Definición de RESOLUCIÓN CONTRACTUAL

RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. La relación contractual con el cliente se extinguirá, siendo el servicio interrumpido definitivamente, por las causas previstas en las presentes condiciones, por las causas generales de extinción de los contratos y, en particular, por las siguientes: a) El cliente tendrá derecho a resolver en cualquier momento la relación contractual con TUENTI, mediante notificación fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles al momento en que ha de surtir efectos, acreditando para ello su identidad y su número de teléfono móvil; b) De forma automática en el caso de que el cliente solicite voluntariamente la portabilidad a otro operador y ésta sea completada de forma efectiva conforme a lo dispuesto en la normativa; c) TUENTI podrá resolver la relación contractual en aquellos casos en los que el cliente incumpla sus obligaciones y/o bien lleve a cabo actos o comportamientos desleales, impropios, ilícitos, maliciosos o fraudulentos en lo que respecta a la utilización del servicio de telefonía móvil; d) La relación contractual se resolverá automáticamente en el caso de que TUENTI deje de tener la condición de operador, cuando la falta de tal condición imposibilite la prestación del servicio, sin que de ello se derive derecho del cliente a indemnización alguna; y e) Por voluntad de TUENTI, por la no utilización del servicio por parte del cliente durante un periodo continuado, de acuerdo con la condición 6. La resolución del contrato no eximirá al cliente de sus obligaciones pendientes por cualquier concepto, incluidas la obligación de pago o la condición particular de permanencia, en su caso.
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. LA CMAC CUSCO S.A. podrá resolver de pleno derecho el Contrato desde la fecha que señale, mediante aviso es crito a EL(LOS) CLIENTE(S) con una anticipación no menor a cinco (5) días hábiles desde la fecha de resolución efectiva, dando por vencidos todos los plazos, exigir el pago del íntegro adeudado, los intereses, comisiones y gastos, completar el pagaré, ejec utar la fianza y/o la garantía si hubiera sido pactada, e iniciar las acciones judiciales pertinentes, si se produjera cualquiera de las siguientes situacione s
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. La Entidad podrá resolver de forma total o parcial la orden de servicio o contrato en caso de incumplimiento de las prestaciones a cargo del contratista, caso fortuito y/o fuerza mayor, o por hecho sobrevinientes al contrato que imposibilite su ejecución, para lo cual la Entidad realizará el trámite correspondiente a fin de comunicar su decisión de resolver la orden de servicio o el contrato. Sin perjuicio de lo indicado, la Entidad también podrá resolver la orden de servicio o contrato cuando el contratista no cumpla con alguna de las “características del servicio” señaladas en el numeral 5 o con el “plazo de ejecución del servicio” establecido en el numeral 8 del presente documento, comunicando al contratista su decisión de resolver de pleno derecho el vínculo contractual, valiéndose de la presente cláusula resolutoria, conforme al Art. 1430° del Código Civil.

Examples of RESOLUCIÓN CONTRACTUAL in a sentence

  • PRESIDENTE: XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX VOCALES: XXX XXXXXXXX XXXXXXXX ASO XXX XXXXXX XXXXX XXXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX SECRETARIO/A.: FUNCIONARIO/A DE LA UNIDAD DE CONTRATACIÓN ANEXO XI MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS ANEXO XII CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL Las establecidas en el TRLCAP y en incumplimiento de las condiciones especiales del contrato.

  • RESOLUCIÓN CONTRACTUAL (FINALIZACIÓN ANTICIPADA DE LA POLIZA) 8 ARTÍCULO 8.

  • El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este contrato será causa de RESOLUCIÓN CONTRACTUAL.


