus instalaciones para cubrir servicios especiales y extraordinarios en otros locales y clientes del postor. A solicitud del INMP se retirará aquel personal destacado en quien se compruebe deficiencia laboral, mala conducta habitual y/o actitud dolosa comprobada en el servicio.
El postor deberá ubicar personal de vigilancia femenino en los turnos y lugares que la institución designe.
El postor deberá presentar un cuadro en el que se enumere en forma detallada el personal propuesto, consignando el tiempo de experiencia en la Especialidad Objeto del presente Concurso Público.
PERFIL SOLICITADO DEL SUPERVISOR
1. Rango de Edad : Entre 35 y 45 años
2. Formación académica : Oficiales, Sub Oficiales de la FFAA, y P.N.P, y/o personal civil con experiencia en servicios de seguridad y manejo de personal.
3. Experiencia laboral : Mínimo 5 años en Seguridad Integral acreditados con Certificados de trabajo.
4. Manejo de equipos de comunicación (fax, e.mail, radio, nextel)
PERFIL SOLICITADO DEL AGENTE DE VIGILANCIA
1. Talla mínima : No menor de 1.65 mts.
2. Rango de Edad : Entre 21 a 40 años
3. Nivel de educación : Secundaria completa
4. Experiencia : De preferencia licenciado(a)s de FFAA y/o PNP
5. Estado de Salud : Acreditado por Declaración Jurada. (A la firma del contrato se adjuntara el certificado de salud emitido por una entidad pública de salud con antigüedad no mayor a 3 meses).
II.- DEL SERVICIO
Se requiere el Servicio de Seguridad y Vigilancia para el personal, pacientes, público, instalaciones, enseres, materiales, vehículos y bienes patrimoniales del Instituto Nacional Materno Perinatal.
Para cubrir las necesidades de Vigilancia y Seguridad motivo del presente proceso se requiere un mínimo de 66 agentes incluidos dos (2) supervisores, uno (1) para cada turno distribuidos de la siguiente manera:
-
Turno
No de puestos
No de Agentes (*)
DIA
40
42
NOCHE
26
26
(*) Incluido los supervisores
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
PUESTOS DE VIGILANCIA EN EL INMP
Nota: Cada puesto de vigilancia indica la cantidad requerida de vigilantes, equipos y suministros necesarios para el servicio.
|
DENOMINACIÓN Y UBICACION DE PUESTOS Y AGENTES |
COBERTURA |
Dia |
Noche |
Horas de Trabajo |
|
Cant. |
DIAS |
|
|
|||
01 |
SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
02 |
PUERTA DE DIRECCIÓN |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
|
12 |
03 |
PUERTA PRINCIPAL |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
04 |
PUERTA DE CONSULTORIOS EXTERNOS |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
05 |
CAJA DE CONSULTORIOS EXTERNOS |
1 |
Lunes/Sap |
1 |
|
12 |
06 |
CONSULTORIOS DE ADOLESCENCIA |
1 |
Lunes/Sap |
1 |
|
12 |
07 |
FARMACIA DE CONS.EXTERNOS |
1 |
Lunes/Sap |
1 |
|
12 |
08 |
XXXXXX XX XXXXXXXX DE ESTADÍSTICA |
1 |
Lunes/Sap |
1 |
|
12 |
09 |
PUERTA DE CONS. DE PEDIATRIA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
|
12 |
10 |
PASADIZO DECONS. DE PEDIATRIA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
11 |
PUERTA DE ALTAS |
3 |
Lunes/Dom |
2 |
1 |
24-12 |
12 |
LABORATORIO DE BANCO DE SANGRE |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
|
12 |
13 |
MONITOREO FETAL |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
14 |
SERVICIO DE GINECOLOGÍA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
|
12 |
15 |
CLINICA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
16 |
AZOTEA DEL 3ER. PISO |
1 |
Lunes/Dom |
|
1 |
12 |
17 |
PASANTES |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
18 |
CAJA CENTRAL |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
19 |
RESIDENCIA MEDICA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
20 |
PUERPERIO SERVICIO 4 |
1 |
Lunes/Dom |
1 |
|
12 |
21 |
ADOLESCENCIA 1ER. PISO |
3 |
Lunes/Dom |
2 |
1 |
24- 12 |
22 |
OBSTERICIA “X” 0xx. XXXX |
0 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
23 |
OBSTERICIA “X” 0xx. XXXX |
0 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
24 |
OBSTERICIA “D 2do. PISO |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
25 |
PUERTA DE VISITA- XX. XXXXXXXX |
0 |
Xxxxx/Xxx |
0 |
|
00 |
00 |
0XX. XXXX XXXX JAPON |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
27 |
PUERTA DE EMERGENCIA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
28 |
MODULO DE EMERGENCIA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
29 |
CONSULTORIOS DE EMERGENCIA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
|
12 |
30 |
PUERTA DEVEHÍCULOS |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
31 |
MORTUORIO |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
|
12 |
32 |
2DO. PISO SALA DE PARTOS |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
33 |
3ER. PISO NEONATOLOGÍA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
34 |
4to. PISO SALA DE OPERACIONES |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
35 |
ESCALERA A LA TERRAZA |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
36 |
MANTENIMIENTO |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
37 |
LOGÍSTICA |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
|
12 |
38 |
PUERTA PRINCIPAL EX – INO |
2 |
Lunes/Dom |
1 |
1 |
24 |
39 |
PUERTA DE VEHICULOS XX. XXXXX |
0 |
Xxxxx/Xxx |
0 |
0 |
00 |
00 |
XXXX XXXXXX |
1 |
Lunes/Sab |
1 |
|
12 |
Seis (06) revólveres calibre 38 m.m.
No menos de veintiún (21) equipos de radio comunicación portátiles.
Cuatro ( 04 ) equipos de comunicación portátil radio-celular
Seis (06) chalecos de protección antibalas.
Tres ( 03 ) detectores de metal portátil
Dos (02) Espejos visores
La empresa ganadora debe implementar el puesto de supervisión sin costo adicional para el Instituto.
La empresa ganadora debe asumir el compromiso de apoyar con personal de seguridad y vigilancia a solicitud de la entidad contratante, en caso que ocurran siniestros, huelgas, manifestaciones internas, jornadas de salud y cuando las circunstancias que enfrente la entidad así lo requiera.; con la única finalidad de reforzar la seguridad en forma temporal, sin que implique costo adicional para el INMP.
La empresa ganadora debe establecer medidas de prevención contra daños, robos, deterioro, incendios, actos de sabotaje, fuga de pacientes, terrorismo o cualquier otro atentado en agravio de las instalaciones, pacientes, personas y bienes del Instituto Nacional Materno Perinatal.
La empresa ganadora debe registrar y controlar los equipos y bienes patrimoniales, vehículos que ingresen y egresen del Instituto Nacional Materno Perinatal tanto particulares, como propios de la entidad, así como el flujo de personal, visitantes, pacientes y terceros de acuerdo con las normas y directivas que regulan al personal de la entidad.
La empresa ganadora debe revisar las bolsas, mochilas y otros de las personas que ingresan y egresen del Instituto Nacional Materno Perinatal, sin excepción alguna.
La empresa ganadora deberá informar diariamente al jefe de servicios generales sobre las ocurrencias del servicio y entregar una (1) copia de la asistencia del personal a la entidad.
La empresa para ejecutar los servicios solicitados, precisara por lo menos de un supervisor por turno debidamente capacitado, armado y con experiencia en el desempeño de tales funciones.
La empresa ganadora debe cumplir con las funciones que le sean asignadas por la Dirección General a través de la Oficina Ejecutiva de Administración en lo que respecta al servicio de seguridad, con conocimiento de la Oficina de Servicios Generales.
El personal destacado realizara los servicios de lunes x xxxxxxx, incluyendo feriados en dos (2) turnos horarios, de 12 horas cada uno distribuidos de la siguiente manera:
Primer turno: 07:00 a 19:00 horas
Segundo turno de 19:00 a 07:00 horas
El personal destacado debe ser programado de tal manera que no labore más de 48 (cuarenta y ocho) horas semanales y la distribución y cantidad de personal programado en cada turno deberá ser comunicado oportunamente al encargado de supervisar el servicio.
Las personas programadas en jornadas nocturnas deberán ser rotadas periódicamente, al menos de modo bimensual. Ningún personal laborará dos turnos continuos.
El personal deberá retirarse de las instalaciones de la entidad dentro de los 20 (veinte) minutos siguientes al fin de su turno, salvo situaciones excepcionales previamente comunicados al Jefe de Vigilancia del Instituto Nacional Materno Perinatal.
Todo el personal de vigilancia debe ser rotado mensualmente de manera interna en los puestos de vigilancia asignados, La rotación externa será trimestral y abarcara a no menos del 20% del personal asignado a la entidad, para lo cual seguirán los criterios de evaluación del servicio previamente definidos por la empresa.
La empresa proporcionará a sus agentes el siguiente material mínimo:
Dos (2) juegos de uniformes completos (tanto de invierno como xx xxxxxx)
Armas con municiones y licencias correspondientes de acuerdo al número solicitado.
Chalecos de protección, de acuerdo a lo solicitado
Radios portátiles de acuerdo al número solicitado.
Equipo detector de metales portátil, de acuerdo a lo solicitado
Silbato para cada vigilante
Espejos para revisión de la parte inferior de los vehículos de acuerdo al número solicitado.
Linternas halógenas de cuatro (4) pilas grandes para cada agente
01 caja tipo bóveda.
Los agentes están prohibidos de utilizar toda clase de radios, revistas, equipos de sonido y visión así como cualquier material de lectura y otro material que lo distraiga durante la jornada de servicio.
En ningún caso los puestos de vigilancia serán abandonados correspondiendo al supervisor establecer los retenes correspondientes para el refrigerio de su personal. Se debe aclarar que no se están solicitando agentes adicionales al requerimiento que actúen como retenes, sino que se organice al personal a la hora de refrigerio a fin de no descuidar los puestos de vigilancia.
El Jefe de Vigilancia del Instituto Nacional Materno Perinatal informará oportunamente al Director de Servicios Generales a fin que este tome conocimiento de los casos de incumplimiento o cumplimiento parcial, tardío y/o defectuoso de parte de la empresa en la ejecución de sus prestaciones, para los efectos de evaluación de servicios.
III.- DE LA ADMINISTRACION y CAPACIDAD OPERATIVA
La empresa dispondrá de dos (2) supervisores, uno diurno y uno nocturno
La empresa organizará a su personal de acuerdo al cronograma de vigilancia y seguridad presentado en su propuesta técnica, el cual podrá ser reajustado en atención a las recomendaciones formuladas por el Jefe de Vigilancia del Instituto Nacional Materno Perinatal.
El Instituto Nacional Materno Perinatal tiene la facultad de solicitar el retiro del personal destacado por la empresa, en caso éste no reúna las condiciones y aptitudes para cumplir el servicio; lo cual deberá producirse en un máximo de 24 horas.
Los trabajadores asignados deberán conocer el uso y ubicación de los extinguidores, zonas de seguridad y áreas de evacuación para apoyar la evacuación en caso de siniestros. Los trabajadores destacados estarán bajo la Dirección del Comité de Defensa Civil del Instituto Nacional Materno Perinatal, cuando el caso así lo requiera.
El Instituto Nacional Materno Perinatal proporcionará un ambiente a la empresa, el mismo que servirá como almacén de materiales, implementos y vestuarios del personal, quedando bajo responsabilidad de la empresa en lo que respecta al mantenimiento, cuidado y control de sus bienes.
El Instituto Nacional Materno Perinatal no asumirá responsabilidad por los daños y perjuicios que sufra el trabajador de la empresa en el desempeño de sus funciones.
La empresa deberá proveer a su personal de todos y cada uno de los implementos de seguridad que se requiere para la prestación del servicio.
Previo conocimiento de la PNP del sector, la empresa contratista asumirá la responsabilidad legal por los daños y perjuicios causados al Instituto y/o a terceros por sus trabajadores destacados en el Instituto Nacional Materno Perinatal.
El contratista será responsable de los daños, pérdidas y/o sustracciones que sufriera el INMP por acción, desconocimiento o negligencia de su personal, debiendo reparar o reemplazar a satisfacción del INMP los daños causados. Si en el término de cinco (05) días calendario, no realiza la reparación o reemplazo, el INMP descontará automáticamente el valor de la reparación o reemplazo de los importes pendientes de cancelación. El valor de reparación o reemplazo del bien será el de vigencia en el mercado y será puesto en conocimiento de la empresa contratista.
La reparación o reemplazo por sustracción ilícita se cumplirá sin perjuicio de la acción administrativa, policial y/o judicial que el caso amerite
La empresa se obliga a seleccionar personal idóneo de garantizada honradez y solvencia moral debiendo presentar a los 15 días de instalado el servicio los siguientes documentos fedateados por los funcionarios del Instituto:
Currículum vitae documentado de todo el personal
Certificado de buena salud emitido por una entidad del Estado.
Certificado de antecedentes penales
Certificado de antecedentes policiales
El Jefe de Vigilancia del Instituto Nacional Materno Perinatal, encargado de la evaluación del servicio, tiene la facultad de inspeccionar, controlar y calificar la prestación del servicio periódicamente y de acuerdo al ámbito de sus competencias, rechazar con fundamento los materiales que la empresa utilice en caso de considerarlos inadecuados para el servicio así como a exigir el correcto comportamiento del personal de la empresa, estando estos obligados a subsanar de inmediato las observaciones o deficiencias que se le indique por escrito de parte de sus supervisores. El informe emitido deberá fundamentar las causas de las observaciones y las recomendaciones.
