Common use of CONDICIONES DE PAGO Clause in Contracts

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.mopc.gob.do, www.mopc.gob.do, www.mopc.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá (Señalar forma, periodicidad y condicionantes de pago establecidos por el área requirente) Los CFDI´s que presente el “Proveedor” para el trámite de pago, deberán cumplir con los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, las reglas 2.7.1.32 o 2.7.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, o las que en lo sucesivo se adicionen o modifiquen. Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la regla 2.7.1.32 de la RMF, al recibir el pago, el “Proveedor” deberá enviar el CFDI complemento de pago correspondiente, al correo electrónico de la Subdirección de Cuentas por Pagar (xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxx.xx), y del Administrador del Contrato (_______@xxx.xx), indicando obligatoriamente como referencia el número de Oficio de Solicitud de Pago (OSP), mismo que le será notificado por la Subdirección de Operación Financiera, vía correo electrónico; dicho envío deberá realizarse dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del mes siguiente a realizar un primer aquel en que haya recibido el pago correspondiente. Para efectos del plazo anterior, se considerará como fecha de recepción del pago, aquella en que el “Proveedor” haya recibido la transferencia electrónica en la cuenta bancaria señalada para tal efecto, o bien, en la que haya recibido el cheque correspondiente, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del “Instituto”, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 0000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de que no se reciba el CFDI complemento de pago correspondiente al Anticipoen el plazo antes señalado, la Subdirección de Cuentas por Pagar, realizará la denuncia correspondiente ante el cual será máximo Servicio de un veinte por ciento (20%) del valor del ContratoAdministración Tributaria. Este pago se hará Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la firma del Contrato y contra presentación regla 2.7.1.39 de una Póliza la RMF, deberá emitir el CFDI correspondiente dentro de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas los plazos establecidos por la SupervisiónDirección de Recursos Financieros para su recepción. Estos pagos se harán en un período En términos de los artículos 60 del “Reglamento” y 163 de las “POBALINES”, para el caso de cualquiera de los supuestos anteriores, la fecha de pago no mayor podrá exceder de quince 20 (15veinte) días naturales contados a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada el “Instituto” reciba por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada parte del “Proveedor”, el CFDI correspondiente, previa liberación del pago por el Contratistaparte del Administrador del Contrato, quien, en su caso, deberá exceder o adjuntar el comprobante de pago por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 concepto xx xxxxx convencionales, contractuales o deducciones a favor del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios“Instituto”.

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Samples: Carta De Confidencialidad, www.ine.mx, ine.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá (Señalar forma, periodicidad y condicionantes de pago establecidos por el área requirente) Los CFDI´s que presente el “Proveedor” para el trámite de pago, deberán cumplir con los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, las reglas 2.7.1.32 o 2.7.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, o las que en lo sucesivo se adicionen o modifiquen. Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la regla 2.7.1.32 de la RMF, al recibir el pago, el “Proveedor” deberá enviar el CFDI complemento de pago correspondiente, al correo electrónico de la Subdirección de Cuentas por Pagar (xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxx.xx), y del Administrador del Contrato (_______@xxx.xx), indicando obligatoriamente como referencia el número de Oficio de Solicitud de Pago (OSP), mismo que le será notificado por la Subdirección de Operación Financiera, vía correo electrónico; dicho envío deberá realizarse dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del mes siguiente a realizar un primer aquel en que haya recibido el pago correspondiente. Para efectos del plazo anterior, se considerará como fecha de recepción del pago, aquella en que el “Proveedor” haya recibido la transferencia electrónica en la cuenta bancaria señalada para tal efecto, o bien, en la que haya recibido el cheque correspondiente, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del “Instituto”, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 0000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de que no se reciba el CFDI complemento de pago correspondiente al Anticipoen el plazo antes señalado, la Subdirección de Cuentas por Pagar, realizará la denuncia correspondiente ante el cual será máximo Servicio de un veinte por ciento (20%) del valor del ContratoAdministración Tributaria. Este pago se hará Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la firma del Contrato y contra presentación regla 2.7.1.39 de una Póliza la RMF, deberá emitir el CFDI correspondiente dentro de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas los plazos establecidos por la SupervisiónDirección de Recursos Financieros para su recepción. Estos pagos se harán en un período En términos de los artículos 60 del “Reglamento” y 163 de las “POBALINES”, para el caso de cualquiera de los supuestos anteriores, la fecha de pago no mayor podrá exceder de quince 20 (15veinte) días naturales contados a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada el “Instituto” reciba por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada parte del “Proveedor”, el CFDI correspondiente, previa liberación del pago por el Contratistaparte del Administrador del Contrato, quien, en su caso, deberá exceder o adjuntar el comprobante de pago por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 concepto xx xxxxx convencionales, contractuales o deducciones a favor del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios“Instituto”.

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Samples: Convenio Y/O Contrato, Convenio Y/O Contrato

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá (Señalar forma, periodicidad y condicionantes de pago establecidos por el área requirente) Los CFDI´s que presente el “Proveedor” para el trámite de pago, deberán cumplir con los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, las reglas 2.7.1.35 o 2.7.1.43 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, o las que en lo sucesivo se adicionen o modifiquen. Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la regla 2.7.1.35 de la RMF, al recibir el pago, el “Proveedor” deberá enviar el CFDI complemento de pago correspondiente, al correo electrónico de la Subdirección de Cuentas por Pagar (xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxx.xx), y del Administrador del Contrato (_______@xxx.xx), indicando obligatoriamente como referencia el número de Oficio de Solicitud de Pago (OSP), mismo que le será notificado por la Subdirección de Operación Financiera, vía correo electrónico; dicho envío deberá realizarse dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del mes siguiente a realizar un primer aquel en que haya recibido el pago correspondiente. Para efectos del plazo anterior, se considerará como fecha de recepción del pago, aquella en que el “Proveedor” haya recibido la transferencia electrónica en la cuenta bancaria señalada para tal efecto, o bien, en la que haya recibido el cheque correspondiente, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del “Instituto”, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 0000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de que no se reciba el CFDI complemento de pago correspondiente al Anticipoen el plazo antes señalado, la Subdirección de Cuentas por Pagar, realizará la denuncia correspondiente ante el cual será máximo Servicio de un veinte por ciento (20%) del valor del ContratoAdministración Tributaria. Este pago se hará Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la firma del Contrato y contra presentación regla 2.7.1.43 de una Póliza la RMF, deberá emitir el CFDI correspondiente dentro de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas los plazos establecidos por la SupervisiónDirección de Recursos Financieros para su recepción. Estos pagos se harán en un período En términos de los artículos 60 del “Reglamento” y 163 de las “POBALINES”, para el caso de cualquiera de los supuestos anteriores, la fecha de pago no mayor podrá exceder de quince 20 (15veinte) días naturales contados a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada el “Instituto” reciba por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada parte del “Proveedor”, el CFDI correspondiente, previa liberación del pago por el Contratistaparte del Administrador del Contrato, quien, en su caso, deberá exceder o adjuntar el comprobante de pago por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 concepto xx xxxxx convencionales, contractuales o deducciones a favor del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios“Instituto”.

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Samples: www.ine.mx, Convenio Y/O Contrato

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez cinco por ciento (105%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días [insertar cantidad de días] que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, retendrá además, un diez cinco por ciento (105%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.dgcp.gob.do, www.dgcp.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. Ejemplar para el cliente XXXXXXXXX 0000 Suministro de gas natural y/o electricidad: La Entidad Contratante factura se remitirá al Cliente, con la periodicidad prevista en la legislación vigente, a la dirección indicada por éste, y se pasará al cobro dentro de los diez días naturales posteriores al día de emisión de la factura. (El Cliente podrá elegir y modificar en cualquier momento la modalidad de pago de la misma. En caso de facturación incorrecta o retrasada, GNS refacturará al Cliente aplicando las compensaciones o reembolsos que corresponda). El importe de los suministros y servicios deberá ser abonado por el Cliente en sus fechas de vencimiento. Las cantidades adeudadas y no pagadas por cualquiera de los suministros y servicios contratados devengarán interés de demora (interés legal incrementado en tres puntos), sin necesidad de requerimiento, desde que finalice el plazo de pago. En caso de adeudar varios conceptos a realizar un GNS, los pagos parciales se imputarán conforme a las indicaciones del Cliente y en su defecto, en primer pago correspondiente lugar, a saldar los cargos por otros bienes, servicios o cobros y en último lugar al Anticiposuministro. En el caso de los clientes que tengan contratados suministros considerados esenciales y no esenciales con arreglo a lo dispuesto en la ley, la imputación se realizará siempre a los suministros considerados esenciales, con independencia de las indicaciones que haga el cual será máximo CLIENTE. Cuando la empresa distribuidora exija a GNS, en virtud del contrato de un veinte acceso a la red, la entrega del depósito de garantía previsto en el art.79.7 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, o legislación que la desarrolle o sustituya, GNS procederá a abonar dicha cantidad en nombre del CLIENTE, y se la cobrará a este último mediante su cargo en la facturación por ciento (20%) el suministro de energía. La devolución del valor depósito de garantía se efectuará por la empresa distribuidora, al CLIENTE, previa solicitud de éste a la propia distribuidora, en el momento en que se resuelva formalmente el contrato de acceso, en la forma establecida en el art.79.7 del citado Real Decreto o legislación que lo desarrolle o sustituya. La energía suministrada se destinará únicamente para el consumo del punto de suministro señalado en el presente contrato, declarando el Cliente que tiene justo título para el uso de dicha vivienda o local durante la duración del Contrato. Este pago se hará La calidad del suministro es responsabilidad de la Compañía Distribuidora. En consecuencia, si el Cliente o GNS constatan que la calidad del servicio suministrado es inferior a la exigible, gestionarán con la firma distribuidora las compensaciones y reembolsos aplicables en su facturación de acuerdo con los procedimientos reglamentarios existentes. De igual modo, los daños ocasionados a cualquier aparato, equipo o instalación del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria CLIENTE que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada tengan su origen en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir sobretensión de la fecha red eléctrica o en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto cortes o alteraciones en el suministro serán responsabilidad de la Primera Cubicación realizada por el Contratistacompañía distribuidora. Para la prestación del servicio de suministro eléctrico GNS, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% previa solicitud del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pagoCLIENTE, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con tramitará ante la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia empresa distribuidora cualquier modificación de la Entidad Contratante autorizada para tal asuntopotencia contratada. La Entidad Contratante retendrá un veinte Será por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización cuenta del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen CLIENTE el pago de los compromisos fiscalesderechos de acometida, liquidaciones enganche, y prestaciones laboralescuales quiera otros conceptos que legalmente determinados así como las modificaciones técnicas necesarias para que la instalación sea conforme con la normativa vigente. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados La modificación de la medición potencia contratada queda supeditada a la concesión por parte de la empresa distribuidora, surtirá efecto desde dicha fecha y cubicación final conllevará la variación de los trabajos, precios fijados en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarioslas condiciones económicas del Contrato.

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Samples: Condiciones Generales Del Contrato

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá factura de participación se enviará al expositor al mismo tiempo o después de la admisión y la asignación de espacio. Las facturas se enviarán al expositor exclusivamente por medios electrónicos (correo electrónico con archivo adjunto en formato PDF) en forma no codificada a realizar un primer pago correspondiente al Anticipola dirección de correo electrónico proporcionada por el expositor y/o mediante depósito en la cuenta OOS de la persona de contacto del expositor nombrada en la inscripción. Se considerará que el expositor ha recibido la factura cuando el correo electrónico llegue a su ámbito de influencia (cuenta de correo electrónico en el proveedor de Internet y/o en la cuenta de OOS de la persona de contacto del expositor mencionada en el registro). El expositor asegurará que se compruebe la bandeja de entrada con regularidad y que se satisfagan en todo momento los requisitos técnicos necesarios para la recepción de correos electrónicos. En caso de cambiar la dirección en uso del expositor, el cual será máximo deberá informarse de un veinte ello inmediatamente a la sociedad ferial. El expositor estará obligado a resarcir a la sociedad ferial por ciento (20%) del valor del Contratolos perjuicios que pudieran derivarse de unas condiciones técnicas defectuosas y/o por no notificarse la nueva dirección de correo electrónico. Este pago Caso de darse reclamaciones, éstas deberán hacerse valer por escrito, inmediatamente después de recibir la factura. No se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicialadmitirán reclamaciones posteriores. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas Todas las facturas emitidas por la SupervisiónMessegesellschaft se pagarán, sin deducción alguna, inmediatamente después de recibirlas. Estos pagos Las facturas por otras prestaciones o suministros que se harán en un período no mayor de quince (15) días hayan encargado por separado serán pagaderas a partir de la fecha de la factura, es decir, normalmente antes del inicio del evento, pero a más tardar a partir de la fecha de la prestación o del suministro Aunque a solicitud de un expositor, su factura haya sido enviada a una tercera persona, el expositor queda figurando como el deudor. Se ruega efectúen los pagos haciendo referencia al número de factura y al certamen correspondiente a: Messe Düsseldorf GmbH Xxxxxxxx 00 00 00 00000 Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Cuentas bancarias: IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 00 BIC-Code: XXXXXXXX IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 00 BIC-Code: XXXXXXXX000 IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 00 BIC-Code: XXXXXXXXXXX IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 00 BIC-Code: XXXXXXXX IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 00 BIC-Code: XXXXXXXX000 Todas las facturas se gravan con un interés de 9 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico correspondiente, 30 días después de la fecha de vencimiento y tras la recepción de la factura. En caso de que el expositor no respetara el plazo de pago o no pagara la totalidad de la superficie Messe Düsseldorf podrá anular la reserva de la totalidad de la superficie contratada y disponer de ella. En cuanto a una eventual restitución de costes rige el apartado 5 de las condiciones. Si no se hubieran cumplido todas las obligaciones, en el marco de las ferias híbridas, la sociedad ferial podrá retener el equipamiento dispuesto en los stands y los materiales feriales de los expositores en virtud del derecho prendario. El artículo 562a, punto 2, del BGB no será aplicable a menos que haya garantía suficiente. En caso de que el pago no se efectúe dentro del plazo fijado Messe Düsseldorf podrá vender libremente, tras avisar por escrito, el material confiscado del stand. Messe Düsseldorf asume responsabilidades por daños y pérdidas de bienes pignorados sólo en caso de dolo y negligencia grave. No está permitido ceder a terceros a cambio de una contraprestación o remuneración el stand o partes del mismo que se hubieran asigna- do con motivo de una feria híbrida sin la previa autorización de la sociedad ferial. Para las mercancías o empresas que no han sido mencionadas en la admisión, no puede hacerse propaganda en el stand. El arrendatario debe solicitar la acogida de un coexpositor utilizando la easy administration tool (eat) de la sociedad. El coexpositor está sujeto a las mismas condiciones que el expositor principal. Deberá abonar a Messe Düsseldorf la tasa de coexpositor y la tasa única de publicidad y medios de comunicación. No obstante, la deuda de la tasa de coexpositor corres-pondería al expositor principal del stand. La acogida de un coexpositor sin la aprobación de Messe Düsseldorf autoriza a ésta a rescindir en el acto su contrato con el expositor principal y a desalojar el stand a expensas del mismo. En este aspecto el expositor renuncia al derecho de privación ilícita de la posesión. El expositor principal no tendrá derecho a reclamar una indemni- zación por daños y perjuicios. Son coexpositores todos los expositores que expongan o aparezcan junto al expositor principal en el stand. También se considerarán coexpositores si tienen estrechas relaciones económicas u organi-zativas con el expositor principal. Los represen- tantes de empresa no serán admitidos como coexpositores. Los fabricantes representados adicionalmente son aquellos cuyos productos son vendidos por el expositor en el stand sin que el propio fabricante esté presente. Los fabricantes de aparatos, máquinas u otros productos que sean necesarios para la demostración de productos de un expositor y que no estén en oferta, no se considerarán coexpositores. En virtud de las condiciones de registro los coexpositores pueden ser incluidos en el catálogo con la dirección completa, siempre que hayan pagados las tasas y hayan presentado la documentación dentro de plazo. La sociedad ferial puede autorizar stands comunitarios de mayor tamaño en ferias híbridas si es posible integrarlos en la división especializada del evento. Para registrarse es preciso utilizar la easy administration tool (eat). Se aplican todas las condiciones a todos los expositores. Si se asigna un stand a dos o más empresas, todas ellas son responsables frente a Messe Düsseldorf como deudores solidarios. Las empresas que expongan colectivamente deberán designar un representante común en la inscripción. Hasta la admisión, es posible cancelar el registro. En ese caso, se deberá pagar una tasa de cancelación (según las condiciones especiales de participación). El solicitante se reserva el derecho de demostrar que la cubicación sea certificada tasa de cancelación que se le exige es demasiado elevada. Una vez concedida la admisión, ya no es posible que el expositor retire o reduzca la superficie del estand, tanto en el caso de ferias híbridas como en las que son totalmente virtuales. En el caso de no participar, se deberán abonar íntegramente las cuotas de participación y las tarifas de cualquier otro servicio. En el caso de las ferias híbridas, se aplican las siguientes características especiales: El cambio por El Supervisor. El monto parte de la Primera Cubicación realizada Messegesellschaft de superficies no ocupadas a fín de conseguir una imagen general adecuada no exime al expositor de sus obligaciones de pago. Si el exoositor renuncia a utilizar el espacio del estand que le ha sido asignado y la empresa ferial puede alquilar este espacio a otro (no es posible la ocupación por intercambio), el Contratistaexpositor deberá pagar antes de la admisión el 25 % de la cuota de participación, deberá exceder o por lo menos alcanzar pero como mínimo la cuota establecida en las condiciones especiales de participación como tasa de cancelación Si un co-expositor cancela su participación, la parte proporcional de ese co-expositor se abonará sin reducciones. Si el 80% expositor principal cancela y no participa, se produce automáticamente la exclusión del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) co-expositor y de cada pago, como garantía otras empresas representadas por los trabajos ejecutados mismos, y se anula la admisión de los salarios mismos. En caso de que se pida la apertura de un procedimiento judicial de insolvencia contra los trabajadores contratados bienes del expositor o si por falta de activos se declina una instancia de ese tipo, Messe Düsseldorf tiene derecho a rescindir el Contratista, lo cual le será devuelto contrato sin demora. En cualquier caso el expositor tendrá que informar inmediatamente a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código Messe Düsseldorf de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asuntoapertura del procedimiento. La Entidad Contratante retendrá Las obligaciones de pago están recogidas en los respectivos artículos precedentes. En el caso de las ferias híbridas, es posible renunciar gratuitamente a los servicios encargados de construcción del stand hasta el momento de autorizarse el evento. A partir de ese momento se aplicará una tasa de cancelación del montaje del stand por un veinte por ciento (20%) importe de cada cubicación para la amortización 250,00 €. Si se cancela el montaje del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) stand entre cuatro y dos semanas antes del costo inicio de la Obra para feria, se cobrará el pago 50% del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86importe total del pedido. Tras esta fecha, de fecha 04 xx xxxxx se cobrará el 95% del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosimporte total del pedido.

