Facultades de la empresa Cláusulas de Ejemplo

Facultades de la empresa. Dirigir el servicio productivo, con respeto a la legislación vigente y a los derechos de participación de los representantes sindicales legalmente establecidos, procurando la mejor formación profesional de los trabajadores/as, así como la más justa distribución de los beneficios que dicho proceso genere. Promover, estimular y mantener la colaboración con sus trabajadores, como necesidad insoslayable de la paz social y la prosperidad del conjunto de los factores productivos y personales. Organizar la producción, mejorar y dignificar las relaciones laborales. Promover y respetar a sus trabajadores/as, facilitándoles su formación profesional y su promoción social y humana.
Facultades de la empresa a) Dirigir el proceso productivo, en la forma más adecuada para promover bienestar y la mejor formación profesional de los trabajadores, así como la justa distribución de los beneficios de dicho proceso.
Facultades de la empresa. En virtud del presente contrato, la EMPRESA queda facultada para:
Facultades de la empresa. En virtud del Contrato de servicios públicos domiciliarios, LA EMPRESA queda especialmente facultada para:
Facultades de la empresa. 1.- La organización práctica del trabajo dentro de las Empresas es facultad de los órganos directivos. A tales efectos, se comprenden dentro de las facultades directivas de las Empresas las siguientes:
Facultades de la empresa son facultades:
Facultades de la empresa. 1. La exigencia de la actividad normal, en el rendimiento.
Facultades de la empresa. La facultad de sancionar disciplinariamente corresponde a la Dirección de la Empresa. cve: BOE-A-2010-11037
Facultades de la empresa. La organización técnica y práctica del trabajo, con sujeción a las presentes disposiciones y a la legislación vigente, es facultad de la Dirección de la Empresa. Sin merma de la facultad que corresponda a la Dirección o sus representantes legales, los Comités de Empresa, Delegados de Personal y secciones sindicales tendrán las competencias señaladas por el Estatuto de los Trabajadores, Ley Orgánica de libertad Sindical, y el Acuerdo Marco del sector de Exhibición Cinematográfica para el estado español de 1998.
Facultades de la empresa. La organización técnica y práctica del trabajo, con sujeción a las presentes disposiciones y a la legislación vigente, es facultad de la Dirección de la empresa. Sin merma de la facultad que corresponde a la Dirección o a sus representantes legales, los Comités de empresa, Delegados de personal y Secciones sindicales tendrán las competencias señaladas por el Estatuto de los trabajadores, Ley Orgánica de Libertad Sindical y el presente Convenio colectivo. Xxxxxxxxx trabajador, sea o no representante, tiene derecho a formular verbalmente o por escrito, propuestas y opiniones en materia organizativa en general, y en materia de calendario y horarios en particular, propuestas que la empresa debe recibir, estudiar y responder motivadamente. Xxxxxxxxx trabajador que preste servicios en una empresa que disponga de más de un centro de trabajo tendrá preferencia para ocupar las vacantes que se produzcan en el centro de trabajo más próximo a su domicilio. El Empresario sólo se podrá negar por motivos organizativos y éstos deberán estar razonados por escrito en forma análoga a lo previsto en el art. 41 del ETT. Esta norma sólo será aplicable entre centros de una misma comarca en caso de mutuo acuerdo.