Festividad patronal Cláusulas de Ejemplo

Festividad patronal. En la festividad de San Xxxxxx xx Xxxxxx, las empresas abonarán a sus trabajadores un día xx xxxxxxx real. Dicha festividad se considerará festiva y no recuperable. En el caso de que la festividad de San Xxxxxx xx Xxxxxx coincida con un domingo se atrasará al lunes inmediato siguiente.
Festividad patronal. Con el fin de celebrar la fiesta patronal del gremio de hostelería, ambas partes acuerdan declarar festivo el día que previamente se acuerde dentro del mes de julio.
Festividad patronal. La fiesta de Xxx Xxxxxx xx Porres, patrón de este gremio, se trasladará al día 24 de diciembre, o día anterior si coincidiera en domingo, y aceptando pasar al turno de mañana, el personal de turno de tarde que sea necesario.
Festividad patronal. Si coincidiera el día de San Xxxxxx xx Xxxxxx con día festivo, la empresa trasladará su disfru- te a un día laborable de tal forma que no afecte su traslado al servicio de recogida de residuos sólidos urbanos de la ciudad xx Xxxxxxxxx.
Festividad patronal. Con motivo de la festividad de San Xxxxxx xx Xxxxxx, ésta tendrá la consideración de festivo no recuperable, y su celebración se realizará el segundo miércoles del mes de noviembre. Teniendo en cuenta lo establecido en el presente Xxxxxxxx, se organizarán los turnos que resulten necesarios para la efectiva prestación del servicio, abonándose dicho día con tarifa de festivo según importe indicado en la tabla salarial anexa.
Festividad patronal. El día de San Xxxxxx xx Xxxxxx, patrón de este gremio, será festivo a todos los efectos, para todo el personal. Tendrá la consideración de abonable y no recuperable. Si coincidiera con día festivo se trasladará a un día laborable a convenir entre Empresa y Comité. Los trabajadores del turno de noche no trabajarán la noche posterior a la fiesta. La noche anterior a la fiesta no se considerará festiva. La Empresa abonará el 25% del cubierto a aquellos trabajadores que asistan a la comida del Patrón.
Festividad patronal. El día 3 de noviembre, Xxx Xxxxxx xx Porres, patrón de este gremio, será festivo a todos los efectos, para todo el personal. Tendrá la consideración de abonable y no recuperables, si coincidiera con día festivo se trasladará a un día laborable a convenir entre Empresa y los re- presentantes de los Trabajadores.
Festividad patronal. En la festividad de San Xxxxxx xx Xxxxxx la empresa abonará a sus trabajadores la cantidad de 9.881.pesetas para el año 2000 (igual todas las categorías). Los trabajadores contratados para fines de semana tendrán derecho al descanso del día del Patrón, teniendo en cuenta que el servicio ese día debe quedar cubierto. Dicha festividad se considerara festiva no recuperable.
Festividad patronal. El día de la patrona de los empleados municipales, veintidós xx xxxx, Santa Xxxx, será festivo a todos los efectos para el personal afectado por el presente con- venio.
Festividad patronal. El día 15 de noviembre, Xxx Xxxxxxx Xxxxx, si fuese festivo, o en caso contrario, el día festivo x xxxxxxx más próximo, se celebrará la fiesta patronal de esta actividad con los oportunos actos organizados por este grupo, percibiendo los trabajadores, con carácter extraordinario, un día xx xxxxxxx real.