Common use of Diferencias, Errores y Omisiones Clause in Contracts

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: Contrato De Servicio De Comodato De Fotocopiado E Impresión, h1.honducompras.gob.hn, h1.honducompras.gob.hn

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta esta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador podrá solicitarle al Oferente oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si Si hay un error en un el total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: portalunico.iaip.gob.hn, portalunico.iaip.gob.hn, portalunico.iaip.gob.hn

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere que, en opinión del Comprador, hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Licitacion Publica Nacional Oei Bue LPN 01/2014, www.senasa.gob.pe, Contrato De Prestamo

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión 29.1 Siempre y cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa. 29.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones insignificantes, la Convocante podrá requerir que el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas Las omisiones no podrán estar relacionadas con deberán referirse a ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la peticiónpresenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que 29.3 Siempre y cuando la oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.; (b) si hay existiese un error en un precio total que corresponde a como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales prevalecerán y se corregirá el totalprecio total será corregido; (y c) si hay una existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras corresponda a tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades prevalecerá el monto en cifras de conformidad con sujeción a los párrafos (a) y (b) antes mencionados. 31.4 29.4 La Convocante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta aceptase la corrección de los errores, su oferta será rechazadarechazada y su garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada.

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Samples: www.contrataciones.gov.py, www.contrataciones.gov.py, www.contrataciones.gov.py

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere que, en opinión del Comprador, hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

Appears in 4 contracts

Samples: www.udape.gob.bo, procurement-notices.undp.org, Contrato (S) U Orden

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si Siempre y cuando una oferta se ajusta ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativaimportante. 31.2 Cuando Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos importantes de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la Siempre y cuando una oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, corregido a menos que hubiere el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces caso en el precio cual el total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitariounitario se corregirá; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: www.ec.gba.gov.ar, www.ec.gba.gov.ar, www.ec.gba.gov.ar

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si Siempre y cuando una oferta se ajusta ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativaimportante. 31.2 Cuando Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente Licitante que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos importantes de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente Licitante no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la Siempre y cuando una oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, corregido a menos que hubiere el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces caso en el precio cual el total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitariounitario se corregirá; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente Licitante que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: www.minedu.gob.pe, www.salud.gob.sv

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión 29.1 Siempre y cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa. 29.2Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones insignificantes, la Convocante podrá requerir que el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas Las omisiones no podrán estar relacionadas con deberán referirse a ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la peticiónpresenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que 29.3Siempre y cuando la oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una a)si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.; (b) si hay existiese un error en un precio total que corresponde a como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales prevalecerán y se corregirá el totalprecio total será corregido; (y c) si hay una existiese discrepancia entre palabras letras y cifrasnúmeros, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos letras, salvo que la cantidad expresada en palabras corresponda a letras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades prevalecerá el monto en cifras de conformidad números con sujeción a los párrafos (a) y (b) antes mencionados. 31.4 29.4 La Convocante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta aceptase la corrección de los errores, su oferta será rechazada.rechazada y su garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada. 30. Método de evaluación: Examen preliminar de las Ofertas 30.1Antes de proceder a la evaluación detallada, la Convocante examinará las ofertas para confirmar que todos los documentos solicitados según la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados, y para determinar si cada documento suministrado está completo. 30.2Serán eliminadas aquellas ofertas que no cumplan con el suministro de la siguiente documentación:

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Licitación Publica Nacional, www.contrataciones.gov.py

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 28.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 28.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 28.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere que, en opinión del Contratante, haya un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 28.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: www.mcahonduras.hn, www.mcahonduras.hn

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador podrá solicitarle al Oferente oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: portalunico.iaip.gob.hn

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si Siempre y cuando una oferta se ajusta ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativaimportante. 31.2 Cuando Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos importantes de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la Siempre y cuando una oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, corregido a menos que hubiere el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces caso en el precio cual el total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitariounitario se corregirá; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) y si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: newsletter.adimra.org.ar

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador podrá solicitarle al Oferente oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente maneramanera siguiente: (a) si Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: portalunico.iaip.gob.hn

