Atención de Reclamos Cláusulas de Ejemplo

Atención de Reclamos. El CONTRATANTE, ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO puede hacer consultas o presentar reclamos por los servicios prestados de forma verbal o escrita, a través de los mecanismos que a continuación se detallan: a. En forma verbal o por escrito (carta simple) en nuestra oficina principal ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx N° 267 Of. 402 – San Xxxxxx. Telf (00-0) 000-0000 Fax (00-0) 000-0000 (*). b. Escribiéndonos a: xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxx.xxx o ingresando a nuestro formulario web de Atención de Consultas y Reclamos que se encuentra en la siguiente dirección: xxx.xxxxx.xxx/xx opción “Contáctenos” – “Solicitud Electrónica”. c. Llamando a las Ejecutivas de Atención al Cliente al teléfono 000-0000, Anexos 5029 y 5035 (*) En los tres mecanismos señalados, como requisito previo para atender el reclamo, se deberá presentar la siguiente información: • Nombre completo del usuario reclamante. Fecha de reclamo. • Motivo de reclamo. • Tipo de Seguro, Número de Póliza y/o Certificado de Xxxxxx contratado con Xxxxx Seguros Perú (solo para clientes). • Detalle del reclamo. Una vez presentado el reclamo se le asigna un número de caso para el control y seguimiento, el cual se encontrará a disposición del reclamante en caso de solicitarlo. El reclamo será atendido en un plazo que no debe exceder los treinta (30) días contados a partir de la fecha de recepción del mismo. Horario de atención: Lunes a Viernes de 9:00 am a 6:00 pm.
Atención de Reclamos. EL BANCO atenderá cualquier reclamo que tenga EL CLIENTE con respecto a las operaciones o condiciones derivadas del presente contrato a través de su red de agencias o de Banca Telefónica. Los reclamos relacionados a los establecimientos afiliados se dirigirán directamente a los mismos, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula décima; asimismo, adicionalmente al reclamo que pudiera presentar, EL CLIENTE podrá acudir también a otras instancias tales como la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, INDECOPI, entre otros.
Atención de Reclamos. 29.1. LA CAJA atenderá cualquier reclamo que tenga EL CLIENTE con respecto a las operaciones o condiciones derivadas del presente CONTRATO a través de la central telefónica, red de oficinas y otros mecanismos que LA CAJA ponga a disposición de EL CLIENTE. 29.2. Los reclamos relacionados a los establecimientos afiliados se dirigirán directamente a los mismos, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula décima; asimismo, adicionalmente al reclamo que pudiera presentar, EL CLIENTE podrá acudir también a otras instancias tales como la SBS, INDECOPI, entre otros.
Atención de Reclamos. El Área de Atención de Reclamos de BanBif responderá dentro del plazo de 30 días calendarios de su recepción, los reclamos que le dirija EL CLIENTE. Dicho plazo podrá extenderse siempre que la naturaleza del reclamo lo justifique, previa comunicación a EL CLIENTE dentro del mencionado plazo explicando las razones de la demora y precisando el plazo estimado de respuesta. Las distintas instancias ante las que también podría recurrir EL CLIENTE para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realice son: el Defensor del Cliente Financiero, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones y el INDECOPI.
Atención de Reclamos. El usuario que considere que el Terminal le ha facturado indebidamente la prestación de cualquier servicio, no ha recibido el servicio pactado, su mercancía ha sufrido mermas superiores a las establecidas, pérdidas u otros reclamos, podrá interponer los mismos según los procedimientos establecidos en el "Reglamento General para la Atención de Reclamos de los usuarios de STI S.A.
Atención de Reclamos. El CONCESIONARIO se obliga a atender los reclamos que formulen los usuarios de los servicios de saneamiento dentro de ámbito del contrato, en sujeción a las disposiciones vigentes emanadas del Organismo Regulador.
Atención de Reclamos. El CONTRATANTE, ASEGURADO y/o BENEFICIARIO puede hacer consultas o presentar reclamos por los servicios prestados de forma verbal o escrita, a través de los mecanismos que a continuación se detallan: a. En forma verbal o por escrito (carta simple) en nuestra oficina principal ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx N° 267 Of. 402 – San Xxxxxx. Telf (00-0) 000-0000 Fax (00-0) 000-0000. b. Escribiéndonos a: xxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxx.xxx o ingresando a nuestro formulario web de Atención de Consultas y Reclamos que se encuentra en la siguiente dirección xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xx opción “Contáctenos” “Solicitud Electrónica”. c. Llamando a las Ejecutivas de Atención al Cliente al teléfono 000-0000, Anexos 5029 y 5035.
Atención de Reclamos. La atención de reclamos o incidentes se efectuará en forma inmediata. Eventualmente, y si la Supervisión del Servicio lo autoriza, cuando la índole del inconveniente o criticidad operativa de la unidad en falla así lo permita, será atendida dentro de las 2 horas de formulada, adaptándose a los horarios que en cada oportunidad se indiquen. En el caso de que algún ascensor quedara fuera de servicio, la atención deberá ser continua hasta la localización y reparación de la falla detectada, aún en el caso que deban extenderse las jornadas laborales, incluyendo sábados y domingos. En este caso, si las causas obedecen a inoperancia o negligencia de la adjudicataria, no se reconocerá el pago de horas extras por parte de esta Institución, siendo pasible además de la aplicación de las penalidades que le pudieran corresponder.
Atención de Reclamos. El Cliente podrá manifestar su no conformidad por los servicios brindados por la Empresa Distribuidora por los medios que tiene a su disposición todo de acuerdo con lo establecido en la norma SUCOM.
Atención de Reclamos. EL EMISOR DINERS atenderá cualquier reclamo del SOCIO DINERS, a través de los siguientes canales: Red de Oficinas, Banca Telefónica y/o Banca por Internet. EL EMISOR DINERS responderá a través del medio acordado con EL SOCIO DINERS al momento de presentar su reclamo, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes, contados a partir de la fecha de la presentación del mismo y/o según lo establecido en las normas vigentes, pudiendo prorrogarse dicho plazo de acuerdo a lo establecido en la referida normatividad. La atención de reclamos por parte de EL EMISOR DINERS se realiza sin perjuicio de los derechos y acciones que EL SOCIO DINERS pueda ejercer ante las entidades correspondientes.