OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO Cláusulas de Ejemplo

OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO. En virtud del presente contrato de seguro, el CONTRATANTE Y/O ASEGURADO se obliga al pago de la prima convenida y la COMPAÑIA a indemnizar al ASEGURADO o a sus Beneficiarios y/o endosatarios, hasta el límite de la Suma Asegurada y/o Beneficio Máximo Anual que figura en las Condiciones Particulares de la póliza, contra las pérdidas y/o daños que efectivamente ocasione la ocurrencia de los riesgos asegurados, con sujeción a los términos de la Solicitud de Seguro, las Cláusulas Generales de Contratación, las Condiciones Generales, las Condiciones Particulares, las Condiciones Especiales, Endosos y anexos, así como los demás documentos que formen parte en forma conjunta e indivisible del contrato de seguro.
OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO. En virtud del presente Contrato de Seguro, el ASEGURADO y/o CONTRATANTE se obliga al pago de la Prima convenida y la COMPAÑÍA a indemnizar al ASEGURADO o BENEFICIARIO(S) de acuerdo con las condiciones de la Póliza. El Contrato de Seguro cubre cualquier riesgo siempre que, al tiempo de su celebración, exista un interés asegurable actual o contingente. Salvo pacto expreso en contrario o por disposición expresa de la Ley, las obligaciones de la COMPAÑÍA están limitadas al valor nominal de la Suma Asegurada en la moneda contratada (o su equivalente en moneda nacional) y a las estipulaciones contenidas en la Póliza.
OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO. 2. Declaraciones
OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO. En virtud del presente Contrato de Seguro, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO se obliga al pago de la prima convenida y la COMPAÑÍA a indemnizarlo o a sus BENEFICIARIOS y/o ENDOSATARIOS, de acuerdo con las condiciones de la Póliza.
OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO. En virtud del presente contrato de seguro, la COMPAÑÍA se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en las Condiciones Particulares a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas en el caso de muerte o de supervivencia del ASEGURADO hasta el límite de la suma asegurada y/o Beneficio Máximo Anual que figura en las Condiciones Particulares, con sujeción a los términos de la Solicitud de Seguro, estas Cláusulas Generales de Contratación, las Condiciones Generales, las Condiciones Particulares, las Condiciones Especiales, Endosos y anexos que hubiere, así como los demás documentos que formen parte en forma conjunta e indivisible del contrato de seguro.
OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO. La Compañía pagará al beneficiario designado por el Asegurado, la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza para la cobertura por fallecimiento, después de que reciba las pruebas del hecho y de la causa que dio origen a la realización de la eventualidad cubierta, siempre que la póliza se encuentre en vigor al momento de la realización del siniestro.
OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO. En virtud de las condiciones establecidas, así como de manera esencial en consideración a las declaraciones efectuadas por el ASEGURADO, este contrato de seguro tiene por objeto garantizar por parte de la COMPAÑIA, al ASEGURADO o beneficiario la cobertura del riesgo o de los riesgos especificados en las condiciones particulares y, ante su materialización mediante la ocurrencia de un siniestro cubierto, indemnizar o prestar el o los servicios al ASEGURADO, o al beneficiario, según corresponda, en la forma estipulada en este documento.
OBJETO DEL CONTRATO DE SEGURO reparar materialmente, en forma parcial o total, las consecuencias de un daño que destruye o menoscabe la vida y el patrimonio de las personas. Contratando un seguro, se busca reparar materialmente las consecuencias de un suceso que destruya o menoscabe la vida y el patrimonio de las personas. El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la ley.