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si Siempre y cuando una oferta se ajusta ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativaimportante. 31.2 Cuando Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos importantes de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la Siempre y cuando una oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, corregido a menos que hubiere el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces caso en el precio cual el total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitariounitario se corregirá; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) y si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: Contrato De Préstamo

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere que, en opinión del Contratante, hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: Contrato De Prestamo

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 30.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 30.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 30.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere que, en opinión del Contratante, hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 30.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: Contrato De Prestamo

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión 35.1 Siempre y cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos Pliegos de LicitaciónCondiciones, la Entidad Contratante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa. 35.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones subsanables, la Entidad Contratante podrá requerir que el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas Las omisiones no podrán estar relacionadas con deberán referirse a ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la peticiónpresenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que 35.3 Siempre y cuando la oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos Pliegos de LicitaciónCondiciones, el Comprador la Entidad Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay Si existiere una discrepancia entre un precio unitario una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere . b) Si la discrepancia resulta de un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la de suma o resta resta, se procederá de subtotalesigual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (totales. c) si hay Si existiere una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que palabras. 35.4 La Entidad Contratante ajustará el monto indicado en la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras Oferta de conformidad acuerdo con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta procedimiento antes expresado para la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: mic-tic.com

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión 29.1 Siempre y cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa. 29.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones insignificantes, la Convocante podrá requerir que el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas Las omisiones no podrán estar relacionadas con deberán referirse a ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la peticiónpresenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que 29.3 Siempre y cuando la oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.; (b) si hay existiese un error en un precio total que corresponde a como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales prevalecerán y se corregirá el totalprecio total será corregido; (y c) si hay una existiese discrepancia entre palabras letras y cifrasnúmeros, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos letras, salvo que la cantidad expresada en palabras corresponda a letras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades prevalecerá el monto en cifras de conformidad números con sujeción a los párrafos (a) y (b) antes mencionados. 31.4 29.4 La Convocante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta aceptase la corrección de los errores, su oferta será rechazada.rechazada y su garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada. 30. Método de evaluación: Examen preliminar de las Ofertas 30.1 Antes de proceder a la evaluación detallada, la Convocante examinará las ofertas para confirmar que todos los documentos solicitados según la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados, y para determinar si cada documento suministrado está completo. 30.2 Serán eliminadas aquellas ofertas que no cumplan con el suministro de la siguiente documentación:

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Samples: www.contrataciones.gov.py

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si Siempre y cuando una oferta se ajusta ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativaimportante. 31.2 Cuando Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente Licitante que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar aclarar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos importantes de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta, ni implicar reemplazos o cambios en la información o documentación incorporada en la oferta. Si el Oferente Licitante no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la Siempre y cuando una oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, corregido a menos que hubiere el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces caso en el precio cual el total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitariounitario se corregirá; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente Licitante que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: www.msal.gob.ar

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere que, en opinión del Comprador, hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. si, tratándose de una licitación por el total de los lotes/ítems no se consigna uno o algunos lotes/ítems solicitados o si consigna algún lotes/ítems sin precio unitario, se considerará que dicho ítem se ha ofrecido sin ningún costo. si se oferta por separado partes o componentes de los lotes/ítems solicitados, no se tomará en cuenta el precio de las partes y se considerará que las mismas están incluidas en el precio de los lotes/ítems. 31.4 El Comprador consultará, por escrito, a los Oferentes sobre la aceptación del precio corregido, sin indicar el orden de precedencia de las Ofertas. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazadarechazada y se aplicará la cláusula IAO 21.5.

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Samples: Contrato De Préstamo

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si Siempre y cuando una oferta se ajusta ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia diferencia, error u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativaimportante. 31.2 Cuando Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente Licitante que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos importantes de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente Licitante no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la Siempre y cuando una oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, corregido a menos que hubiere el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces caso en el precio cual el total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitariounitario se corregirá; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (cy(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente Licitante que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: Contrato De Prestamo

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta Oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos las Bases de la Licitación, el Comprador Contratante podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta Oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos las Bases de la Licitación, el Comprador Contratante podrá solicitarle solicitar al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta Oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta Oferta cumpla sustancialmente con los Documentos las Bases de la Licitación, el Comprador Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente maneramanera siguiente: (a) si Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotalestotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con lo indicado en los párrafos (a) y (b) mencionadosanteriores. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta Oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta Oferta será rechazada. 31.5 El Oferente deberá subsanar el defecto u omisión dentro de los Cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la omisión; si no lo hiciere la Oferta no será considerada, según lo establecido en el Artículo 132 párrafo final del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado y en los DDL.