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Samples: www.prowein.com

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá El o los pagos del importe derivado (s) de la presente licitación, se efectuará (n) de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, dentro de los quince días naturales posteriores a realizar un primer pago correspondiente aquel en el que se presente el comprobante fiscal previo a la aceptación del área solicitante en la Gerencia de Seguimiento y Control Presupuestal, preferentemente mediante transferencia vía electrónica, a la cuenta bancaria que el licitante ganador proporcione a Pronósticos (excepto en los bancos IXE y Banorte), o bien, en las Cajas de Pago de Pronósticos, y ésta se obliga a cubrir los importes del o los bienes y/o servicio recibidos a entera satisfacción al Anticipoamparo de cada comprobante fiscal, mismos que deberán reunir los requisitos señalados en el cual será máximo Código Fiscal de un veinte la Federación vigente. En caso de que los comprobantes fiscales entregados por ciento el licitante (20%s) del valor del Contratoganador (es), para su pago, presenten errores o deficiencias, Pronósticos dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, informará al (los) mismo (s) las deficiencias que deberá corregir. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria El período que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días transcurra a partir de que se le informe y hasta que el licitante (s) ganador (es), presente (n) las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la fecha en que la cubicación sea certificada por El SupervisorLey. El monto o los pagos derivado (s) de la Primera Cubicación realizada por el Contratistapresente licitación se incorporará (n) a solicitud del Licitante Ganador al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) S.N.C. y se dará de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos alta en el Artículo 210 mismo la totalidad de cuentas por pagar del Código de Trabajomismo, con para ello la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el Contrato portal xxx.xxxxx.xxx a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días efecto de que deben corresponderse con el licitante adjudicado pueda transferir los Calendarios derechos de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratistacobro al intermediario financiero, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización en los términos del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) último párrafo del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud artículo 46 de la Ley 6-86de Adquisiciones, de fecha 04 xx Arrendamientos y Servicios del Sector Xxxxxxx, (Xxxxx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios0 “Cadenas Productivas”).

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Samples: www.pronosticos.gob.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá El pago se efectuará en pesos mexicanos, dentro de los 20 días naturales posteriores a realizar un primer pago correspondiente al Anticipola entrega por parte del proveedor, de los siguientes documentos: Original y copia de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique el servicio prestado y el número de contrato, en su caso, el cual será máximo documento que avale la prestación del servicio, sellado por el área del Instituto en la que se prestó éste, mismo que deberá ser entregado en el Departamento de un veinte por ciento (20%) del valor del ContratoContabilidad, Presupuesto y Erogaciones, sito en Boulevard Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx y Periférico Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Saltillo, Coahuila, de las 8:00 a las 13:00 horas en días hábiles. Este En caso de que el proveedor presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se hará con la firma ajustará en términos del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad artículo 62 del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El SupervisorReglamento. El monto de la Primera Cubicación realizada por proveedor podrá optar porque el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen Instituto efectúe el pago de los compromisos fiscalesbienes suministrados, liquidaciones a través del esquema electrónico intrabancario que el IMSS tiene en operación, con las instituciones bancarias siguientes: Banamex, S.A., BBVA, Bancomer, S.A., Banorte, S.A. y prestaciones laboralesScotiabank Inverlat, S.A., para tal efecto deberá presentar en la Jefatura de Planeación y Finanzas, sita en Boulevard Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx y Periférico Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, en días hábiles y horario de 8:00 a 13:00 horas, petición escrita indicando: razón social, domicilio fiscal, número telefónico y fax, nombre completo del apoderado legal con facultades de cobro y su firma, número de cuenta de cheques (número de clave bancaria estandarizada), banco, sucursal y plaza, así como, número de proveedor asignado por el IMSS. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual En caso de que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas el proveedor solicite el abono en una cuenta contratada en un banco diferente a los resultados antes citados (interbancario), el IMSS realizará la instrucción de pago en la fecha de vencimiento del contrarecibo y su aplicación se llevará a cabo al día hábil siguiente, de acuerdo con el mecanismo establecido por CECOBAN. Anexo a la solicitud de pago electrónico (intrabancario e interbancario) el proveedor deberá presentar original y copia de la medición cédula del Registro Federal de Contribuyentes, Poder Notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y cubicación final les serán devueltos en el mismo acto. Asimismo, el Instituto aceptará del proveedor, que en el supuesto de que tenga cuentas liquidas y exigibles a su cargo, aplicarlas contra los adeudos que, en su caso, tuviera por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B, de la Ley del Seguro Social. Los proveedores que entreguen bienes al Instituto, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo al Instituto, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los trabajoscontra-recibos cuyo importe se cede, en además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de igual forma los que celebren contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., institución de Banca de Desarrollo. El pago de la prestación del servicio, quedará condicionado proporcionalmente al pago que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosel proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso.

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Samples: Convenio De Participación Conjunta

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al AnticipoA la sola discreción de SEFAR, el cual será máximo las condiciones de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con extienden al Comprador al completar la firma del Contrato y contra presentación solicitud de una Póliza crédito de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance InicialSEFAR. La suma restante será pagada Salvo lo dispuesto en pagos parciales al Contratistael siguiente párrafo, mediante cubicaciones periódicas todas las facturas deberán ser pagadas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán el Comprador en un período no mayor plazo de quince treinta (1530) días a partir de la fecha en que de la cubicación sea certificada factura. Los pagos se efectuarán mediante cheque o transferencia electrónica sujeta a buen cobro y deberán ser recibidos por El Supervisorel SEFAR dentro de dicho plazo de treinta (30) días. El monto Comprador realizará los pagos sin descuento o compensación y SEFAR no estará obligado a incurrir en ningún gasto para recibir el pago completo a tiempo como se requiere en este Contrato. Sefar S.A. de C.V Xxxx. Xxxxxxxxxxx-Xx Xxxxxx Xx. 0 Xxxx 0 Modulo X X/X Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxx. Xxx. 00000 Tels: +00 (00) 0000-0000 / 0000-0000 / 0000-0000 xxx.xxxxx.xx - 1 - SEFAR puede, sin previo aviso, cambiar o retirar las extensiones de crédito en cualquier momento. Si el Vendedor dejara de ampliar las condiciones de crédito antes del envío, el único recurso del Comprador será la cancelación de su pedido. Si el Comprador no recibe la notificación antes del envío, su único recurso será el rechazo de los Productos inmediatamente después de la Primera Cubicación realizada por entrega. Si el ContratistaComprador no realiza el pago en o antes de la fecha requerida, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% Comprador pagará a SEFAR un interés del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez uno y medio por ciento (101.5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asuntomensual. La Entidad Contratante retendrá especificación o el cobro de intereses no se considerará un veinte por ciento (20%) acuerdo de cada cubicación para la amortización ampliar el crédito o un saldo a favor del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosComprador.

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Samples: Contrato De Compraventa Internacional De Mercaderías Sefar, s.a. De c.V.

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá El o los pagos del importe derivado (s) de la presente invitación, se efectuará (n) de conformidad con lo establecido en el anexo técnico, dentro de los quince días naturales posteriores a realizar un primer pago correspondiente aquel en el que se presente el comprobante fiscal previo a la aceptación del área solicitante en la Gerencia de Seguimiento y Control Presupuestal, preferentemente mediante transferencia vía electrónica, a la cuenta bancaria que el licitante ganador proporcione a Pronósticos (excepto en los bancos IXE y Banorte), o bien, en las Cajas de Pago de Pronósticos, y ésta se obliga a cubrir los importes del o los bienes y/o servicio recibidos a entera satisfacción al Anticipoamparo de cada comprobante fiscal, mismos que deberán reunir los requisitos señalados en el cual será máximo Código Fiscal de un veinte la Federación vigente. En caso de que los comprobantes fiscales entregados por ciento el licitante (20%s) del valor del Contratoganador (es), para su pago, presenten errores o deficiencias, Pronósticos dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, informará al (los) mismo (s) las deficiencias que deberá corregir. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria El período que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días transcurra a partir de que se le informe y hasta que el licitante (s) ganador (es), presente (n) las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la fecha en que la cubicación sea certificada por El SupervisorLey. El monto o los pagos derivado (s) de la Primera Cubicación realizada por el Contratistapresente invitación se incorporará (n) al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% S.N.C., a opción del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) licitante ganador y se dará de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos alta en el Artículo 210 mismo la totalidad de cuentas por pagar del Código de Trabajolicitante ganador, con para ello la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el Contrato portal xxx.xxxxx.xxx a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días efecto de que deben corresponderse con el licitante adjudicado pueda transferir los Calendarios derechos de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratistacobro al intermediario financiero, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización en los términos del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) último párrafo del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud artículo 46 de la Ley 6-86de Adquisiciones, de fecha 04 xx Arrendamientos y Servicios del Sector Xxxxxxx, (Xxxxx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios0 “Cadenas Productivas”).

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al AnticipoSe deberá elaborar una factura por cada vehículo entregado y las mismas deberán ser congruentes con la descripción general y precio señalados en el contrato, desglosando en su caso, el cual será máximo valor de un veinte los accesorios o adaptaciones tales como caseta, caja seca, caja refrigerada y equipo refrigerante, etc. El licitante ganador deberá detallar en la factura además del Número de Clave Vehicular, el dato correcto del modelo, año/modelo y la descripción precisa de la versión exacta de la fabricación conforme registró el vehículo ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no se aceptarán facturas que únicamente detallen el Número de Clave Vehicular. No se otorgará anticipo y el pago se realizará mediante cheque nominativo o transferencia bancaria electrónica (previa solicitud al Departamento de Cuentas por ciento Pagar y cumplimiento de los requisitos establecidos por dicha área) a favor del(los) licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s), por el 100% (20%cien por ciento) del valor de los bienes suministrados, conforme a lo establecido en esta convocatoria y el contrato respectivo y se llevará a cabo dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de las facturas a revisión, previa validación por la(s) persona(s) que designe la Subdirección de Distribución de Leche de “LICONSA”, de que cumplen en cantidades, especificaciones, condiciones, requerimientos técnicos, fechas pactadas y horarios de atención, conforme a los bienes requeridos y adquiridos. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Contrato. Este Código Fiscal de la Federación en sus Artículos 29 y 29-A y el pago se hará en pesos mexicanos, conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento. (DEBERÁN PRESENTAR IMPRESA ADJUNTO A CADA FACTURA LA VALIDACIÓN DEL SAT). Los impuestos serán pagados por “LICONSA”, en los términos que marca la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás conceptos. Las facturas deberán presentarse a revisión los días martes o viernes, o al siguiente día hábil si alguno de éstos no lo fuera, de 9:00 a 14:00 hrs. en el Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, ubicado en la Planta Baja de Xxxxxxx Xxxxxx No. 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, C.P. 53390, Naucalpan de Juárez, Estado de México y una vez que las facturas sean presentadas en original en el Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA” para su cobro y proceda a su revisión, en caso de tener errores o deficiencias, dicho Departamento las devolverá al proveedor dentro de los tres días hábiles siguientes, indicando por escrito las deficiencias que se deban corregir, conforme a lo previsto en el artículo 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El día de pago será exclusivamente el viernes de las 14:00 a las 17:00 horas en la Caja General de “LICONSA” (planta baja). En pagos mediante transferencia bancaria electrónica, el horario será de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. Cabe señalar que en caso de requerir transferencia electrónica, se debe enviar una carta en papel membretado de la empresa licitante, dirigida al C.P. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Jefe del Departamento de Cuentas por Pagar de LICONSA, firmada por el representante legal de la empresa especificando: Banco receptor, sucursal, número de cuenta, la CLABE, (debiendo adjuntar copia de un estado de cuenta reciente para validar la información de la cuenta, con el fin de evitar errores en la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicialtransferencia). La suma restante será pagada carta mencionada deberá estar validada con el sello del Banco según cada caso, misma que se entregará con las facturas y documentos a revisión. El(los) licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s) se obliga(n) a respetar el vencimiento de los plazos descritos, verificando en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la cubicación sea certificada por El Supervisorobligación de pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generar a “LICONSA”. El monto En el supuesto de que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago de la Primera Cubicación realizada pena convencional que alude el rubro antes mencionado PENA CONVENCIONAL Y OTRAS DEDUCCIONES, el licitante que resulte adjudicado acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que se presente para pago. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de las penas convencionales a las que se haya hecho acreedor, cuando ello así proceda. La revisión, análisis detallado, evaluación y dictamen de las proposiciones técnicas que presenten los licitantes, serán efectuados por la Subdirección de Distribución de leche. A través de la documentación presentada por los licitantes, “LICONSA” verificará que los requisitos establecidos en esta convocatoria sean cubiertos, conforme a lo siguiente: Que la propuesta técnica contenga la información señalada en el rubro “CONTENIDO DE LA PROPUESTA TECNICA DEL PRESENTE DOCUMENTO.” Se verificará que contenga la Carta de Integración (Por excepción de acuerdo con la punto 12 de las Reglas para el efecto, emitidas por la Secretaria de Economía publicadas en D.O.F. el 14 de octubre de 2010) para lo cual deben anexar en el caso de distribuidoras de autos y camionetas el registro de empresa productora de vehículos automotores ligeros nuevos, en el caso de fabricantes de camiones el Programa de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz de Autopartes, la carta de grado de integración nacional que deberá ser firmada por el Contratistarepresentante legal del licitante y el representante legal del fabricante. COPIA DE LOS CERTIFICADOS EN CASO DE CAMIONES NOM-160-SCF1-2003 NOM-044 SEMARNAT-2006 NOM-045 SEMARNAT-2006 NOM-079-SEMARNAT-1994 EPA 2004 Se verificará presente las Cartas de Fabricante; Garantía Se verificará que incluya las Cartas de distribuidor autorizado; Se verificará que incluya las Carta de refaccionamiento por 10 años. Se verificará que incluya la Carta de red de distribuidores en territorio nacional. Empresa fabricante de carrocerías: Registro de marca registrada ante el (IMPI) Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, deberá exceder vigente. La proposición técnica contenga la información especificada en las fichas técnicas base del anexo técnico. Para la evaluación de las proposiciones, se utilizará el criterio de evaluación binaria (CUMPLE, NO CUMPLE), fundamentada en el artículo 36 segundo párrafo de “La Ley” y artículo 51 de su Reglamento, toda vez que no se requiere vincular las condiciones que debe cumplir el Proveedor con las características y especificaciones de “los bienes” a adquirir ya que éste se encuentra estandarizado en el mercado y el factor preponderante que se considera para la adjudicación del contrato, es el precio más bajo. Las propuestas técnicas de los licitantes que no cumplan con las condiciones y requerimientos específicos mínimos establecidos en esta convocatoria y sus anexos, serán desechadas. Los licitantes deberán presentar y entregar con los catálogos, fichas técnicas y/o guías de ordenación con las especificaciones contenidas sobre los vehículos propuestos, conforme a lo requerido en el Anexo Técnico, dichos catálogos y fichas técnicas deberán incluirse dentro del sobre de la propuesta técnica y económica que presenten, identificándolos con el nombre del licitante, número xx xxxxxxx y el número de la presente licitación, a fin de que la convocante pueda analizar y comprobar que cumplen con las especificaciones solicitadas, en el entendido de que, de resultar con fallo favorable y por lo menos alcanzar tanto le sea adjudicado el 80% del monto del Anticipo contrato respectivo, los vehículos que suministre, corresponderán a los catálogos, fichas técnicas y/o Avance Inicialguías de ordenación presentadas. En el caso de que los catálogos, fichas técnicas y/o guías de ordenación sean los que se publican en Internet, éstos deberán estar certificados por el fabricante o distribuidor autorizado. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación catálogos, fichas técnicas y/o guías de todas las nóminas pagadas ordenación es obligatoria y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios será motivo de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosdescalificación omitir este requisito.

