Autorizaciones Gubernamentales Cláusulas de Ejemplo

Autorizaciones Gubernamentales. El Fiduciario deberá obtener todas y cada una de las Autorizaciones Gubernamentales necesarias para llevar a cabo cada Emisión, así como para cualquier oferta pública y/o privada relacionada con cualquier Emisión, y su inscripción en el RNV de la CNBV o cualquier otro registro, local o extranjero, según sea necesario o conveniente. Además, el Fiduciario deberá obtener la autorización para el listado de los CBFIs en la BMV o cualquier otra bolsa de valores y/o sistema de negociación, nacional o extranjero, en cada caso, de conformidad con las instrucciones previas y por escrito del Administrador.
Autorizaciones Gubernamentales. El Fiduciario deberá obtener, con el apoyo de los asesores externos que el Comité Técnico designe para tales efectos, todas y cada una de las autorizaciones gubernamentales que se requieran para la Emisión de los CBFIs, así como para la oferta pública y/o privada y su registro en el RNV de la CNBV o cualesquiera otro necesario o conveniente nacional o extranjero. Asimismo, el Fiduciario deberá obtener la autorización para el listado de los CBFIs en la BMV o cualquier otra bolsa o sistema de cotización y/o negociación, nacional o extranjera.
Autorizaciones Gubernamentales. La firma y el cumplimiento del presente Contrato por parte del Contratista: (i) no requiere autorización legal o reglamentaria de autoridad de cualquier país extranjero en el cual el Contratista y/o alguno de los Miembros del Contratista está constituido o tiene su domicilio principal de negocios, distinta de aquéllas que ya han sido obtenidas, ni (ii) viola disposición legal o reglamentaria alguna en dicho país extranjero. No existen (i) leyes, decretos, reglamentos, normas, dictámenes, sentencias, (ii) disposiciones en los estatutos sociales del Contratista y/o de cualquiera de los Miembros del Contratista, (iii) hipotecas, convenios, contratos u otros acuerdos de cualquier naturaleza que sean vinculantes para el Contratista y/o de cualquiera de los Miembros del Contratista, o que afecten cualquiera de sus Filiales y Subsidiarias o sus bienes, o (iv) acciones, juicios, investigaciones, litigios o procedimientos pendientes o inminentes ante órgano jurisdiccional, tribunal arbitral o autoridad gubernamental alguna, implicando al Contratista y/o de cualquiera de los Miembros del Contratista o a sus Filiales y Subsidiarias o a sus bienes, que prohíban, restrinjan, limiten, se opongan o, en cualquier forma, impidan la celebración, firma o cumplimiento de los términos y condiciones del presente Contrato por el Contratista.
Autorizaciones Gubernamentales. Todas las autorizaciones, permisos, y aprobaciones que deban ser otorgadas por el GCR o cualquier Dependencia Gubernamental, instituciones públicas o entes municipales, de conformidad con el ordenamiento jurídico costarricense.
Autorizaciones Gubernamentales. El CETAC cooperará con el Gestor y utilizará sus mejores esfuerzos para asegurarse que el Gestor reciba todas las Autorizaciones Gubernamentales necesarias para realizar sus obligaciones bajo este Contrato.
Autorizaciones Gubernamentales. El Fiduciario deberá obtener, mediante el apoyo de asesores externos o del Administrador y Asesor, todas y cada una de las Autorizaciones Gubernamentales necesarias para llevar a cabo cada Emisión de CBFIs, así como para cualquier oferta pública y/o privada relacionada con cualquier Emisión, y su inscripción o actualización en el RNV de la CNBV o cualquier otro registro, local o extranjero, según sea necesario o conveniente, conforme a las instrucciones del Comité Técnico en la Sesión Inicial o la Asamblea Ordinaria de Tenedores, según corresponda. Además, el Fiduciario deberá obtener la autorización para el listado de los CBFIs en la BMV o cualquier otra bolsa de valores y/o sistema de negociación conforme a las instrucciones previas y por escrito del Comité Técnico en la Sesión Inicial o la Asamblea Ordinaria de Tenedores, según corresponda.
Autorizaciones Gubernamentales. Significa cualquier autorización, consentimiento, aprobación, licencia, reglamento, permiso, certificación, exención, demanda, orden, sentencia, decreto, publicación, notificación, declaración o registro ante o con cualquier Autoridad Gubernamental incluyendo, sin limitar, todas y cualesquier autorizaciones contenidas en el Presupuesto de Egresos del Estado, la Ley de Ingresos del Estado y en demás leyes aplicables. [Carta Confirmación de Disposición. Significa con respecto a cada Disposición el documento de tipo causal que suscriba el Acreditado en términos sustancialmente similares al modelo que se agrega al presente Contrato como Anexo [●] y en el que se determinan en conjunto con este Contrato, el Apéndice y sus anexos, los términos y condiciones aplicables a la Disposición de que se trate incluyendo, como mínimo, el monto de la Disposición, la Tasa de Interés aplicable, el Periodo de Intereses y la Fecha de Pago de dichos conceptos. Cada Carta Confirmación de Disposición suscrita por el Acreditado y aprobada por el Acreditante será un anexo de este Contrato, y formará parte integrante del mismo para todos los efectos legales a que haya lugar.] Causa de Vencimiento Anticipado. Significa cualquier evento de vencimiento anticipado del Crédito conforme a la Cláusula Décima Séptima de este Contrato.
Autorizaciones Gubernamentales. Todas las autorizaciones, aprobaciones, consentimientos y licencias de todos los cuerpos del gobierno, ministerios, autoridades de control de cambios y otras autoridades requeridas por las leyes y reglamentos de la República del Paraguay en todo aspecto aqui contemplado han sido debidamente obtenidos y serán mantenidos en plena vigencia y efecto; previéndose que la ratificación del Acuerdo por el Congreso Nacional según exige la Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx será obtenida luego de la firma del Acuerdo en cumplimiento de la Sección 5.01 a) del presente.
Autorizaciones Gubernamentales. La Emisora deberá, en forma inmediata, obtener, mantener y renovar o extender (según corresponda) oportunamente, a su costo, los Permisos que resulten necesarios para (i) que la Emisora cumpla con sus obligaciones en virtud de los Documentos del Financiamiento y de los Documentos del Proyecto de los cuales sea parte y (ii) que la Emisora pueda ser titular de sus propiedades y llevar a cabo su negocio y operaciones de la misma forma en la que lo hace en la actualidad y tal como se lo propone.
Autorizaciones Gubernamentales. La Compañía deberá, en forma inmediata, obtener, mantener y renovar o extender (según corresponda) oportunamente, a su costo, los Permisos que resulten necesarios para (i) que la Compañía cumpla con sus obligaciones en virtud de los Documentos del Financiamiento y de los Documentos del Proyecto de los cuales sea parte y (ii) que la Compañía pueda ser titular de sus propiedades y llevar a cabo su negocio y operaciones de la misma forma en la que lo hace en la actualidad y tal como se lo propone.