Configuración de la infracción. En ese orden de ideas, y a efectos de analizar la eventual configuración de la infracción por parte del Adjudicatario, en el presente caso, corresponde determinar el plazo con el que aquél contaba para formalizar el Acuerdo Marco.
Configuración de la infracción. Sobre el procedimiento formal de resolución contractual
Configuración de la infracción. Análisis del procedimiento formal de resolución contractual
Configuración de la infracción. Incumplimiento de la obligación de perfeccionar el contrato
Configuración de la infracción. Incumplimiento de la obligación de formalizar el Acuerdo Marco
Configuración de la infracción. En ese orden de ideas, y a efectos de analizar la eventual configuración de la infracción por parte de los integrantes del Consorcio, en el presente caso, corresponde determinar el plazo con el que este contaba para perfeccionar el contrato derivado del procedimiento de selección. ;on De la revisión en el SEACE,se aprecia que el otorgamiento de la buena pro, a favor d onsorcio, fue registrado en el SEACEel 2 de noviembre de 2017. Asimismo, co . xxxxxx que en el procedimiento de selección se presentó más de una o rta, el consentimiento de la buena pro se produjo a los cinco (5) días hábiles de notific de su otorgamiento; es decir, la buena pro quedó consentida el 9 el m' Q mes y año, siendo publicado en el SEACE,ellO de noviembre de 2017.
Configuración de la infracción. Respecto al incumplimiento de obligación de perfeccionar el contrato.
Configuración de la infracción. Conforme se indicó anteriormente, para que se configure la infracción imputada al Contratista, es necesario que se verifiquen dos requisitos: i) que se haya perfeccionado un contrato con una Entidad del Estado y que, ii) al momento del perfeccionamiento de la relación contractual, el Contratista este incurso en alguno de los impedimentos establecidos en el artículo 11 de la Ley.
Configuración de la infracción. Según fluye de los antecedentes administrativos, se tiene que, en el presente caso, en virtud de la denuncia presentada por la Entidad, se imputó a la Contratista haber subcontratado prestaciones de su Contrato con la empresa Corporación Xxxxxx Xxxxxxx E.I.R.L. sin contar con autorización de la Entidad, y que esta última empresa además se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Configuración de la infracción. En el caso materia de análisis, la imputación efectuada contra el Adjudicatario está referida a la presentación de información inexacta, consistente en: