ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. Las Partes declaran que cumplen con la normatividad que les es aplicable en materia de prácticas de anticorrupción. EL ARRENDADOR se obliga a no dar ni ofrecer sobornos a funcionarios de EL ARRENDATARIO y sus filiales, en relación con la celebración, ejecución, terminación y liquidación del Contrato.
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. Las partes declaran conocer y aceptar la Política Anticorrupción y Anti-Soborno, así como también las normas de los Estados Unidos de América de Prevención de Prácticas Corruptas en el Extranjero (Foreign Corrupt Practices Act -FCPA por sus siglas en inglés), el "UK Bribery Act" y las normas anticorrupción aplicables en Colombia, y se comprometen a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en ellas, a fin de no incurrir en conducta alguna que pudiera considerarse soborno o que sea de alguna manera corrupta. En particular, se comprometen en relación con las transacciones o relaciones o cuando actúen en representación de las entidades, a no ofrecer, pagar, prometer pagar, autorizar el pago, solicitar, recibir, o autorizar recibir dinero o cualquier dádiva o cosa de valor, directa o indirectamente, a funcionarios de gobierno, entidades gubernamentales o terceros con quienes tengan una relación comercial, con el fin de inducir una decisión, con el propósito de indebidamente obtener o retener un negocio, o dirigir un negocio hacia cualquier persona u obtener cualquier otra ventaja indebida. Las partes deberán informar inmediatamente cualquier sospecha de intento de soborno o cualquier conducta que implique la violación de la Política o las normas anticorrupción y anti soborno. Para tal efecto, podrán realizar la respectiva denuncia a través de la línea ética dispuesta por LA CORPORACIÓN. La renuencia a cooperar con estos requerimientos constituirá incumplimiento contractual grave e insubsanable, y podrá dar lugar a la terminación inmediata de cualquier relación entre las partes sin lugar a indemnización. Las partes serán responsables, indemnizarán y mantendrán indemne a la otra, por concepto de cualquier investigación, reclamo judicial o extra judicial, indemnización, demanda, acción, condena, gastos, pago de honorarios y demás erogaciones, relacionadas con conductas que impliquen violación o incumplimiento de la Política o las normas anticorrupción y anti soborno. Por lo anterior, LAS PARTES acuerdan reportar las situaciones de soborno o corrupción que puedan presentarse a cualquier nivel en la ejecución del presente contrato, para lo cual podrán remitir la información a la línea ética establecida por las partes. PARÁGRAFO: El ofrecimiento de capacitaciones, participación en congresos, simposios, etc., para el personal de la Corporación deberá hacerse directamente a la Dirección General para que ésta designe a las personas que las recibirán. En caso que el CONT...
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. EN AQUELLOS EVENTOS EN LOS QUE EL TOMADOR Y/O ASEGURADO, CON OCASIÓN DE LA CELEBRACIÓN O EJECUCIÓN DEL CONTRATO, RECIBA UN BENEFICIO INDEBIDO DE FORMA DIRECTA O INDIRECTA, O INCUMPLA LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, LA PRESENTE PÓLIZA NO OTORGARÁ COBERTURA, NI EL ASEGURADOR SERÁ RESPONSABLE DE PAGAR INDEMNIZACIÓN O BENEFICIO ALGUNO.
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. EL CLIENTE declara y garantiza, por sí y por sus subsidiarias y controladas, así como por sus respectivos socios, administradores (incluyendo miembros del consejo y directores), ejecutivos, funcionarios, representantes legales, agentes, subcontratados, apoderados y cualquier otro representante a cualquier título, conocer las normas anticorrupción y antisoborno nacionales y extranjeras, y se compromete a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en ellas. En particular, aunque sin limitarse a lo aquí señalado, EL CLIENTE se compromete en relación con las transacciones o relaciones con JUPITER a no ofrecer, pagar, prometer pagar, autorizar el pago, solicitar, recibir, o autorizar recibir dinero o cualquier dádiva o cosa de valor, directa o indirectamente, a funcionarios de gobierno, entidades gubernamentales o terceros con quienes tengan una relación comercial, con el fin de inducir una decisión, con el propósito de indebidamente obtener o retener un negocio, o dirigir un negocio hacia cualquier persona u obtener cualquier otra ventaja indebida. EL CLIENTE deberá informar inmediatamente a JUPITER cualquier sospecha o conducta que implique la violación de las normas anticorrupción y antisoborno. demanda, acción, condena, gastos, pago de honorarios y demás erogaciones, relacionadas con conductas que impliquen violación o incumplimiento de las normas anticorrupción y antisoborno.