El incumplimiento, parcial o tardío de las cláusulas contractuales por parte de la empresa que causen daños y perjuicios al Instituto Nacional Materno Perinatal, será causal de aplicación de penalidades o incluso, de ser el caso, de resolución de contrato. Las penalidades podrán ser deducidas de la carta fianza o mediante pago en tesorería de la entidad.
12. En caso de que la empresa unilateralmente decida resolver el contrato por causa no imputable al Instituto Nacional Materno Perinatal, se deberá reconocer a favor de éste una indemnización equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la facturación mensual del servicio salvo mutuo disenso. La indemnización podrá ser cubierta con la ejecución parcial de la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato.
ANEXO Nº 03
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
FORMATO DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y/U
OBSERVACIONES A LAS BASES
1.EMPRESA (Nombre o Razón Social) |
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2. REFERENCIA (S) DE LAS BASES |
Numeral(es): |
Anexo(s): |
Página(s): |
3. ANTECEDENTES / SUSTENTO |
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ANEXO Nº 04
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO |
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
Lima, ....... de ........................... del 2,007
Los que suscriben, don .......…........................................……......................….........., identificado con D.N.I. N° ............................., Representante Legal de .........……….............................….........., con R.U.C. N° ......................; y don ......... ........………….............................................….........., identificado con DNI N° ............................., Representante Legal de ............................................... ....................…..............................., con R.U.C. N° ............................. DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que nuestras representadas participan consorciadas en la Concurso Publico PÚBLICA N° 0001-2007-INMP 1º Convocatoria, y de ser adjudicadas con la Buena Pro, nos comprometemos luego de que el otorgamiento quede consentido, a formalizar el contrato de consorcio, según lo establece la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE .
Nombre del Consorcio |
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Representante legal del Consorcio |
Nombre |
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D.N.I. |
|
El nombre de las empresas que forman el consorcio y su participación porcentual en este acto es como sigue:
OBLIGACIONES DE CADA UNA DE LAS PARTES
EMPRESA Nº 01: .......................................................................................
................................................................................................................................
...............................................................................................................................
EMPRESA Nº 02: .......................................................................................
................................................................................................................................
................................................................................................................................
EMPRESA Nº 03: .......................................................................................
................................................................................................................................
................................................................................................................................
............................................................ |
............................................................ |
Firma y sello del Representante Legal |
Firma y sello del Representante Legal |
Empresa: |
Empresa: |
............................................................ |
Firma y sello del Representante Legal |
Empresa: |
ANEXO Nº 05
DECLARACIÓN JURADA |
(DE CONFORMIDAD CON EL ART. 76° DEL REGLAMENTO)
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
El que suscribe Don....................................., identificado con DNI N°...................., representante legal de................................................................, con RUC N°............................, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada, al postular al Concurso Público Nº 0001-2007-INMP “Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia” - 1º Convocatoria.
No tiene impedimento para participar en el proceso de selección, ni para contratar con el Estado conforme al artículo 9º de la Ley .
Conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección; libre y voluntariamente a las Bases del presente proceso de selección.
Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del proceso.
Se compromete a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de ser favorecido con la Buena Pro.
Conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Lima, ..............de ....................................... del 2,007
....................................................... |
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Postor o Representante Legal |
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Sello y Rúbrica |
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ANEXO Nº 06
DECLARACIÓN JURADA DE SER UNA PEQUEÑA O MICROEMPRESA |
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
El que se suscribe, don …………………………………………, identificado con DNI Nº........................ Representante Legal de ....................................... ..................................................................., con R.U.C. Nº ……..…………… DECLARO BAJO JURAMENTO que la empresa a la cual represento es una ............................... (pequeña o microempresa, según sea el caso), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27268 “Ley General de la Pequeña y Microempresa” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 030-2000-ITINCI.
Lima, ..............de ....................................... del 2,007
.................................................................. Rúbrica y sello del Postor o Representante Legal |
ANEXO Nº 07
DECLARACIÓN JURADA DE SERVICIOS PRESTADO EN EL PAÍS |
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
El que se suscribe, don ………………………........................……………, identificado con DNI Nº ........................... Representante Legal de .............. .................................................................., con R.U.C. Nº ………………… DECLARO BAJO JURAMENTO que el servicio ofertado por mi representada al postular al Concurso Publico Nº 0001-2007-INMP 1º Convocatoria, serán prestados dentro del territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1° del Decreto Supremo N° 003-2001-PCM.