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Samples: Contrato De Adquisición De Parque Vehicular

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer El pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago la xxxxxxx xxxxxxxxxx xxx Xxxxx 0X se hará con la firma del Contrato y contra presentación realizará dentro de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) los 20 días hábiles siguientes a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por recepción de la factura para su pago ante el ContratistaCECyTE Guanajuato, deberá exceder siempre y cuando no se apliquen las sanciones señaladas en el punto 18 de las presentes bases, y los bienes y/o por lo menos alcanzar el 80% servicios se hayan entregado o realizado a entera satisfacción del monto CECyTE Guanajuato a través de la instancia o persona que ésta designe. Los pagos de las partidas adjudicadas del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y Anexo 1B se realizarán dentro de los salarios 20 días hábiles siguientes a partir de la fecha de la recepción de la factura para su pago ante el SABES, siempre y cuando no se apliquen las sanciones señaladas en el punto 18 de las presentes bases, y los bienes y/o servicios se hayan entregado o realizado a entera satisfacción del SABES a través de la instancia o persona que ésta designe. Los pagos de las partidas adjudicadas en el Anexo 1C se realizarán dentro de los trabajadores contratados por el Contratista45 días hábiles siguientes a partir de la fecha de la recepción de la factura para su pago ante la Dirección de Adquisiciones de la SEG, lo cual le será devuelto a éste último, siempre y cuando cumpla con los requisitos previstos no se apliquen las sanciones señaladas en el Artículo 210 del Código punto 18 de Trabajo, con las presentes bases y los bienes adquiridos y/o servicios contratados se hayan realizado a entera satisfacción de la presentación Convocante a través de una relación de la instancia o persona que ésta designe. Para todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato partidas excepto la 1, a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia partir de la Entidad Contratante autorizada para tal asuntofirma del contrato con fecha límite de entrega el 00 xx xxxxxx xx 2019. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo Anexo 1C: Para las partidas de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en 1 a la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud 3 a partir de la Ley 6-86firma del contrato con fecha límite el día 19 de septiembre de 2019. Para la partida 4 a partir de la firma del contrato con fecha límite 31 de octubre de 2019. No obstante el periodo de entrega señalado, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como el contrato permanecerá vigente hasta la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago recepción de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas bienes y/o servicios a los resultados entera satisfacción de la medición SEG, CECyTE Guanajuato y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.SABES. Rúbrica

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Samples: www.seg.guanajuato.gob.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un Los pagos se efectuarán de la siguiente forma: el primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo que cubrirá de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato contrato al 30 xx xxxxx de 2019 y contra presentación posteriormente se efectuará en seis exhibiciones, a condición de la entrega de la factura correspondiente. Para tal efecto, “EL PROVEEDOR” deberá presentar la factura correspondiente, debidamente requisitada, con los datos en el documento tales como: requisitos fiscales vigentes, la descripción de los bienes, cálculos, precios unitarios, cantidad de bienes, etc., en la Dirección de Administración de “EL TRIBUNAL” además de enviar los archivos .XML y .PDF a los siguientes correos xxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx y con copia a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx, para que este departamento proceda a la revisión y validación de los requisitos fiscales vigentes, descripción de los bienes adquiridos, cálculos, precios unitarios, cantidad de bienes, etc, una Póliza vez que este Departamento determine que la factura cumple con todos los requisitos. En caso de Seguro errores o Garantía Bancaria deficiencias en la o las facturas y/o su documentación anexa, dentro del plazo estipulado para su recepción y revisión, la Dirección de Administración rechazará la operación indicando por escrito al licitante las deficiencias que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratistadeberá corregir para que éste las presente de nueva cuenta y reiniciar el trámite de pago, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días lo que el plazo estipulado para pago iniciará a partir de la fecha en nueva presentación. Se deberá facturar con los siguientes datos: XXXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, NÚMERO 290 COL. CENTRO. C.P. 77000 CHETUMAL XXXXXXXX ROO R.F.C. TJA170704D32 Y deberá mencionar por cada factura expedida el número de contrato que ampara a esta Licitación Pública. Así mismo el Licitante deberá expedir constancia de institución financiera sobre la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto existencia de la Primera Cubicación realizada por cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya el Contratistanúmero de cuenta con once posiciones, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) así como la clave bancaria estandarizada con CLABE con 18 posiciones que permita realizar transferencias electrónicas de cada pagofondos, como garantía por los trabajos ejecutados y a través de los salarios sistemas de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensionespago. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen mismo el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisoriobienes quedará condicionado proporcionalmente, al igual pago que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosel licitante deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.

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Samples: Contrato De Arrendamiento Financiero De Vehiculos

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo Se emitirá la respectiva orden de un veinte compra por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicialservicio, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, una vez que el acto administrativo que apruebe el contrato esté totalmente tramitado y notificado mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La suma restante será pagada en pagos parciales al ContratistaSe procederá a la emisión de la(s) factura(s) respectiva(s), mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas una vez aceptada la orden de compra y certificadas recepcionado conforme los informes por la SupervisiónContraparte Técnica. Estos pagos se harán en un período no mayor Junto a cada factura, el contratista entregará el certificado de quince (15) Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales más próximo a la emisión de la factura referida. El pago de los servicios será efectuado por la Subsecretaría de Transportes, dentro de los 30 días corridos contados a partir de la fecha recepción electrónica de la(s) factura(s) en el correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx. Dichos pagos se efectuarán mediante transferencia electrónica de fondos, para lo cual se requerirá al contratista la información necesaria una vez recibida conforme la factura. Las facturas, deberán ser extendidas a: En el evento en que existieran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores del contratista o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago generados en razón del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones; en este caso, el contratista deberá acreditar que la cubicación sea certificada por El Supervisortotalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El monto incumplimiento de esta obligación por parte del contratista, dará derecho a la Primera Cubicación realizada Subsecretaría a dar por terminado el Contratistarespectivo contrato, deberá exceder o por lo menos alcanzar pudiendo llamarse a una nueva licitación en que el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicialcontratista no podrá participar. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) En atención a la modalidad de cada pago, como garantía por para los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 efectos del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud artículo 3° de la Ley 6-86N° 19.983, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como que regula la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción transferencia y aplique. El pago final se hará posterior otorga mérito ejecutivo a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados copia de la medición y cubicación final factura, la Subsecretaría tendrá un plazo de los trabajos8 (ocho) días corridos, contados desde la recepción de las respectivas facturas, para reclamar en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarioscontra de su contenido.

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Samples: www.mtt.gob.cl

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte diez por ciento (2010%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 treinta (30) días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, retendrá además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.mopc.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este El pago se hará con realizará de la firma del Contrato siguiente forma: 30%, para los gastos de movilización o en concepto de gastos de materiales de construcción (cemento, hierro, arena lavada, arena gorda, ladrillo, piedra triturada),30% de acuerdo de avance de obra e informe de fiscal de obras, 20% a la recepción provisoria y contra presentación 20% a la recepción definitiva, y se abonarán de una Póliza acuerdo a Certificados de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Avances de Obras realizadas y certificadas aprobadas por la Supervisiónfiscalización,. Estos pagos se harán Fecha: Proceso de Contratación: Modalidad: CD Nº: 07/16 Descripción del llamado: “REFACCIION DE LA OFICINA DE LA SUPERVISON EDUCATIVA ID (Portal):306.354 A la Convocante: Yo/Xxxxxxxx, quien suscribe/n, declaro/amos Bajo Fe de Juramento que, no me/nos encuentro/encontramos comprendido/s en un período no mayor ninguna de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada las inhabilidades previstas por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud 40 de la Ley 6-86Nº 2.051/03 para presentar propuestas y/o contratar con el Estado Paraguayo en general, y con esta Convocante en particular y al proceso de contratación arriba individualizado.- Asimismo, declaro/amos Bajo Fe de Juramento, que me/nos abstengo/abstenemos de adoptar conductas orientadas a que los funcionarios o empleados de la Convocante en el presente llamado, induzcan o alteren las exigencias del llamado, las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, la ejecución contractual u otros aspectos que pudiera/n otorgarme/nos condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, como por ejemplo, y de manera enunciativa y no limitativa, el soborno y la colusión.- Xxxxx/imos el compromiso de comunicar por medios fehacientes a la Entidad Convocante, de fecha 04 xx xxxxx manera inmediata a su surgimiento, cualquier alteración en la situación jurídica respecto de las citadas inhabilidades, dejando expresa constancia que independiente a esta situación, automáticamente resta eficacia y validez a la presente.- La presente declaración jurada, la hago/hacemos, en los términos y condiciones del 1986Artículo 47 del Decreto Reglamentario Nº 21.909/03 y el artículo 20, sobre Fondo inciso “W”, de Pensionesla Ley 2051/03, de “Contrataciones Públicas”. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción mismo, declaro conocer y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación aceptar el contenido y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados disposiciones de la medición y cubicación final Resolución N° 330/07 de los trabajosla Dirección General de Contrataciones Públicas.- Adjunto/amos copia de documentos SI: NO: YUTY, de_ de 2016_ De mi/nuestra consideración: La empresa………………………………………….., con RUC , en su calidad de oferente del llamado de referencia, por medio de su/s representante/s legal/es…………………….............................., con cédula/s de Nº , formula la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.presente DECLARACIÓN BAJO FE DE JURAMENTO: identidad

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Samples: www.contrataciones.gov.py

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá (Señalar forma, periodicidad y condicionantes de pago establecidos por el área requirente) Los CFDI´s que presente el “Proveedor” para el trámite de pago, deberán cumplir con los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, las reglas 2.7.1.35 o 2.7.1.43 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, o las que en lo sucesivo se adicionen o modifiquen. Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la regla 2.7.1.35 de la RMF, al recibir el pago, el “Proveedor” deberá enviar el CFDI complemento de pago correspondiente, al correo electrónico de la Subdirección de Cuentas por Pagar (xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxx.xx), y del Administrador del Contrato (_______@xxx.xx), indicando obligatoriamente como referencia el número de Oficio de Solicitud de Pago (OSP), mismo que le será notificado por la Subdirección de Operación Financiera, vía correo electrónico; dicho envío deberá realizarse dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del mes siguiente a realizar un primer aquel en que haya recibido el pago correspondiente. Para efectos del plazo anterior, se considerará como fecha de recepción del pago, aquella en que el “Proveedor” haya recibido la transferencia electrónica en la cuenta bancaria señalada para tal efecto, o bien, en la que haya recibido el cheque correspondiente, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del “Instituto”, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 0000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de que no se reciba el CFDI complemento de pago correspondiente al Anticipoen el plazo antes señalado, la Subdirección de Cuentas por Pagar, podrá solicitar que se realice la denuncia correspondiente ante el cual será máximo Servicio de un veinte por ciento (20%) del valor del ContratoAdministración Tributaria. Este pago se hará Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la firma del Contrato y contra presentación regla 2.7.1.43 de una Póliza la RMF, deberá emitir el CFDI correspondiente dentro de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas los plazos establecidos por la SupervisiónDirección de Recursos Financieros para su recepción. Estos pagos se harán en un período En términos de los artículos 60 del “Reglamento” y 163 de las “POBALINES”, para el caso de cualquiera de los supuestos anteriores, la fecha de pago no mayor podrá exceder de quince 20 (15veinte) días naturales contados a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada el “Instituto” reciba por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada parte del “Proveedor”, el CFDI correspondiente, previa liberación del pago por el Contratistaparte del Administrador del Contrato, quien, en su caso, deberá exceder o adjuntar el comprobante de pago por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 concepto xx xxxxx convencionales, contractuales o deducciones a favor del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios“Instituto”.

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Samples: www.ine.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar XXXX realizará el pago de las facturas por transferencia bancaria en la cuenta señalada por el Proveedor en el Contrato en un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será plazo máximo de un veinte por ciento treinta (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (1530) días hábiles, contados a partir de la fecha en que ENEL haya recibido: i) la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto factura, ii) la documentación de respaldo de la Primera Cubicación realizada factura en caso de que se requiera y iii) estas no hayan sido sujetas a aclaración y/o corrección y/o iv) estas hayan sido resueltas o subsanadas. En caso de pagos al extranjero los cargos por transferencia bancaria serán a cargo del Proveedor. Todos los pagos que se efectúen antes de la Aceptación Provisional, de acuerdo con lo estipulado en el ContratistaContrato, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% tendrán la consideración de pagos a cuenta del monto precio final. En caso de que no se haya presentado garantía de fiel cumplimiento del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) Contrato, será imprescindible que, de forma simultánea a cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y uno de los salarios de los trabajadores contratados por posibles pagos, el ContratistaProveedor entregue a ENEL garantía económica, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos exigidos en el Contrato, que garantice dichos pagos. A tales efectos, el Proveedor se compromete a comunicar todos los datos de la cuenta bancaria a ENEL. El Proveedor tiene la obligación de informar inmediatamente a ENEL de cualquier cambio en sus datos fiscales y generales (tales como: CIF, dirección, denominación social, etc.) o cambios de titularidad o en el accionariado de la compañía. No comunicar dichos cambios puede dar como resultado la suspensión de los pagos de las facturas que contengan datos no actualizados. En casos excepcionales, XXXX puede aceptar otros medios de pago legítimos y válidos, de conformidad con la Ley. El pago del precio facturado no significará que ENEL considere que el Proveedor haya realizado correctamente el Contrato o que renuncia a los derechos y acciones contra este último, reservándose expresamente el derecho de ejercerlos, sin perjuicio de los pagos que efectúe. ENEL puede, de conformidad con la Ley y en los casos y la forma estipulados en el Contrato, retener y suspender pagos vencidos al Proveedor, cuando sean adeudados y exigibles. En caso de retraso en el pago por XXXX, si tal retraso es imputable a ENEL, se pagarán al Proveedor intereses por demora de conformidad con las provisiones del Contrato y con la Ley. Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 3.4. "CONDICIONES DE PAGO", ENEL se reserva el derecho de proponer un aplazamiento de los plazos de pago de las facturas al Proveedor. El Proveedor tendrá derecho a aceptar o rechazar tal propuesta de aplazamiento. En caso de que las Partes acuerden aplazar los plazos de pago: • Salvo estipulación en contrario recogida en las Condiciones Generales Básicas, habrán de prevalecer los nuevos términos y condiciones de pago acordados por las Partes y consignados en el Contrato; • ENEL abonará al Proveedor un recargo calculado a partir del tipo de interés de referencia en el mercado (ej: US Libor, Euribor) vigente a la fecha de emisión de la factura, más un diferencial en función de los días transcurridos entre la fecha de vencimiento originalmente consignada en las Condiciones Generales Básicas, y la fecha de vencimiento diferido acordada. Los recargos por aplazamiento determinados conforme a las directrices citadas serán abonados por ENEL junto con el importe de la factura aplazada a la que se refieran. Se entiende que, en caso de demora en el pago respecto de la fecha de vencimiento aplazada, ENEL abonará los intereses de demora previstos en el Artículo 210 del Código las Condiciones Generales Básicas. 4 IMPUESTOS.‌ Al realizar los pagos a los Proveedores por los suministros, obras o servicios recibidos, ENEL retendrá cantidades de Trabajo, acuerdo con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas los impuestos y según los procedimientos establecidos contribuciones (con efecto fiscal) aplicables en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios país de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización residencia del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) Proveedor y/o en virtud de cualquier otra legislación aplicable al Contrato. Las Partes se comprometen mutuamente a cumplir todas las obligaciones, realizar todas las gestiones y entregar toda la Ley 6-86documentación necesaria para el correcto pago de los impuestos, incluidas las retenciones y otras obligaciones aplicables al Proveedor, cumpliendo los procedimientos estipulados por Xxx. De forma similar, las Partes se comprometen a cooperar para obtener exenciones y otros beneficios fiscales aplicables al Contrato. En caso de fecha 04 xx xxxxx que, debido a una falta de diligencia u otra causa atribuible al Proveedor, XXXX perdiera un derecho a un beneficio fiscal, se podrá descontar la cantidad de dicho beneficio de la cantidad debida al Proveedor. En caso de que exista un acuerdo entre el país de residencia del 1986, sobre Fondo Proveedor y el país de Pensiones. Así como residencia de las sociedades del Grupo ENEL que permita evitar la doble imposición y el Proveedor invocara la aplicación de las provisiones de tal acuerdo, el Proveedor deberá proporcionar a ENEL su certificado de residencia fiscal (o cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte otra declaración o certificado necesario para la construcción y apliqueaplicación de las convenciones contra la doble imposición) a los efectos de la clasificación de la naturaleza de los ingresos en virtud del tratado contra la doble imposición. El pago final Proveedor tendrá en cuenta la interpretación vigente del país en el que las sociedades del Grupo ENEL están ubicadas. Este certificado en principio es válido por un año, a excepción de que la legislación del país en el que se hará posterior a encuentren las sociedades del Grupo ENEL establezca un periodo más corto. En cualquier caso, cuando la última cubicación y luego validez de presentar cada certificado expire, el Contratista los documentos Proveedor proporcionará otro certificado válido. Si se solicita que avalen el pago ENEL haga deducciones de los compromisos fiscalespagos al Proveedor y si éste lo requiere, liquidaciones ENEL deberá suministrar un certificado que muestre las deducciones aplicadas y prestaciones laboralesdemuestre la cantidad pagada y la retenida. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorioEn caso de que se envíen materiales o equipos desde el extranjero, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas los impuestos se pagarán como se muestra a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.continuación:

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Samples: Condiciones Generales De Contratación Basic Costa Rica

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá (Señalar forma, periodicidad y condicionantes de pago establecidos por el área requirente) Los CFDI´s que presente el “Proveedor” para el trámite de pago, deberán cumplir con los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, las reglas 2.7.1.35 o 2.7.1.43 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, o las que en lo sucesivo se adicionen o modifiquen. Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la regla 2.7.1.35 de la RMF, al recibir el pago, el “Proveedor” deberá enviar el CFDI complemento de pago correspondiente, al correo electrónico de la Subdirección de Cuentas por Pagar (complementodepago.scp@ine.mx), y del Administrador del Contrato (_______@ine.mx), indicando obligatoriamente como referencia el número de Oficio de Solicitud de Pago (OSP), mismo que le será notificado por la Subdirección de Operación Financiera, vía correo electrónico; dicho envío deberá realizarse dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del mes siguiente a realizar un primer aquel en que haya recibido el pago correspondiente. Para efectos del plazo anterior, se considerará como fecha de recepción del pago, aquella en que el “Proveedor” haya recibido la transferencia electrónica en la cuenta bancaria señalada para tal efecto, o bien, en la que haya recibido el cheque correspondiente, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del “Instituto”, ubicada en Periférico Sur, número 4124, piso 1, Colonia Jardines del Pedregal, Alcaldía Álvaro Obregón, código postal 01900, Ciudad de México. En caso de que no se reciba el CFDI complemento de pago correspondiente al Anticipoen el plazo antes señalado, la Subdirección de Cuentas por Pagar, realizará la denuncia correspondiente ante el cual será máximo Servicio de un veinte por ciento (20%) del valor del ContratoAdministración Tributaria. Este pago se hará Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la firma del Contrato y contra presentación regla 2.7.1.43 de una Póliza la RMF, deberá emitir el CFDI correspondiente dentro de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas los plazos establecidos por la SupervisiónDirección de Recursos Financieros para su recepción. Estos pagos se harán en un período En términos de los artículos 60 del “Reglamento” y 163 de las “POBALINES”, para el caso de cualquiera de los supuestos anteriores, la fecha de pago no mayor podrá exceder de quince 20 (15veinte) días naturales contados a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada el “Instituto” reciba por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada parte del “Proveedor”, el CFDI correspondiente, previa liberación del pago por el Contratistaparte del Administrador del Contrato, quien, en su caso, deberá exceder adjuntar el comprobante de pago por concepto de penas convencionales, contractuales o por lo menos alcanzar el 80% deducciones a favor del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios“Instituto”.

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Samples: repositoriodocumental.ine.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá liquidación de las pólizas de seguro quedará sujeta para fines de ejecución y pago, a realizar la disponibilidad presupuestal del ejercicio 2009, contando el ISSFAM, con un primer plazo de 45 días naturales para su pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días contados a partir de la fecha en que el ISSFAM reciba su factura para revisión y aprobación y así mismo una vez liberado el presupuesto 2009 por la cubicación sea certificada Secretaría, conforme a lo estipulado por El Supervisorel artículo 51 de la Ley y de acuerdo con la autorización especial para esta Licitación otorgada por la citada Secretaría en Oficio Número 315-A-04645 de fecha 22 de Septiembre de 2008. El monto ISSFAM no otorgará ninguna clase de anticipo y estará sujeto a la calendarización que por capítulo y concepto, determine la Dirección de Finanzas del propio ISSFAM. El precio de la Primera Cubicación realizada prestación del servicio cotizado por el Contratistalicitante, deberá exceder ser fijo durante la vigencia del contrato. Como opción para su pago el ISSFAM le podrá depositar el o por los pagos correspondientes a la contratación de pólizas de seguro, mediante abono en cuenta al banco BBVA- BANCOMER, cumpliendo con la entrega del formato según (Anexo 8), solo lo menos alcanzar presentará el 80% del monto del Anticipo o Avance Iniciallicitante ganador. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento El (10%los) prestador (es) de cada servicio debe (n) presentar (los días martes o jueves en un horario de 9:00 a 14:00 horas), las facturas en original y dos copias, a nombre del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, para su revisión y trámite de pago, como garantía por los trabajos ejecutados y en la Subdirección de los salarios Recursos Materiales, Departamento de los trabajadores contratados por el ContratistaAbastecimientos, lo cual le será devuelto a éste últimosito en Avenida Industria Militar Número 1053, cuando cumpla con Séptimo piso, Colonia Xxxxx xx Xxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 11200, México, Distrito Federal, debiendo reunir los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos fiscales establecidos en el Contrato a intervenirartículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, asentándose en la citada factura, número de contrato. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 En caso de que las facturas entregadas por los prestadores de servicio para su pago, presenten errores o deficiencias, el ISSFAM, dentro de los tres días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego hábiles siguientes al de su aprobación recepción, indicará por la Supervisión escrito al prestador de servicio las deficiencias que deberá corregir; El período que transcurra a partir del citado escrito y la instancia hasta que el prestador de servicio presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86Ley, de fecha 04 xx xxxxx conformidad con el artículo 62 del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y apliqueReglamento. El pago final quedará condicionado proporcionalmente al pago que el (los) prestadores de servicio deba (n) efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Otra opción para su pago es a través de ventanilla el cual se hará posterior efectuará en el área de Finanzas, Subdirección de Tesorería en la caja número dos, sito en Avenida Industria Militar Número 1053, segundo piso, Colonia Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 11200, México, Distrito Federal, en un horario de 08:30 a 14:00 horas de Lunes a Viernes o a través xx Xxxxxxx Productivas del Gobierno Federal (NAFINSA y/o Intermediario Financiero), a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el siguiente dirección electrónica xxxx://xxxxxxx.xxx El pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados pólizas de seguro contratadas será de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.siguiente forma:

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Samples: Carta Compromiso Para Propuesta Conjunta (Consorciadas

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: www.mopc.gob.do

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al AnticipoUna vez emitido el código de contratación por parte de la DNCP, el cual será máximo la forma de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con efectuara dentro de los 20 días hábiles a la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir obligación de la fecha factura, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria. Fecha: Proceso de Contratación: Modalidad: CONTRATACION DIRECTA Nº 9/2012 Descripción del llamado: “ADQUISICIÓN DE INSUMOS ODONTOLOGICOS” ID (Portal): 239.638 A la Convocante: FACULTAD POLITECNICA DE LA UNA Yo/Xxxxxxxx, quien suscribe/n, declaro/amos Bajo Fe de Juramento que, no me/nos encuentro/encontramos comprendido/s en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto ninguna de la Primera Cubicación realizada las inhabilidades previstas por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud 40 de la Ley 6-86Nº 2.051/03 para presentar propuestas y/o contratar con el Estado Paraguayo en general, y con esta Convocante en particular y al proceso de contratación arriba individualizado.- Asimismo, declaro/amos Bajo Fe de Juramento, que me/nos abstengo/abstenemos de adoptar conductas orientadas a que los funcionarios o empleados de la Convocante en el presente llamado, induzcan o alteren las exigencias del llamado, las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, la ejecución contractual u otros aspectos que pudiera/n otorgarme/nos condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, como por ejemplo, y de manera enunciativa y no limitativa, el soborno y la colusión.- Xxxxx/imos el compromiso de comunicar por medios fehacientes a la Entidad Convocante, de fecha 04 xx xxxxx manera inmediata a su surgimiento, cualquier alteración en la situación jurídica respecto de las citadas inhabilidades, dejando expresa constancia que independiente a esta situación, automáticamente resta eficacia y validez a la presente.- La presente declaración jurada, la hago/hacemos, en los términos y condiciones del 1986Artículo 47 del Decreto Reglamentario Nº 21.909/03 y el artículo 20, sobre Fondo inciso “W”, de Pensionesla Ley 2051/03, de “Contrataciones Públicas”. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción mismo, declaro conocer y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación aceptar el contenido y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados disposiciones de la medición y cubicación final Resolución N° 330/07 de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.- Firma El/los trabajosOferente/s Aclaración de Firma/s Adjunto/amos copia/s de documentos SI: . NO . Asunción, de de 201_ REF.: Descripción del llamado: “ADQUISICIÓN DE INSUMOS ODONTOLOGICOS ” ID: (Portal Contrataciones Públicas) 239.638 De mi/nuestra consideración: La empresa………………………………………….., con RUC………….., en su calidad de oferente del llamado de referencia, por medio de su/s representante/s legal/es…………………….............................., con cédula/s de identidad Nº , formula la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.presente DECLARACION BAJO FE DE JURAMENTO:

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Samples: www.contrataciones.gov.py

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá Una vez que se hayan ejecutado y recibido a realizar un primer pago correspondiente al Anticiposatisfacción de “EL SAT” los servicios en cada uno de los inmuebles indicados en el Anexo Técnico de la convocatoria y de acuerdo con el período de prestación del servicio establecido, con fundamento en lo dispuesto por el cual será máximo artículo 51 de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago “LA LEY”, los pagos se hará con efectuarán a mes vencido mediante transferencia electrónica, y se realizarán dentro de los 20 días naturales posteriores a la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza las facturas electrónicas (archivos PDF y XML), y su aceptación formal en el Departamento de Seguro Bienes y Servicios de la Subadministración de Recursos y Servicios en Chihuahua. De existir descuentos por inasistencias (deductivas), éstos se deberán reflejar en la facturación del período que corresponda, previa cuantificación y conciliación entre el proveedor y la Subadministración de Recursos y Servicios en Chihuahua. En caso de que las facturas enviadas por el proveedor adjudicado para su pago presenten errores o Garantía Bancaria deficiencias, la dependencia dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias a efecto de que cubra la totalidad del Avance Inicialxxxx xxxxxxxxxx. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un El período no mayor de quince (15) días que transcurra a partir de la fecha en entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del párrafo segundo del artículo 51 de “LA LEY”, por lo que es necesario que la cubicación sea certificada facturación cumpla con todos los requisitos administrativos determinados por El Supervisorla unidad contratante, así como los fiscales de conformidad a lo que establecen los instrumentos jurídicos aplicables. El monto En caso de que el proveedor no se encuentre registrado en el sistema de pagos de “EL SAT”, deberá requisitar y presentar ante la Subadministración de Recursos y Servicios en Chihuahua, el formato denominado “Formato de requisitos e información para pagos electrónicos”. (ANEXO X). En caso de que el proveedor cambie de número de cuenta durante la vigencia del contrato, deberá notificarlo a “EL SAT”, haciendo la correspondiente entrega del formato para pagos electrónicos que contenga los datos de la Primera Cubicación realizada por el Contratistanueva cuenta. En caso de no efectuar dicha notificación, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% “EL SAT” no se responsabiliza del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por atraso que se genere en los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariospagos.