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RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. Las Partes podrán finalizar la relación comercial vinculada a la Orden de Compra por mutuo acuerdo, en los términos y condiciones que convengan. Sin perjuicio de lo señalado, la presente Orden de Compra podrá resolverse de manera anticipada ante los siguientes eventos de incumplimiento (en adelante, los “Eventos de Incumplimiento”): (i) por cualquiera de las Partes, en caso la otra Parte incumpla sus obligaciones asumidas en virtud de la presente Orden de Compra, en cuyo caso la parte afectada por el incumplimiento podrá requerir la subsanación correspondiente por escrito, para lo cual otorgará un plazo no menor a 7 (siete) días calendario. De subsistir el incumplimiento, la presente Orden de Compra quedará resuelto de pleno derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 1429° del Código Civil; (ii) por LA FIRMA, en caso EL PROVEEDOR incumpla con la fecha prevista para la culminación de los Servicios o con alguna etapa de los mismos, en cuyo caso EL PROVEEDOR deberá asumir el pago de una penalidad equivalente al 10% de la contraprestación pactada; (iii) por LA FIRMA, en virtud al artículo 1430 del Código Civil, en caso EL PROVEEDOR incumpla con cualquiera de sus obligaciones asumidas en los rubros de Confidencialidad y Protección de Datos, Soborno e Independencia señalados en el presente documento, en cuyo caso EL PROVEEDOR deberá asumir el pago de una penalidad equivalente al 10% de la contraprestación pactada, sin perjuicio de los daños y perjuicios que pudieran generarse;
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. DECIMO TERCERA.- LA EPS SEDACAJ S.A., quedará facultada para resolver el contrato si se presentara cualquiera de las siguientes causales: Si se declara la quiebra o liquidación de EL CONTRATISTA. En caso EL CONTRATISTA traspase parte o la totalidad de los derechos adquiridos en el presente contrato o los sub-contrata, sin autorización expresa de LA EPS SEDACAJ S.A. En cualquier caso de incumplimiento del EL CONTRATISTA, respecto a los términos del contrato, su propuesta y/o documentos del proceso de adjudicación. En cualquier caso, LA EPS SEDACAJ S.A., podrá exigir la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Sin perjuicio de lo anteriormente indicado, el incumplimiento de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA determinará que LA EPS SEDACAJ S.A. resuelva el contrato de acuerdo con lo establecido en el Art. 224° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. El Fiduciario podrá resolver unilateralmente el contrato por motivos de incumplimiento imputables al Contratista. Cuando las aplicaciones de las penalidades alcancen un monto del 25% del valor total del contrato, el Fiduciario se reserva el derecho de resolver el contrato por incumplimiento. Para resolver el contrato el Fiduciario deberá seguir el Procedimiento Ordinario establecido en el Título VI de la Ley General de la Administración Pública.
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. En caso de que no se preste el servicio o se incumpla con los compromisos adquiridos, la Asamblea Legislativa podrá resolver el contrato, aplicando el procedimiento ordinario de la Ley General de Administración Pública; perseguir el pago de los daños y perjuicios no cubiertos y aplicar las demás sanciones administrativas que prevé el ordenamiento jurídico. El monto de la sanción deberá ser cobrado directamente al Contratista y en caso de negativa, podrá ser retenido de las facturas pendientes de pago o rebajado de la garantía de cumplimiento, conforme al artículo 41 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. El proceso de ejecución de cláusulas penales y multas será llevado a cabo por el Departamento de Proveeduría.
RESOLUCIÓN CONTRACTUAL. Son causas de resolución contractual, las previstas en el art. 206 de la LCSP, la forma de aplicación de dichas causas de resolución se llevará a cabo conforme lo previsto en el art. 207 de la precitada Ley.

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  • DOMICILIO CONTRACTUAL Para todos los efectos legales las partes declaran como domicilio contractual la ciudad Bogotá D.C.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Oferta Técnica Especificaciones de carácter técnico-legal de los servicios a ser adquiridos.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha ____ de ______ de 201__, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de avance físico Financiero de las obras y/o servicios. Para el ejercicio 2015, se estimo obtener 533.0 millones de pesos de ingresos por el avance financiero de los contratos de obra y servicios ejecutados, al cierre del ejercicio se obtuvieron ingresos del orden de 330.0 millones de pesos lo que representa un avance de la meta prevista del 61 por ciento. Lo anterior resulta, de que al cierre del año se tenían trabajos pendientes por ejercer y facturar por un monto de 349.0 millones de pesos, de los cuales en algunos casos se encuentran en proceso de ampliación en plazo y otros en proceso de revisión y conciliación. Ejercicio 2016 Actividad Institucional 002, Programa Presupuestario M.-001 Actividades de Apoyo administrativo, presupuesto modificado 20.3 millones de pesos, presupuesto ejercido 19.9 millones de pesos, variación (.427 millones pesos). Esta actividad presente subejercicios principalmente en el capítulo 1000 servicios personales, en el que se tuvo un avance del 98 por ciento, debido principalmente a la reducción de plazas de personal eventual para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de austeridad. Actividad Institucional 004, Programa Presupuestario 1.-E009, Conservación y Mantenimiento de infraestructura básica con otros entes públicos y privados, presupuesto modificado 224.7 millones de pesos, presupuesto ejercido 187.9 millones de pesos, variación (36.7 millones de pesos). Esta actividad presenta el mayor subejercicio en el rubro de servicios personales debido principalmente a que durante el anteproyecto de presupuesto en particular al proceso de presupuesto regularizable del capítulo 1000 no fue posible ajustar este rubro de gasto a las operaciones reales de la entidad.

