Régimen de trabajo Cláusulas de Ejemplo

Régimen de trabajo. Las tareas se desempeñan de lunes a viernes con jornadas de 8 horas.
Régimen de trabajo. Durante el tiempo de vigencia del contrato, el actor/actriz quedará a disposición de la producción, incluso noches si así lo impusiera el régimen de trabajo. El régimen de trabajo se establecerá previamente siguiendo las reglas del artículo siguiente.
Régimen de trabajo. Las modalidades, cláusulas y artículos que no hayan sido modificados en el presente Convenio Colectivo de Trabajo, seguirán vigentes.-
Régimen de trabajo. Artículo 7. Jornada de trabajo
Régimen de trabajo. El actor/actriz está obligado a interpretar su papel de acuerdo con las indicaciones del director/a de escena y ateniéndose a los planes previstos por la empresa. El actor/actriz dependerá exclusivamente del director/a de escena para todas aquellas cuestiones de carácter artístico, dependiendo de la empresa en el resto de temas laborales y de organización. La empresa se obliga a poner a disposición del actor/actriz el texto y las partituras de la obra a representar con el tiempo y las indicaciones necesarias por parte del director/a de la obra, para el aprendizaje del papel. Se facilitarán también al actor/actriz los planes de trabajo previstos por la empresa en el momento de su contratación o los que más adelante se puedan prever. En el caso de que el papel del actor/actriz sea recortado considerablemente o modificado esencialmente, este/a podrá negarse a interpretarlo. Desde el primer día de trabajo, ya sea en ensayos, temporada, bolo, gira o festival, la empresa pondrá a disposición del actor/actriz un camerino limpio y digno, con las condiciones adecuadas, así como servicios sanitarios y sillas y mesas. En los casos de actuación en la calle, la empresa también se obliga a poner a disposición de los artistas un espacio con condiciones adecuadas. El actor/actriz no deberá aportar su propio vestuario ni ningún elemento de trabajo necesario para la representación, excepto cuando haya llegado a un acuerdo expreso con la empresa. En este caso, si el vestuario o el elemento de trabajo aportado sufriera cualquier tipo de desperfecto imputable a causas del trabajo, el actor/actriz tendrá derecho a una indemnización, cuyo importe será pactado con la empresa. El actor/actriz que, contratado por una empresa, quiera al mismo tiempo trabajar también para otra empresa, está obligado a ponerlo en conocimiento de la primera.
Régimen de trabajo. Artículo 13.º Horas extraordinarias 11
Régimen de trabajo. Artículo 7. Jornada.
Régimen de trabajo. Las tareas se desempeñan en régimen de turnos integrales: 8 horas diarias con rotación semanal de los horarios de trabajo: una semana de 22 a 06, otra de 06 a 14 y otra de 14 a 22 horas en forma secuencial. Los días de descanso varían mensualmente.
Régimen de trabajo. Artículo 8. Jornada de trabajo.-
Régimen de trabajo. 6.1. Organización del trabajo: la organización del trabajo, así como la clasificación de servicios que se estimen convenientes, son facultad exclusiva de la empresa.