Lima, ..............de ....................................... del 2,007
.................................................................. Rúbrica y sello del postor o representante Legal |
ANEXO Nº 08
DECLARACIÓN JURADA DE PACTO DE INTEGRIDAD |
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
El Comité Especial del proceso de selección Concurso Publico Nº 0001-2007-INMP 1º Convocatoria y el Representante Legal de ......................................................................... suscriben el presente Pacto de Integridad a través del cual:
El postor confirma que no ha ofrecido u otorgado, ni ofrecerá u otorgará, ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto del proceso de selección.
El postor declara no haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas a la libre competencia.
El INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL se compromete a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos de parte de sus funcionarios.
El incumplimiento del pacto de integridad generará:
Para los postores, inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes.
Para los funcionarios del Instituto, las sanciones derivadas de su régimen laboral.
Lima,.................de , 2007
..................................................... |
..................................................... |
Representante del postor |
Miembros del Comité Especial |
ANEXO Nº 09
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
CARTA AUTORIZACIÓN
(Para el pago con abonos en la cuenta bancaria del proveedor)
Lima,
Señor
(Director General de Administración de la Unidad Ejecutora...........................)
Presente
Asunto : Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a Ud. que el número del Código de Cuenta Interbancario (CCI) de la empresa que presento es el ..........................................................
(Indicar el CCI así como el nombre o razón social del proveedor titular de la cuenta)
agradeciéndole se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados en la cuenta que corresponde al indicado CCI en el Banco..........................................................
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por el mi representada una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Atentamente,
F xxxx del proveedor, o de su representante legal
Debidamente acreditado ante la UE
ANEXO N° 10
CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-INMP- 2007- 1º CONVOCATORIA
“SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA”
FACTORES DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se efectuará en 2 (DOS) etapas: Evaluación Técnica y Evaluación Económica.
PRIMERA ETAPA: EVALUACION TECNICA (Puntaje Máximo 100 puntos)
Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos (DS N° 063 – 2006-EF Art. 72 inciso b). Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
Nº |
CRITERIOS PUNTAJE |
A |
REFERIDOS AL POSTOR Hasta 40 Puntos |
1 |
Trabajos Previos Similares en Entidades Públicas y/o Privadas Se considerará montos acumulados facturados en nuevos soles según la siguiente escala: Mayor de 7’500,000 40 puntos De 6’000,000 a 7’500,000 30 puntos De 4’500,000 a 5’999,999 20 puntos De 3’000,000 a 4’499,999 10 puntos Hasta 2’999,999 05 puntos Se considerarán documentos con una antigüedad no anterior al 1ro de Enero del 1998, de diferente relación contractual culminada hasta un máximo de 10 contratos. En caso de presentarse más de 10 contratos se evaluarán solo los 10 primeros. Se acreditarán con copia simple legible de los comprobantes de pago cancelados o, en su defecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio (articulo 66° del Reglamento) Los comprobantes de pago cancelados deberán ser de servicios culminados en su totalidad, los cuales se acreditarán con una declaración jurada, sujeta a verificación posterior por la entidad |
B |
REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO Hasta 35 puntos |
1 |
Experiencia de los dos Supervisores de Seguridad (articulo 66° anexo b)3.5 puntos por cada servicio entregado, avalado por certificado o constancia de realizar la labor de supervisor de seguridad, hasta un máximo de 10 constancias y/o certificados. En caso de presentar mas de 10 documentos solamente se evaluaran los 10 primeros En caso que el supervisor sea licenciado (en condición de retiro) de las Fuerzas Armadas o Policiales deberá acreditar, que no ha pasado a dicha situación por medida disciplinaria o sentencia judicial condenatoria Se deberán presentar los siguientes documentos del supervisor:
|
C |
REFERIDOS AL OBJETO DEL CONTRATO Hasta 25 Puntos |
1 |
Servicios adicionales ofrecidos como valor agregado sin costo adicional para el INMP Se otorgará hasta un máximo de 25 puntos a la empresa que ofrezca servicios adicionales referidos a la seguridad en beneficio del INMP tales como:
autónomos con indicación de alarma
pulsadores autónomos
Deberán contar con un equipo de grabación centralizado. Se deberá tener grabación de respaldo.