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Samples: h1.honducompras.gob.hn

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión 29.1 Siempre y cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa. 29.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones insignificantes, la Convocante podrá requerir que el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas Las omisiones no podrán estar relacionadas con deberán referirse a ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la peticiónpresenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que 29.3 Siempre y cuando la oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una Si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.; (b) si hay Si existiese un error en un precio total que corresponde a como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales prevalecerán y se corregirá el totalprecio total será corregido; (y c) si hay una Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras corresponda a tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades prevalecerá el monto en cifras de conformidad con sujeción a los párrafos (a) y (b) antes mencionados. 31.4 29.4 La Convocante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta aceptase la corrección de los errores, su oferta será rechazadarechazada y su garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada.

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Samples: www.contrataciones.gov.py

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión 29.1 Siempre y cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa. 29.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones insignificantes, la Convocante podrá requerir que el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas Las omisiones no podrán estar relacionadas con deberán referirse a ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la peticiónpresenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que 29.3 Siempre y cuando la oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.; (b) si hay existiese un error en un precio total que corresponde a como con secuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales prevalecerán y se corregirá el totalprecio total será corregido; (y c) si hay una existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras corresponda a tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades prevalecerá el monto en cifras de conformidad con sujeción a los párrafos (a) y (b) antes mencionados. 31.4 29.4 La Convocante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta aceptase la corrección de los errores, su oferta será rechazadarechaz ada y su garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada. 30.

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Samples: www.contrataciones.gov.py

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión 30.1 Siempre y cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa. 30.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones insignificantes, la Convocante podrá requerir que el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas Las omisiones no podrán estar relacionadas con deberán referirse a ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la peticiónpresenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que 30.3 Siempre y cuando la oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.; (b) si hay existiese un error en un precio total que corresponde a como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales prevalecerán y se corregirá el totalprecio total será corregido; (y c) si hay una existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras corresponda a tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades prevalecerá el monto en cifras de conformidad con sujeción a los párrafos (a) y (b) antes mencionados. 31.4 30.4 La Convocante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta aceptase la corrección de los errores, su oferta será rechazadarechazada y su garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada.

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Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión 29.1 Siempre y cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa. 29.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones insignificantes, la Convocante podrá requerir que el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas Las omisiones no podrán estar relacionadas con deberán referirse a ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente no cumple con la peticiónpresenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que 29.3 Siempre y cuando la oferta cumpla se ajuste sustancialmente con a los Documentos de Licitación, el Comprador la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.; (b) si hay existiese un error en un precio total que corresponde a como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales prevalecerán y se corregirá el totalprecio total será corregido; (y c) si hay una existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras corresponda a tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades prevalecerá el monto en cifras de conformidad con sujeción a los párrafos (a) y (b) antes mencionados. 31.4 29.4 La Convocante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta aceptase la corrección de los errores, su oferta será rechazada.rechazada y su garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada. 30. Método de evaluación: Examen preliminar de las Ofertas 30.1 Antes de proceder a la evaluación detallada, la Convocante examinará las ofertas para confirmar que todos los documentos solicitados según la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados, y para determinar si cada documento suministrado está completo. 30.2 Serán eliminadas aquellas ofertas que no cumplan con el suministro de la siguiente documentación:

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Samples: www.contrataciones.gov.py

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador Cuerpo de Bomberos podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador Cuerpo de Bomberos podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador Cuerpo de Bomberos corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (ca) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: Contrato De Adquisicion De Fianzas De Fidelidad Para Todo El

Diferencias, Errores y Omisiones. 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador podrá solicitarle al Oferente oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Ofertaoferta. Si el Oferente oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos documentos de Licitaciónlicitación, el Comprador comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

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Samples: portalunico.iaip.gob.hn