De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a lo señalado en el Criterio Normativo: Garantía de cumplimiento - Improcedencia de requerirla a Instituciones de Seguros (AD-02) y los artículos 14 y 62 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, las instituciones de seguros se encuentran impedidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que contraigan con motivo de los contratos que celebren con los usuarios de los servicios de aseguramiento que prestan, por lo que no será necesario que el “LICITANTE” que resulte adjudicado otorgue la garantía de cumplimiento de contrato a que se refiere el artículo 48 fracción II de “LA LEY”, ya que tal obligación implicaría para las referidas instituciones de seguros constituir una doble garantía, independientemente de que incurrirían en violación a las disposiciones que regulan su organización y funcionamiento. Sin embargo, el “LICITANTE” adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones derivadas del contrato adjudicado.
De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “La Ley”, el “LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en la Subgerencia de Administración y Finanzas, antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que el “LICITANTE” adjudicado cumpla con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la entrega de la totalidad de “LOS INSUMOS” adjudicados se concluyan durante los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente, “EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en Enlace Administrativo, antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma de este, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que “EL LICITANTE” adjudicado cumpla con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% DE LA CANTIDAD DE $ sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a “LICONSA”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica. La fianza deberá presentarse en las Oficinas de Enlace Administrativo, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos: * Expedirse a favor de la Tesorería de la Federación y señalar su domicilio; * La indicación del importe total garantizado con número y letra; * La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivo), así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta; * La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas; * El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes; * La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados; * La indicación de que la fianza se har...
De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, el “LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en el Departamento de Adquisiciones de “LA CONVOCANTE”, antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma de éste, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de Xxxxxxx, S.A. de C.V., que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que el “LICITANTE” adjudicado cumpla con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la realización de “LOS SERVICIOS” adjudicados se concluya durante los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente, “EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en la Subgerencia de Administración y Finanzas, antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que “EL LICITANTE” adjudicado cumplan con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY” y el numeral 4.2.7 del “MANUAL”, salvo que la entrega de la totalidad de “LOS SERVICIOS” contratados se concluyan durante los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente, “EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá entregar en la Subdirección de Adquisiciones de Consumo Interno, antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el pedido, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que “EL LICITANTE” adjudicado cumplan con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a lo establecido en los artículos 31 fracción 111 y 32 de la Ley de Adquisiciones, �--n Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado de Tabasco, con el fin de garantizar el debido cumplimiento de este contrato, así como el pago de daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse por su incumplimiento y en general para garantizar todas aquellas obligaciones contraídas, "EL PROVEEDOR", deberá otorga dentro del término xx xxxx días naturales a la firma del presente documento, póliza de fianza equivalente al 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato, expedida por una institución afianzadora legalmente autorizada para ello, a favor de la Dirección de Finanzas del Municipio de Centro, Tabasco. [Contrato de Adquisición] lé#·IH+t+w•
De las Garantías de Cumplimiento. Conforme a lo señalado en el artículo 48 de “LA LEY”, salvo que la entrega de la totalidad de “LOS BIENES” adjudicados se concluyan durante los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente, el (los) “LICITANTE” (S) que resulte(n) adjudicado(s) deberá(n) entregar en la Subdirección de Adquisiciones de Consumo Interno, de “LA CONVOCANTE” antes de cualquier pago derivado del contrato de que se trata, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma de este, fianza expedida por institución autorizada para ello, a favor de “LA CONVOCANTE”, que garantice el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, por un importe equivalente a 10% (diez por ciento) del monto total del mismo antes del IVA. Esta fianza se mantendrá en vigor hasta que el (los) “LICITANTE” (s) adjudicado (s) cumpla (n) con todas y cada una de las obligaciones por él contraídas.
De las Garantías de Cumplimiento. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx. 0, Xxx. Santa Catarina, Municipio de Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx. 0, Xxx. Santa Catarina, Municipio de Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, “EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx. 0, Xxx. Santa Catarina, Municipio de Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad,