Derechos y obligaciones de los trabajadores Cláusulas de Ejemplo

Derechos y obligaciones de los trabajadores. Los trabajadores tienen derecho a un trabajo efectivo de acuerdo con su grupo profesional, con las excepciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores; a la formación profesional en el trabajo; a no ser discriminados por razón de nacionalidad, identidad sexual, estado civil, edad, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato; a su integridad física y a una adecuada política de seguridad; consideración debida a su dignidad; a la percepción puntual de la remuneración pactada; al ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato. Los trabajadores tienen como deberes básicos el cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia, observar las medidas de prevención de riesgos laborales que se adopten, cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas; contribuir a la mejora de la productividad y respetar el deber de confidencialidad y políticas de uso de equipos informáticos y tecnologías. Así mismo, el personal cuidará de los útiles, herramientas, equipo, vestuario y máquinas que les confíen para el desarrollo de su trabajo, manteniéndolos en perfecto estado de conservación y limpieza y dando cuenta al empresario o sus representantes de las faltas o defectos que pudiera haber en los mismos, para su conocimiento y posible subsanación, con la pretensión de mantener la calidad del servicio.
Derechos y obligaciones de los trabajadores. CLAUSULA 32
Derechos y obligaciones de los trabajadores. Artículo 37º.- Los trabajadores de la institución tienen derecho en los términos del Contrato Colectivo de Trabajo a lo expresamente señalado en las Cláusulas 8ª, 9ª, 11ª y 12ª de dicho contrato y demás relativas.
Derechos y obligaciones de los trabajadores. CAPÍTULO I
Derechos y obligaciones de los trabajadores. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz, a través de: o Delegados de prevención. Por favor consulta cuál corresponde a tu centro o área de trabajo. ✓ Formación e información. ✓ Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente (RGI) ✓ Vigilancia de la salud a través de reconocimientos médicos periódicos. ✓ Protección de los Trabajadores Especialmente Sensibles (TES), que incluye a las madres gestantes o lactantes, menores de 18 años, o con algún tipo de minusvalía. A fin de poder brindarte una protección lo mas eficaz posible, si en algún momento consideras que puedes encontrarte dentro de este colectivo, te agradeceremos lo comuniques al personal de RR.HH, o PRL de tu centro o al delegado de prevención. Las obligaciones de los trabajadores en materia de prevención conforme al artículo 29 de la Ley de Prevención De Riesgos Laborales y de forma resumida son: • Usar adecuadamente, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. • Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. • No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes. • Informar de inmediato a su superior o al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. • Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. • Cooperar con la empresa para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras. En caso de baja por enfermedad común:
Derechos y obligaciones de los trabajadores. ARTÍCULO 22.- Los TRABAJADORES tendrán los siguientes derechos:
Derechos y obligaciones de los trabajadores. CLÁUSULA 89. Los trabajadores al servicio del Colegio tendrán derecho a:
Derechos y obligaciones de los trabajadores cve: BOE-A-2013-4882 Los trabajadores tienen derecho a que se les de un trabajo efectivo y de acuerdo con su categoría profesional, con las excepciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores; a la formación profesional en el trabajo, a no ser discriminados por razones de sexo, estado civil, edad, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato, a su integridad física y a una adecuada política de seguridad, consideración debida a su dignidad, a la percepción puntual de la remuneración pactada y al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo. Los trabajadores tienen como deberes básicos el cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia, observar las medidas de prevención de riesgos laborales que se adopten, cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas; no concurrir con la actividad de la empresa; contribuirá la mejora de la productividad. Así mismo el personal cuidará de los útiles, herramientas, equipo, vestuario y máquinas que les confíen para el desarrollo de su trabajo, manteniéndolos en perfecto estado de conservación y limpieza y dando cuenta al empresario o a sus representantes de las faltas o defectos que pudiera haber en los mismos, para su conocimiento y posible subsanación, con la pretensión de mantener la calidad del servicio.
Derechos y obligaciones de los trabajadores. A. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales: Los trabajadores/as de Carlson Wagonlit España, S.L.U., tienen derecho a: Una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Ser informado de los riesgos para su salud y seguridad, y de las medidas preventivas adoptadas, incluidas las previstas para hacer frente a situaciones de emergencia. Recibir una formación teórica y práctica suficiente y adecuada tanto en el momento de su contratación, como periódicamente, cuando se produzcan cambios en las funciones, cuando se introduzcan nuevas tecnologías o cambio en los equipos de trabajo. Efectuar propuestas de mejora al Servicio de Prevención, a los Delegados de Prevención y al Comité de Seguridad y Salud, a través de quienes se ejerce su derecho a participar. Medidas de protección específicas cuando por sus propias características personales o estado biológico conocido o incapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a determinados riesgos derivados del trabajo. La vigilancia periódica de su estado de salud, en función de los riesgos inherentes a su puesto. En los términos de lo establecido en el artículo 21 de la Ley y ante una situación de riesgo grave e inminente el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y a abandonar el lugar de trabajo.
Derechos y obligaciones de los trabajadores. Cláusula 107.- “LOS TRABAJADORES” al servicio de “LA ENTIDAD PÚBLICA” tendrán derecho a: