COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. EL ICETEX, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 58 del Acuerdo N°030 del 17 de septiembre de 2013, aprobado por la Junta Directiva del ICETEX y con el fin de facilitar la comunicación interactiva con los proponentes durante el desarrollo del presente proceso de selección, ha dispuesto la dirección electrónica xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx a través de la cual los proponentes podrán enviar sus observaciones o solicitudes de aclaraciones. De igual forma se podrán consultar todos los actos de la administración relacionados con el proceso en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el SECOP, así como en la Secretaría General en donde estará disponible toda la información del proceso para los proponentes, con el fin de garantizar la transparencia del mismo.
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. El ICETEX, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 58 del Acuerdo N°030 del 17 de septiembre de 2013, aprobado por la Junta Directiva del ICETEX y con el fin de facilitar la comunicación interactiva con los proponentes durante el desarrollo del presente proceso de selección, ha dispuesto la dirección electrónica xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx a través de la cual los proponentes podrán enviar sus observaciones o solicitudes de aclaraciones en el horario de las 8:00 horas a 17:00 horas - de lunes a viernes, excepto festivos. De igual forma se podrán consultar todos los actos de la administración relacionados con el proceso en la Secretaría General en el horario de las 8:00 horas a 17:00 horas - de lunes a viernes, excepto festivos, así como en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx, en donde estará disponible toda la información del proceso para los proponentes, con el fin de garantizar la transparencia del mismo.
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. 15 1.13. CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN POR LISTA CORTA 15 2. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 16 2.1. PUBLICACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES 16 2.2. APERTURA DEL PROCESO 16 2.3. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES 16 2.4. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES Y ADENDAS 17
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. La Entidad, en cumplimiento de lo previsto en el art. 8 de la ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, y con el propósito de suministrar información de utilidad a los proponentes, comunicará la información pertinente a los proponentes y al público en general durante el desarrollo de la presente Selección Abreviada, mediante el sistema electrónico para la contratación pública (SECOP) a través del portal único de contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y para facilitar la comunicación interactiva con los proponentes durante el desarrollo de la presente selección, ha dispuesto el correo electrónico xxxxxxxx0000000@xxx.xxx.xx a través del cual los interesados podrán formular sus observaciones al pliego de condiciones. Los interesados podrán consultar el Pliego de Condiciones, las respuestas a las observaciones, los informes evaluativos de las propuestas, las adendas, la resolución de adjudicación y demás actuaciones que se generen en el transcurso del proceso en el Portal Único de Contratación.
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. 43.1 La Administración podrá comunicar por medios electrónicos los actos de procedimiento cuando sea posible establecer con toda precisión, por medio de registros fidedignos la identificación del emisor y el receptor, la hora, la fecha y el contenido del mensaje. Para tales efectos, la Administración podrá requerir de los oferentes la indicación de casilleros electrónicos, facsímiles u otros medios telemáticos para dirigir las comunicaciones oficiales.
43.2 Cuando se utilicen estas formas de comunicación se dejará constancia en una minuta en el expediente de la contratación, firmada por el funcionario responsable, de la modalidad, fecha y hora de la comunicación.
43.3 Cuando lo considere oportuno, la Administración podrá establecer en las condiciones del concurso las reglas bajo las cuales aceptará ofertas o aclaraciones a través de medios telemáticos. En ningún caso esta modalidad de oferta podrá excluir, para el oferente que así lo desee, la presentación escrita en tiempo ante la oficina competente de la Administración.
