Dimensionamiento del servicio Cláusulas de Ejemplo

Dimensionamiento del servicio. El organismo podrá dimensionar el servicio en función de las categorías de incidencias y número, esfuerzo de resolución de incidencias estimado u otras métricas que considere.
Dimensionamiento del servicio. El organismo podrá dimensionar el servicio en función de las categorías de incidencias y número, esfuerzo de resolución de incidencias estimado u otras métricas que considere. Se podrán dimensionar el servicio con los ANS que resulten más adecuados a la metodología de medición y/o sistema, según determine el organismo. En este apartado podrán añadirse aspectos de calidad, metodología o gestión del proyecto específicos o por referencia a los puntos del Anexo II En este punto se deberán describir con precisión las UT’S mediante el método habitual de medición de esfuerzo en los proyectos de desarrollo que tenga implantado el organismo. En este apartado se deberá describir con suficiente claridad: El entorno de sistemas y subsistemas que serán objeto de las tareas demandadas El dimensionamiento o métricas de las prestaciones demandadas Las tareas a realizar por el contratista Deberá describirse con detalle el modelo de gestión para los desarrollos evolutivo, adaptativos o perfectivos, el modelo de gestión del desarrollo correctivo Los controles de ejecución, entrega y aceptación que deberán aportar pista de auditoría suficiente sobre la estimación del trabajo encargado y su aceptación, la planificación de la tarea, las actuaciones de desarrollo y evidencias del trabajo efectuado. Se definirán los acuerdos de nivel de servicio del modelo entendidos como indicadores que miden el servicio prestado por el adjudicatario, debiendo definirse la disminución en el trabajo certificable del contratista por el incumplimiento de los ANS. Se indicarán de forma clara los plazos e indicadores en base a los que se determina el seguimiento de los ANS. Igualmente deberá constar el equipo de trabajo (base, mínimo) en los apartados correspondientes xxx xxxxxx.
Dimensionamiento del servicio. A continuación, se muestra el dimensionamiento de la solución a la que quiere llegar la Corporación Universitaria Unitec durante la duración del contrato. La Corporación Universitaria Unitec irá desplegando los diferentes servicios en función de sus necesidades y siempre en el escenario descrito en este apartado.
Dimensionamiento del servicio. XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX - 2024-02-14 18:25:51 CET Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_PSUMYZMF2MTRK7GBM9GED5B5B6CF en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Dimensionamiento del servicio. Los licitadores presentarán un proyecto individualizado indicando los recursos que asignarán para la prestación del servicio y su distribución. El proyecto tendrá que garantizar la prestación del servicio, en los términos expresados en el pliego, para el dimensionamiento y características de los ámbitos objeto del concurso, detallados a continuación: El número de traslados/año es orientativo y se refiere al número de pacientes trasladados en ambulancia no asistencial, con independencia que sea en ambulancia individual o colectiva. Se prevé que un mínimo del 20% de los traslados serán individuales. La empresa adjudicataria deberá proporcionar a demanda del licitador, (para los lotes así definidos), el servicio de transporte sanitario en ambulancia asistencial de soporte vital básico no medicalizada. Se valorará, de acuerdo con lo establecido en los criterios de adjudicación, que la ubicación de las bases en que se encuentren los vehículos sea en los lugares más próximos a centros de referencia en los que se presten servicios a la Mutua Asepeyo, puesto que se trata de una circunstancia que, por sí misma y de forma objetiva, comporta una mejor proposición y, presumiblemente, una ejecución más correcta del contrato. Los detalles aproximados de realización de los servicios actuales son: 5 km 30 km 14h Murcia 10% 45% 45% 70% Lorca 70% 20% 10% 70% Cartagena 15% 50% 35% 90% El horario de todos los centros de trabajo es de 8 a 20 horas, de lunes a viernes. En ocasiones, deberá prestarse servicio fuera del horario indicado. En aplicación de lo establecido en el art. 12 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, la empresa adjudicataria deberá prestar servicio no únicamente a Mutua Asepeyo sino también a las demás Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social con las que tenga o pueda tener suscrito acuerdos y/o convenios de colaboración que incluyan el servicio mencionado.
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  • OBJETO DEL SERVICIO EL BANCO declara que ofrece a sus clientes una tarjeta de débito llamada “TARJETA VISA BANCO FICOHSA”, en adelante “LA TARJETA”. LA TARJETA le permitirá a EL CLIENTE utilizarla en: 1) Establecimientos comerciales, físicos o virtuales, con el fin de comprar bienes y servicios por medio del uso de las terminales de puntos de venta (POS) instalados en los establecimientos antes señalados; 2) En las Redes de Cajeros Automáticos denominadas Ficored y BANRED 24, así como también en las otras redes afiliadas o interconectadas para este servicio, en adelante LA RED, a fin de que EL CLIENTE tenga acceso a los servicios financieros que brindan los cajeros automáticos y terminales de LA RED; razón por la cual, El CLIENTE acepta las condiciones de servicio expuestas a continuación, las que quedan incorporadas y forman parte integral del Contrato de Cuentas Corrientes y Cuentas de Ahorro que EL CLIENTE previamente ha suscrito con el Banco.

  • PRECIO DEL SERVICIO 3.1. Componentes del precio: El Cliente se obliga a pagar a ESTABANELL IMPULSA por la prestación de los Servicios las tarifas contratadas y recogidas en el Resumen del Contrato, que incluirán los impuestos (IVA u otras vigentes), tasas, recargos y / o tributos estatales, autonómicos o locales, vigentes en cada momento (conjuntamente, el "Precio"). Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables se encuentran desglosados en función de los Servicios y las facilidades asociadas y resultaran de aplicación exclusivamente en el periodo indicado y según las condiciones fijadas para cada caso. El Precio podrá ser actualizado cada primero de enero de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo ("IPC") que se publique por el Instituto Nacional de Estadística. Toda promoción u oferta comercial de tarifas o condiciones especiales que esté vigente en el momento de suscribir el Contrato para cada modalidad podrá ser aplicable a aquel que, no siendo todavía Cliente, quiera contratar los Servicios. El que ya fuese Cliente no podrá beneficiarse de aquellas promociones que ESTABANELL IMPULSA pueda llevar a cabo después de la suscripción del Contrato por parte del Cliente, salvo que las condiciones de estas promociones establezcan lo contrario. La cuota inicial o de alta se abonará en un solo pago en concepto de contraprestación por la conexión a los Servicios, y su importe se incluirá en la primera factura. Si procede, esta cuota de alta inicial no incluirá costes de instalación ni equipos proporcionados por ESTABANELL IMPULSA. 3.2. Modificación de las condiciones económicas y / o Precio: La modificación del Precio y demás condiciones económicas del presente Contrato, salvo que sean consecuencia de la normativa aplicable, serán notificadas al Cliente mediante comunicación (dirección postal, dirección de correo electrónico o mensaje SMS al teléfono móvil facilitadas por el Cliente en el momento de la contratación) escrita o nota en la factura habitual de consumo correspondiente con una antelación mínima de un mes a la aplicación de la actualización. En la referida notificación se informará al Cliente que, en caso de que no estuviera conforme con la referida revisión o modificación el Cliente podrá resolver el Contrato, sin que se aplique penalización económica. Para ello, el Cliente deberá comunicar su voluntad de resolver el Contrato a ESTABANELL IMPULSA contactando con el Servicio de Atención al Cliente por teléfono o correo electrónico, en un plazo no superior a un mes a contar a partir de que el Cliente disponga de la nueva información sobre Precio o condiciones económicas. En caso de que transcurra un mes desde la comunicación de la revisión de Precio o modificación de las condiciones económicas del Contrato, sin que el Cliente manifieste su voluntad de resolverlo, se entenderá que acepta la referida revisión del precio o modificación de las condiciones económicas. 3.3. Variaciones del Precio o condiciones económicas por cambios regulatorios. Cualquier variación de las tarifas o modificación de otros conceptos, actividades y valores regulados, o cualquier variación o creación de costes regulados asociados al Servicio que sean aprobados por la Administración para el período de vigencia de este Contrato, así como cualquier nueva figura impositiva, tasa, impuesto o carga tributaria creada por la ley y sus variaciones, serán íntegramente y automáticamente trasladados al Precio a abonar por el Cliente, sin que constituyan una modificación de las condiciones económicas del Contrato.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • CALIDAD DEL SERVICIO La evaluación de la calidad y oportunidad del servicio serán practicadas semanalmente por la Oficina del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia y los representantes de las Delegaciones Metropolitanas, emitiendo reporte por escrito, al cual se le dará seguimiento y con el que se establecerán acciones encaminadas a la optimización en el cumplimiento eficaz de la prestación del servicio. El licitante ganador deberá elaborar una bitácora de control de rutinas con las horas hombre aplicadas a cada una, describiendo las funciones específicas ya desarrolladas y con las firmas de los operarios y supervisor responsable. En caso de que sean detectados espacios sucios serán reportados por escrito a la supervisión para que se subsane la anomalía de inmediato. La validación del servicio se realizará por parte del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia, al cual se le deberá entregar al final de cada mes el control de asistencia del personal, hojas de servicios de limpieza profunda, listados de entrega de materiales en cada una de las Delegaciones de FONACOT y listado de pago ante el IMSS de toda la plantilla que se encuentra laborando, una vez entregada toda la documentación se realizará el análisis correspondiente para la aplicación de penalizaciones y solicitud de pago de factura. FONDO DE FOMENTO Y GARANTIA PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CONVOCANTE ( NOMBRE ) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA , DECLARO LO SIGUIENTE: QUE CONOZCO LA LEY, SU REGLAMENTO, LAS PRESENTES BASES, SUS ANEXOS Y, EN SU CASO, LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ASÍ COMO NO ENCONTRARME EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 31 FRACCION XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y QUE ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES. LUGAR Y FECHA (FIRMA REPRESENTANTE LEGAL) FECHA DIA MES AÑO NOMBRE DEL LICITANTE R.F.C. DOMICILIO México, D.F a ---- de ----------------------- de 2006--- Me refiero al contrato No. XXXXXX, para la prestación del servicio, que esa Entidad me (persona física) adjudicó ó adjudicó a la empresa XXXXXXXXXXXX (persona moral), mediante el procedimiento derivado de la licitación pública nacional número. , por un monto total de: $XXXXXXX (XXXXXXXX PESOS 00/100 M.N.) ----------------------------------------, representante legal de --. (RFC: XXXXXXXXXX), con domicilio fiscal en la calle de xxxxxxxxxxxxxx numero xx, Colonia xxxxxxxxxxxx Delegación xxxxxxxxxxxx, Código Postal xxxxxx, en la ciudad de México D.F., y en los términos establecidos por el articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación en vigor y la Regla 2.1.17., fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, emitida esta última por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, bajo protesta de decir verdad manifiesto lo siguiente:

  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO El LOTE 2, la prestación del Servicio de Comedores Escolares en los centros públicos de educación infantil y primaria consiste en: - ALMUERZOS en los comedores escolares de los centros públicos de educación infantil primaria de la ciudad xx Xxxx. Este servicio consiste en: 1.- Al no existir en los centros escolares cocinas ni espacios propios para la elaboración de los menús, la empresa concesionaria deberá elaborar los menús del almuerzo en sus cocinas y en el propio día de distribución. La empresa adjudicataria deberá disponer de un sistema de producción en cadena que garantice la seguridad alimentaria y la conservación de las características de las comidas. 2.- Así la empresa adjudicataria deberá garantizar que cumple las condiciones establecidas en materia de medidas sanitarias y de higiene y cualquiera otra disposición legal que pueda afectar la prestación del servicio. La empresa adjudicataria será la única responsable de la calidad y del buen estado de los alimentos. 3.