ASISTENCIA AL VEHÍCULO Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA AL VEHÍCULO. Quedan excluidos del servicio de Asistencia al Vehículo: a) Los vehículos destinados al transporte público de mercancías o personas. b) Los vehículos de alquiler, con o sin conductor. c) Los vehículos que tengan un peso superior a los 3.500 kilogramos. d) Las motocicletas. e) Los vehículos que hayan sido modificados o preparados, o destinados a cualquier competición automovilística. f) La asistencia y gastos a los ocupantes del Vehículo Asegurado transportados gratuitamente mediante “autostop” o “dedo”. g) Los gastos de restaurante, de gasolina, de reparaciones del vehículo, de sustracciones de equipajes y material, de objetos personales o de accesorios incorporados al vehículo. h) Multas de cualquier tipo que sean impuestas por las autoridades. i) La carga transportada no será cubierta. j) Cuando el vehículo sea conducido por alguna persona que carezca de licencia expedida por autoridad competente. k) Los gastos pagados por el beneficiario que no hayan sido previamente aprobados por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. l) Accidentes causados por estados patológicos producidos de manera intencional, o por la ingestión o administración de tóxicos (drogas), embriaguez, narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin la prescripción médica. m) Suicidio o enfermedad y lesiones resultantes del suicidio. n) Las situaciones de asistencia ocurridas en viaje realizado en contra de prescripción médica. o) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de Cuerpos de Seguridad.
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. QUEDAN EXCLUIDOS DEL SERVICIO DE ASISTENCIA AL VEHÍCULO: A) LOS VEHÍCULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS O PERSONAS. B) LOS VEHÍCULOS DE ALQUILER, CON O SIN CONDUCTOR. C) LOS VEHÍCULOS QUE TENGAN UN PESO SUPERIOR A LOS 3.400 KILOGRAMOS. D) LAS MOTOCICLETAS. E) LOS VEHÍCULOS QUE HAYAN SIDO MODIFICADOS O PREPARADOS, O DESTINADOS A CUALQUIER COMPETICIÓN AUTOMOVILÍSTICA. F) LA ASISTENCIA Y GASTOS A LOS OCUPANTES DEL VEHÍCULO ASEGURADO TRANSPORTADOS GRATUITAMENTE MEDIANTE “AUTOSTOP” O “DEDO”. G) LOS GASTOS DE RESTAURANTE, DE GASOLINA, DE REPARACIONES DEL VEHÍCULO, DE SUSTRACCIONES DE EQUIPAJES Y MATERIAL, DE OBJETOS PERSONALES O DE ACCESORIOS INCORPORADOS AL VEHÍCULO. H) MULTAS DE CUALQUIER TIPO QUE SEAN IMPUESTAS POR LAS AUTORIDADES. I) LA CARGA TRANSPORTADA NO SERÁ CUBIERTA. J) CUANDO EL VEHÍCULO SEA CONDUCIDO POR ALGUNA PERSONA QUE CAREZCA DE LICENCIA EXPEDIDA POR AUTORIDAD COMPETENTE. K) LOS GASTOS PAGADOS POR EL BENEFICIARIO QUE NO HAYAN SIDO PREVIAMENTE APROBADOS POR LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. L) ACCIDENTES CAUSADOS POR ESTADOS PATOLÓGICOS PRODUCIDOS DE MANERA INTENCIONAL, O POR LA INGESTIÓN O ADMINISTRACIÓN DE TÓXICOS (DROGAS), EMBRIAGUEZ, NARCÓTICOS, O POR LA UTILIZACIÓN DE MEDICAMENTOS SIN LA PRESCRIPCIÓN MÉDICA. M) SUICIDIO O ENFERMEDAD Y LESIONES RESULTANTES DEL SUICIDIO. N) LAS SITUACIONES DE ASISTENCIA OCURRIDAS EN VIAJE REALIZADO EN CONTRA DE PRESCRIPCIÓN MÉDICA. O) HECHOS O ACTUACIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS O DE CUERPOS DE SEGURIDAD.
