Consejo de Gobierno. La Universidad xx Xxxxxxx realiza convocatoria pública de Acceso de Personal Laboral Indefinido para la realización de Actividades científico-técnicas para personal investigador y técnicos con cargo a Proyectos/Ayudas de Investigación vinculados a líneas de investigación.
Consejo de Gobierno. 5.2. El contrato implica además el alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
5.3. Antes de la publicación de la convocatoria y con respeto de la legalidad, se habrá reservado en la orgánica de los proyectos que financien la línea de investigación vinculada a estos contratos la cantidad necesaria para satisfacer el coste total del contrato, incluida la indemnización por extinción que legalmente proceda.
Consejo de Gobierno e) Acreditación documental del cumplimiento de los restantes requisitos establecidos en el Anexo de la Convocatoria.
Consejo de Gobierno. 9.3. La selección del personal investigador y de apoyo se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. La selección se realizará con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, mediante la valoración de los documentos aportados en la solicitud, basando la decisión en criterios de adecuación al perfil que figure en la convocatoria; quedarán debidamente acreditados en el expediente los fundamentos del acuerdo que se adopte.
10. Resolución y publicación.
10.1. La adjudicación provisional se dictará y publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación (xxxx://xxxxxxxxxxxxx.xx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxxxx#xxxx_xxxxxxxxx), concediéndose un plazo de cinco días a partir del siguiente al de su publicación para la presentación de alegaciones contra la misma. En dicha propuesta figurarán los adjudicatarios y las personas integrantes de la lista de reserva en cada una de las modalidades de contratación convocadas. Esta adjudicación provisional se tendrá por aceptada cuando una vez propuesta la persona adjudicataria los restantes admitidos al concurso no efectúen alegaciones o comuniquen el desistimiento de su solicitud.
10.2. Resueltas las alegaciones presentadas contra la resolución provisional de adjudicación, se elevará la relación definitiva de adjudicatarios al Rector de la Universidad xx Xxxxxxx, el cual dictará la resolución definitiva de adjudicación que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad xx Xxxxxxx (xxxxx://xxx.xx.xx/xxxxxx-xxxxxxx) de conformidad con lo establecido en los artículos 4.5 del Reglamento del Boletín Oficial de la Universidad xx Xxxxxxx y 11.1 del Reglamento de creación y regulación de la Sede Electrónica de la Universidad xx Xxxxxxx y en la en la página web del Vicerrectorado de Investigación (xxxx://xxxxxxxxxxxxx.xx.xx/ investigacion/contratos-personal#conv_proyectos). En dicha resolución de adjudicación figurarán los adjudicatarios de los contratos y las personas que integren las listas de reserva en cada una de las modalidades de contratación. Esta resolución del procedimiento agotará la vía administrativa.
Consejo de Gobierno. En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de Datos RGPD UE 2016/679 y en la LO 3/2018 de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, se le informa que la Universidad xx Xxxxxxx es responsable del presente tratamiento, "gestión de la investigación en la US" que, entre otras, tiene como finalidad la "contratación y tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes conferidos a la Universidad xx Xxxxxxx. De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xx.xx/xxxxxxxxxx-xxxxx.
Consejo de Gobierno. La actividad del presente contrato se desarrollará en el marco de una línea de investigación / los servicios científico técnicos de …., conforme a lo establecido en las bases de la convocatoria del proceso selectivo. El contrato se financiará con cargo a (indicar la financiación de la cláusula decimocuarta).