(vacaciones) en turnos de 8 horas diarias para vigilancia periférica. Presentar una declaración jurada donde se indique que, de ser ganadora de la buena pro, la empresa postora se compromete a cumplir los servicios adicionales ofrecidos. Las zonas críticas en número de 05 serán comunicadas por el área usuaria al postor ganador. |
ANEXO Nº 11
CONCURSO PUBLICO N° 0001-2007-INMP-CE
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento que se extiende en original y tres (03) copias, el Contrato de prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia que celebran: DE UNA PARTE EL INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL, con R.U.C. Nº ....................................., representado por el .......................... identificado con DNI Nº ............................... a quién en adelante se le denominará EL INMP, con domicilio legal en ....................................................................................................................................
............................................................................................................., en el Distrito de .............................................., Departamento de Lima.
DE LA OTRA PARTE:
La empresa ............................................................................................., con R.U.C. Nº ........................., y Licencia Municipal Nº ........................................, con domicilio legal en ......................................................................................................................
.................................................................................................................................., representado en este acto por el Señor .................................................................... en su calidad de representante legal .............................................................................. identificado con D.N.I. Nº ....................... . .................................................................................................................................., según poder suficiente otorgado a su favor, tal como consta en la copia de la ficha registral actualizada ............................... a quién en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones establecidas en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: PRELIMINAR
El presente Contrato se regula por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado con los XX.XX. Nº 083 y 084-2004-PCM respectivamente y sus modificatorias, así como el Código Civil y las Normas que le sean aplicables.
El Comité Especial llevó a cabo el Proceso de Selección del Concurso Público N° 0001-2007-INMP conforme a las Bases y Especificaciones Técnicas aprobadas, habiendo quedado consentida la Adjudicación de la Buena Pro, otorgada al postor................................................. por el Comité Especial con fecha ..........................., debiendo en consecuencia suscribirse el presente Contrato de conformidad con el artículo 198º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
EL CONTRATISTA se compromete a brindar el servicio de Vigilancia y Seguridad en las instalaciones asignadas por el INMP, conforme a las cantidades y especificaciones técnicas entregadas junto con las Bases y su propuesta. El servicio contratado se brindará diariamente incluidos los días xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados los 365 días del año.
CLÁUSULA TERCERA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente Contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para con las partes.
CLÁUSULA CUARTA : MONTO DEL CONTRATO
El importe del presente Contrato asciende a la suma total de S/………………………Nuevos Soles, incluido I.G.V.
CLÁUSULA QUINTA : FORMA DE PAGO
EL INMP pagará a EL CONTRATISTA por los servicios objeto del presente contrato, la suma ascendente a ........................., dicha suma incluye el Impuesto General a las Ventas y serán pagadas en armadas mensuales durante la vigencia del contrato y una vez emitida la factura correspondiente con la conformidad de la Oficina de Logística y el Comité de Conformidad de Servicio.
Para el pago correspondiente se presentarán y formularán previamente los siguientes documentos :
Factura Comercial en original y dos (02) copias emitidas por EL CONTRATISTA y la respectiva Orden de servicio
El acta con la conformidad debidamente otorgada por el Comité de Supervisión del Servicio de Seguridad y Vigilancia del INMP
Copia de la planilla de pago correspondiente al mes anterior de los agentes que prestan servicios en el Instituto
Planilla de pago mensual a la Empresa o Servicio de seguro de salud, una vez inscrito el personal.
Planilla de pago del seguro complementario de riesgo del personal asignado
El pago del monto establecido en la cláusula precedente, la efectuará el INMP a EL CONTRATISTA dentro de los 10 días luego de la recepción del expediente de pago.
CLÁUSULA SÉXTA: PERIODO DE PRESTACION DE SERVICIOS
El presente contrato regirá por un periodo de doce (12) meses. El mismo que se ejecutará durante el periodo comprendido desde el…...... de ....... del 2007 hasta el ……de .......... del 2008.
CLÁUSULA SEPTIMA: SEGUROS
A la suscripción del contrato, EL CONTRATISTA presentará las pólizas de seguros requeridas por el INMP las mismas que se indican en los numerales 7.5 y 7.6 de las Bases.
CLAUSULA OCTAVA: GARANTÍAS
Para Cubrir las penalidades señaladas en el artículo 222º del Reglamento del Texto Único Ordenado TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, EL CONTRATISTA entregará antes de suscribir el Contrato las GARANTÍAS establecidas en los artículos 215º y 216º, según el caso, con los requisitos establecidos en el artículo 213°, las cuales deben estar vigentes hasta la liquidación del contrato.
