AVERÍA DE MAQUINARIA Cláusulas de Ejemplo

AVERÍA DE MAQUINARIA. 1. Alcance de la cobertura. a. Impericia, negligencia y actos malintencionados perpetrados de forma individual por personal del asegurado o extraños. b. La acción directa de la energía eléctrica como resultado de cortocircuitos, arcos voltaicos, sobretensiones y otros efectos similares, así como la debida a perturbaciones eléctricas consecuentes a la caída xxx xxxx. c. Errores de diseño, cálculo o montaje, defectos de fundición, de material, de construcción, de mano de obra y empleo de materiales defectuosos. No se cubren, sin embargo, los costes de rectificación de tales errores y defectos. d. Falta de agua en calderas y otros aparatos productores de vapor. e. Fuerza centrífuga, pero limitado exclusivamente a la pérdida o daño sufrido por desgarramiento en la propia máquina.
AVERÍA DE MAQUINARIA. Quedan garantizados los daños y/o pérdidas materiales producidos como consecuencia de una causa accidental, súbita e imprevisible, no cla- sificada como riesgo excluido, tanto si esta se produce durante el funcionamiento normal de la máquina, como durante operaciones de mon- taje y desmontaje, limpieza, inspección o reparación en el lugar de- terminado como situación de riesgo. Quedan excluidos los daños y pérdidas causadas por: • Experimentos, ensayos o pruebas en cuyo transcurso sea sometida la máquina asegurada, intencionadamente, a un esfuerzo superior al nor- mal. • Mantenimiento en servicio de un objeto asegurado después de un si- niestro, antes de que haya terminado la reparación definitiva. • Los daños y pérdidas causados en correas, bandas de todas clases, cables, cadenas, neumáticos, troqueles, rodillos grabados, objetos xx xxxxxx, esmalte, fieltros, coladores o telas, cimentaciones, revesti- mientos refractarios, quemadores y en general, cualquier objeto de rápido desgaste o herramientas y elementos cambiables. • Tampoco se garantizan los combustibles, lubricantes, medios refri- gerantes, catalizadores y otros medios de operación, a excepción del aceite usado en transformadores e interruptores eléctricos y de mer- curio, utilizado en los rectificadores de corriente. • Los daños a otras propiedades del Tomador del Seguro o Asegurado. • Daños y pérdidas por falta de protección adecuada contra influen- cias previsibles y persistentes de carácter mecánico, térmico, quími- co o eléctrico. • Los daños debidos a incumplimiento de la normativa legal vigente en materia de seguridad, de las especificaciones del fabricante o los elementales trabajos de mantenimiento. La presente cobertura de AVERÍA DE MAQUINARIA actuará en defecto de las garantías otorgadas por el resto de coberturas amparadas por la presente póliza. Es decir, en caso de duda, preferiblemente se trami- tará el correspondiente siniestro a través de las garantías de Equi- pos Electrónicos, Daños Eléctricos, etc.) siempre y cuando ello no redunde en perjuicio del Ayuntamiento xx Xxxxx.
AVERÍA DE MAQUINARIA. Quedan cubiertos los daños y pérdidas materiales directas que sufra la maqui- naria relacionada en las condiciones particulares, utilizada para la gestión del negocio, a consecuencia de: a) La acción directa de la energía eléc- trica con ocasión de cortocircuitos, arcos voltaicos, sobretensiones y otros efectos similares, así como los producidos por la caída xx xxxx cuan- do no se origine incendio. b) La impericia o negligencia en el ma- nejo del equipo. c) Las caídas y colisiones debidas a hechos accidentales. d) El derrame de líquidos y la introduc- ción de cuerpos extraños debidos a hechos accidentales. A petición de la Compañía, el Asegurado se compromete a facilitar a la misma copia del último recibo en su poder o del contrato con la Entidad suministra- xxxx de la energía. No quedan cubiertos: a) Los daños ocasionados por falta de mantenimiento.
AVERÍA DE MAQUINARIA. Bienes Asegurados: Equipos informáticos xxx XXXXXX. (Servicio de Tecnologías de la Información y la Comunicación): Equipo informático en los locales xxx XXXXXX. (*): 861.525,00 € PC’s en diversos locales del Asegurado (**): 2.040.000’00 € Equipos de climatización xxx XXXXXX.: 90.151'81 €
AVERÍA DE MAQUINARIA. Pérdidas de contenido en depósitos, tanques y contenedores.
AVERÍA DE MAQUINARIA. VALOR ASEGURADO Bs 1.938.119 COBERTURA Todo Riesgo de avería de maquinaria 1. Actos de negligencia imprevista, mal manejo, manipuleo defectuoso, descuido, impericia de las máquinas y/o equipos por parte de los funcionarios del asegurado. 2. Adelanto del 50% en caso de Siniestro.
AVERÍA DE MAQUINARIA. Quedan garantizados los daños y/o pérdidas materiales producidos como consecuencia de una causa accidental, súbita e imprevisible, no clasificada como riesgo excluido, tanto si esta se produce durante el funcionamiento normal de la máquina, como durante operaciones de montaje y desmontaje, limpieza, inspección o reparación en el lugar determinado como situación de riesgo. Quedan excluidos los daños y pérdidas causadas por: La presente cobertura de AVERÍA DE MAQUINARIA actuará en defecto de las garantías otorgadas por el resto de coberturas amparadas por la presente póliza. Es decir, en caso de duda, preferiblemente se tramitará el correspondiente siniestro a través de las garantías de Equipos Electrónicos, Daños Eléctricos, etc.) siempre y cuando ello no redunde en perjuicio del Ayuntamiento de Salobreña.