Consejo de Gobierno. Consejo de Gobierno Ley 1474 de 2011 Artículo 74 Decreto 1510 de 2013 Artículo 4 y 158 3 Formalización definitiva del Plan General de Compras o de Adquisiciones de Bienes, Servicios y Obra Pública. Secretaria de Hacienda (Profesional o Contratista) responsable de la función de Xxxxxxx y Suministros. Ley 1474 de 2011 Artículo 74 Decreto 1510 de 2013 Artículo 4 y 158 4 Registro del Plan General de Compras como componente del Plan de Acción de la entidad en el Portal Web de la misma y como Plan de Adquisiciones de Bienes, Servicios y Obra Pública en el SECOP. Secretaria de Hacienda (Profesional o Contratista) responsable de la función de Xxxxxxx y Suministros. Ley 1474 de 2011 Artículo 74 Decreto 1510 de 2013 Artículo 4 y 158 EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN GENERAL DE COMPRAS O DE ADQUISICIONES DE BIENES, SERVICIOS Y OBRA PUBLICA No. Descripción del Procedimiento Área responsable Cargo Responsable Marco Legal 1 Elaboración de formato electrónico de ejecución y seguimiento Secretaria de Hacienda (Profesional o Contratista) responsable de las funciones de Compras y Suministros Ley 1474 de 2011 Artículo 74 Decreto 1510 de 2013 Artículo 4 y 158 2 Gestión administrativa para la adquisición de bienes, servicios y obra pública, de conformidad con las cuantías determinadas por la Ley 1150 de 2007 y el procedimiento descrito en el presente Manual. Secretaria de Hacienda en coadyuvancia con la Oficina interesada en el proceso contractual (Profesional o Contratista) responsable de las funciones de Compras y Suministros Ley 1474 de 2011 Artículo 74 Decreto 1510 de 2013 Artículo 4 y 158 3 Diligenciamiento del formato electrónico de ejecución y seguimiento del Plan General de Compras o de Adquisiciones de Bienes, Servicios y Obra Pública. Secretaria de Hacienda (Profesional o Contratista) responsable de la función de Compras y Suministros Ley 1474 de 2011 Artículo 74 Decreto 1510 de 2013 Artículo 4 y 158 AJUSTES DEL PLAN GENERAL DE COMPRAS O DE ADQUISICIONES DE BIENES, SERVICIOS Y OBRA PUBLICA No. Descripción del Procedimiento Área responsable Cargo Responsable Marco Legal 1 Elaboración del requerimiento mediante el diligenciamiento del Plan de Necesidades y remisión a la Secretaria de Gobierno con las especificaciones técnicas del bien, servicio u obra pública a adquirir. Oficina interesada del proceso contractual Funcionario Designado Ley 1474 de 2011 Artículo 74 Decreto 1510 de 2013 Artículo 4 y 158 2 Verificación del requerimiento y revisión del Plan General de Compra...
Consejo de Gobierno. Acuerdo 5.1/CG 20-12-22, por el que se modifican las bases y modelos de convocatorias y de contrato de actividades científico-técnicas.
Consejo de Gobierno. Dicha tabla será actualizada conforme a los incrementos retributivos y de cotización aprobados por la normativa laboral vigente, así como al abono de los complementos retributivos legalmente previsto.
5.2. El contrato implica además el alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
5.3. Antes de la formalización del contrato y con respeto de la legalidad, se habrá reservado en la orgánica de los proyectos que financien la línea de investigación vinculada a estos contratos la cantidad necesaria para satisfacer el coste total del contrato, incluida la indemnización por extinción que legalmente proceda.
5.4. La ejecución de la convocatoria estará condicionada a la aprobación de la reserva de crédito asociada a cada uno de los contratos ofertados.
Consejo de Gobierno. 7.3. La solicitud se presentará, usando los impresos normalizados (xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xx.xx/ investigacion/contratos-personal/modelos), a través del Registro General de la Universidad xx Xxxxxxx (xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxx/xxx/xxxxxx.xx) en los términos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La presentación de documentos en la convocatoria podrá facilitarse mediante una aplicación informática específica.
7.4. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI o equivalente para la ciudadanía de la Unión Europea, o tarjeta de residente en caso de naturales de otros países.
b) Títulos obtenidos o resguardo de haberlos solicitado. En el caso de titulaciones extranjeras, éstas deberán estar homologadas (grado o máster) o contar con declaración de equivalencia oficial (doctorado), o deberán acreditar el reconocimiento del título para acceder a estudios oficiales de posgrado expedido por una universidad española. En el momento de la solicitud será suficiente con presentar la solicitud de homologación o declaración de equivalencia oficial ante una universidad pública española, siendo necesario disponer de dicha homologación o declaración de equivalencia oficial en el momento de la firma del contrato.
c) Certificación académica, en la que figuren detalladas las asignaturas y calificaciones obtenidas en cada una de ellas.
d) Curriculum vitae.
e) Acreditación documental del cumplimiento de los restantes requisitos establecidos en el Anexo I de la Convocatoria.