Las Garantías serán otorgadas por una Entidad de primer orden, que se encuentre supervisada y controlada por la Superintendencia de Banca y Seguros.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
Esta regulado por lo dispuesto en el artículo 233° del Reglamento DS 084-2004-PCM verificándose la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato y en los documentos que lo conforman, para garantizar el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas.
El Acta de Recepción consignará:
· El número de contrato
· Fecha y lugar
· Comprobante de pago válido
El Comité de Supervisión de Seguridad y Vigilancia del IEMP es el responsable de emitir la conformidad del servicio, en caso de encontrarse deficiencias en el servicio prestado, el Comité de supervisión del servicio Vigilancia de Seguridad y Vigilancia del INMP levantará un Acta en la que se indicará claramente cuales son las observaciones encontradas, y se procederá a dar un plazo de 05 días calendario a EL CONTRATISTA para que sean subsanadas.
La recepción de conformidad no enerva el derecho del INMP a reclamo posterior por defecto xx xxxxxx o vicios ocultos relacionados al servicio.
En caso de encontrarse deficiencias en el servicio prestado, el Comité de supervisión del servicio Vigilancia de Seguridad y Vigilancia del INMP levantará un Acta en la que se indicará claramente cuales son las observaciones encontradas, y se procederá a dar un plazo de 05 días calendario a EL CONTRATISTA para que xxxx xxxxxxxxxx.
EL CONTRATISTA declara someterse a la responsabilidad que determine el CÓDIGO PENAL en su artículo 239º, por la prestación de servicios distintos a los ofertados y solicitados por EL INMP.
CLÁUSULA DÉCIMA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurriera en xxxx por no cumplir con la entrega de los servicios objeto del presente contrato, dentro del plazo previsto en la Cláusula Séptima, se aplicarán las penalidades establecidas en los artículos 221º y 222º del Reglamento del TUO de la Ley.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: CONTROL Y SUPERVISION
El control de la ejecución y supervisión del cumplimiento del Contrato del Servicio de seguridad y vigilancia, estará a cargo del Comité de Supervisión de Seguridad y Vigilancia.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: DE LOS IMPLEMENTOS y EQUIPOS A UTILIZAR POR EL PERSONAL DE SEGURIDAD.
EL CONTRATISTA dotará a su personal del uniforme aprobado de acuerdo x Xxx, y del equipo y accesorios necesarios para cumplir con su función en los diferentes puestos.
La Oficina de Servicios Generales del Instituto Nacional Materno Perinatal, efectuará el Control y la Supervisión de la correcta organización y distribución de personal y material, así como la calidad de los equipos e implementos a utilizar.
EL INMP asignará un ambiente adecuado para que EL CONTRATISTA pueda utilizarlo como depósito de los materiales, equipos e implementos, haciéndose entrega de las llaves al supervisor, siendo éste el único responsable de portar las llaves, abrir y cerrar el ambiente asignado y de los artículos que allí se encuentren depositados y/o almacenados.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cumplir con la prestación del servicio de seguridad y vigilancia dentro de las condiciones establecidas en las Cláusula Segunda de este Contrato, Bases, del concurso y los documentos complementarios.
No ceder a terceros, total o parcialmente los derechos y obligaciones de este Contrato.
EL CONTRATISTA declara estar legalmente autorizado para efectuar la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia.
EL CONTRATISTA se obliga a atender el aumento o disminución de los servicios de seguridad y vigilancia contratados a simple requerimiento escrito de EL INMP.
EL CONTRATISTA durante la vigencia del presente contrato, se obliga en abonar a su personal el haber básico mensual indicado en su propuesta económica, debiendo adicionarse a este concepto el pago por las horas extras, domingos, feriados laborados y demás conceptos xx xxx, si es que hubiese. Asimismo respetará la condición establecida por el comité referente al sueldo mínimo del Agente, el mismo que no deberá ser menor a S/. 800.00 Nuevos Soles.
EL CONTRATISTA asume el pago puntual de los haberes de sus trabajadores empleados, así como sus derechos y beneficios sociales de conformidad con las leyes laborales vigentes y demás dispositivos legales, asimismo se obliga a presentar mensualmente para el pago de la factura correspondiente, fotocopia de las Planillas de Haberes y Boletas de Pago, debidamente firmadas por el trabajador y fotocopia de las Constancias de Pago al día de los aportes de la entidad aseguradora de salud y Seguro Complementario de trabajo de riesgo del personal asignado en el Instituto Nacional Materno Perinatal.
Guardar reservas y no revelar por ningún medio cualquier información a la que pueda tener acceso como consecuencia del desempeño del servicio, dicha obligación se extiende hasta los doce meses después de las conclusiones del presente contrato.
Presentar la relación del personal asignado y adjuntar en Legajo con fotocopia de los documentos personal de cada agente. Asimismo debe remplazar al personal cuando no cumpla con las labores asignadas o no reúna las condiciones para el desarrollo del servicio, cuando el Instituto Nacional Materno Perinatal lo solicite.
Suministrar el equipo y materiales necesarios para efectuar el servicio contratado de acuerdo a lo solicitado por el Instituto Nacional Materno Perinatal y conforme a su oferta.
Previo conocimiento de la PNP del sector, la empresa contratista asumirá la responsabilidad legal por los daños y perjuicios causados al Instituto y/o a terceros por sus trabajadores destacados en el Instituto Especializado Materno Perinatal.
Previo conocimiento de la PNP, el contratista será responsable de los daños, pérdidas y/o sustracciones que sufriera el INMP, personal y usuarios previo registro de bienes ingresados, por acción, desconocimiento o negligencia de su personal, debiendo reparar o reemplazar a satisfacción del INMP o afectados los daños causados. Si en el término de cinco (05) días calendarios no realiza la reparación o reemplazo, el INMP descontará automáticamente el valor de la reparación o reemplazo de su facturación mensual. El valor de reparación o reemplazo del bien será el de vigencia en el mercado y será puesto en conocimiento del contratista.
La reparación o reemplazo por sustracción ilícita se cumplirá sin perjuicio de la acción administrativa, policial y/o judicial que el caso amerite.
CLAUSULA DECIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO
1. En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de las obligaciones previstas en el presente contrato, y que haya sido previamente observada por EL INMP, éste último podrá resolver el contrato en forma total o parcial, mediante la remisión por vía notarial de la resolución en la que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica. Dicho acuerdo o resolución será aprobado por la autoridad del mismo nivel jerárquico que aquella que haya suscrito el contrato.
2. El contrato queda resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de dicha comunicación por EL CONTRATISTA.
3. Igual derecho asiste al contratista ante el incumplimiento por EL INMP de sus obligaciones esenciales, siempre que EL CONTRATISTA le haya emplazado mediante carta notarial y este no haya subsanado su incumplimiento.
4. EL INMP podrá resolver el contrato sin responsabilidad para las partes. En este último caso, el contrato queda resuelto de pleno derecho de su comunicación a EL CONTRATISTA y EL INMP procederá a pagar al contratista lo efectivamente ejecutando, con lo que el contrato se entiende liquidado.
Salvo causas de fuerza mayor, la resolución del contrato generará las sanciones o penalidades previstas en el presente contrato. EL CONTRATISTA no será responsable por el incumplimiento total o parcial de sus obligaciones contractuales por causas que deban a hechos extraordinarios e imprevisibles o inevitables, ajenos a su voluntad o actuación. Las causas de Fuerza Mayor serán invocadas por escrito detallando su naturaleza, comienzo, duración y consecuencias, acreditándola con documento público que ofrezca fe plena, caso contrario, no será admitido.
Es causal de resolución de contrato, el incumplimiento en el pago de los derechos laborales y previsionales
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Por la presente cláusula, las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja o se relacione con la ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelto de manera definitiva mediante conciliación o arbitraje de derecho conforme a las disposiciones establecidas en el TUO de la Ley, de su Reglamento y la Ley General de Arbitraje.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DAÑOS Y PERJUICIOS
Las penalidades a que se contrae la Cláusula Décima Primera, no es excluyente sino acumulativa y EL INMP, así no haya sufrido daño y/o perjuicio alguno, tendrá derecho a exigir siempre el integro de las penalidades a EL CONTRATISTA por el sólo hecho de cumplimiento tardío o inejecución contractual o en ambos, según sea el caso.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO
El presente contrato entrará en vigencia al día siguiente de suscrito el presente documento contractual, por tanto sus efectos relacionados con las obligaciones y derechos de ambas partes podrán ser motivo de reclamo únicamente después de cumplirse el requisito mencionado.
En todos los aspectos no contemplados en el presente contrato se aplicarán las normas señaladas en el TUO de la Ley y su Reglamento.
En señal de conformidad, ambas partes firman el presente CONTRATO, en la Ciudad de Lima a los ................................................................... días del mes de .................................................. del dos mil siete.
NOTA:- Previa a la suscripción del contrato el postor adjudicado deberá presentar la documentación que acredite los hechos materia de las declaraciones juradas a que se refiere en el numeral, quedando copia fedateada para el expediente del Instituto Nacional Materno Perinatal.