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Samples: omawww.sat.gob.mx

CONDICIONES DE PAGO. Suministro de gas y/o electricidad: La Entidad Contratante podrá factura se re- mitirá al Cliente, con la periodicidad prevista en la le- gislación vigente, a realizar la dirección indicada por éste, y se pasará al cobro dentro de los diez días naturales posteriores al día de emisión de la factura. (En caso de facturación incorrecta o retrasada, ALDRO refacturará al Cliente aplicando las compensaciones o reembolsos que corresponda). El importe de los suministros deberá ser abonado por el Cliente en sus fechas de vencimiento. Transcurrido el plazo pactado sin que el pago se haya hecho efectivo, ALDRO tendrá derecho, sin necesidad de previo requerimiento, a incrementar la deuda venci- da con un primer pago correspondiente interés de demora resultante de aplicar el tipo de interés legal del dinero más 1,5 puntos porcentuales. No obstante, si el titular del suministro fuera empresario o profesional se aplicará el interés de demora estable- cido en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, o la norma que, en su caso, la sustituya. Asimismo, en caso de impago imputable al AnticipoCliente, el cual será AL- DRO repercutirá al mismo los gastos bancarios y de gestión que la reclamación del impago genere, hasta un máximo de un veinte cuarenta (40) euros por ciento (20%) cada factura impagada. Estos costes se podrán facturar de manera independiente. Cuando la empresa distribuidora exija x XXXXX, en virtud del valor contrato de acceso a la red, la entrega del depósito de garantía previsto en el art.79.7 del Real De- creto 1955/2000, de 1 de diciembre, o legislación que la desarrolle o sustituya, ALDRO procederá a abonar dicha cantidad en nombre del CLIENTE, y se la cobrará a este último mediante su cargo en la facturación por el suministro de energía. La devolución del depósito de garantía se efectuará por la empresa distribuidora, al CLIENTE, previa solicitud de éste a la propia distribui- xxxx, en el momento en que se resuelva formalmente el contrato de acceso, en la forma establecida en el art.79.7 del citado Real Decreto o legislación que lo de- sarrolle o sustituya. La energía suministrada se destinará únicamente para el consumo del punto de suministro señalado en el pre- sente contrato, declarando el Cliente que tiene justo título para el uso de dicha vivienda o local durante la duración del Contrato. Este pago se hará La calidad del suministro es res- ponsabilidad de la Compañía Distribuidora. En consecuencia, si el Cliente x XXXXX constatan que la calidad del servicio suministrado es inferior a la exigible, gestionarán con la firma distribuidora las compen- saciones y reembolsos aplicables en su facturación de acuerdo con los procedimientos reglamentarios existentes. De igual modo, los daños ocasionados a cualquier aparato, equipo o instalación del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria CLIENTE que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada tengan su origen en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir sobretensión de la fecha red eléc- trica o en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto cortes o alteraciones en el suministro serán responsabilidad de la Primera Cubicación realizada por el Contratistacompañía distribuidora. Para la prestación del servicio de suministro eléctrico ALDRO, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% previa solicitud del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pagoCLIENTE, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con tramitará ante la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia empresa distribuidora cualquier modificación de la Entidad Contratante autorizada para tal asuntopotencia contratada. La Entidad Contratante retendrá un veinte Será por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización cuenta del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen CLIENTE el pago de los compromisos fiscalesderechos de acometida, liquidaciones enganche, y prestaciones laboralescualesquiera otros conceptos legalmente determina- dos así como las modificaciones técnicas necesarias para que la instalación sea conforme con la normati- va vigente. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados La modificación de la medición potencia contratada queda supeditada a la concesión por parte de la em- presa distribuidora, surtirá efecto desde dicha fecha y cubicación final conllevará la variación de los trabajos, precios fijados en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarioslas condiciones económicas del Contrato.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá El o los pagos del importe derivado (s) de la presente licitación, se efectuará (n) de conformidad con lo establecido en el anexo técnico, dentro de los quince días naturales posteriores a realizar un primer pago correspondiente aquel en el que se presente el comprobante fiscal previo a la aceptación del área solicitante en la Gerencia de Seguimiento y Control Presupuestal, preferentemente mediante transferencia vía electrónica, a la cuenta bancaria que el licitante ganador proporcione a Pronósticos (excepto en los bancos IXE y Banorte), o bien, en las Cajas de Pago de Pronósticos, y ésta se obliga a cubrir los importes del o los bienes y/o servicio recibidos a entera satisfacción al Anticipoamparo de cada comprobante fiscal, mismos que deberán reunir los requisitos señalados en el cual será máximo Código Fiscal de un veinte la Federación vigente. En caso de que los comprobantes fiscales entregados por ciento el licitante (20%s) del valor del Contratoganador (es), para su pago, presenten errores o deficiencias, Pronósticos dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, informará al (los) mismo (s) las deficiencias que deberá corregir. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria El período que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días transcurra a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto se le informe y hasta que el licitante (s) ganador (es), presente (n) las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Primera Cubicación realizada por el ContratistaLey. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) S.N.C. y se dará de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos alta en el Artículo 210 mismo, a solicitud del Código licitante, la totalidad de Trabajocuentas por pagar del licitante ganador, con para ello la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el Contrato portal xxx.xxxxx.xxx a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días efecto de que deben corresponderse con el licitante adjudicado pueda transferir los Calendarios derechos de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratistacobro al intermediario financiero, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización en los términos del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) último párrafo del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud artículo 46 de la Ley 6-86de Adquisiciones, de fecha 04 xx Arrendamientos y Servicios del Sector Xxxxxxx, (Xxxxx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios0 “Cadenas Productivas”).

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Samples: Contrato De Servicios Médicos Integrales Y De Hospitalización

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá Las políticas de pago que aplicará CFE para la facturación que se derive de la prestación de los servicios y el momento a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el partir del cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este exigible el pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos serán las siguientes: Los pagos se harán en un período no mayor de quince (15) efectuarán a los 30 días naturales contados a partir de la fecha aceptación por parte de CFE de la factura y evidencia de entrega y puesta en que la cubicación sea certificada por El Supervisorservicio del equipo en el lugar especificado en el contrato. El monto pago a los proveedores, preferentemente se realizará, vía transferencia electrónica de fondos o depósitos en cuenta de cheques, por lo que los licitantes podrán optar por alguna de estas formas de pago, solicitando a CFE, mediante el llenado del formato del anexo 19, su inclusión en el sistema de pago interbancario o depósito en cuenta de cheques, para lo cual deberán indicar la institución bancaria y el número de cuenta donde requiere se establezca el pago de las obligaciones derivadas de los contratos; la misma podrá ser modificada, a petición del proveedor, siempre y cuando dicha modificación se solicite al área de finanzas en la fecha de entrega de la Primera Cubicación realizada factura correspondiente. Los proveedores podrán solicitar a CFE la condición de pronto pago, misma que operará en caso de existir disponibilidad presupuestaria y calendarios autorizados, y la aceptación, del propio proveedor, del descuento a efectuar en la factura por el Contratistaadelanto en el pago con relación a la fecha pactada. En este caso el porcentaje de descuento aplicable por cada día de adelanto en el pago será conforme a la tasas de descuento que señale la Subdirección de Operación Financiera. El proveedor deberá solicitar esta condición por escrito, una vez que se preste el servicio y se presente el documento o la factura en la que se refleje el descuento por el pronto pago o aceptará en su caso el descuento que determine el área de finanzas a su solicitud con la recepción del pago y el documento que indique la forma de determinarlo. El proveedor deberá exceder o presentar las facturas para su revisión y trámite de pago en la Central Ciclo Combinado Xxxxx Xxxxxxx, ubicada Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxxxx X. Xxxxxx Km.3, Xxxxx Xxxxxxx Dgo. En el caso de que las facturas entregadas por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada los proveedores para su pago, como garantía por los trabajos ejecutados y presenten errores o deficiencias, CFE, dentro de los salarios tres días hábiles siguientes al de los trabajadores contratados su recepción, indicará por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas escrito al proveedor las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenirdeficiencias que deberá corregir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días periodo que deben corresponderse con transcurra a partir del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la LAASSP. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los Calendarios de Ejecución y intereses correspondientes, conforme a la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación tasa que será igual a la establecida por la Supervisión y la instancia Ley de Ingresos de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) Federación en los casos de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra prórroga para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos créditos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: Modelo De Contrato

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá 16.1 El precio del Contrato, incluyendo cualquier pago por anticipo, si corresponde, se pagará conforme a realizar un primer pago correspondiente al Anticipolo establecido en las CEC. Los anticipos no podrán superar, en ningún caso, el cual será máximo de un veinte cincuenta por ciento (2050%) del valor monto del contrato, de conformidad al artículo 20 inciso q de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas. Con anterioridad a la entrega del anticipo, el proveedor deberá entregar a la Contratante una garantía de anticipo por el total del monto a ser entregado en dicho concepto, y en las formas establecidas en el Art. 81 del Decreto Reglamentario N° 5174/05. 16.2 La Contratante no realizará pago alguno, en ningún concepto, antes de obtener el correspondiente código de contratación, emitido por la DNCP, referente al proceso de contratación, del que deriva el presente contrato. 16.3 La solicitud de pago del Proveedor a la Contratante deberá ser realizada por escrito, acompañada de recibos que describan, según corresponda, los Bienes entregados y los Servicios cumplidos, y de los documentos presentados de conformidad con la Cláusula 12 de estas CGC y en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro Dicha solicitud deberá ser aceptada o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada rechazada, a más tardar en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días posteriores a partir su presentación. 16.4 La Contratante efectuará los pagos en la brevedad posible, pero en ningún caso podrá exceder sesenta (60) días después de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación factura y solicitud de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas pago por el ContratistaProveedor, serán pagadas luego y después de su aprobación por que la Supervisión y Contratante la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asuntohaya aceptado. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) 16.5 Los pagos a ser realizados al Proveedor en virtud de éste Contrato serán realizados en la Ley 6-86moneda en que éste presentó su oferta. 16.6 Si la Contratante no efectuara cualquiera de los pagos al Proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en las CEC, la Contratante pagará al Proveedor un interés moratorio a la tasa de fecha 04 xx xxxxx del 1986interés establecida en las CEC, sobre Fondo por el período de Pensiones. Así como la aplicación demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte juicio o fallo de arbitraje. 16.7 De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/06, del 30 xx Xxxxx de 2006, en las contrataciones con organismos de la construcción Administración Central, el Proveedor deberá habilitar su respectivas cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y aplique. El pago final se hará posterior comunicar a la última cubicación Contratante y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscalesa la Dirección General xxx Xxxxxx Público, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados efectos de la medición y cubicación final habilitar en el Sistema de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.Tesorería (SITE)

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Samples: www.ande.gov.py

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá En cumplimiento con lo ordenado por el artículo 25, fracciones XXI, XXVII del Manual, las condiciones y trámite de pago son las siguientes: Precio fijo durante la vigencia del contrato. Los pagos se realizarán en Moneda Nacional dentro de los 20 días naturales posteriores a realizar un primer pago correspondiente al Anticipola presentación de la póliza de mantenimiento de conformidad con el artículo 9 párrafo segundo de la Ley. Los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) deberán presentarse sellados y firmados de recibido a entera satisfacción por el ente requirente. En caso de que los CFDI entregados por los proveedores para su pago, presenten errores o deficiencias, el cual será máximo ente requirente dentro de un veinte por ciento los 3 (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurre a partir de la fecha entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presenta la corrección no se computará para efectos del pago. El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales en el entendido que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Cabe hacer mención que la cubicación sea certificada documentación que deberá presentar el proveedor es en original y copia, tanto del CFDI como del pedido, de igual forma los CFDI y los pedidos deberán presentarse sellados y firmados de recibido a entera satisfacción por El Supervisor. El monto el ente requirente (Responsable de la Primera Cubicación realizada Recepción y el Director Administrativo). Los CFDI deberán presentarse a revisión en las oficinas de la Dirección General Administrativa de la SAE, ubicadas en la Av. de la Convención de 1914 oriente, número 104, 3er piso, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, de lunes a viernes en un horario de 8:30 a 15:00 horas a nombre de: Xx. xx xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxx 000 Xxxxxxx xxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx, Xxx. X.X. 00000 R.F.C.: SFI-011030-DU4 En cumplimiento con lo establecido en los artículos 50 fracción XII de la LEY y 25 fracción XXI del MANUAL, la adjudicación será: La evaluación de las proposiciones será binaria, por tanto el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla contrato se adjudicará al PROVEEDOR cuya oferta resulte solvente porque cumple con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajolegales, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas técnicos y según los procedimientos económicos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia CONVOCATORIA de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para INVITACIÓN y sea la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosmás económica.

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Samples: eservicios.aguascalientes.gob.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer Los pagos que se realicen al contratista se efectuarán sobre la base de precios unitarios, en cuyo caso el importe de la remuneración o pago correspondiente al Anticipototal que deba cubrirse, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará por unidad de concepto de trabajo terminado según Artículo 62 Fracción I de la Ley En seguimiento al artículo 75 de la Ley, Las estimaciones de los trabajos ejecutados se deberán formular con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período periodicidad no mayor de quince (15) un mes, previo acuerdo de ambas partes para establecerse en los contratos de obra pública. La o el contratista deberá presentarlas al supervisor de obra dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx para el pago de las estimaciones que hubiere fijado la persona ejecutora de obra en el contrato, acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; al supervisor de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor de cinco días hábiles siguientes a su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, estas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación. En los casos en que la Comisión Estatal de Vivienda, Suelo e Infraestructura del Estado de Chihuahua no cumpla con lo establecido en el párrafo anterior, En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de ajustes de costos, el Ente Público, a solicitud de la persona contratista, deberá considerar las repercusiones que en tiempo y costo ocasionaron en la obra tales incumplimientos de los pagos, y deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Estado conforme al Artículo 76 de la Ley. Cuando la documentación mediante la que se promuevan los ajustes de costos sea deficiente o incompleta, el Ente Público apercibirá por escrito al contratista para que, en el plazo xx xxxx días hábiles a partir de que le sea requerido, subsane el error o complemente la información solicitada. Transcurrido dicho plazo, sin que la persona promovente diera respuesta al apercibimiento, o no lo atendiere en forma correcta, se tendrá como no presentada la solicitud de ajuste de costos como lo establece el Artículo 77 Párrafo séptimo de la Ley. Los pagos de cada una de las estimaciones por trabajos ejecutados son independientes entre sí y, por lo tanto, cualquier tipo y secuencia será solo para efecto de control administrativo en seguimiento al Párrafo Tercero del Artículo 75 de la ley. Asimismo, La Comisión Estatal de Vivienda, Suelo e Infraestructura del Estado de Chihuahua, en caso de atraso en la ejecución de los trabajos durante la vigencia del programa de ejecución general de los trabajos, aplicarán retenciones Económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en la fecha que se determine el atraso, las cuales serán calculadas en función del avance en la ejecución de los trabajos conforme a la fecha xx xxxxx para el pago de estimaciones pactada en el contrato. Dichas retenciones podrán ser recuperadas por las personas contratistas en las siguientes estimaciones, si regularizan los tiempos de atraso conforme al citado programa en apego al último Párrafo del Artículo 66 de la Ley. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa establecida en la Ley de Ingresos del Estado. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la Primera Cubicación realizada por el ContratistaComisión Estatal de Vivienda, deberá exceder Suelo e Infraestructura del Estado de Chihuahua según Articulo 76 Penúltimo Párrafo de la Ley. No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimación siguiente, o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia acuerdo al Articulo 76 Último Párrafo de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosLey.