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. 1. Remolque a causa de avería o accidente En caso de avería, accidente, falta de combustible, pérdida de llaves, pinchazo de neumático o cualquier otro incidente que impida al vehículo asegurado circular por sus propios medios, MM GLOBALIS se hará cargo, a su elección, bien de los gastos de remolque del vehículo hasta el taller más próximo al lugar del accidente o avería, dentro del ámbito territorial descrito en las presentes Condiciones Generales, o hasta la base establecida por el prestador de servicio, colaborador de MM GLOBALIS, o bien los gastos que comporte una reparación de emergencia “in situ” (menos de 60 minutos), efectuada en el mismo lugar del siniestro y que permita al vehículo continuar su marcha, con exclusión expresa del coste de las piezas, que serán a cargo del Asegurado. MM GLOBALIS asume también el servicio de rescate o salvamento del vehículo asegurado que, transitando por vías ordinarias, quedará imposibilitado, por vuelco o caída en desnivel, para desplazarse por sus propios medios, hasta situarlo en lugar adecuado para la circulación. Para la garantía prevista en el presente apartado se establece un límite máximo conjunto de 1.500 € por servicio. 2. Transporte a fin de recuperar el vehículo En caso de que el vehículo inmovilizado hubiera sido reparado en el mismo lugar del siniestro, o bien en el caso de que hubiera sido objeto de robo, habiendo sido posteriormente recuperado en buen estado para circular, el Asegurador se hará cargo de los gastos de transporte del asegurado conductor del vehículo, o de la persona designada por éste, a fin de recuperar el mismo. 3. Envío de piezas de recambio MM GLOBALIS se hará cargo del envío, por el medio más adecuado, de las piezas necesarias para la reparación del vehículo inmovilizado y para la seguridad de los ocupantes, cuando sea imposible obtenerlas en el lugar de ocurrencia del accidente o avería. Sólo son objeto de cobertura los gastos de transporte de las piezas, debiendo el asegurado liquidar previamente el coste de las piezas recibidas, bien a MM GLOBALIS o bien a proveedor de las piezas, pudiendo ser requerido el pago previo a la entrega a asegurado de estas piezas. Sólo son objeto de cobertura los gastos de transporte de las piezas, debiendo el asegurado liquidar a MM GLOBALIS o al proveedor de las piezas, el coste de las mismas. Quedará excluido el envío de piezas que no existan en el mercado español, y el de aquellas de peso superior a 50 kilógramos incluido el embalaje.
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. 1. Reparación “in situ”. 2. Remolque. 3. Rescate. 4. Traslado del vehículo. 5. Abandono legal.
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. 4.2.1. Reparación “in situ” Si una avería, un accidente, hurto o robo impidieran que el vehículo asegurado circule por sus propios medios, el asegurador le proporcionará la ayuda técnica necesaria para intentar una reparación de emergencia, a fin de que pueda continuar su viaje. Igualmente, en las mismas condiciones, el asegurador prestará su ayuda a los asegurados en los casos de avería en los cinturones de seguridad, limpiaparabrisas, luces delanteras y traseras, intermitentes y descarga de batería, pinchazo de neumáticos, falta de neumáticos de repuesto, falta de combustible, pérdida o rotura de llaves y cualquier imposibilidad para acceder a su vehículo.
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. (DEFINICIONES). USUARIO es la persona que adquiere el derecho a las prestaciones de asistencia al viajero relacionadas en el presente contrato, sujeto a las condiciones que se expresan. CONTRATANTE es la persona que suscribe el presente en representación del USUARIO o a modo de estipulación para el USUARIO; SERVICIO(S) son las prestaciones de asistencia comprometidas por el presente y PRESTADOR o PRESTADORA la entidad que se encarga de cumplir o hacer cumplir las prestaciones involucradas en el SERVICIO.
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. En el caso que la unidad asegurada cuente con la cobertura de Asistencia al Vehículo cuya cláusula figura en el frente de la póliza, “SANCOR SEGUROS DEL PARAGUAY S.A.” brindará el servicio de auxilio mecánico de acuerdo a las siguientes condiciones:
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. Vehículo Amparado:
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. Si estuviera contratado, y así constase en las Condiciones Particulares de la Póliza, MM GLOBALIS garantiza al asegurado la asistencia en viaje a vehículos de segunda categoría, las siguientes coberturas:
ASISTENCIA AL VEHÍCULO. Las coberturas relativas al vehículo asegurado son las que se especifican a continuación y se prestarán en los casos, forma y límites, hasta el monto máximo establecido en las Condiciones Particulares: 1. Remolque, transporte y/o auxilio mecánico del vehículo por accidente o avería que cause la inmovilización del vehículo, 2. Transporte, depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado: Xxxxxxxx y custodia del vehículo. 3. Desplazamiento del asegurado o persona que se designe al lugar donde se encuentra el vehículo Servicio de Conductor Profesional. 4. Envío de piezas de recambio, 5. Reparaciones menores de emergencia, en general, susceptibles de ser efectuadas en el lugar del requerimiento y cuyo tiempo no exceda de 30 minutos: a) Carga o cambio de batería b) Cambio de neumáticos, reemplazo de fusibles, reemplazo xx xxxxxxx y/o ajuste c) Apertura de vehículos cerrados con llaves en el interior d) Transporte de combustible en los casos que el vehículo quede paralizado por falta de gasolina. Nota: Todo repuesto parte y/o pieza que deba ser reemplazada será de costo del asegurado. La Compañía queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor le sea imposible prestar las acciones de asistencia prescritas en esta cláusula, sin perjuicio de las indemnizaciones a que hubiere lugar mediante el reembolso, las que se pagarán exclusivamente contra presentación de los comprobantes de gastos respectivos en los que incurrió el asegurado y en todo caso hasta concurrencia del monto máximo total establecido en las Condiciones Particulares.