- Las comidas y platos cocinados deberán suministrarse a temperatura adecuada para su consumo inmediato, garantizando una correcta manipulación y elaboración de los menús, debiendo hacerse énfasis en la calidad y en la temperatura adecuada de los menús servidos, por lo que deberá disponer de un registro de temperatura de salida y entrada. Todo ello de conformidad con las garantías higiénicas que contempla la legislación vigente. 4.- La distribución de los menús se llevará a cabo con entregas diarias, y se realizará en furgones isotérmicos debidamente homologados para el transporte de alimentos y cumpliendo con la normativa vigente en materia de transporte de productos alimantarios. 5.- El horario de entrega de los menús en los centros escolares será de 12:30 a 13:30, y siempre media hora antes de la hora establecida para el almuerzo, que será a las 14 horas, si bien en casos excepcionales podrán habilitarse otros horarios previa valoración de las circunstancias existentes por parte de los técnicos del Ayuntamiento. La hora de entrega de los menús, en ningún caso, puede alterar la temperatura adecuada de los mismos. 6.- La colocación de las mesas del comedor, así como la distribución de los menús escolares hasta ellas, su reparto entre los comensales. 7.- Las labores de recogida y limpieza de todo el material empleado y de las dependencias, maquinaria y útiles utilizados en la prestación del servicio de comedor. También la evacuación de los residuos a la zona que cada centro tenga destinada para la basura. Estas acciones se realizarán fuera del horario de 14-16, en el caso de las acciones preparatorias se harán media hora antes del comienzo del servicio de comedor, y las posteriores se realizan a partir de las 16 horas. La limpieza se efectuará diariamente a partir de las 16 horas, sin perjuicio de que el local esté permanentemente limpio. Para esta tarea, se utilizarán productos biodegradables y no contaminantes. 8.- Tareas de atención y vigilancia del alumnado con personal monitor/cuidador, que utilice el servicio de comedor escolar en los períodos anteriores (desde la finalización de la última clase de la mañana), durante los turnos del servicio, y durante el período posterior a la utilización del servicio (hasta las 16 horas, coincidiendo con el comienzo de las actividades extraescolares). 9.- Planificación y desarrollo del programa de actividades lúdico-educativas a desarrollar a lo largo del horario del servicio de comedor. Esto será controlado por los responsables del contrato y podrá ser contrastado por los representantes de las AMPAS de cada Centro Educativo, que en su caso, informarán al Servicio del Ayuntamiento del cumplimiento o incumplimiento del mismo - DESAYUNOS, en los comedores escolares de los centros públicos de educación infantil primaria de la ciudad xx Xxxx. Este servicio consiste en:

  • SUJETO PASIVO Es sujeto pasivo del impuesto de avisos y tableros las personas naturales, jurídicas, sociedades de hechos y aquellas en quienes se realice el hecho gravado, a través de consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos, consistente en el ejercicio de actividades industriales, comerciales, de servicio y financieras en la jurisdicción Municipal xx Xxxxxx. PARÁGRAFO PRIMERO. Se presume legalmente que toda persona natural o jurídica o sociedad de hecho o aquel que en general ejerza una actividad industrial, comercial o de servicios hace propaganda, ya sea en forma permanente u ocasional y por lo tanto es sujeto gravable del impuesto de avisos y tableros, en caso contrario deberá demostrarlo a fin de no ser responsable por este tributo. PARÁGRAFO SEGUNDO. Frente al impuesto a cargo de los patrimonios autónomos los fideicomitentes y/o beneficiarios, son responsables por las obligaciones formales y sustanciales del impuesto, en su calidad de sujetos pasivos. PARÁGRAFO TERCERO. En los contratos de cuenta de participación el responsable del cumplimiento de la obligación de declarar es el socio gestor; en los consorcios, socios o participes de los consorcios, uniones temporales, lo será el representante de la forma contractual. PARÁGRAFO CUARTO. El área para determinar el tamaño del aviso deberá ser congruente con la medida del local, puesto que su exceso de longitud no puede exceder del diámetro de la puerta principal, con el fin que no incomode o perturbe los locales aledaños. (2.50 mts al 7.99mts).