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Samples: contratosadm.chihuahua.gob.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá El CNCA no otorgará ninguna clase de anticipo. Los pagos respectivos serán efectuados bajo la modalidad de pago por abono a realizar un primer pago correspondiente al Anticipocuenta bancaria, el para lo cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir deberán proporcionarse los datos de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisormisma (Anexo 5). El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener Se realizará un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y pago único dentro de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto 30 días naturales posteriores a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación la factura previa recepción del o los servicios solicitados de todas la partida única, en las nóminas pagadas calidades y cantidades solicitadas, a entera satisfacción del CNCA a través de las unidades administrativas requirentes quienes serán responsables del pago y la supervisión del contrato, por escrito, conforme a la presentación de la documentación que se cita a continuación. Factura correspondiente, la cual deberá describir los servicios, los precios unitarios, los descuentos que correspondan el importe total más el impuesto al valor agregado, número de procedimiento, número(s) xx xxxxxxx(s) que esta facturando en su caso y el número del contrato, validada por el CNCA, según sea el caso. En caso de que las facturas entregadas por los procedimientos establecidos en proveedores para su pago, presenten errores o deficiencias, el Contrato a intervenirCNCA, dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días periodo que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución transcurra a partir del citado escrito y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por hasta que el Contratistaproveedor presente las correcciones, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia no se computará para efectos del artículo 51 de la Entidad Contratante autorizada para tal asuntoLAASSP. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) Tratándose de cada cubicación para pagos en exceso que haya recibido el proveedor, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme al procedimiento establecido en la amortización Ley de Ingresos, como si se tratara del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo supuesto de la Obra prórroga para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, créditos fiscales No se aceptarán condiciones de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y apliquepago diferentes a las establecidas anteriormente. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar del servicio quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Contratista los documentos que avalen el pago proveedor deba efectuar en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales. Se podrán realizar pagos progresivos, previa verificación satisfactoria de los compromisos fiscalesavances de conformidad con lo establecido tanto en las presentes base como en el programa de trabajo. Para el caso de las facturas que sean entregadas en el mes de diciembre, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, estas se sujetaran al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados calendario de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosADEFAS.

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Samples: Carta Compromiso Para Propuestas Conjuntas (Consorciadas

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá Para efectos de pago se formularán estimaciones mensuales, mismas que se acompañarán de la documentación que acredite la procedencia de su pago, conforme a realizar un primer pago correspondiente las previsiones del artículo 132 del REGLAMENTO, las que serán presentadas por EL CONTRATISTA al Anticiporesidente de la obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de su corte y serán pagadas por LA DEPENDENCIA por trabajos ejecutados, el cual será máximo en XX. 00 XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SANFANDILA, MUNICIPIO DE XXXXX XXXXXXXX, QUERÉTARO C. P. 76703, dentro de un veinte plazo de 20 días naturales contados a partir de que hayan sido autorizadas por ciento (20%) el residente de la obra y que EL CONTRATISTA haya presentado la factura correspondiente debidamente requisitada. Queda entendido que en términos de lo dispuesto por el artículo 130 del valor REGLAMENTO, los únicos tipos de estimaciones que se reconocerán para efectos del Contratocontrato correspondiente, serán por trabajos ejecutados; de pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato y de gastos no recuperables. Este pago se hará con El residente de obra efectuará la firma del Contrato revisión y contra presentación autorización de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratistalas estimaciones por trabajos ejecutados, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período plazo que no mayor excederá de quince (15) días naturales contados a partir de la fecha de su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación. Los ajustes de costos y del costo por financiamiento que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por correspondan a los trabajos ejecutados se pagarán en la estimación siguiente al mes en que se haya autorizado el ajuste, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del REGLAMENTO. En el caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones y de los salarios ajuste de los trabajadores contratados costos por el Contratistaparte de LA DEPENDENCIA, ésta a solicitud de EL CONTRATISTA y de conformidad con lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos previsto en el Artículo 210 primer párrafo del Código artículo 55 de Trabajola LEY, con pagará gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación establecida por la Supervisión y la instancia LEY de Ingresos de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) Federación en los casos de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de EL CONTRATISTA. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido EL CONTRATISTA, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del personal técnico pago hasta la fecha en que inspeccionará y supervisará residentemente se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA DEPENDENCIA. No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de EL CONTRATISTA sean compensadas en la Obra y un uno estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad. Con la finalidad de dar cumplimiento a lo estipulado en el numeral 10 del Oficio Circular No. UNCP/309/TU/00428/2009 de fecha 1 de julio de 2009 emitido por ciento (1%) en virtud la Secretaría de la Ley 6-86Función Pública, en el supuesto de que EL CONTRATISTA solicite por escrito a LA DEPENDENCIA ceder sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros, LA DEPENDENCIA en dicho caso, otorgará su consentimiento de igual manera por escrito, fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados partir de la medición cual se podrán ceder estos derechos. LA CONVOCANTE a través de la Coordinación de Administración y cubicación final Finanzas, mostrará el sitio de realización de los trabajos, para lo cual los interesados que así lo deseen deberán concurrir a XX. 00 XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SANFANDILA, MUNICIPIO DE XXXXX XXXXXXXX, QUERÉTARO C. P. 76703, el día 27 de septiembre de del 2010 a las 11:00 horas, para partir al lugar de la ubicación de los trabajos. La junta de aclaraciones de la convocatoria a la licitación se llevará a cabo el día de 27 de septiembre del 2010 a 12:00 horas, en la Sala de Juntas de la Coordinación de Administración y Finanzas del IMT ubicada en XX. 00 XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SANFANDILA, MUNICIPIO DE XXXXX XXXXXXXX, QUERÉTARO C. P. 76703. Se levantará el acta de la junta de aclaraciones (UNICA) la cual será firmada por los licitantes que hubieren asistido, sin que la falta de la firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma, de la cual se entregará copia a dichos asistentes. Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria a la licitación, deberán presentar un escrito en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, de acuerdo con lo indicado en la fracción VI del artículo 61 de EL REGLAMENTO. Las solicitudes de aclaración, podrán efectuarse entregarse personalmente en la(s) junta(s) de aclaraciones, o enviarse a través de CompraNet, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta. La asistencia de los reajustes interesados a la(s) junta(s) de aclaraciones es optativa. Cualquier modificación en la convocatoria a la licitación, incluyendo las que fueren necesariosresulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la misma y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición. Al finalizar el acto se fijará un ejemplar del acta en las oficinas de LA CONVOCANTE ubicadas en XX. 00 XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SANFANDILA, MUNICIPIO DE XXXXX XXXXXXXX, QUERÉTARO C. P. 76703 el acta estará visible del día 27 de septiembre al día 30 de septiembre del 2010. Así mismo, LA CONVOCANTE difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNet, para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos del procedimiento de la licitación en calidad de observador, siendo requisito registrar previamente su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. Los LICITANTES podrán presentar sus proposiciones por escrito durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, en el lugar, fecha y hora que señale la convocatoria, o bien, conforme a las disposiciones administrativas que emita la Secretaria de la Función Pública.

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Samples: Contrato De Obra Pública

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al AnticipoA Crédito. Fecha: Proceso de Contratación: Modalidad: Descripción del llamado: ID (portal): A la Convocante: Yo/Xxxxxxxx, el cual será máximo quien suscribe/n, declaro/amos Bajo Fe de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación Juramento que, no me/nos encuentro/encontramos comprendido/s en ninguna de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos las inhabilidades previstas en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud 40 de la Ley 6-86N° 2051/03 para presentar propuestas y/o contratar con el Estado Paraguayo en general, y con esta Convocante en particular y al proceso de contratación arriba individualizado.- Asimismo, declaro/amos Bajo FE de Juramento, que me/nos abstengo/abstenemos de adoptar conductas orientadas a que los funcionarios o empleados de la Convocante en el presente llamado, induzcan o alteren las exigencias del llamado, las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, la ejecución contractual u otros aspectos que pudiera/n otorgame/nos condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, como por ejemplo, y de manera enunciativa y no limitativa, el soborno y la colusión.- Xxxxx/imos el compromiso de comunicar por medios fehacientes a la Entidad Convocante, de fecha 04 xx xxxxx manera inmediata a su surgimiento, cualquier alteración en la situación jurídica respecto de las citadas inhabilidades, dejando expresa constancia que independiente a esta situación, automáticamente resta eficacia y validez a la presente.- La presente declaración jurada, la hago/hacemos, en los términos y condiciones del 1986Artículo 47 del Decreto Reglamentario N° 21.909/03 y el artículo 20, sobre Fondo inciso “W” de Pensionesla Ley 2051/03, de “Contrataciones Públicas”. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción mismo, declaro conocer y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación aceptar el contenido y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados disposiciones de la medición y cubicación final Resolución N° 330 de Dirección General de Contrataciones Públicas.- Firma El/los trabajosOferente/s Aclaración de Firma/s Asunción, de de 201 Señores ……………………… ……………………… Presente REF.: (Descripción del llamado)…………………….. ID: (Portal Contrataciones Públicas)…………… De mí/nuestra consideración: La empresa ……………. con RUC , en su calidad de oferente de llamado de referencia, por medio de su/s representante/s legal/es ………………………………. con cédula/s de Identidad Nº formula la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.presente DECLARACION BAJO FE DE JURAMENTO:

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Samples: www.contrataciones.gov.py

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá Las condiciones de pago serán las autorizadas por el área de Crédito de acuerdo a lo establecido en la Política de Crédito (CR-100-01) y manifestadas en el Convenio Comercial y/o en las condiciones establecidas en las cotizaciones para productos de ingeniería. Los pagos se deberán realizar un primer a través de pagos en efectivo trajeta de credito depósitos o transferencias vía Internet, a las cuentas bancarias autorizadas por nuestra área de Crédito y Cobranza, citando el número de factura o cotizacion que paga. El no cumplimiento del compromiso de pago correspondiente en la fecha del vencimiento, generará intereses de demora a una tasa equivalente al Anticipodoble de la TIE (Tasa de Equilibrio Interbancario), aplicable durante el cual período xx xxxx, más los gastos de cobranza. Las condiciones de pago serán las acordadas en las respectivas políticas de ventas para cada línea de producto o en las respectivas cotizaciones, siempre referidas a la fecha de emisión de la factura. Los pagos de los compromisos con GRUPO DISMA se deberán realizar a través de depósitos o transferencias vía Internet, a nuestra cuenta BANCOMER No. 0159443541 con número de clabe 012180001594435412, a Nombre de Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx citando el número de factura o cotizacion que paga. El no cumplimiento del compromiso de pago en la fecha del vencimiento generará intereses xx xxxx, a una tasa equivalente al doble de la TIE, aplicable durante el período xx xxxx, mas los gastos de cobranza. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Los precios de venta contemplados en una oferta y/o lista de precios NO incluyen el impuesto al valor agregado. El mismo será máximo agregado al precio neto en la factura. ENTREGA El Vendedor acepta los pedidos sujetos a la capacidad disponible de un veinte la fábrica al momento de recibirlos, a su habilidad para obtener materias primas, así como a cualquier prioridad x xxx impuesta por ciento (20%) del valor del Contratoel Gobierno que esté o entre en vigor durante el proceso de fabricación y que, en una u otra forma afecte el tiempo de entrega estimado o prometido. Este pago se hará con la firma del Contrato Los productos que estén es stock podrán ser retirados por el Comprador de inmediato en nuestros depósitos. Los tiempos de entrega de los Productos no disponible en almacén, son estimados y contra presentación estarán sujetos a los tiempos de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas entrega ofrecidos por la Supervisióncasa matriz, a los potenciales inconvenientes inherentes al transporte y nacionalización de los productos y a que el comprador proporcione oportunamente todos los datos esenciales para la ejecución del trabajo. Estos pagos se harán en un período GRUPO DISMA no mayor será responsable por retrasos motivados por huelgas, incendios retrasos de quince (15) días a partir los proveedores de materiales o cualesquier trastorno fuera de control de la fecha en que compañía. En estos casos, la cubicación entrega será pospuesta por tanto tiempo como sea certificada por El Supervisorindispensable. El monto Vendedor no acepta penalizaciones de la Primera Cubicación realizada ningún tipo en los pedidos que le coloquen sus clientes y/o en los contratos de compra-venta que celebre, a menos que hayan sido aceptados por el Contratistaescrito por un Apoderado Legal de GRUPO DISMA El Vendedor no será responsable por cualquier perjuicio, deberá exceder daño real o consecuencial que se origine al cliente o a terceros, por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) retrasos en las fechas de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y entrega de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenirProductos. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución Vendedor queda facultado para hacer remesas parciales o totales y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y apliquea facturar separadamente. El pago final envio se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen procesa hasta haber confirmado el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laboralesequipos solicitado. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorioórdenes de compra serán enviadas a través del servicio de mensajería cuidadosamente seleccionado por la empresa a la dirección de envío que el cliente anote en su orden de compra. Para evitar demoras el cliente debe proporcio- nar todos los datos que se le soliciten. Nacionales.-El tiempo de entrega en cualquier ciudad de México es de 5 a 8 días hábiles, al igual contando una vez que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas se haya enviado la confirmación del pedido. No se hacen envíos a los resultados de la medición y cubicación final apartados postales. En el caso de los trabajosproductos especiales, en Ensambles o tipo Q, el plazo de entrega no comienza a transcurrir hasta que el Comprador reciba una confirmación escrita de aceptación del pedido de parte del Vendedor. EMPAQUES GRUPO DISMA, empaca sus productos de manera que asegure la que identificación e integridad de los mismos durante el manejo y transporte hasta el lugar de destino si cargo al cliente. Se podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarioshacer empaques especiales con un cargo adicional, si el Comprador lo solicita.

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Samples: www.grupodisma.com

CONDICIONES DE PAGO.  El pago será en términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; no podrá exceder de veinte días naturales contados a partir de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de los bienes o prestación de los servicios en los términos del contrato. Forma y fecha de entrega:  La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo convocante requiere que los suministros sean entregados en las localidades y municipios descritos en las Bases de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días licitación a partir de la fecha indicada.  Fecha de inicio del suministro: Como se detalla en que la cubicación sea certificada por El Supervisorlas Bases de cada licitación. El monto Ninguna de las condiciones contenidas en las Bases de la Primera Cubicación realizada Licitación, así como en las proposiciones presentadas por el Contratistalos licitantes, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicialpodrán ser negociadas. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento convocatoria que contiene la CONVOCATORIA de participación se publicó en CompraNet el 07 de Diciembre de 2017. 56 (10%Tercera Sección) La Dirección de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia Recursos Materiales de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) Secretaría de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendráAdministración, ademásen cumplimiento a lo establecido en los artículos 1, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará 32, 34 y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud 44 de la Ley 6-86de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de fecha 04 xx xxxxx Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del 1986Estado de Oaxaca, sobre Fondo 27 y 33 de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscalessu Reglamento, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas convoca a los resultados interesados en participar en los procesos de la medición y cubicación final de los trabajosLicitación Pública Nacional a que hace referencia este resumen, cuyas convocatorias se encuentran disponibles para su consulta en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariospágina xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/, a partir de esta misma fecha, cuya información es: EVENTO: / PROCEDIMIENTO: “ADQUISICION DE LICENCIAS INFORMATICAS”, SOLICITADO POR LA CORPORACION OAXAQUEÑA DE RADIO Y TELEVISION. JUNTA DE ACLARACIONES 12/12/2017 A LAS 12:00 HRS.

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Samples: www.apta.com.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, Los CFDI´s que presente el cual será máximo PROVEEDOR para el trámite de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla deberán cumplir con los requisitos previstos en el Artículo 210 fiscales que señalan los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de Trabajola Federación, con las reglas 2.7.1.35 o 2.7.1.44 de la presentación Resolución Miscelánea Fiscal vigente, o las que en lo sucesivo se adicionen o modifiquen. Al recibir el pago, el PROVEEDOR deberá enviar el CFDI complemento de una relación pago correspondiente, al correo electrónico de todas las nóminas pagadas la Subdirección de Cuentas por Pagar (xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxx.xx) y según los procedimientos establecidos en del Administrador del Contrato (xxxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxx.xx), indicando obligatoriamente como referencia el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días número de Oficio de Solicitud de Pago (OSP), mismo que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación le será notificado por la Supervisión y Subdirección de Operación Financiera, vía correo electrónico; dicho envío deberá realizarse dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del mes siguiente a aquel en que haya recibido el pago correspondiente. Para efectos del plazo anterior, se considerará como fecha de recepción del pago, aquella en que el PROVEEDOR haya recibido la instancia de transferencia electrónica en la Entidad Contratante autorizada cuenta bancaria señalada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendráefecto, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajoso bien, en la que podrán efectuarse haya recibido el cheque correspondiente, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del INSTITUTO, ubicada en Periférico Sur, número 4124, piso 1, Colonia Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de que no se reciba el CFDI complemento de pago correspondiente en el plazo antes señalado, la Subdirección de Cuentas por Pagar, realizará la denuncia correspondiente ante el Servicio de Administración Tributaria. Si el PROVEEDOR está en posibilidad de cumplir con la regla 2.7.1.44 de la RMF, deberá emitir el CFDI correspondiente dentro de los reajustes plazos establecidos por la Dirección de Recursos Financieros para su recepción. En términos de los artículos 60 del REGLAMENTO y 163 de las POBALINES, para el caso de cualquiera de los supuestos anteriores, la fecha de pago no podrá exceder de 20 (veinte) días naturales contados a partir de que fueren necesariosel PROVEEDOR presente el CFDI correspondiente, previa liberación del pago por parte del Administrador del Contrato, quien, en su caso, deberá adjuntar el comprobante de pago por concepto xx xxxxx convencionales a favor del INSTITUTO.

