CARGAS Y GRAVÁMENES. Caso de ejercitarse la opción, la compraventa se otorgaría (en concepto de hallarse la finca libre de cargas y gravámenes, por lo que el Concedente cancelaría cualquier carga que pueda existir con anterioridad a la firma de la mencionada escritura de compraventa, inclusive las que le correspondan por motivos urbanísticos/el Optante se hará cargo de los gastos de urbanización a partir del día xx xxx/de la hipoteca/asumirá el contrato de arrendamiento existente o/ ………………..) ………………..
CARGAS Y GRAVÁMENES. EL PRESTATARIO declara que sobre LOS BIENES que hipoteca no pesan cargas ni gravámenes de naturaleza alguna, y que tampoco están sujetos a medida judicial o extrajudicial que limite su dominio y libre disposición, obligándose en todo caso al saneamiento xx xxx en caso de evicción.
CARGAS Y GRAVÁMENES. La presente transmisión, se formaliza bajo el concepto de libre de cargas y gravámenes, y las afecciones fiscales legalmente establecidas, transmitiéndose el inmueble desocupado de moradores y enseres, y al corriente en el pago de contribuciones y arbitrios.
CARGAS Y GRAVÁMENES. Libre de cargas.
CARGAS Y GRAVÁMENES. EL GARANTE HIPOTECARIO declara que sobre EL INMUEBLE que hipoteca a favor de EL BANCO mediante este documento, no pesa carga ni gravamen alguno ni está afecto a medida judicial o extrajudicial alguna que restrinja o limite de forma alguna su dominio y libre disposición.
CARGAS Y GRAVÁMENES. El/Los Inmueble/s se transmitirá/n libres de cargas y gravámenes cancelables, por lo que, si en el momento de la transmisión no se hubieran cancelado, la Vendedora asumirá la obligación como propia, asumiendo los costes asociados a dicha cancelación, a excepción, de lo indicado en los apartados "Gastos de Comunidad" e "Impuesto de Bienes Inmuebles" de Condiciones Generales de la Compraventa
CARGAS Y GRAVÁMENES. EL VENDEDOR declara que sobre el bien objeto del presente instrumento no pesa carga, gravamen o cualquier otra medida judicial o extrajudicial que limite su libre disponibilidad, comprometiéndose al saneamiento por evicción en caso es requerido.
CARGAS Y GRAVÁMENES. Procede indicar si existe alguna carga o gravamen sobre el bien inmueble, impuesto o contribución impagados; describiéndolos, en su caso. (Ejemplo: Hipoteca). Uno de los elementos que puede conllevar problemas si no se revisan es la posible existencia de cargas o gravámenes (deudas, hipotecas, obligaciones, derechos de terceros, impuestos, cuotas de comunidad impagadas, etc.) que afecten a la vivienda. En el caso que proceda, indicar si existe alguna carga o gravamen sobre la vivienda objeto del contrato de opción de compra, si no existe se deberá indicar en el contrato que no existen cargas o gravámenes. Se aconseja que el Concedente acredite que la vivienda no tiene gastos de comunidad pendientes, mediante la aportación de un certificado del presidente de la comunidad manifestando que el Concedente se encuentra al corriente de todos los pagos. En el contrato de opción de compra es muy recomendable, por varios motivos, que se determine el precio de la vivienda para el caso que el Optante ejercite la opción de compra y se produzca la compraventa. Además también podrá establecerse el pago de un precio por la opción, es decir, se puede establecer que el ejercicio de la opción vaya acompañado del pago del precio convenido. Uno de los requisitos que es necesario para poder inscribir el contrato de opción de compra de la vivienda en el registro de la propiedad es que en el mismo se detalle el precio de la vivienda que las partes pactan. El precio ha de ser cierto (determinable) y pecuniario (en dinero o signo que lo represente). Según el artículo 1500 del Código Civil se pagará en el tiempo y lugar fijados en el contrato, y en su defecto en el tiempo y lugar en que se haga la entrega de la cosa. En los supuestos que se produzca demora en el pago del precio y no se haya estipulada nada al respecto en el contrato, el Optante tendrá la obligación de pagar el interés legal de la cantidad que adeude al Concedente. También será muy importante que las partes dejen establecido en el contrato de opción de compra si los importes que el Optante haya pagado al Concedente por la opción serán descontados del precio de la vivienda en el caso que desee el Optante la compre.
CARGAS Y GRAVÁMENES. ENCI declara que el inmueble que está dando en Compra Venta a EL COMPRADOR se encuentra libre de toda carga, gravamen, medida judicial, medida extrajudicial o medida cautelar, que puedan limitar o restringir su dominio, a excepción de la hipoteca que lo grava en calidad de primera y preferencial a favor de Sociedad Paramonga Ltda. S.A., cuyo levantamiento se obliga a obtener.
CARGAS Y GRAVÁMENES. Uno de los elementos que pueden acarrear problemas si no se revisa es la posible existencia de cargas o gravámenes (deudas, obligaciones, derechos de terceros, impuestos, cuotas de comunidad impagadas, etc.) sobre la plaza de parking, o impuesto o contribución impagada; describiéndolos en su caso. En el caso que proceda, se indicará si existe alguna carga o gravamen sobre la plaza de parking, y si no existen se deberá indicar que no existen cargas o gravámenes. Se aconseja que para que el Arrendador acredite que la plaza de parking no tiene gastos de comunidad pendientes, se aporte un certificado del presidente de la comunidad manifestando que el Arrendador se encuentra al día de todos los pagos que tenga la plaza de parking.