Deudas. El acreditado y el co-acreditado deberán cumplir con la razón pago mensual de deuda total/ingreso bruto mensual menor o igual a 40.00%. El pago mensual de deuda total será el monto presentado por el acreditado en la Solicitud de Crédito, el cual deberá ser verificado por medio del Estudio Socioeconómico, cuando aplique; para aquellos acreditados que cuenten con un historial crediticio, el pago mensual de deuda total será igual a la suma de los pagos mínimos presentados en el Buró de Crédito. Para cualquiera de los casos antes mencionados, se deberá incluir el monto del pago mensual del crédito hipotecario solicitado, o en su caso, la cantidad que resulte de sumar: (i) el monto del pago mensual del crédito hipotecario solicitado (ii) el monto que por pago mensual se realiza derivado de otro crédito hipotecario vigente, por ejemplo: Co-financiamiento INFONAVIT. El cálculo de la razón Deuda-Ingreso se deberá calcular de manera conjunta para el acreditado y co-acreditado; sin importar el parentesco.
Deudas. Las deudas por tasas, contribuciones, servicio de agua corriente y/o expensas comunes que pudiera registrar el Inmueble hasta el momento de entrega de la posesión, serán asumidas por la Agencia.
Deudas. 14.9 INCUMPLIMIENTOS
Deudas. 14.9. INCUMPLIMIENTOS CAPITULO 15 DISPOSICIONES FINALES
Deudas. El Acreditado y el Coacreditado deberán cumplir con la razón pago mensual de deuda total/ingreso bruto mensual menor o igual a 40.00%. El pago mensual de deuda total será el monto presentado por el Acreditado en la Solicitud de Crédito, el cual deberá ser verificado por medio del Estudio Socioeconómico, cuando aplique; para aquellos Acreditados que cuenten con un historial crediticio, el pago mensual de deuda total será igual a la suma de los pagos mínimos presentados en el Buró de Crédito. Para cualquiera de los casos antes mencionados, se deberá incluir el monto del pago mensual del crédito hipotecario solicitado, o en su caso, la cantidad que resulte de sumar: (i) el monto del pago mensual del crédito hipotecario solicitado a “LA ENTIDAD FINANCIERA” y (ii) el monto que por pago mensual se realiza derivado de otro crédito hipotecario vigente, por ejemplo: Cofinanciamiento INFONAVIT. El cálculo de la razón Deuda-Ingreso se deberá calcular de manera conjunta para el Acreditado y Coacreditado, sin importar el parentesco.
Deudas. En el Anexo ..... se acompaña un detalle completo de todas las Deudas superiores a US$ ......., indicándose el capital adeudado al día xx xxx en cada caso.
Deudas. La SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA verificará, en forma previa a la emisión de los Certificados de Autenticidad correspondientes al ciclo comercial 2020/2021, que los adjudicatarios no registren certificados adeudados correspondientes al ciclo comercial anterior. En su defecto, deberán regularizar su deuda.
Deudas. Las deudas a favor de la Compañía contraídas en virtud de la presente póliza, constituyen el primero y principal gravamen sobre ésta, con preferencia a la reclamación de Beneficiarios, Cesionarios o de cualquier otra persona y como tales, serán deducidos previamente a cualquier liquidación definitiva del Contrato.
Deudas. Las deudas por tasas, contribuciones, servicio de agua corriente o expensas comunes que pudieran registrar los Inmuebles hasta el momento de entrega de la posesión, serán asumidas por la República Argentina.
Deudas. Las deudas por tasas, contribuciones, servicio de agua corriente y/o expensas comunes que pudiera registrar el o los Inmuebles hasta el momento de entrega de la posesión, serán asumidas por la Jurisdicción de origen o en su defecto por la Agencia.