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  • Vigencia de la Fianza El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.-------

  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

  • VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar vigente por el término del proceso y dos (2) meses más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación abierta.

  • VIGENCIA DE LA PÓLIZA Es el período durante el cual la aseguradora se compromete, mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona según se detalla en las Condiciones Particulares.

  • Idioma de la Oferta 10.1 La oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Oferente y el Comprador deberán ser escritos en el idioma especificado en los DDL. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la oferta, pueden estar en otro idioma con la condición de que los apartes pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al idioma especificado en los DDL. Para efectos de interpretación de la oferta, dicha traducción prevalecerá.

  • Ausencia del mínimo de Ofertas El procedimiento de prórroga de presentación y apertura de ofertas por ausencia del mínimo de ofertas requeridas, estará sujeta a la reglamentación vigente dispuesta por la DNCP.

  • Jornada de trabajo 1. La jornada laboral ordinaria se establecerá en función de lo disponga la normativa básica que sea de aplicación. 2. La jornada laboral del Personal de Administración y Servicios se realizará con carácter general de lunes a viernes en turnos de mañana o tarde, sin menoscabo de las jornadas especiales que pudieran desarrollarse en puestos de trabajo concretos que necesiten actividad en turnos distintos, durante los fines de semana o en días festivos. En su caso, dichas jornadas especiales se reflejarán en la relación de puestos de trabajo. 3. Cada universidad negociará con la representación sindical, antes de finalizar cada año, el calendario laboral del siguiente, que incluirá la distribución anual de los días de trabajo, los festivos, las jornadas especiales y cualquier otra circunstancia que fuera necesaria regular para hacer compatible la organización del trabajo con el calendario académico. 4. Con carácter general, el personal investigador y el personal investigador en formación tendrán la misma jornada que el resto del personal incluido en este convenio. 5. La dedicación docente del PDI contratado a tiempo completo por tiempo indefinido será la que establezca la legislación vigente, o, en su defecto será la misma que la del profesorado perteneciente a los cuerpos docentes universitarios. La dedicación docente del profesorado Xxxxxxxx Doctor, en tanto no se oponga a ninguna legislación vigente, con carácter general, no excederá de 240 horas anuales. 6. Los departamentos organizarán la docencia de modo que la asignación docente de su profesorado no exceda de 4 horas presenciales seguidas diarias, a excepción de las prácticas, procurando que entre el inicio de la primera clase y la finalización de la última no transcurran más de 8 horas. Solo se podrá obligar a una acumulación máxima de clases del 75% de las obligaciones docentes en un semestre. Estos principios podrán alterarse a petición de la persona interesada o cuando impidan su aplicación circunstancias derivadas de la organización de la docencia. De dichas alteraciones, en caso de producirse, será informado anualmente el Comité de Empresa. 7. Se respetará el descanso diario de doce horas entre la finalización de una jornada y el inicio de la siguiente. 8. De forma general, el horario semanal de docencia estará, de lunes a viernes, comprendido entre las 8 y las 22 horas.

  • VIGENCIA DE LA OFERTA El periodo de vigencia de la oferta, será de 120 días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

  • METODOLOGÍA DE TRABAJO La propuesta técnica deberá contener como mínimo lo señalado en la sección III - Organización del Lugar de la Obra y Descripción del Método de Construcción Conteniendo mínimo: organización del lugar de la obra, metodología detallada para la ejecución de cada ítem o tarea a realizar, memoria descriptiva, memoria de equipos a utilizar su oportunidad de incorporación a las tareas, la relación con el Plan de Trabajos, descripciones, planos y gráficos que sean necesarios para su cabal entendimiento, etc. - Plan de Trabajos y Curva de inversiones El Plan de Trabajos e inversiones por Camino Crítico, según la siguiente metodología: 1) Red de precedencias con clara indicación de tareas o eventos ajenos al contrato que tienen injerencia en el normal desarrollo de los trabajos. 2) Duración de cada tarea. 3) Procesamiento con indicación en el Camino Crítico del plazo de la obra y de los tiempos flotantes, libre y total de las tareas que no estén en este camino. 4) Diagrama xx xxxxxx, con indicación de la ubicación de cada tarea dentro del período comprendido por las fechas tempranas y tardías que surgen del diagrama calendario. 5) Del análisis de las redes confeccionadas surgirán las distintas fechas tempranas y tardías, en función de las cuales se construirán las Curvas de Certificaciones Máximas y Mínimas. 6) El procesamiento del Camino Crítico se realizará, usando métodos de reconocida confiabilidad. 7) Se remarca la necesidad de presentar: - Ejecución física mensual expresada en porcentajes parciales y acumulados. - Cantidad de jornales mensuales a emplear. - Tipo y cantidad de equipos a emplear en cada mes de ejecución de los trabajos. - Curva de inversión mensual propuesta, consignando valores parciales y acumulados. El Plan de Trabajos deberá referirse a la totalidad de los ítems consignados en el Presupuesto Oficial, discriminado uno a uno. Se deberá acompañar del correspondiente Plan de Acopio si es permitido. El Plan presentado debe resultar coherente con los métodos constructivos propuestos, con el plazo de ejecución de las obras y con el tipo y cantidad de equipos que el Oferente propone emplear. Deberá indicar las fechas de incorporación de los equipos presentados en la propuesta, en forma detallada y de acuerdo con la secuencia del citado Plan de Trabajo

  • Ropa de trabajo La compensación regulada por el artículo 41 del presente Convenio se fija en 13,02 euros mensuales, equivalentes a 156,24 euros anuales.