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. EN AQUELLOS EVENTOS EN LOS QUE EL TOMADOR Y/O ASEGURADO, CON OCASIÓN DE LA CELEBRACIÓN O EJECUCIÓN DEL CONTRATO, RECIBA UN BENEFICIO INDEBIDO DE FORMA DIRECTA O INDIRECTA, O INCUMPLA LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, LA PRESENTE PÓLIZA NO OTORGARÁ COBERTURA, NI EL ASEGURADOR SERÁ RESPONSABLE DE PAGAR INDEMNIZACIÓN O BENEFICIO ALGUNO. EL TOMADOR Y/O ASEGURADO DECLARA QUE NO HA RECIBIDO NI RECIBIRÁ BENEFICIO DIRECTO O INDIRECTO RESULTANTE DE LA CELEBRACIÓN O EJECUCIÓN DEL CONTRATO. DE IGUAL MANERA, EL TOMADOR Y/O ASEGURADO SE COMPROMETE A CUMPLIR LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. El Cliente se obliga a:
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. Las Partes declaran que cumplen con la normatividad que les es aplicable en materia de prácticas de anticorrupción. EL CONTRATISTA se obliga a no dar ni ofrecer sobornos a funcionarios de EL BANCO DAVIVIENDA y sus
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. INTERMUD establece como referencia el ABC2 de FIDI y los requisitos relacionados con el soborno; dejando en claro que la empresa está decidida a prevenir la corrupción y luchar contra ella. INTERMUD cree en valores fundamentales, tales como la honestidad, el respeto hacia el estado de derecho, la responsabilidad y la transparencia para promover el desarrollo y hacer de nuestro mundo un lugar mejor para todos. A menudo, se piensa que la corrupción y el soborno son “sólo un modo de vida”, pero todas las sociedades, así como todos los sectores e individuos, saldrían ganando si se dijera “NO” a estos delitos. La erradicación de la corrupción permite el desarrollo social y económico de una nación. Para luchar contra la corrupción y el soborno, INTERMUD exige a sus proveedores de productos y servicios: • Educar a sus colaboradores acerca de la responsabilidad de la organización de erradicar la corrupción. Una justicia igualitaria e imparcial para todos es decisiva para la estabilidad y el crecimiento de un país. También ayuda a combatir eficazmente la delincuencia. 2 FIDI ABC: FIDI Anti-Bribery & Anti-Corruption Charter (Carta Anticorrupción y Antisoborno de FIDI). • ¿Cómo? Esta educación se proveerá dentro de las instalaciones de la organización y los facilitadores serán gerentes y supervisores de la organización.
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. EL TOMADOR Y/O ASEGURADO DECLARA QUE NO HA RECIBIDO NI RECIBIRÁ BENEFICIO DIRECTO O INDIRECTO RESULTANTE DE LA CELEBRACIÓN O EJECUCIÓN DEL CONTRATO. DE IGUAL MANERA, EL TOMADOR Y/O ASEGURADO SE COMPROMETE A CUMPLIR LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.
ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO. Las Partes declaran que cumplen con la normatividad que les es aplicable en materia de prácticas de anticorrupción. EL VENDEDOR se obliga a no dar ni ofrecer sobornos a funcionarios de EL BANCO DAVIVIENDA y sus filiales, en relación con la celebración, ejecución, terminación y liquidación del Contrato.