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Samples: Convenio Privado Para Presentar Propuesta Conjunta Que en Términos Del Párrafo Tercero

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer El pago correspondiente al Anticipodel servicio se realizará (describir exhibiciones y requisitos adicionales que debe presentar en su caso el proveedor), el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) previa validación del valor Administrador del Contrato. Este Para el primer pago se hará con la firma del Contrato servicio objeto del presente procedimiento, el PROVEEDOR deberá entregar al Administrador del Contrato, el CFDI de Ingresos global o madre (por el monto mínimo total del contrato), previa activación de las suscripciones y contra presentación de una Póliza los entregables. Para los pagos subsecuentes, el PROVEEDOR deberá presentar al Administrador del Contrato, el CFDI de Seguro ingresos global o Garantía Bancaria que cubra madre correspondiente al monto de cada solicitud adicional, previa activación de las suscripciones y presentación de los entregables. En términos de los artículos 60 del REGLAMENTO y 163 de las POBALINES, la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período fecha de pago no mayor podrá exceder de quince 20 (15veinte) días naturales contados a partir de la fecha que el PROVEEDOR presente el CFDI global o madre correspondiente, previa liberación del pago por parte del Administrador del Contrato, quien, en que la cubicación sea certificada su caso, deberá adjuntar el comprobante de pago por El Supervisorconcepto xx xxxxx convencionales a favor del INSTITUTO. El monto INSTITUTO, a través de la Primera Cubicación realizada por Subdirección de Operación Financiera, notificará al PROVEEDOR, vía correo electrónico, cuando el Contratistapago se haya realizado, deberá exceder debiendo adjuntar el comprobante de depósito o por lo menos alcanzar póliza cheque entregada, según corresponda, misma que contendrá como referencia el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicialnúmero de Oficio de Solicitud de Pago (OSP). La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de Al recibir cada pago, el PROVEEDOR deberá enviar el CFDI complemento de pago correspondiente, a los correos electrónicos de la Subdirección de Cuentas por Pagar (xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxx.xx), y del Administrador del Contrato (xxxxx.xxxxxxxx@xxx.xx), indicando obligatoriamente como garantía por los trabajos ejecutados y referencia el número de OSP; dicho envío deberá realizarse dentro de los salarios primeros 10 (diez) días naturales del mes siguiente a aquel en que haya recibido el pago correspondiente. Para efectos del plazo anterior, se considerará como fecha de los trabajadores contratados por recepción del pago, aquella en que el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos PROVEEDOR haya recibido la transferencia electrónica en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada cuenta bancaria señalada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendráefecto, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajoso bien, en la que podrán efectuarse haya recibido el cheque correspondiente, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del INSTITUTO, ubicada en Periférico Sur, número 4124, piso 1, Colonia Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de que no se reciba el CFDI complemento de pago correspondiente en el plazo antes señalado, la Subdirección de Cuentas por Pagar, realizará le denuncia correspondiente ante el Servicio de Administración Tributaria. Los CFDI’s madre y complemento de pago, deberán cumplir con los reajustes requisitos fiscales que fueren necesariosseñalan los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación y demás legislación aplicable vigente.

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Samples: repositoriodocumental.ine.mx

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer Los pagos que se realicen al contratista se efectuarán sobre la base de PRECIO ALZADO, en cuyo caso el importe de la remuneración o pago correspondiente al Anticipototal que deba cubrirse, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará por actividades principales totalmente terminadas, se pagarán conforme a lo establecido en el presupuesto total de los trabajos mediante la formulación de estimaciones sujetas al avance de los trabajos de acuerdo al programa de ejecución de los trabajos, con base a los términos de referencia y sus anexos y de acuerdo a la firma del Contrato red de actividades con ruta crítica, programa de ejecución, cedula de avances y contra presentación pagos programados según Artículo 62 Fracción II de la Ley En seguimiento al artículo 75 de la Ley, Las estimaciones de los trabajos ejecutados se deberán formular con una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período periodicidad no mayor de quince (15) un mes, previó acuerdo de ambas partes para establecerse en los contratos de servicios relacionados con la obra pública. La o el contratista deberá presentarlas a la supervisión dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir la fecha xx xxxxx para el pago de las estimaciones que hubiere fijado la persona ejecutora de los servicios relacionados con la obra pública en el contrato, acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; al supervisor para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor de cinco días hábiles siguientes a su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, estas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación. En los casos en que la Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx no cumpla con lo establecido en el párrafo anterior, En caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones, el Ente Público, a solicitud de la persona contratista, deberá considerar las repercusiones que en tiempo y costo ocasionaron en los servicios relacionados con la obra pública tales incumplimientos de los pagos, y deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos del Estado conforme al Artículo 76 de la Ley. Los pagos de cada una de las estimaciones por trabajos ejecutados son independientes entre sí y, por lo tanto, cualquier tipo y secuencia será solo para efecto de control administrativo en seguimiento al Párrafo Tercero del Artículo 75 de la ley. Asimismo, La Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua, en caso de atraso en la ejecución de los trabajos durante la vigencia del programa de ejecución general de los trabajos, aplicarán retenciones Económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en la fecha que se determine el atraso, las cuales serán calculadas en función del avance en la ejecución de los trabajos conforme a la fecha xx xxxxx para el pago de estimaciones pactada en el contrato. Dichas retenciones podrán ser recuperadas por las personas contratistas en las siguientes estimaciones, si regularizan los tiempos de atraso conforme al citado programa en apego al último Párrafo del Artículo 66 de la Ley. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el contratista, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa establecida en la Ley de Ingresos del Estado. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la Primera Cubicación realizada por el ContratistaJunta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua según Articulo 76 Penúltimo Párrafo de la Ley. No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del contratista sean compensadas en la estimación siguiente, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia acuerdo al Articulo 76 Último Párrafo de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosLey.

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Samples: Bases De La Licitación Pública Nacional

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer remuneración de los Consultores se abonará como sigue: • Primer pago (Anticipo): Patrimonio Natural cancelará AL CONTRATISTA, el valor correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato. Este pago se hará contrato, previa aprobación de las garantías, a la entrega por parte del contratista del cronograma ajustado a los tiempos de suscripción del contrato y concertado con la firma del Contrato y contra presentación supervisión, que muestre la secuencia de una Póliza entrega de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Iniciallos bienes/Servicios de No consultoría. La suma restante será pagada en pagos parciales • Pago final: Patrimonio Natural cancelará al Contratistacontratista un pago final, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez correspondiente al ochenta por ciento (1080%) del valor total del contrato, previo recibo a satisfacción por parte de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y la supervisión del total de los salarios bienes adquiridos, con todas las especificaciones técnicas establecidas en el contrato. La entidad contratante tendrá el derecho de suspender los pagos intermedios y el pago final, si se producen retrasos sustanciales en el cumplimiento del cronograma de entrega. El pago se realizará previa presentación de la certificación xx xxx y salvo de los trabajadores contratados aportes y cotizaciones del sistema general de seguridad social y parafiscal del mes causado, donde el supervisor dará su visto de aprobación si cumple con lo exigido. El Contratante abonará la remuneración de los Consultores en la siguiente cuenta. Banco: XXXXXXXXXXXXXX Número de cuenta: XXXXXXXXXXXXX Tipo de cuenta: XXXXXXXXXXXXXXX Deberá remitirse el original de las facturas al Contratante. Las facturas deberán ser dirigidas a Patrimonio Natural (Contratante), identificado con NIT 900.064.749-7. El pago será realizado previa certificación de cumplimiento emitido por el Contratistasupervisor del contrato y presentación del soporte de pago de aportes parafiscales (SENA, lo cual ICBF, Cajas de Compensación etc.) del personal a su cargo. Los consultores se comprometen a constituir a favor de Patrimonio Natural Fondo para la Biodiversidad y Áreas Protegidas, entidad particular, Nit 900.064.749-7, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato, garantía única expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en colombia, que ampare los siguientes riesgos: • De Cumplimiento: Para garantizar las obligaciones contractuales, el pago de multas y demás sanciones que se le será devuelto a éste últimoimpongan, cuando cumpla en cuantía equivalente al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total del contrato, y deberá extenderse por el término de vigencia previsto para el mismo y SEIS (6) MESES más. • De Calidad y Correcto Funcionamiento de los Bienes Suministrados: Para garantizar la calidad de los servicios prestados, de acuerdo con los requisitos previstos las especificaciones técnicas establecidas en el Artículo 210 del Código de Trabajocontrato, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento cuantía equivalente al VEINT POR CIENTO (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo de cada cubicación para ejecución del mismo y un (1) AÑO más. • Buen Manejo y Correcta Inversión del Anticipo. Para proteger a la amortización entidad de los perjuicios sufridos por la no devolución total o parcial, por parte del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendráCONTRATISTA, ademásde los dineros que le fueron entregados a título de anticipo, un diez por ciento en cuantía equivalente al CIEN POR CIENTO (10100%) del costo valor de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará este, con una vigencia igual al plazo de ejecución y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento SEIS (1%6) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y apliqueMESES más. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego lugar de presentar arbitraje es Bogotá, D.C. El idioma del procedimiento de arbitraje es el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscalesEspañol. Se firma en Bogotá D.C., liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados XXXXXXX días del mes de la medición y cubicación final enero de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.dos mil veintidos (2022)

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Samples: Contrato KFW Ccon XXX De 2022

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo El Fideicomiso no otorgará ninguna clase de un veinte por ciento (20%) del valor del Contratoanticipo. Este El pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación realizará al finalizar cada uno de una Póliza los cursos, dentro de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratistalos 10 días hábiles posteriores, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días contados a partir de la fecha en que se haga constar la cubicación sea certificada recepción del servicio en las cantidades y calidades especificadas en el presente procedimiento a entera satisfacción por El Supervisor. El monto escrito del Fideicomiso y previa entrega de la Primera Cubicación realizada (s) factura (s) correspondiente (s) a la Gerencia, a través de cheque o a solicitud expresa del licitante ganador por depósito a cuenta bancaria de conformidad con lo establecido en las Políticas, Bases y Lineamientos que rigen al Fideicomiso y al artículo 51 último párrafo de la Ley. Para proceder al pago de la (s) factura (s) presentada (s), esta (s) deberá (n) ser verificada(s) por el Contratistaárea de la Gerencia, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% a efecto de ser turnada (s), en su caso, a la Gerencia de Tesorería, para que se proceda a su pago. Para tal efecto, se señala como lugar de pago las oficinas de la Gerencia de Tesorería del monto del Anticipo o Avance InicialFideicomiso, ubicada en la xxxxx xx Xxxxxx de Xxxxxxxxxxxx Xx. 00, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxx xx Chapultepec, México, D.F., C.P. 11000. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%s) de cada pago, como garantía por factura (s) que el (los) licitante (s) ganador (es) expida (n) con motivo del contrato adjudicado deberá (n) contener los trabajos ejecutados y requisitos de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas comprobantes fiscales que establecen las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y apliqueLeyes fiscales vigentes. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisoriodel servicio quedará condicionado, al igual pago que las cubicaciones que les dan origenel proveedor deba efectuar en su caso, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariospor concepto xx xxxxx convencionales.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá El pago se realizará en forma mensual a realizar un primer pago correspondiente al Anticipomes vencido, el cual será máximo previa validación de un veinte por ciento (20%) del valor la Administradora del Contrato. Este pago Los CFDI´s que presente el “Proveedor” para el trámite de pago, deberán ser congruentes con el objeto del gasto y de contratación y cumplir con los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, las reglas 2.7.1.35 o 2.7.1.43 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, o las que en lo sucesivo se hará adicionen o modifiquen. Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la firma regla 2.7.1.35 de la RMF, al recibir el pago, el “Proveedor” deberá enviar el CFDI complemento de pago correspondiente, al correo electrónico de la Subdirección de Cuentas por Pagar (xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxx.xx), de la Administradora del Contrato y contra presentación (xxxxxxxx.xxxxxx@xxx.xx), indicando obligatoriamente como referencia el número de una Póliza Oficio de Seguro o Garantía Bancaria Solicitud de Pago (OSP), mismo que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante le será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas notificado por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor Subdirección de quince Operación Financiera, vía correo electrónico; dicho envío deberá realizarse dentro de los primeros 10 (15diez) días naturales del mes siguiente a aquel en que haya recibido el pago correspondiente. Para efectos del plazo anterior, se considerará como fecha de recepción del pago, aquella en que el “Proveedor” haya recibido la transferencia electrónica en la cuenta bancaria señalada para tal efecto, o bien, en la que haya recibido el cheque correspondiente, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del “Instituto”, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx, xxxxxx 0000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. En caso de que no se reciba el CFDI complemento de pago correspondiente en el plazo antes señalado, la Subdirección de Cuentas por Pagar, podrá solicitar que se realice la denuncia correspondiente ante el Servicio de Administración Tributaria. Si el “Proveedor” está en posibilidad de cumplir con la regla 2.7.1.43 de la RMF, deberá emitir el CFDI correspondiente dentro de los plazos establecidos por la Dirección de Recursos Financieros para su recepción. En términos de los artículos 60 del “Reglamento” y 163 de las “POBALINES”, para el caso de cualquiera de los supuestos anteriores, la fecha de pago no podrá exceder de 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada el “Instituto” reciba por El Supervisor. El monto parte del “Proveedor”, los CFDI’s correspondientes, previa liberación del pago por parte de la Primera Cubicación realizada por el ContratistaAdministradora del Contrato, quien, en su caso, deberá exceder o adjuntar el comprobante de pago por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 concepto xx xxxxx convencionales a favor del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios“Instituto”.

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Samples: Contrato Plurianual De Prestación De Servicios

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá El CNCA no otorgará ninguna clase de anticipo. Los pagos respectivos serán efectuados bajo la modalidad de pago por abono a realizar un primer pago correspondiente al Anticipocuenta bancaria, el para lo cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir deberán proporcionarse los datos de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisormisma (Anexo 5). El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener Se realizará un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y pago único dentro de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto 30 días naturales posteriores a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación la factura previa recepción del o los servicios solicitados de todas la partida única, en las nóminas pagadas calidades y cantidades solicitadas, a entera satisfacción del CNCA a través de las unidades administrativas requirentes quienes serán responsables del pago y la supervisión del contrato, por escrito, conforme a la presentación de la documentación que se cita a continuación. Factura correspondiente, la cual deberá describir los servicios, los precios unitarios, los descuentos que correspondan el importe total más el impuesto al valor agregado, número de procedimiento, número(s) xx xxxxxxx(s) que esta facturando en su caso y el número del contrato, validada por el CNCA, según sea el caso. En caso de que las facturas entregadas por los procedimientos establecidos en proveedores para su pago, presenten errores o deficiencias, el Contrato a intervenirCNCA, dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días periodo que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución transcurra a partir del citado escrito y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por hasta que el Contratistaproveedor presente las correcciones, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia no se computará para efectos del artículo 51 de la Entidad Contratante autorizada para tal asuntoLAASSP. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) Tratándose de cada cubicación para pagos en exceso que haya recibido el proveedor, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme al procedimiento establecido en la amortización Ley de Ingresos, como si se tratara del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo supuesto de la Obra prórroga para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, créditos fiscales No se aceptarán condiciones de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y apliquepago diferentes a las establecidas anteriormente. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscalesdel servicio quedará condicionado, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorioproporcionalmente, al igual pago que el proveedor deba efectuar en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales. Para el caso de las cubicaciones facturas que les dan origensean entregadas en el mes de diciembre, quedando sometidas a los resultados estas se sujetaran al calendario de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosADEFAS.

