Despensa Cláusulas de Ejemplo

Despensa. Otros conceptos que se pacten bilateralmente y que de forma expresa se determine que integran el salario.
Despensa. Complemento de material Didáctico
Despensa. La cantidad que se reciba por concepto de jubilación no podrá ser disminuida por ninguna razón, sin perjuicio de que se rea- licen las retenciones, descuentos, aportaciones y deducciones derivadas de las cláusulas 55, 58, del Contrato Colectivo de Trabajo, o aquellas autorizadas por la Ley Federal de Trabajo o que en su defecto sean acordadas en el presente Contrato.
Despensa. La Comisión se obliga a otorgar por concepto de despensa a cada trabajador de base, la cantidad de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M. N), cada catorce días en efectivo, y, $2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M. N.), mediante VALES de despensa los cuales serán entregados cada dos catorcenas. A los trabajadores Jubilados y Pensionados de esta entidad se les hará entrega de la misma cantidad cada dos catorcenas.
Despensa. El Colegio proporcionará a los trabajadores administrativos, técnicos y manuales de base, por concepto de despensa la cantidad de $1,091.00 (Un mil noventa y un pesos 00/100 M.N.) mensuales por persona, la misma cantidad se aplicará al personal docente independientemente de la jornada laboral asignada (1/2 tiempo, 3/4 de tiempo y tiempo completo) y para el caso del personal que se le paga por horas/semana/mes se le pagará la cantidad de $27.30 (Veintisiete pesos 30/100 M.N.), esta cantidad aplicará exclusivamente de 1 a 19 horas.
Despensa. DESPENSA.- LA UNIVERSIDAD ENTREGARÁ A TODO SU PERSONAL ACADÉMICO EN ACTIVO Y JUBILADO, AFILIADO AL SINDICATO, UN BONO MENSUAL POR LA CANTIDAD DE $967.00 (NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) PARA DESPENSA, PARA LOS MAESTROS DE TIEMPO COMPLETO, Y $483.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) PARA DESPENSA, PARA LOS MAESTROS DE MEDIO TIEMPO, Y $144.00 (CIENTO CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.) PARA DESPENSA, POR HORA/SEMANA/MES, PARA MAESTROS POR ASIGNATURA SIN REBASAR EL TOPE MÁXIMO DE $967.00 (NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.)
Despensa. LA UNIVERSIDAD" pagará al PERSONAL ACADÉMICO una despensa mensual en vales equivalentes a $800.00 (SON: OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M. N.) para obtener artículos básicos. Cantidad que le será otorgada al PERSONAL ACADÉMICO que labore 40 (cuarenta) hrs. s/m. Para el PERSONAL ACADÉMICO que labore medio tiempo o por horas, la despensa se otorgará en un monto proporcional al número de horas laboradas.
Despensa. “EL COBATAB” financieramente subsiste de recursos federales y estatales, siendo los primeros la base para el pago de las prestaciones laborales a que se obliga en este CCT, a otorgar bajo el soporte del presupuesto federal asignado para esta prestación, una ayuda de despensa por la cantidad de: - - - - - - - - - - - - x) Xx administrativo: $9,529.56, dividido en $794.13 mensuales.
Despensa. 50.1. Cada mes, la Universidad otorgará al personal que labora tiempo completo, por concepto de ayuda de despensa, diez (10) xxxx xx xxxxxxx mínimo mensual vigente en la Ciudad de México en vales electrónicos de despensa. Al personal que labore tiempo parcial se le pagará la parte proporcional correspondiente. 50.2. La Universidad otorgará a las trabajadoras y los trabajadores, de manera trimestral, vales electrónicos de despensa. Los importes serán: 50.3. A las trabajadoras y trabajadores con nivel salarial no mayor a nivel 18, la Universidad otorgará la cantidad de cuatro (4) meses xx Xxxxxxx Mínimo Vigente en la Ciudad de México, en vales de despensa en la primera quincena del mes de diciembre de cada año. En caso de que hayan laborado menos de un año, se les pagará la parte proporcional. 50.4. A las y los trabajadores con nivel salarial 20 y 20.5, la Universidad les otorgará la cantidad de cuarenta (40) xxxx xx Xxxxxxx Mínimo Vigente en la Ciudad de México por concepto xx xxxxx de despensa en la primera quincena del mes de diciembre de cada año. En caso de que hayan laborado menos de un año, se les pagará la parte proporcional.
Despensa. La Universidad entregará la cantidad de $350.00 (trescientos cincuenta pesos) mensuales al Personal Académico de tiempo completo y tiempo exclusivo, $175.00 (ciento setenta y cinco pesos) mensuales para el Personal Académico de medio tiempo y de $9.72 (nueve pesos 72/100) por hora-semana-mes al Personal Académico de hora-semana-mes, por concepto de ayuda para despensa.