Definición de Propuesta rechazada

Propuesta rechazada. Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones.
Propuesta rechazada. Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que no se encuentre ajustada a los requerimientos previstos en estos TCC o aquella presentada por un Proponente considerado como no hábil en el informe de evaluación definitivo.
Propuesta rechazada. Es aquella Propuesta que no cumple con alguno o algunos de los requisitos legales, técnicos o financieros señalados en el Pliego o en la ley, y obtiene calificación de “rechazada” en cualquiera de los criterios de admisión o de evaluación señalados en los mismos.

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Propuesta rechazada. Es la propuesta que incurre en causal de rechazo establecida en el Pliego de Condiciones o en la Invitación. • Proceso de selección. Hace referencia al proceso de selección objetiva conducente a la escogencia de una persona natural o jurídica con el fin de celebrar un contrato. Conforme con la legislación vigente, existen cinco (5) modalidades de selección de los contratistas regulados por las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, y 1474 de 2011, clasificadas de la siguiente manera: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa y Mínima Cuantía. • Relación costo beneficio. En los procesos de selección por licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la oferta más favorable para la entidad se debe determinar teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio de conformidad con lo señalado en el pliego de condiciones. • Requisitos habilitantes. Son aquellos requisitos que serán objeto de verificación de cumplimiento como habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje, salvo en los procesos para selección de consultores. Estos requisitos son los siguientes: la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes. Su exigencia debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor. • Responsable del Área de Origen. Secretario(a) Juridico(a), Subsecretarío(a) Jurídico(a), Director(a), Jefe(a) de Oficina, quienes son las dependencias que requieren, la contratación de bienes o servicios para el cumplimiento de sus funciones.
Propuesta rechazada. Es la propuesta que carece de los requisitos habilitantes y en consecuencia no puede ser ponderada o aquella que fue presentada extemporáneamente.
Propuesta rechazada. Es aquella propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones SDDE Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Propuesta rechazada. Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en estos TCC. Presupuesto estimado de ejecución (PEE): Es el valor estimado de los Contratos Marco hasta por el valor total de cada Grupo.
Propuesta rechazada. Es la propuesta que incurre en causal de rechazo establecida en el pliego.
Propuesta rechazada. Es la propuesta que incurre en causal de rechazo establecida en el Pliego de Condiciones o en la Invitación. • Relación costo beneficio. En los procesos de selección por licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la oferta más favorable para la entidad se debe determinar teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio de conformidad con lo señalado en el pliego de condiciones. • Requisitos habilitantes. Son aquellos requisitos que serán objeto de verificación de cumplimiento como habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje, salvo en los procesos para selección de consultores. Estos requisitos son los siguientes: la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes. Su exigencia debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor. • Responsable del Área de Origen. Secretario(a) Juridico(a), Subsecretarío(a) Jurídico(a), Director(a), Jefe(a) de Oficina, quienes son las dependencias que requieren, la contratación de bienes o servicios para el cumplimiento de sus funciones.
Propuesta rechazada. Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones. ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN XXXXXXXXX DE MARIQUITA – TOLIMA Fecha de aprobación: 01/09/2015 Versión: 02 Página 10 de 101  Propuesta: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en el presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma.  Proyecto xx Xxxxxx(s) de Condiciones: Para el presente proceso se entiende por proyecto xx xxxxxx de condiciones, denominado también Prepliego, el conjunto de normas iniciales, que rigen el proceso y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el proceso de selección del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso. El contenido del Prepliego podría llegar a ser diferente al Pliego Definitivo, teniendo en cuenta que durante esta etapa de prepliego, se pueden presentar observaciones por parte de los interesados y/o de las unidades ejecutoras de la entidad, que requieran tramitarse, para modificar, incorporar, incluir, complementar, aclarar, el Pliego de Condiciones Definitivo.  Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.  Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. Este indicador debe ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio  Requisitos Habilitantes: Son la Capacidad Jurídica, las condiciones de Experiencia, la capacidad financiera y la Capacidad de Organización Técnica de los proponentes, en los términos de la Ley 1150 de 2007 y el decreto 1082 de 2015.