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Samples: Carta Compromiso Para Propuestas Conjuntas (Consorciadas

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá Las políticas de pago que aplicará CFE para la facturación que se derive de la entrega de los bienes o prestación de los servicios y el momento a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el partir del cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este exigible el pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos serán las siguientes: Los pagos se harán en un período no mayor de quince (15) efectuarán a los 20 días naturales contados a partir de la fecha entrega de la factura respectiva y aceptación por parte de CFE de la misma con las evidencias de entrega en que el lugar especificado en el contrato de los bienes o prestación de los servicios. Adicionalmente, en caso de haberse requerido pruebas de laboratorio, el aviso de pruebas aprobado. En caso de contratos con precios variables, el pago del ajuste de precios se realizará en el mismo plazo pactado para el pago de la cubicación sea certificada por El Supervisorfactura base. El monto pago a los proveedores, preferentemente se realizará, vía transferencia electrónica de fondos o depósitos en cuenta de cheques, por lo que los licitantes podrán optar por alguna de estas formas de pago, solicitando a CFE, su inclusión en el sistema de pago interbancario o depósito en cuenta de cheques, para lo cual deberán indicar la institución bancaria y el número de cuenta donde requiere se establezca el pago de las obligaciones derivadas de los contratos; la misma podrá ser modificada, a petición del proveedor, siempre y cuando dicha modificación se solicite al área de finanzas a más tardar en la fecha de entrega de la Primera Cubicación realizada factura correspondiente. En caso de que el pago se realice mediante transferencia bancaria, porque así lo haya solicitado el proveedor, CFE no asume ninguna responsabilidad por el Contratistatiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia. El proveedor solicitará a CFE en todos los casos, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con pago mediante la presentación de una relación facturas debidamente marcadas con el sello normalizado que describan los bienes entregados y/o los servicios realizados y las evidencias de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos embarque o de entrega en el Contrato a intervenirdestino convenido, así como, en su caso, copia del oficio de aceptación de la fianza de cumplimiento del contrato, original o copia del contrato y, de haberse requerido pruebas de laboratorio, la aprobación correspondiente. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios proveedor debe presentar de Ejecución Lunes a Viernes de 9:00 a 13:00 hrs. las facturas para su revisión y la Programación trámite de Tiempos estimadospago en: Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Administración de Zona Tulancingo ubicada en: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx No. Las cubicaciones presentadas por 508 Esq. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Col. Centro, C.P. 42000, Xxxxxxx xx Xxxx, Hidalgo. Tel. 00 (000) 0000000 Ext. 21546 Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Correo para facturas: xx000.xxx@xxx.xxx.xx Para el Contratistatrámite de pago, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesariosproveedor debe presentar.

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Samples: Contrato Abierto Al 50% Adicional

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada por el Contratista, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez cinco por ciento (105%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez cinco por ciento (105%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.

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Samples: Pliego De Condiciones Específicas Para Contratación De Obras

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipolos treinta días naturales, el cual será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días contados a partir de la fecha en que el proveedor presente en la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto ventanilla única de la Primera Cubicación realizada por el ContratistaSuperintendencia de Ventas de Aguascalientes, deberá exceder o Ags., su facturación y soportes que cumplan los correspondientes A petición del proveedor se adelantarán pagos con respecto a la fecha pactada, por lo menos alcanzar que cada día de adelanto se apli proveedor un descuento que será equivalente a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE), más 4 (cuatro), puntos porcentuales. Esta tasa base y su sobretasa correspondiente estarán sujetas a las variaciones que el 80% del monto del Anticipo o Avance InicialBanco de México establezca. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) Pemex Refinación, con base en una evaluación de cada pagolas proposiciones admitidas y al análisis comparativo de las mismas, así como garantía por los trabajos ejecutados y en su propio presupuesto emitirá el fallo dentro de los salarios cuarenta días naturales posteriores a la apertura de propuestas técnicas y, en su caso, adjudicará el contrato correspondiente a la persona que, de entre los trabajadores contratados por proponentes, reúna las condiciones legales, técnicas y económicas necesarias, así como garantice el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 cumplimiento del Código de Trabajo, contrato y cuente con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación experiencia requerida para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final ejecución de los trabajos. Si una vez considerados los criterios anteriores resulta que dos o más proveedores satisfacen los requerimientos de Pemex Refinación, el Contrato se adjudicará al que presente la postura más baja. Contra la resolución que contenga el fallo, no procederá recurso alguno. Pemex Refinación rechazará aquellas propuestas que contengan errores aritméticos o no incluyan la totalidad de los cargos que se establecen en los alcances de los mismos, así como que presenten plazos de ejecución mayores a lo estipulado. Las bases podrán ser consultadas previamente a su compra, siendo obligatorio adquirirlas para participar y se encuentran disponibles para consulta y venta a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta siete días naturales previos al acto de presentación y apertura de proposiciones, en Internet xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx o bien de 8:00 a 16:00 horas, en la que podrán Superintendencia de Ventas en Aguascalientes, Ags. En la convocante: en efectivo o cheque certificado o de caja, ambos de la localidad a favor de Pemex Refinación en las oficinas de la Superintendencia de Aguascalientes, Ags. El costo de las bases arriba señaladas incluye el I.V.A. En compraNET el pago deberá efectuarse los reajustes que fueren necesarios.en cuenta número 592845-1, de Inverlat, S.A. sucursal 056, México, D.F.

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Samples: 201.147.98.8

CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá El o los pagos del importe derivado (s) de la presente licitación, se efectuará (n) de conformidad con lo establecido en el anexo técnico, dentro de los quince días naturales posteriores a realizar un primer pago correspondiente aquel en el que se presente el comprobante fiscal previo a la aceptación del área solicitante en la Gerencia de Seguimiento y Control Presupuestal, preferentemente mediante transferencia vía electrónica, a la cuenta bancaria que el licitante ganador proporcione a Pronósticos (excepto en los bancos IXE y Banorte), o bien, en las Cajas de Pago de Pronósticos, y ésta se obliga a cubrir los importes del o los bienes y/o servicio recibidos a entera satisfacción al Anticipoamparo de cada comprobante fiscal, mismos que deberán reunir los requisitos señalados en el cual será máximo Código Fiscal de un veinte la Federación vigente. En caso de que los comprobantes fiscales entregados por ciento el licitante (20%s) del valor del Contratoganador (es), para su pago, presenten errores o deficiencias, Pronósticos dentro de los tres días naturales siguientes al de su recepción, informará al (los) mismo (s) las deficiencias que deberá corregir. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria El período que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días transcurra a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto se le informe y hasta que el licitante (s) ganador (es), presente (n) las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Primera Cubicación realizada por el ContratistaLey. Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) S.N.C. y se dará de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos alta en el Artículo 210 mismo la totalidad de cuentas por pagar del Código de Trabajolicitante ganador, con para ello la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 15 días posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el Contrato portal xxx.xxxxx.xxx a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días efecto de que deben corresponderse con el licitante adjudicado pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización términos del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) último párrafo del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud artículo 46 de la Ley 6-86de Adquisiciones, de fecha 04 xx Arrendamientos y Servicios del Sector Xxxxxxx, (Xxxxx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios00 “Cadenas Productivas”).

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Samples: www.pronosticos.gob.mx

CONDICIONES DE PAGO. El servicio de arrendamiento de bien inmueble debe incluir: Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx Xxxxxxx FAU 20131371617 soft Fecha: 2021.07.21 13:06:27 -05'00' Firmado digitalmente por XXXX XXXXXX Xxxxxxx Xxxxxxxx FAU 20131371617 soft Fecha: 2021.07.21 16:16:09 -05'00' Firmado por XXXXXXX XXXXXXX Xxxx CCNar=loGs AFSATUEL2U0131371617 XXXXXXX Xxxx Xxxxxx XXX 20131371617 hard O = MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS El pago por el arrendamiento del bien inmueble, se efectúa en abono en cuenta, a través del CCI (20 dígitos) indicado en el documento presentado para la suscripción del contrato. Cuando resulte necesario realizar el traslado de los bienes patrimoniales y/o la implementación o acondicionamiento del bien inmueble, este puede ser ejecutado por el MINJUSDH, para lo cual, debe preverse un período xx xxxxxx para su implementación en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, que no forma parte del período de ejecución del arrendamiento, ni demanda un gasto para el MINJUSDH. Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx Xxxxxxx FAU 20131371617 soft Fecha: 2021.07.21 13:06:42 -05'00' La Entidad Contratante podrá conformidad emitida por el área usuaria o área técnica, no enerva el derecho de el/la arrendatario/a realizar un primer pago correspondiente al Anticipoa reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, el cual será en observancia a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. El plazo máximo de responsabilidad de el/la arrendador/a es de un veinte por ciento (20%1) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (15) días a partir año computado desde el día siguiente de la fecha en que la cubicación sea certificada última conformidad otorgada. Firmado digitalmente por El Supervisor. El monto de la Primera Cubicación realizada XXXX XXXXXX Xxxxxxx Xxxxxxxx FAU 20131371617 soft Fecha: 2021.07.21 16:16:24 -05'00' Firmado por el Contratista, deberá exceder o XXXXXXX XXXXXXX Xxxx CCNar=loGs AFSATUEL2U0131371617 XXXXXXX Xxxx Xxxxxx XXX 20131371617 hard O = MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Firmado digitalmente por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx Xxxxxxx FAU 20131371617 soft Fecha: 2021.07.21 13:06:56 -05'00'

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CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer No se otorgarán anticipos al o los licitantes ganadores en esta Licitación. El pago correspondiente al Anticipo, el cual de los servicios será máximo de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período total de 7 exhibiciones y no mayor excederá de quince (15) 20 días naturales contados a partir de la fecha recepción de factura impresa, en que formato PDF, XML y verificación del SAT en la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto Jefatura de la Primera Cubicación realizada por Unidad de Administración en un horario de 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes. Diconsa efectuará el Contratistapago mediante transferencia electrónica, deberá exceder o por lo menos alcanzar el 80% del monto del Anticipo o Avance Inicial. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, para lo cual le será devuelto a éste último, cuando cumpla con el licitante ganador deberá presentar los requisitos previstos que se detallan en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y apliqueAnexo 11. El pago final se hará posterior mediante transferencia electrónica, Unidades Operativas xx Xxxxxxxxxxxx y Tuxtla Xxxxxxxxx, a través de la institución bancaria BBVA–BANCOMER, la unidad operativa Tapachula a través de la institución bancaria BANORTE, o a petición del licitante podrá ser transferida a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos institución que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajosél indique, en la inteligencia de que podrán efectuarse esta se reflejará en su estado de cuenta al día siguiente de efectuada la transacción financiera. 8.10.1 AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS Con base a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda, DICONSA hace una atenta Invitación a los reajustes proveedores para que fueren necesariosse afilien al programa xx Xxxxxxx Productivas, con el único requerimiento de inscribirse y contar con el servicio de Internet o teléfono. El licitante ganador, con base en la información que se indica en el Anexo 14 “CADENAS PRODUCTIVAS” podrá iniciar su afiliación en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico 5089 6107 o al 01 800 nafinsa (01-800-6234672), o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera, S.N.C. donde se le atenderá para el proceso de afiliación. También cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores en adquisiciones de la Administración Federal. Para aquellos proveedores que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, al respecto encontrará mayor información en la página Web de Nacional Financiera: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxx-xx-xxxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxx-xxx gobierno- federal/cadenas-producivas.html La afiliación al programa es por única vez, por lo que no es necesario realizar el proceso de nueva cuenta en alguna otra dependencia o entidad, además de que no tiene ningún costo.

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CONDICIONES DE PAGO. La Entidad Contratante podrá a realizar un primer pago correspondiente al AnticipoLos pagos serán efectuados mensualmente, conforme el cual será máximo de un veinte por ciento siguiente detalle, en pesos, dentro del plazo TREINTA (20%) del valor del Contrato. Este pago se hará con la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial. La suma restante será pagada en pagos parciales al Contratista, mediante cubicaciones periódicas por Obras realizadas y certificadas por la Supervisión. Estos pagos se harán en un período no mayor de quince (1530) días corridos, contados a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por El Supervisor. El monto conformación de la Primera Cubicación realizada factura. DI-2016-00005127-APN-DGA#AABE Las facturas serán presentadas, una vez emitido el respectivo certificado de recepción provisoria por parte de la COMISIÓN DE RECEPCIÓN, en ORIGINAL, DUPLICADO Y TRIPLICADO en la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y FINANZAS de la Agencia, sita en Xx. Xx. X.X. Xxxxx Xxxxx 1302, 2º Piso- Xxxxxxx 000- Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en el horario de 9:00 hs. a 17:00 hs. Una vez recibidas las mismas, serán conformadas por el Contratistaárea pertinente, dentro de los CINCO (5) días corridos de presentadas. Las facturas, que serán “B” o “C”, deberán expresar la leyenda siguiente: “Esta factura, en su precio final, contiene de I.V.A. la suma de $...........”. En caso de productos gravados con distintas alícuotas deberán indicarse las mimas. Los sujetos alcanzados por la Resolución General AFIP Nº 2853/2010, modificada por la Resolución General AFIP Nº 2939/2010 y Resolución General AFIP Nº 2973/2010, tienen la obligación de presentar factura electrónica, a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Además deberá exceder o por lo menos alcanzar tenerse en cuenta el 80% Tratamiento Fiscal enunciado en el artículo 9° del monto presente Xxxxxx. Los pagos xxx XXXXXX NACIONAL, se efectuarán conforme a las disposiciones de la Resolución Nº 262/95 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del Anticipo o Avance InicialEX MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. La Entidad Contratante podrá retener un diez por ciento (10%) Información de cada pago, como garantía cuenta bancaria: A los efectos de percibir el pago por los trabajos ejecutados y bienes entregados, el adjudicatario deberá informar su número de cuenta Bancaria en moneda nacional, corriente o de ahorro, la que deberá hallarse abierta en alguno de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratistabancos adheridos al sistema, lo cual le será devuelto autorizados a éste últimooperar como agente pagador, cuando cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 210 del Código de Trabajo, con la presentación de una relación de todas las nóminas pagadas y según los procedimientos establecidos en el Contrato que se indican a intervenir. El Contratista presentará cubicaciones cada 30 días que deben corresponderse con los Calendarios de Ejecución y la Programación de Tiempos estimados. Las cubicaciones presentadas por el Contratista, serán pagadas luego de su aprobación por la Supervisión y la instancia de la Entidad Contratante autorizada para tal asunto. La Entidad Contratante retendrá un veinte por ciento (20%) de cada cubicación para la amortización del Avance Inicial. La Entidad Contratante retendrá, además, un diez por ciento (10%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 04 xx xxxxx del 1986, sobre Fondo de Pensiones. Así como la aplicación de cualquier impuesto/tasa/arbitrio/contribución que afecte la construcción y aplique. El pago final se hará posterior a la última cubicación y luego de presentar el Contratista los documentos que avalen el pago de los compromisos fiscales, liquidaciones y prestaciones laborales. Todas las cubicaciones parciales tienen carácter provisorio, al igual que las cubicaciones que les dan origen, quedando sometidas a los resultados de la medición y cubicación final de los trabajos, en la que podrán efectuarse los reajustes que fueren necesarios.continuación:

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