i. Sistemas de contratación con licitación pública y sin licitación pública. Los procedimientos de contratación que podrá emplear la Administración Publica son la licitación pública, la licitación por registro, la licitación restringida y el remate. Podrá incorporar entre los procedimientos las modalidades de precalificación, la adjudicación por subasta a la baja y la licitación con financiamiento, sin perjuicio de definir mediante reglamento interno otro tipo contractual que contribuya a satisfacer el interés general y las necesidades particulares de la entidad u órgano, todo dentro del marco general y los procedimientos ordinarios fijados en la Ley y el presente Reglamento. La determinación del procedimiento a seguir estará sujeta a los parámetros que establece la ley, en atención al monto de la contratación y al presupuesto de la respectiva Administración, salvo cuando la ley disponga un procedimiento específico en función del tipo de contrato. La Administración podrá emplear procedimientos más calificados o más rigurosos que el correspondiente a la naturaleza y monto de la respectiva contratación, cuando así convenga a la satisfacción del fin público. Cuando se haya determinado un procedimiento con fundamento en la estimación preliminar del negocio, y posteriormente las ofertas presentadas superen los límites para la aplicación del procedimiento respectivo, no se invalidará el concurso, si este exceso no supera el diez por ciento y la...
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. Los organismos adquirentes podrán comunicar por medios electrónicos los actos de procedimiento cuando sea posible establecer con toda precisión, por medio de registros fidedignos, la identificación del emisor y el receptor, la hora, la fecha y el contenido del mensaje. Para tales efectos, el organismo licitante podrá requerir de los oferentes la indicación de casilleros electrónicos, facsímiles u otros medios telemáticos para dirigir las comunicaciones oficiales. Cuando se utilicen estas formas de comunicación se dejará constancia en una minuta en el expediente de la contratación, firmada por el funcionario responsable, de la modalidad, fecha y hora de la comunicación.
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. 43.1 La Administración podrá comunicar por medios electrónicos los actos de procedimiento cuando sea posible establecer con toda precisión, por medio de registros fidedignos la identificación del emisor y el receptor, la hora, la fecha y el contenido del mensaje. Para tales efectos, la Administración podrá requerir de los oferentes la indicación de casilleros electrónicos, facsímiles u otros medios telemáticos para dirigir las comunicaciones oficiales.
43.2 Cuando se utilicen estas formas de comunicación se dejará constancia en una minuta en el expediente de la contratación, firmada por el funcionario responsable, de la modalidad, fecha y hora de la comunicación.
43.3 Cuando lo considere oportuno, la Administración podrá establecer en las condiciones del concurso las reglas bajo las cuales aceptará ofertas o aclaraciones a través de medios telemáticos. En ningún caso esta modalidad de oferta podrá excluir, para el oferente que así lo desee, la presentación escrita en tiempo ante la oficina competente de la Administración.
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. 19 1.13. CRONOGRAMA DE LA SELECCIÓN PÚBLICA 19 2. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2021
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. 18 1.13. CRONOGRAMA DE LA SELECCIÓN PÚBLICA 18 2. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 19 2.1. PUBLICACIÓN DEL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES 19 2.2. PUBLICACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES 19 2.3. APERTURA DEL PROCESO 19 2.4. OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES 20 2.5. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES Y ADENDAS 20
COMUNICACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. 43.1 La Administración podrá comunicar por medios electrónicos los actos de procedimiento cuando sea posible establecer con toda precisión, por medio de registros fidedignos la identificación del emisor y el receptor, la hora, la fecha y el contenido del mensaje. Para tales efectos, la Administración podrá requerir de los oferentes la indicación de casilleros electrónicos, facsímiles u otros medios telemáticos para dirigir las comunicaciones oficiales.
43.2 Cuando se utilicen estas formas de comunicación se dejará constancia en una minuta en el expediente de la contratación, firmada por el funcionario responsable, de la modalidad, fecha y hora de la comunicación.
43.3 Cuando lo considere oportuno, la Administración podrá establecer en las condiciones del concurso las reglas bajo las cuales aceptará ofertas o aclaraciones a través de medios telemáticos. En ningún caso esta modalidad de oferta podrá excluir, para el oferente que así lo desee, la presentación escrita en tiempo ante la oficina competente de la Administración. Reglamento General de la Contratación Administrativa No. 25038•H Capítulo VI.Procedimientos de contratación Sección XX.Xx licitación pública Supuestos