  • Legislación Aplicable significa las leyes y cualquier otro instrumento que tenga fuerza xx xxx en el país del Cliente, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando.

  • Vehículo Medio de transporte terrestre impulsado o no por su propio motor, provisto o no de remolque, destinado al transporte de personas, materiales o equipos utilizados para labores agrícolas, o de construcción, etc.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 11

  • Subcontratista significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Fecha de Pago Significa, para cada Financiamiento, cada fecha de pago de capital, intereses y/o demás accesorios o conceptos que se determinen en los Documentos del Financiamiento y en el Sumario respectivo.

  • Objeto del contrato Fecha de formalización:…………… Duración fijada:………………… Duración estimada (incluida posible prórroga):…………….. Unidad destinataria del servicio: Persona de la empresa contratada con la que se debe poner en contacto el Servicio de Prevención de la Universidad, Fundación o Centro Público para proceder al intercambio de la documentación que genere este proceso: Nombre… Teléfono… Correo electrónico… OBSERVACIONES: En............................, a........ de................ 20..... El Adjudicatario La empresa ……………………., con domicilio en………………….., CIF……………., adjudicataria del contrato……………………………….., una vez formalizado el contrato, ha sido designada como encargada del tratamiento de datos, siendo la Subdirección General de XXXXXXXXXX, responsable del tratamiento, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos. La empresa encargada del tratamiento actuará con arreglo a las condiciones establecidas en el apartado 33 del CR y en la cláusula 10.11 del PCAP. Los servidores, en donde se almacenan los datos personales, así como la prestación de los servicios asociados a los mismos estarán ubicados en: (Se indicará el lugar en donde se almacenarán los datos y se prestará el servicio asociado al tratamiento de los datos) La empresa encargada del tratamiento tiene la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información relativa a la ubicación de los servidores. Si la empresa encargada del tratamiento tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos: (Se indicará a continuación el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subadjudicatarios a los que se vaya a encomendar su realización) La empresa ENGARGADA DEL TRATAMIENTO garantiza que implantará las medidas de seguridad necesarias para garantizar tratar los datos de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación (RGPD, LOPD-GDD y su desarrollo normativo) y tratarlos conforme a las instrucciones que reciba del RESPONSABLEDELTRATAMIENTO. Así este otorgará las instrucciones documentadas que garanticen la protección de datos personales al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, a título enunciativo, políticas e instrucciones de seguridad, procedimientos, normas internas, medidas técnicas o medidas organizativas. La empresa ENCARGADA DEL TRATAMIENTO, se compromete a no utilizar los datos para una finalidad distinta del objeto del contrato, ni comunicarlos, ni cederlos, ni si quiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas distintas del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, salvo que cuenten con la autorización expresa de este. Los efectos de la presente declaración se refieren a la duración total del contrato al que se refiere el este anexo, incluidas, las posibles prórrogas, de forma que una vez finalice el contrato, el adjudicatario ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá al RESPONSABLE, o entregar a otro encargado que designe el RESPONSABLE, los datos personales en su poder. Esta devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el ENCARGADO siempre que los equipos no queden en poder del RESPONSABLE. Por todo ello, y en virtud de la representación que ostento, me comprometo en nombre de la empresa…………………………….., al cumplimiento de las condiciones previstas en el PCAP en relación con el tratamiento de datos personales. En............................, a........ de................ 20.....

  • Anexos Significa el conjunto de anexos de este Contrato, los cuales forman parte integral del mismo.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Enfermedad Preexistente Se considerará enfermedad preexistente, cualquier patología cuya sintomatología se haya iniciado con anterioridad a la contratación del seguro por parte del viajero, aún no habiéndose alcanzado un diagnóstico definitivo.

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Oferente/Proponente Persona natural o jurídica que presenta credenciales a los fines de participar en un procedimiento de contratación.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.